CONTRATO PARA EL SERVICIO DE POLIZA DE SEGUROS ENTRE LA FIRMA _____________ Y EL FONDO GANADERO
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los ___ días del mes de ____________ del año 2022, entre el FONDO GANADERO, con domicilio en la Avda. Mcal. López Nº 1.699 esq. República Dominicana de esta ciudad, representado por su Presidente el Dr. FREDIS ESTIGARRIBIA CARDOZO con C.I. Nº 675.729, nombrado por Decreto Nº 220 del 11 de septiembre de 2018 de la Presidencia de la República del Paraguay y Resolución Nº 1, Acta Nº 40 del 18 de septiembre de 2018 del Comité de Administración del Fondo Ganadero, por la cual se toma nota y la Resolución Nº , Acta Nº de fecha de ___________ 2022 del Comité de Administración del Fondo Ganadero, que autoriza al Presidente a firmar el presente contrato, acompañado del Gerente de Gestión Institucional, Econ. MIGUEL VALIENTE, quien suscribe en cumplimiento al art. 7 inc a) de la ley Nº 3359/07 por una parte y por la otra el Sr. _______________________, con C.I. Nº _____________, representante legal de la firma __________., con RUC Nº ______, siendo otros datos de la firma, teléfono N° ________, constituyendo domicilio en la calle ______, de la ciudad de _________- Paraguay; de común acuerdo convienen en celebrar el presente CONTRATO DE SEGURO, el cual estará sujeto a las siguientes clausulas y condiciones: -----------------------------------------------------------------
El objeto del contrato es:
El presente contrato tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones que asumen el Fondo Ganadero y la firma _________., en adelante EL PROVEEDOR, con relación al SERVICIO DE POLIZA DE SEGURO La contratación se encuentra prevista en el Plan Anual de Contrataciones Nº 407.071 bajo la modalidad de Contratación Directa, conforme a lo establecido en la Ley Nº 2051/03 de Contrataciones Públicas. --------------------
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
6. Poliza
7. Las Instrucciones al Oferente (IAO) y las Condiciones Generales del Contrato (CGC) publicadas en el portal de Contrataciones Públicas;
8. La póliza a ser emitida por la aseguradora.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 407.071
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de la Contratación Directa Nº 02/2022 SERVICIO DE POLIZA DE SEGURO con Nº de ID 407.071 convocado por el Fondo Ganadero. La adjudicación fue realizada según Resolución del Comité de Administración del Fondo Ganadero N°, Acta Nº del de de 2022. ----------
COBERTURA REQUERIDA
1. Consideraciones Generales
Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargadas del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: La cobertura de la póliza se regirá conforme a la Carta de Invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la Carta de Invitación.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
2. Capital de Cobertura
BIENES ASEGURADOS |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
Seguro de Fidelidad de Empleados - Rango 1. |
Conforme a detalle Nº 1 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Seguro de Fidelidad de Empleados - Rango 2. |
Conforme a detalle Nº 1 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Seguro de Fidelidad de Empleados - Rango 3. |
Conforme a detalle Nº 1 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Edificio y contenido. |
Cobertura de incendio Edificio y contenido, conforme a detalle Nº 2 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Responsabilidad Civil Comprensiva. |
Conforme a detalle Nº 3 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Robo y/o Asalto de Valores en tránsito. |
Conforme a detalle Nº 4 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Robo y Asalto en locales comerciales. |
Conforme a detalle Nº 5 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Robo de valores en caja fuerte. |
Conforme a detalle Nº 6 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Automóviles c/ Cobertura Nacional e Internacional |
Conforme a detalle Nº 7 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
Cristales. |
Conforme a detalle Nº 8 |
Conforme a las EETT |
SIN FRANQUICIA |
A continuación, se describen en detalle:
Cobertura:
Pérdida pecuniaria directamente sufrida por el FONDO GANADERO, y causada por cualquier delito cubierto y encuadrado en las disposiciones del Código Penal, en dinero o efectos convertibles en dinero, cometidos por los funcionarios en el desempeño de su cargo, siempre que el dinero y/o bienes o los efectos convertibles en dinero fueran recibidos por los funcionarios en su carácter de tal y por cuenta del FONDO GANADERO.
