Buenas tardes.
En referencia a su consulta, se pone a conocimiento que se realizaran las modificaciones pertinentes mediante una Adenda la cual sera enviada a la DNCP para su revision y posterior publicacion.
Atte UOC N° 4.
2
Cargos principales, Administrador del Contrato, Jefe de Obra
Los nombres de los mismos deberán corresponderse con la lista de la Planilla de Control de Pagos del IPS, Como la antigüedad debe ser de como mínimo de 6 meses.
Consulta: esta relacion de dependencia solicitada a traves del IPS podria ser considerada tambien con contratos entre la Empresa y los profesionales solicitados o en su defecto disminuir a 4 ultimos meses en IPS, se solicita esto a fin de dar mayor participacion a los posibles oferentes.
03-06-2022
15-06-2022
Cargos principales, Administrador del Contrato, Jefe de Obra
Los nombres de los mismos deberán corresponderse con la lista de la Planilla de Control de Pagos del IPS, Como la antigüedad debe ser de como mínimo de 6 meses.
Consulta: esta relacion de dependencia solicitada a traves del IPS podria ser considerada tambien con contratos entre la Empresa y los profesionales solicitados o en su defecto disminuir a 4 ultimos meses en IPS, se solicita esto a fin de dar mayor participacion a los posibles oferentes.
En referencia a la mencionada consulta, esta convocante busca tener certeza que el potencial oferente cuente con un número determinado de empleados en IPS, y determinada antigüedad, es decir, demostrar que el personal operativo sea propio, durante un plazo prudencial. Por lo que para verificar dicha vinculación se hace necesaria evidencias legales de índole laboral, tales como la liquidación de la Seguridad. La experiencia requerida al personal, trabajando en relación de dependencia con el oferente garantizara la existencia de un plantel estable y con experiencia y redundara en la calidad constructiva que pueda ofrecer el proponente convertido en contratista, es por ello que le convocante considera técnicamente indispensable dicho requisito para participar en el presente procedimiento de contratación. Por lo que se mantienen los requerimientos establecidos en el PBC.
3
Personal Clave
En relación al criterio en el cual se solicita que el personal clave esté en la planilla del IPS por un tiempo de 6 meses. Se resalta que en la mayor parte de los casos los profesionales especializados prestan servicio a las constructoras mediante contratos acordando los honorarios correspondientes. Por este motivo se solicita cambiar este criterio y aceptar personal clave mediante carta de compromiso del personal en cuestión en el que se compromete a prestar su servicio en caso de que el oferente sea adjudicado.
Dicho método es utilizado por la mayoría de las convocantes (MOPC, MUVH, etc) y permitirá una mayor participación de oferentes.
En relación al criterio en el cual se solicita que el personal clave esté en la planilla del IPS por un tiempo de 6 meses. Se resalta que en la mayor parte de los casos los profesionales especializados prestan servicio a las constructoras mediante contratos acordando los honorarios correspondientes. Por este motivo se solicita cambiar este criterio y aceptar personal clave mediante carta de compromiso del personal en cuestión en el que se compromete a prestar su servicio en caso de que el oferente sea adjudicado.
Dicho método es utilizado por la mayoría de las convocantes (MOPC, MUVH, etc) y permitirá una mayor participación de oferentes.
En relación a la mencionada consulta, esta convocante busca tener certeza que el potencial oferente cuente con un número determinado de empleados en IPS, y determinada antigüedad, es decir, demostrar que el personal operativo sea propio, durante un plazo prudencial. Por lo que para verificar dicha vinculación se hace necesaria evidencias legales de índole laboral, tales como la liquidación de la Seguridad. La experiencia requerida al personal, trabajando en relación de dependencia con el oferente garantizara la existencia de un plantel estable y con experiencia y redundara en la calidad constructiva que pueda ofrecer el proponente convertido en contratista, es por ello que le convocante considera técnicamente indispensable dicho requisito para participar en el presente procedimiento de contratación. Por lo que se mantienen los requerimientos establecidos en el PBC.
