Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
PARA CONTRIBUYENTES IRE GENERAL / IRACIS PARA CONTRIBUYENTES IRE GENERAL / IRACIS
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (*)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (*)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio en los últimos 3 años (*), no deberá ser negativo
(*) 2019, 2020 y 2021.
Los Oferentes individuales, y en caso de Consorcio cada Integrante, deberán cumplir con los ratios señalados.
d. Capital Operativo (Activo Corriente - Pasivo Corriente): El oferente deberá poseer un capital positivo y no inferior al 30% del monto total de la oferta, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2021), pudiendo completar dicho porcentaje con el certificado de una entidad financiera / cooperativa de plaza que demuestre la disponibilidad de línea de crédito o sobregiro suficiente para justificar el porcentaje mencionado.
En caso de Consorcios, al menos uno de los integrantes deberá acreditar el cumplimiento de este requisito.
PARA CONTRIBUYENTES DE IRE SIMPLE / IRPC PARA CONTRIBUYENTES DE IRE SIMPLE / IRPC, deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos. 2019, 2020 y 2021.
Solvencia (Ingreso menos Egreso): El oferente deberá poseer un capital positivo y no inferior al 30% del monto total de la oferta, lo cual será corroborado por medio de la verificación del Formulario Nº501 del último año (2021), pudiendo completar dicho porcentaje con el certificado de una entidad financiera / cooperativa de plaza que demuestre la disponibilidad de línea de crédito o sobregiro suficiente para justificar el porcentaje mencionado.
En caso de Consorcios, al menos uno de los integrantes deberá acreditar el cumplimiento de este requisito.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al inicio de la etapa competitiva. |
b. Para contribuyentes de IRE General: formulario Nº158 de estados financieros y sus anexos (1 al 5) y el Formulario Nº500 Normalizados extraídos del sistema Marangatu, de los ejercicios 2019, 2020, 2021. |
c. Para contribuyentes IRE Simple: Formulario Nº501 normalizados extraídos del sistema Marangatu de los ejercicio 2019, 2020, 2021. |
d. Los oferentes deberán presentar un documento en el que desarrollen los ratio con sus respectivos promedios, conforme el Formulario INDICE DE RATIOS que se encuentra en el Anexo Formularios. Este documento tendrá carácter de Declaración Jurada y tendrá validez al efecto de ser utilizada en la etapa de evaluación. |
e. Certificado de una entidad financiera / cooperativa de plaza que demuestre la disponibilidad de línea de crédito o sobregiro suficiente para justificar el porcentaje mencionado, si corresponde. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en donde indique la capacidad de haber proveído en forma satisfactoria Sistema de video vigilancia compuesto por al menos por cincuenta (50) cámaras o más, todas instaladas y administradas desde un mismo sistema, para lo cual se considerará la siguiente documentación: al menos un (1) contrato o comprobante legal de venta con facturaciones de venta y/o recepciones finales con entidades públicas y/o privadas por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 5 años. [Años 2017, 2018, 2019, 2020, 2021].
Si el servicio fue prestado a una entidad pública copia del contrato suscripto acompañado de las facturas legales emitidas para el cobro. En reemplazo de los contratos y facturas, se podrá presentar un documento donde se indique el/los ID de los contratos adjudicados que acrediten la experiencia requerida, para la verificación en el SICP de los pagos publicados. Así también, deberá presentar un documento que acredite el Cumplimiento Satisfactorio de los Servicios de los Contratos presentados, estén estos culminados o vigentes.
Si el servicio fue prestado a una empresa privada, copia de las facturas legales emitidas para el cobro. Las facturas podrán ser contado o a crédito con sus correspondientes recibos de cancelación. Así también, deberán presentar documento de Cumplimiento Satisfactorio de los Servicios, y los datos del emisor del documento (Nombre del responsable, número de teléfono) para constatar la veracidad del mismo.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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4. Copia de facturaciones y/o recepciones finales con entidades públicas y/o privadas que avalen la experiencia requerida. Si el servicio fue prestado a una entidad pública copia del contrato suscripto acompañado de las facturas legales emitidas para el cobro. En reemplazo de los contratos y facturas, se podrá presentar un documento donde se indique el/los ID de los contratos adjudicados que acrediten la experiencia requerida, para la verificación en el SICP de los pagos publicados. Así también, deberá presentar un documento que acredite el Cumplimiento Satisfactorio de los Servicios de los Contratos presentados, estén estos culminados o vigentes. Si el servicio fue prestado a una empresa privada, copia de las facturas legales emitidas para el cobro. Las facturas podrán ser contado o a crédito con sus correspondientes recibos de cancelación. Así también, deberán presentar documento de Cumplimiento Satisfactorio de los Servicios, y los datos del emisor del documento (Nombre del responsable, número de teléfono) para constatar la veracidad del mismo. |
5. Al menos un (1) contrato o comprobante legal de Sistema de Video vigilancia. |
6. En caso de consorcio, el líder del consorcio deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de evaluación y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio. |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
- Currículum de los técnicos instaladores.
- Planilla de Aporte Obrero Patronal del oferente de los últimos seis (6) meses previos a la fecha de presentación de ofertas, donde consten los nombres de los técnicos instaladores propuestos.
- Copia de la Habilitación Vigente para Operar como Empresa de Seguridad Electrónica, emitida por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y afines, dependiente del Departamento de Investigación de Delitos de la Policía Nacional, en cumplimiento a la Ley 5424/15. Deberán presentar los últimos tres (3) Certificados de fiscalización anual obligatoria (el último deberá estar vigente), realizada por el Departamento Especializado en el Control y Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines.
- Planilla de Datos Garantizados conforme al formulario adjunto.
- Catálogos de cada uno de los equipos ofertados (en inglés o español) o proveer el enlace de la página oficial para corroborar las prestaciones de los mismos.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
- Presentar junto con su oferta física, la Planilla de lista de precios ofertados con los ítems o Lotes en formato digital Excel editable, grabado en un medio magnético (CD, DVD o PENDRIVE).
- Dentro de los criterios de evaluación además de lo descrito en este apartado, será considerado lo establecido en las Especificaciones Técnicas, que los mismos se ajusten a los bienes y/o servicios requeridos en este llamado.
- Completar la Planilla de Datos Garantizados de la sección Formularios (Formulario Adicional Nº2).
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.