FIDELIDAD DE FUNCIONARIOS |
||
DETALLE |
SUMA ASEGURADA EN GS. |
|
RANGO 1 |
||
Presidente |
150.000.000 |
|
Gerente Financiero |
150.000.000 |
|
RANGO 2 |
||
Gerente de Gestión Institucional |
55.000.000 |
|
RANGO 3 |
||
Encargado de Tesorería Oficina Central |
35.000.000 |
|
Jefe de Oficina Regional San Ignacio |
35.000.000 |
|
Jefe de Oficina Regional Concepción |
35.000.000 |
|
Jefe de Oficina Regional Filadelfia |
35.000.000 |
|
Jefe de Oficina Regional Coronel Oviedo
|
35.000.000 |
|
Total |
8 (ocho) funcionarios |
530.000.000 |
EDIFICIOS
Ubicación: Alejo García Nro. 655 c/ Eusebio Ayala, Ciudad del Este - Paraguay.
Cta.Cte. Catastral Nro. 50-0039-11
Ubicación: Mauricio José Troche N º 631 c/ Cerro Cora, Coronel Oviedo - Caaguazú.
Cta.Cte.Ctral Nro. 21-0134-07.
Ubicación: Gral. Díaz 939 e/ Cerro Cora e Iturbe, San Ignacio Misiones - Paraguay.
Cta.Cte. Ctral Nro. 24-0023-06.
Ubicación de la Regional de Concepción: Mcal. López 635 esq. Iturbe.
MUEBLES Y ÚTILES
Los oferentes deberán reponer los equipos de oficina y máquinas averiadas o su equivalente en efectivo, dentro del plazo máximo de diez (10) días a partir de la fecha de denuncia del siniestro a la Compañía Aseguradora, so pena de rescisión de contrato.
RIESGOS A CUBRIR:
INCENDIO |
|||
Detalle |
Capital Asegurada en Gs. |
||
Oficina Central |
Edificio |
9.400.000.000 |
|
Máquinas de Oficina |
60.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
10.000.000 |
||
Equipos de informática |
130.000.000 |
||
Muebles y útiles |
65.000.000 |
||
Biblioteca |
30.000.000 |
||
SUBTOTAL |
9.695.000.000 |
||
Detalle |
Capital Asegurada en Gs. |
||
Cobertura CEMELPA (Estancia La Patria) |
Viviendas y Construcciones |
790.000.000 |
|
Máquinas y Equipos de oficina |
7.000.000 |
||
SUBTOTAL |
797.000.000 |
||
C.A.C - Ciudad del Este |
Edificio |
130.000.000 |
|
Muebles y Útiles |
14.000.000 |
||
Máquinas de Oficina |
6.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
3.000.000 |
||
Equipos de informática |
5.000.000 |
||
SUBTOTAL |
158.000.000 |
||
Oficina Regional San Ignacio |
Edificio |
120.000.000 |
|
Muebles y Útiles |
12.000.000 |
||
Máquinas de Oficina |
5.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
3.000.000 |
||
Equipos de informática |
5.000.000 |
||
SUBTOTAL |
145.000.000 |
||
Oficina Regional Concepción |
Edificio |
20.000.000 |
|
Muebles y Útiles |
6.000.000 |
||
Máquinas de Oficina |
3.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
3.000.000 |
||
Equipos de informática |
5.000.000 |
||
SUBTOTAL |
37.000.000 |
||
Oficina Regional Coronel Oviedo. |
Edificio |
120.000.000 |
|
Muebles y Útiles |
12.000.000 |
||
Máquinas de Oficina |
3.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
3.000.000 |
||
Equipos de informática |
5.000.000 |
||
SUBTOTAL |
143.000.000 |
||
TOTAL |
10.975.000.000 |
||
Riesgos a cubrir:
Indemnización al afectado o familiares por muerte de persona (funcionarios en general y/o cualquier ciudadano), como consecuencia de cualquier siniestro, que ocurriera dentro de propiedades y/o dependencias del Fondo Ganadero, de la siguiente forma:
RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA |
|
Detalle |
Capital Asegurada en Gs. |
Oficina Central, Regional San Ignacio, Regional de Coronel Oviedo, C.A.C de Ciudad del Este, Regional Concepción y CEMELPA. |
37.000.000 |
TOTALES |
37.000.000 |
Riesgo a cubrir:
Pérdida de dinero y/o cheques en tránsito, producto de operaciones comerciales y pago de sueldos a consecuencia de robo y/o asalto a mano armada, incluso la violencia en las cosas y/o intimidación en las personas y comprende el movimiento efectuado desde la Oficina Central y Regionales del Fondo Ganadero a los Bancos, Financieras e Instituciones similares de plaza y viceversa. La cobertura comienza desde que el personal autorizado encargado del transporte recibe los valores y finaliza cuando haya entregado los valores en destino. También incluye los daños materiales sufridos en consecuencia.