4
ANALISIS DE PRECIOS
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado de la obra, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Con relaciona a los precios referenciales indicados en la planilla de ítems solicitados en este llamado, hemos notado que los mismos se encuentran por encima de los precios de mercado, por tanto, entendemos que durante la etapa de evaluación, a los efectos de la presentación del desglose de precios, la convocante aceptará documentos que demuestren que los precios se encuentran conforme los parámetros de mercado y que son ejecutables, es correcta nuestra interpretación?
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado de la obra, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Con relaciona a los precios referenciales indicados en la planilla de ítems solicitados en este llamado, hemos notado que los mismos se encuentran por encima de los precios de mercado, por tanto, entendemos que durante la etapa de evaluación, a los efectos de la presentación del desglose de precios, la convocante aceptará documentos que demuestren que los precios se encuentran conforme los parámetros de mercado y que son ejecutables, es correcta nuestra interpretación?
En referencia a la mencionada consulta, manifestamos que la Convocante no puede expedirse sobre actos que se encuentran próximos a acontecer, de tal manera tampoco puede emitir una opinión anticipada del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, teniendo en cuenta que una vez realizado el acto de aperturas y conforme a los documentos puestos a disposición del comité se realizará dicho análisis y evaluación. Por lo tanto los potenciales oferentes deberán ajustarse a lo establecido por la convocante en las documentaciones que hacen al proceso de contratación, teniendo en cuenta que los precios referenciales son el resultado de un estudio de mercado conforme a la Resolución DNCP N° 1890/21, donde se visualiza que la metodología utilizada teniendo en cuenta para la elaboración de los precios referenciales, se encuentran tendientes a lograr que las contrataciones públicas garanticen los Principios de Economía y Eficiencia.
5
CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL
Lista de funcionarios que ocuparan los cargos principales (Administrador del Contrato, Jefe de Obra, Los nombres de los mismos deberán corresponderse con la lista de la Planilla de Control de Pagos del IPS, Como la antigüedad debe ser de como mínimo de 6 meses, por lo quieran figurar en
las ultimas seis planillas anteriores a la apertura de oferta.-
Solicitamos que se elimine el requisito de que el personal propuesto debe encontrarse en relación de dependencia y con antigüedad de 6 meses, debiendo éstos estar inscriptos en IPS en el momento de la apertura de sobres, debido a que puede tratarse de personal que recién será contratado en caso de resultar adjudicados, teniendo en cuenta que los personales se contratan de acuerdo a la magnitud de la obra y el tiempo que dure la misma.
Lista de funcionarios que ocuparan los cargos principales (Administrador del Contrato, Jefe de Obra, Los nombres de los mismos deberán corresponderse con la lista de la Planilla de Control de Pagos del IPS, Como la antigüedad debe ser de como mínimo de 6 meses, por lo quieran figurar en
las ultimas seis planillas anteriores a la apertura de oferta.-
Solicitamos que se elimine el requisito de que el personal propuesto debe encontrarse en relación de dependencia y con antigüedad de 6 meses, debiendo éstos estar inscriptos en IPS en el momento de la apertura de sobres, debido a que puede tratarse de personal que recién será contratado en caso de resultar adjudicados, teniendo en cuenta que los personales se contratan de acuerdo a la magnitud de la obra y el tiempo que dure la misma.
En referencia a la mencionada consulta, manifestamos que la Convocante no puede expedirse sobre actos que se encuentran próximos a acontecer, de tal manera tampoco puede emitir una opinión anticipada del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, teniendo en cuenta que una vez realizado el acto de aperturas y conforme a los documentos puestos a disposición del comité se realizará dicho análisis y evaluación. Por lo tanto los potenciales oferentes deberán ajustarse a lo establecido por la convocante en las documentaciones que hacen al proceso de contratación, teniendo en cuenta que los precios referenciales son el resultado de un estudio de mercado conforme a la Resolución DNCP N° 1890/21, donde se visualiza que la metodología utilizada teniendo en cuenta para la elaboración de los precios referenciales, se encuentran tendientes a lograr que las contrataciones públicas garanticen los Principios de Economía y Eficiencia.