El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
N° De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios Especificaciones Técnicas y Normas |
Unidad de Medida |
Cantidad |
SOLPED Nº 10001695 - GERENCIA LOGÍSTICA |
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1 |
Yeso Natural Importado CARACTERISTICAS Pureza mínima en Ca SO4, 2H2O (Sulfato de calcio Dihidratado, deben ser 85%). Granulometría: - Material triturado: Máximo 50mm. Mínimo 10 mm. *Humedad permisible: 2.0 % Observaciones: 1)El oferente deberá contratar una Firma verificadora internacional, a satisfacción de la INC, para la presentación de Informes de Calidad y Cantidad en Origen y Destino, a la Convocante. 2)El fabricante o proveedor deberá remitir el certificado de calidad del producto ofrecido a la INC por correo electrónico el análisis de origen al momento de la carga y entregar en la UOC los originales con la firma de la certificadora internacional de origen y el proveedor representante. 3)Punto de descarga del Yeso, para oferentes domiciliados en el extranjero Muelle Planta Industrial de Villeta: 26.000 Toneladas +/- 10% de tolerancia) 4) La descarga y disposición del material se realizará, posterior a la toma de muestras. La carga total (YESO) quedará en guarda, cuya aceptación quedará supeditada a los resultados de los análisis de calidad realizados por la firma certificadora internacional de destino, dentro de las 48 horas posteriores a la toma de muestras. 5) La INC se reserva el derecho de realizar análisis por su cuenta en forma paralela a modo de control y en caso de existir alguna discrepancia entre los resultados de Control de Calidad de CIP Villeta y los resultados de la firma verificadora internacional, se realizará un segundo análisis de otra firma verificadora cuyo costo será asumido por la proveedora. - Los resultados de este segundo análisis serán los válidos para la aceptación, rechazo y pago de la provisión. 6) En caso de que el material sea rechazado deberá ser repuesto en un plazo máximo de 45 días a partir de la fecha de los resultados de la Verificadora Internacional. 7)No se permiten el amarre de barcazas sin la presencia de un remolcador de maniobras, el cual deberá estar 24 horas disponible según necesidad operativa de la INC.
8)El proveedor deberá informar estado de carga en destino, accionamientos / cambio de remolcador / ETA.
9)No podrá zarpar del destino directo a la zona de descarga sin antes consultar a la INC disponibilidad de muelle y calado en rada. -Todos los parámetros están en base seca. *El 2 % de humedad establecido se considera como límite máximo admisible para la recepción del producto. Para valores porcentuales de humedad igual o menor a 2%, dichos valores serán considerados para el cálculo de base seca y su correspondiente descuento de peso bruto. LUGAR DE ENTREGA Puerto de INC Villeta Recepción: el material embarcado por la Contratista deberá ser recepcionado en destino base seca, caso contrario se descontará la partida húmeda imputable a la Contratista, como compensación de la degradación del producto, a ser determinada por cada unidad de bodega por medio de ensayos en origen y recepción. |
Tonelada |
26.000 |
La cantidad de toneladas brutas (producto + humedad) desembarcadas serán contabilizadas por los responsables de la Certificadora Internacional en forma conjunta con el Encargado de Logística designado por la INC, quienes una vez concluidas las mediciones labrarán un acta, cuyos informes serán vinculantes para la facturación y el pago de cada partida. - El material embarcado (yeso) por LA CONTRATISTA deberá ser recepcionado en destino con BASE SECA, se descontará del peso del bien la humedad incorporada al mismo y será imputable a LA CONTRATISTA, como compensación de la degradación del producto, a ser determinada por cada unidad de bodega en caso de que la entrega sea por vía fluvial o de cada lote, en caso de que la entrega sea por vía terrestre por medio de ensayos en destino al momento de la descarga. El peso correspondiente a la humedad determinada será descontado del peso bruto facturado. |
OBSERVACIÓN: LA MONEDA DE LA OFERTA Y PAGO SERÁ EN GUARANÍES O DÓLARES AMERICANOS PARA TODOS LOS OFERENTES.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
La entrega de los bienes o prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
ADQUISICIÓN DE YESO NATURAL IMPORTADO:
RECEPCIÓN: El material embarcado (YESO NATURAL) por LA CONTRATISTA deberá ser recepcionado en destino con BASE SECA, se descontará del peso del bien la humedad incorporada al mismo y será imputable a LA CONTRATISTA, como compensación de la degradación del producto, a ser determinada por cada unidad de bodega en caso de que la entrega sea por vía fluvial o de cada lote1, en caso de que la entrega sea por vía terrestre por medio de ensayos en destino al momento de la descarga. El peso correspondiente a la humedad determinada será descontado del peso bruto facturado.
