al tipo de Adjudicación del llamado, POR TOTAL, consultamos respetuosamente considerar que el tipo de adjudicacion sea por item, considerando que son insumos de diferente índole y no todas las empresas proveen o prestan servicios a diferentes marcas y productos, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes.
al tipo de Adjudicación del llamado, POR TOTAL, consultamos respetuosamente considerar que el tipo de adjudicacion sea por item, considerando que son insumos de diferente índole y no todas las empresas proveen o prestan servicios a diferentes marcas y productos, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes.
La convocante establece el sistema de adjudicación por el total teniendo en cuenta la simplificación administrativa por la necesidad imperiosa de contar con los bienes y considerando el artículo 4 inciso d) de la Ley 2051/03 que establece los principios generales que rigen las contrataciones públicas en relación a la simplificación administrativa. La convocante ha considerado también la igualdad y libre competencia y previo análisis de mercado ha comprobado que la forma establecida puede ser cumplida por empresas dedicadas al ramo. Es importante resaltar que al establecer el sistema de adjudicación por el total y la variedad de insumos la convocante no requiere autorizaciones a fin de no limitar la participación de los potenciales oferentes. Para confirmar la veracidad de lo ofertado la convocante puede recurrir a cualquier fuente pública o privada de información de acuerdo a lo establecido en el Articulo 59 del Decreto 2992/19.-
2
Consulta sobre Especificaciones Tecnicas
Los items que mencionan cartuchos "ORIGINALES" refiere a artículos que sean originales de la misma marca de la impresora? Los items que menciona cartuchos compatibles o genéricos, refiere a que se podrán cotizar artículos originales como tambien compatibles, es correcto?
Los items que mencionan cartuchos "ORIGINALES" refiere a artículos que sean originales de la misma marca de la impresora? Los items que menciona cartuchos compatibles o genéricos, refiere a que se podrán cotizar artículos originales como tambien compatibles, es correcto?
Los cartuchos que mencionan originales se refiere a los artículos que son originales de la misma marca de la impresora y los que se menciona compatible o genéricos se refiera a consumibles elaborados por fabricantes independientes de las marcas, iguales funcionalmente que los originales.
3
Consulta
Referente al llamado Id 408640 consultamos respetuosamente puedan considerar el cambio del tipo de adjudicación, para que pueda ser por Item, debido a que no trabajamos con insumos compatibles, solo con originales de marca de las impresoras
Referente al llamado Id 408640 consultamos respetuosamente puedan considerar el cambio del tipo de adjudicación, para que pueda ser por Item, debido a que no trabajamos con insumos compatibles, solo con originales de marca de las impresoras
La convocante establece el sistema de adjudicación por el total teniendo en cuenta la simplificación administrativa por la necesidad imperiosa de contar con los bienes y considerando el artículo 4 inciso d) de la Ley 2051/03 que establece los principios generales que rigen las contrataciones públicas en relación a la simplificación administrativa. La convocante ha considerado también la igualdad y libre competencia y previo análisis de mercado ha comprobado que la forma establecida puede ser cumplida por empresas dedicadas al ramo. Es importante resaltar que al establecer el sistema de adjudicación por el total y la variedad de insumos la convocante no requiere autorizaciones a fin de no limitar la participación de los potenciales oferentes. Para confirmar la veracidad de lo ofertado la convocante puede recurrir a cualquier fuente pública o privada de información de acuerdo a lo establecido en el Articulo 59 del Decreto 2992/19.-
4
Sistema de adjudicacion
Solicitamos a la convocante que el sistema de adjudicación sea por ITEM debido a la variedad de marcas de los insumos, de manera a dar oportunidad a mas oferentes a participar de este llamado.
Solicitamos a la convocante que el sistema de adjudicación sea por ITEM debido a la variedad de marcas de los insumos, de manera a dar oportunidad a mas oferentes a participar de este llamado.
La convocante establece el sistema de adjudicación por el total teniendo en cuenta la simplificación administrativa por la necesidad imperiosa de contar con los bienes y considerando el artículo 4 inciso d) de la Ley 2051/03 que establece los principios generales que rigen las contrataciones públicas en relación a la simplificación administrativa. La convocante ha considerado también la igualdad y libre competencia y previo análisis de mercado ha comprobado que la forma establecida puede ser cumplida por empresas dedicadas al ramo. Es importante resaltar que al establecer el sistema de adjudicación por el total y la variedad de insumos la convocante no requiere autorizaciones a fin de no limitar la participación de los potenciales oferentes. Para confirmar la veracidad de lo ofertado la convocante puede recurrir a cualquier fuente pública o privada de información de acuerdo a lo establecido en el Articulo 59 del Decreto 2992/19.-
5
Autorización del fabricante
Solicitamos a la convocante que sea de carácter exigido la autorización del fabricante para los insumos, de esta manera se garantiza la originalidad de los mismos y también se preserva el correcto funcionamiento de los equipos con los que cuentan. Actualmente hay muchas firmas que tienen las autorizaciones de los fabricantes.
Solicitamos a la convocante que sea de carácter exigido la autorización del fabricante para los insumos, de esta manera se garantiza la originalidad de los mismos y también se preserva el correcto funcionamiento de los equipos con los que cuentan. Actualmente hay muchas firmas que tienen las autorizaciones de los fabricantes.
Es importante resaltar que al establecer el sistema de adjudicación por el total y la variedad de insumos la convocante no requiere autorizaciones a fin de no limitar la participación de los potenciales oferentes. Para confirmar la veracidad de lo ofertado la convocante puede recurrir a cualquier fuente pública o privada de información de acuerdo a lo establecido en el Articulo 59 del Decreto 2992/19.-