9) Pág. 28 El Oferente además deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos. Punto 3.1.1.1.3. Centros Asistenciales en el Interior del País.
EL OFERENTE ADJUDICADO debe contar con cobertura en por lo menos 1 (un) Sanatorio habilitado por la Súper Intendencia de Salud (SIS) en cada una de las siguientes ciudades: Pedro Juan Caballero, Ciudad del Este, Concepción, Coronel Oviedo, San Ignacio-Misiones y en el Departamento de Boquerón, Chaco Paraguayo, para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, servicios de ambulancias para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados desde esos lugares hasta un Centro Médico que realice los servicios médicos que requiera el paciente, así como también de otras ciudades donde la Institución habilitare oficinas regionales, todos los servicios deben estar a cargo del OFERENTE ADJUDICADO y bajo las mismas condiciones del Contrato.
El oferente debe indefectiblemente tener contratos vigentes con Sanatorios en todas las ciudades citadas en el párrafo anterior, determinándose como única excepción al del Departamento de Boquerón (Chaco Paraguayo), por lo que en caso de que el OFERENTE ADJUDICADO no cuente con un centro asistencial habilitado por la SIS en este lugar, podrán realizarse a cuenta de reembolso, en el cual todos los gastos de servicios médicos que requiera el paciente y que tengan cobertura según lo establecido en este punto, quedarán a cargo del OFERENTE ADJUDICADO en su totalidad.
CONSULTA: En relación a este punto entendemos que el oferente deberá tener convenio con al menos un sanatorio habilitado por la SUPSALUD para las ciudades citadas, a efecto de la prestación del servicio conforme la cobertura del plan. Asimismo, entendemos que el traslado de los sanatorios mencionados en este punto hasta un Centro Medico que realice los servicios médicos que requiera el paciente, se refiere a Centros Medicos en convenio, conforme guía de prestadores del plan y la cobertura establecida en el mismo. ¿Es correcta la interpretación?
13-02-2023
28-02-2023
9) Pág. 28 El Oferente además deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos. Punto 3.1.1.1.3. Centros Asistenciales en el Interior del País.
EL OFERENTE ADJUDICADO debe contar con cobertura en por lo menos 1 (un) Sanatorio habilitado por la Súper Intendencia de Salud (SIS) en cada una de las siguientes ciudades: Pedro Juan Caballero, Ciudad del Este, Concepción, Coronel Oviedo, San Ignacio-Misiones y en el Departamento de Boquerón, Chaco Paraguayo, para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, servicios de ambulancias para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados desde esos lugares hasta un Centro Médico que realice los servicios médicos que requiera el paciente, así como también de otras ciudades donde la Institución habilitare oficinas regionales, todos los servicios deben estar a cargo del OFERENTE ADJUDICADO y bajo las mismas condiciones del Contrato.
El oferente debe indefectiblemente tener contratos vigentes con Sanatorios en todas las ciudades citadas en el párrafo anterior, determinándose como única excepción al del Departamento de Boquerón (Chaco Paraguayo), por lo que en caso de que el OFERENTE ADJUDICADO no cuente con un centro asistencial habilitado por la SIS en este lugar, podrán realizarse a cuenta de reembolso, en el cual todos los gastos de servicios médicos que requiera el paciente y que tengan cobertura según lo establecido en este punto, quedarán a cargo del OFERENTE ADJUDICADO en su totalidad.
CONSULTA: En relación a este punto entendemos que el oferente deberá tener convenio con al menos un sanatorio habilitado por la SUPSALUD para las ciudades citadas, a efecto de la prestación del servicio conforme la cobertura del plan. Asimismo, entendemos que el traslado de los sanatorios mencionados en este punto hasta un Centro Medico que realice los servicios médicos que requiera el paciente, se refiere a Centros Medicos en convenio, conforme guía de prestadores del plan y la cobertura establecida en el mismo. ¿Es correcta la interpretación?