Lote1: En caso de entregas por vía terrestre, se procederá a la descarga de un conjunto de camiones, hasta totalizar como mínimo 1.000 toneladas del producto (YESO), los cuales constituirán un Lote. La descarga y disposición del material se realizará, posterior a la toma de muestras. La carga total (YESO) quedará en guarda, cuya aceptación quedará supeditada a los resultados de los análisis de calidad realizados por la firma certificadora internacional de destino, dentro de las 48 horas posteriores a la toma de muestras.
Para la determinación del % de humedad correspondiente al cálculo de base seca de cada bodega o lote, se realizarán ensayos, tomando muestras en tres niveles de la misma (superficie, medio y fondo de la bodega o lote) y como mínimo 4 muestras del bien por cada nivel, estas serán promediadas entre sí para fijar como humedad representativa de la bodega o lote y su respectiva cantidad de producto. Las muestras serán tomadas en forma conjunta por el Encargado de Logística, el encargado designado de Laboratorio de la INC y la firma Verificadora Internacional, la contratista podrá participar como observadora. Los ensayos de humedad serán realizados en el Laboratorio de la INC, siendo los resultados vinculantes para el descuento del % de humedad correspondiente. El control del % de humedad para el cálculo de base seca es atribución exclusiva de la INC. Para la recepción del Yeso, el oferente adjudicado deberá contratar una firma verificadora internacional para el efecto, quienes en conjunto (Verificadora Internacional y Encargado de Logística de INC) verificaran la cantidad bruta propia del sistema de medición utilizado (draft survey para vía fluvial; bascula Tara Bruto- Neto para vía terrestre). El pago se realizará conforme a la condición BASE SECA, siendo facultad de la INC el análisis y determinación del % de la humedad incorporada al producto para el cálculo de la base seca y el correspondiente descuento al peso bruto de la factura. La calidad determinada por el análisis realizado por la firma verificadora internacional es vinculante a la aceptación del producto, no obstante, la INC se reserva el derecho de realizar análisis por su cuenta en forma paralela a modo de control y en caso de existir alguna discrepancia entre los resultados de Control de Calidad de CIP Villeta y los resultados de la firma verificadora internacional, se realizará un segundo análisis de otra firma verificadora cuyo costo será asumido por la proveedora.-
Los resultados de este segundo análisis serán los válidos para la aceptación, rechazo y pago de la provisión.
Una vez que las barcazas se encuentren disponibles para descarga, la proveedora comunicará a la INC por nota o correo electrónico la ubicación de las mismas, cuya comunicación activará la toma de muestra. Para el caso de camiones la proveedora deberá comunicar 5 horas antes de su llegada al punto de descarga. Este evento deberá ser realizado por la INC con personal de Logística, Laboratorio INC y Representante de la Certificadora Internacional. Se dejará constancia del acto y se entregará al representante de la Certificadora una muestra testigo enumerado, fechado e identificado, con el N° de Lote y los camiones que lo conforman. La INC también tendrá en guarda copias. En caso de que el proveedor opte por el transporte por vía fluvial, se autorizará el ingreso de las barcazas bajo descargador o muelle designado por la INC para el inicio de la descarga. En el caso de transporte terrestre, se permitirán el ingreso de un conjunto de camiones los cuales serán debidamente cuantificados e identificados, cada lote constará del detalle de los camiones que lo componen y de los días de ingreso de los mismos y se procederá a la recepción del bien (YESO). La recepción de los camiones se realizará de lunes a viernes de 06:00 hs a 18:00 hs.
Cronograma de Entregas
Ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los Bienes |
1 |
Yeso Natural Importado |
Primera Partida: 5.000 (+/-10%) |
tonelada |
Muelle Planta Industrial de Villeta |
(+/-10%) 5.000 toneladas, dentro de los 45 días posteriores a la firma de contrato |
*Segunda Partida: 5.000 (+/-10%) |
tonelada |
Muelle Planta Industrial de Villeta |
(+/-10%) 5.000 toneladas, dentro de los 30 días posteriores a la Nota de pedido por parte de la Convocante |
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*Tercera Partida: 5.000 (+/-10%) |
tonelada |
Muelle Planta Industrial de Villeta |
(+/-10%) 5.000 toneladas, dentro de los 30 días posteriores a la Nota de pedido por parte de la Convocante |
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*Cuarta Partida: 5.000 (+/-10%) |
tonelada |
Muelle Planta Industrial de Villeta |
(+/-10%) 5.000 toneladas, dentro de los 30 días posteriores a la Nota de pedido por parte de la Convocante |
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*Quinta Partida: 6.000 (+/-10%) |
tonelada |
Muelle Planta Industrial de Villeta |
(+/-10%) 6.000 toneladas, dentro de los 30 días posteriores a la Nota de pedido por parte de la Convocante |
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* En caso que el oferente opte por entregar una mayor cantidad de las partidas previstas más arriba establecidas (a partir de la Segunda Partida), comunicará a La Convocante quien tendrá que aprobar dicha solicitud. |
OBSERVACIONES:
1. Debido a que el bien requerido es un producto de entrega a granel, este puede sufrir variaciones entre la cantidad solicitada y la cantidad entregada, de una tolerancia operativa de +/- 10% de variación.