TRANSPORTE DE VALORES EN TRANSITO |
|
Detalle |
Suma Asegurada en Gs. |
Oficina Central, Regionales y C.A.C |
30.000.000 |
TOTALES |
30.000.000 |
Riesgos a cubrir:
ROBO, ASALTO Y/O HURTO |
|||
Detalle de los bienes |
Capital Asegurada en Gs. |
||
Oficina Central |
Muebles y Útiles |
212.000.000 |
|
Máquinas de Oficina |
60.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
20.000.000 |
||
Equipos de informática |
150.000.000 |
||
Biblioteca |
15.000.000 |
||
SUB TOTAL |
457.000.000 |
||
C.A.C - Ciudad del Este |
Muebles y Útiles |
14.000.000 |
|
Máquinas de Oficina |
5.800.000 |
||
Equipos de comunicación |
3.000.000 |
||
Equipos de informática |
5.000.000 |
||
SUB TOTAL |
27.800.000 |
||
Oficina Regional San Ignacio |
Muebles y Útiles |
12.000.000 |
|
Máquinas de Oficina |
5.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
3.000.000 |
||
Equipos de informática |
4.000.000 |
||
SUB TOTAL |
24.000.000 |
||
Oficina Regional Concepción |
Muebles y Útiles |
7.000.000 |
|
Máquinas de Oficina |
3.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
2.000.000 |
||
Equipos de informática |
3.000.000 |
||
SUB TOTAL |
15.000.000 |
||
CEMELPA Km. 642 Ruta Transchaco |
Muebles y Útiles, maquinarias, equipos, enseres fijos y/o móviles. |
25.000.000 |
|
Oficina Regional Coronel Oviedo
|
Muebles y Útiles |
7.000.000 |
|
Máquinas de Oficina |
3.000.000 |
||
Equipos de comunicación |
2.000.000 |
||
Equipos de informática |
3.000.000 |
||
SUB TOTAL |
15.000.000 |
||
TOTAL |
563.800.000 |
||
Riesgo a cubrir:
ROBO, ASALTO Y/O HURTO DE VALORES EN CAJA FUERTE |
|
Detalle |
Capital Asegurada en Gs. |
Oficina Central |
50.000.000 |
C.A.C Ciudad del Este |
40.000.000 |
Oficina Regional Concepción |
30.000.000 |
Oficina Regional San Ignacio |
20.000.000 |
Oficina Regional de Coronel Oviedo |
20.000.000 |
TOTALES |
160.000.000 |
COBERTURA |
DETALLE |
MONTO A ASEGURAR en Gs. |
Cap. I Responsabilidad Civil |
Muerte o lesiones de una persona hasta: |
20.000.000 |
Muerte o lesiones de más de una persona por cada ocupante hasta (máximo cinco): |
15.000.000 |
|
Daños a cosas de terceros hasta: |
10.000.000 |
|
Cap. II Incendio Accidente |
Total, del Vehículo y Robo (100%), hasta los valores consignados para cada vehículo en detalle precedentemente. |
|
Cap. III Conductor y Acompañante |
Muerte por Accidente de tránsito por cada ocupante (máximo 5 personas): |
20.000.000 |
Muerte por Robo y/o Asalto para cada ocupante: |
20.000.000 |
|
Amputaciones, para cada ocupante: |
4.000.000 |
|
Asistencia médica para cada ocupante hasta: |
2.000.000 |
|
Inhabilitación Temporaria por día (hasta 150 días) para cada ocupante: |
20.000 |
|
|
Incapacidad permanente para cada ocupante: |
20.000.000 |
Coberturas Adicionales |
Robo y/o asalto en la Vía Pública hasta: |
30.000.000 |
Daños por Tumultos, hasta: |
20.000.000 |
|
Daños a accesorios hasta 10% del valor total del vehículo |
||
Cobertura Nacional e Internacional |
||
Servicio Grúa sin límite a nivel nacional (accidente y desperfectos mecánicos), ambulancia para todos los ocupantes del vehículo, sin costo. |
DETALLE DE LOS VEHÍCULOS QUE SERÁN OBJETO DE SEGURO
Ítem |
Marca |
Características |
Año |
Capital Asegurado en Gs. |
1 |
Mitsubishi L 200 |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2007 |
65.000.000 |
2 |
Mitsubishi L 200 |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2007 |
65.000.000 |
3 |
Mitsubishi L 200 |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2007 |
65.000.000 |
4 |
Mitsubishi L 200 |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2005 |
60.000.000 |
5 |
Mitsubishi L 200 |
Camioneta Doble Cabina 4 x 2 |
2004 |
55.000.000 |
6 |
Toyota Hilux |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2001 |
60.000.000 |
7 |
Toyota Hilux |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2001 |
60.000.000 |
8 |
Toyota Hilux |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2001 |
60.000.000 |
9 |
Toyota Hilux |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2005 |
90.000.000 |
10 |
Leopard, Tipo: trail |
Motocicleta: Tipo trail, MT150 GY E |
2019 |
5.000.000 |
11 |