2. La cantidad de toneladas brutas (producto + humedad) desembarcadas serán contabilizadas por los responsables de la Certificadora Internacional en forma conjunta con el Encargado de Logística designado por la INC, quienes una vez concluidas las mediciones labrarán un acta.
3. El oferente está obligado a iniciar la entrega de la partida dentro del plazo establecido a fin de evitar la aplicación de multas.
4. El plazo establecido en el cronograma de entrega, deberá considerarse como tope para el inicio de la recepción del bien, debiendo realizar la entrega total, de la partida, en un máximo de 30 (treinta) días corridos.
5. El cronograma de entrega podrá ser modificado por acuerdo entre partes, en caso de impugnación a la adjudicación o causas debidamente justificadas.
6- Para determinar por cada partida:
La cantidad/peso en destino: el proveedor deberá contratar una certificadora local o remitir una Nota a la INC donde acepte las mediciones que la INC realice.
La calidad en destino: el proveedor deberá contratar los servicios de un laboratorio para la obtención de los resultados de calidad, o remitir una Nota a la INC donde acepte los resultados de Control de Calidad de la
INC.
Los certificados de calidad deberán contener como mínimo los resultados de: pureza, granulometría, humedad.
CONDICIONES DE ENTREGA POR VÍA FLUVIAL
1. Por la vía fluvial la embarcación deberá cumplir con los requisitos de seguridad necesarios para el manipuleo del producto, siendo responsabilidad del oferente toda la operativa hasta el muelle de descarga habilitado en Villeta INC. La descarga correrá por cuenta y cargo de la INC.
2. Cada barcaza deberá contar con certificados de calidad y cantidad de origen (conforme se establece en Observaciones - Punto Nº 6), los cuales deberán ser presentados conjuntamente con los demás documentos de importación.
3. El muestreo de calidad se llevará a cabo por cada barcaza, pudiendo la INC rechazar las barcazas no descargadas si estas no cumpliesen con las condiciones mínimas exigidas en el PBC. El procedimiento de muestreo será ejecutado conjuntamente por el encargado de logística, el de laboratorio de la INC designado y la certificadora internacional, una vez concluido el proceso labrarán acta.
4. La calidad determinada por el análisis realizado por la firma verificadora internacional es vinculante a la aceptación del producto, no obstante, la INC se reserva el derecho de realizar análisis por su cuenta en forma paralela a modo de control y en caso de existir alguna discrepancia entre los resultados de Control de Calidad de CIP Villeta y los resultados de la firma verificadora internacional, se realizará un segundo análisis de otra firma verificadora cuyo costo será asumido por la proveedora.-
Los resultados de este segundo análisis serán los válidos para la aceptación, rechazo y pago de la provisión.
5. Los certificados de calidad y cantidad deberán ser obligatoriamente de origen y destino (conforme se establece en Observaciones - Punto Nº 6)
6. La cantidad desembarcada será contabilizada por los responsables de la Certificadora Internacional en forma conjunta con el Encargado de Logística designado por la INC, cuyo resultado una vez concluidas las mediciones quedarán consignado en Acta en el que además se hará constar la cantidad final recepcionada y la cantidad faltante surgida de la diferencia entre lo embarcado y recibido. Este documento deberá ser firmado indefectiblemente por responsables designados por la Contratista (Certificadora Internacional) y por el Encargado de Logística designado por la INC.
7. El ritmo de descarga será de 1.000 ton/día SHEX promedio por barcaza, la descarga correrá por cuenta y cargo de la I.N.C. y el ritmo se medirá desde el momento en que la I.N.C., cuente con el acta de calidad labrado el encargado de Control de Calidad, el Encargado de Logística de la INC y la certificadora internacional. En caso de no cumplimiento del ritmo de descarga promedio de 1.000 Tn/día SHEX, por causas imputables a la INC debidamente comprobado, la I.N.C., reconocerá un pago máximo de hasta 50 USD al adjudicado por día/barcaza o prorrata de atraso en concepto de sobre estadía, determinado según informes del área de logística.