Toyota Hilux |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2015 |
160.000.000 |
12 |
Isuzu D-Max |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2016 |
163.000.000 |
13 |
Isuzu D-Max |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2016 |
163.000.000 |
14 |
Hyundai Accent |
Automóvil Sedan |
2015 |
63.000.000 |
15 |
Hyundai Accent |
Automóvil Sedan |
2015 |
63.000.000 |
16 |
Hyundai Accent |
Automóvil Sedan |
2015 |
63.000.000 |
17 |
Mitsubishi L 200 Tritón |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2018 |
160.000.000 |
18 |
Mitsubishi L 200 Tritón |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2018 |
160.000.000 |
19 |
Mitsubishi L 200 Tritón |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 |
2018 |
160.000.000 |
TOTAL |
1.740.000.000 |
Riesgo a cubrir:
SEGURO DE CRISTALES |
|
Detalle |
Suma Asegurada en Gs. |
Vidrios interiores y exteriores verticales y horizontales en: |
|
Oficina Central |
20.000.000 |
C.A.C Ciudad del Este |
1.500.000 |
Oficina Regional San Ignacio |
1.500.000 |
CEMELPA |
1.000.000 |
Oficina Regional Concepción |
1.000.000 |
Oficina Regional Coronel Oviedo |
1.000.000 |
TOTALES |
26.000.000 |
RESUMEN DE POLIZAS DE SEGURO A SER CONTRATADAS
Ítem |
Rubro |
Capital a asegurar en Gs. |
Inicio de vigencias de las pólizas. |
Plazo de vigencia |
|
1 |
Fidelidad de Funcionarios RANGO 1 |
300.000.000 (VER DETALLE 1) |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
2 |
Fidelidad de Funcionarios RANGO 2 |
55.000.000 |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
3 |
Fidelidad de Funcionarios RANGO 3 |
175.000.000 (VER DETALLE 1) |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
4 |
Incendio s/ Edificio y Contenido Oficina Central, Oficinas Regionales y CEMELPA |
11.012.000.000 |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
5 |
Responsabilidad Civil RC Comprensiva |
37.000.000 |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
6 |
Seguro contra robo, asalto de valores en tránsito Oficina Central y Regional |
30.000.000 |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
7 |
Robo, Asalto y/o local comercial, Oficina Central, Regionales y CEMELPA |
582.800.000 |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
8 |
Robo, Asalto y/o Hurto de valores en caja fuerte, Oficina Central y Regionales |
180.000.000 |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
9 |
19 (diecinueve) Vehículos |
1.740.000.000 |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
10 |
Seguro de cristales Oficina Central, Regionales y CEMELPA |
27.000.000 |
Desde las 00:00hs. del 01/08/2022 |
12 meses |
|
TOTAL |
14.061.800.000. |
Observaciones: Se determina que, para todos los riegos en los cuales no esté especificado el monto tope, será del 100% (cien por ciento) de la suma asegurada, en el caso que sucedan.
Nro. De Orden |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Cantidad |
tasa premio |
Premio total |
|
|
|
|
|
|
|
El proveedor se compromete a prestar los servicios a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del contrato.
La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las condiciones contractuales.
Este contrato tendrá vigencia hasta el cumplimiento total de sus obligaciones.
Este contrato tendrá de vigencia contados desde su suscripción hasta el cumplimiento total de las obligaciones.
El plazo de vigencia de la cobertura: la responsabilidad del asegurador comienza desde las veinte y cuatro horas del día en que se inicia la cobertura y termina a las veinte y cuatro horas del último día del plazo establecido.
Los servicios deberán ser prestados dentro de los plazos establecidos en el cronograma de entregas de la carta de invitación, en la siguiente dirección:
Mcal López 1699 y Rca. Dominicana.
La administración del contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo del Departamento Administración, dependiente de la Gerencia de Gestión Institucional del Fondo Ganadero.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las condiciones contractuales, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme con las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.