8. El tiempo de cambio de barcazas será descontado del ritmo de descarga del material, es decir, el tiempo de descarga volverá a correr a partir de cambio o posicionamiento efectivo de barcazas. El tiempo máximo de cambio no deberá ser mayor de (2) dos horas.
9. Tiempo de Plancha: el tiempo de Plancha empezará a correr a partir de la emisión del acta de calidad labrada por el encargado de Control de Calidad, el Encargado de Logística de la INC y la certificadora internacional, la cual se constituye en condición indispensable para la aprobación de la carta de alistamiento por parte de los responsables designados por la INC.
10. Suspensión de tiempo de plancha: el tiempo de plancha quedará suspendido por condiciones climáticas (lluvias, temporales), es decir se descontará del tiempo permitido de descarga según dure la condición climática adversa a la operativa de descarga.
11. El oferente adjudicado deberá proporcionar diariamente a los responsables de logística de la I.N.C por correo electrónico, información precisa sobre las posiciones de las barcazas, desde el puerto de carga (origen), a modo de mantener actualizada las llegadas de las mismas para la coordinación de la descarga. Esta información incluye los códigos de rastreo, identificación del navío, calado del Puerto de descarga, así como cualquier otro dato que permita conocer la situación espacial de la carga. El Proveedor deberá consultar el calado del Puerto de descarga.
12. Se considerará una tolerancia de entrega final de más/menos diez por ciento (+/- 10 %) del total adjudicado.
13. Las barcazas deberán ser con tapa, el destape y cierre de las mismas correrá por cuenta y cargo del proveedor y/o armador.
14. La limpieza de las bodegas de las barcazas correrán por cuenta y cargo del proveedor y/o armador.
15. El remanente (material sobrante, no extraído por los cangilones del descargador, dentro de la barcaza) del producto de la limpieza realizada por el proveedor y/o armador deberán recepcionarse en el depósito de la Industria Nacional del Cemento para su posterior cuantificación.
CONDICIONES DE ENTREGA POR VÍA TERRESTRE
1. El transporte por vía terrestre deberá realizarse en camiones volquetes tapados, de como mínimo 25 Tn, cumpliendo las normas, requisitos, técnicos, legales y ambientales de traslado terrestre, así también cumpliendo las normas vigentes de seguridad, siendo total responsabilidad del oferente de la provisión hasta tanto se realice las mediciones en bascula INC, medidos en Tn.
2. Cada camión deberá contar con certificados de calidad y cantidad de origen (conforme se establece en Observaciones - Punto Nº 6)
3. Los certificados de calidad y cantidad deberán ser obligatoriamente de origen y destino. (conforme se establece en Observaciones - Punto Nº 6)
4. El muestreo de calidad se llevará a cabo por cada camión, pudiendo la INC rechazar los camiones no descargados si estas no cumpliesen con las condiciones mínimas exigidas en el PBC. El procedimiento de muestreo será ejecutado conjuntamente por el encargado de logística, el de laboratorio de la INC designado y la certificadora internacional, una vez concluido el proceso labrarán acta.
La calidad determinada por el análisis realizado por la firma verificadora internacional es vinculante a la aceptación del producto, no obstante, la INC se reserva el derecho de realizar análisis por su cuenta en forma paralela a modo de control y en caso de existir alguna discrepancia entre los resultados de Control de Calidad de CIP Villeta y los resultados de la firma verificadora internacional, se realizará un segundo análisis de otra firma verificadora cuyo costo será asumido por la proveedora.-
Los resultados de este segundo análisis serán los válidos para la aceptación, rechazo y pago de la provisión.
5. La cantidad recepcionada será contabilizada por los responsables de la Certificadora Internacional en forma conjunta con el Encargado de Logística designado por la INC, quienes, una vez concluido el pesaje en báscula, labrará un Acta, en la que constataran la cantidad final recepcionada, y la cantidad faltante surgida de la diferencia entre lo remitido y recibido. Este documento deberá ser firmado indefectiblemente por responsables designados por la Contratista (Certificadora Internacional) y por el Encargado de Logística designado por la INC.
6. El ritmo de provisión deberá ser como mínimo de 10 camiones diarios hasta completar la cantidad solicitada en las fechas consignadas como topes.
7. Suspensión de descarga: el tiempo de descarga quedará suspendido por condiciones climáticas (lluvias, temporales
8. El proveedor adjudicado deberá informar diariamente por correo electrónico a las personas responsables de la logística de la Industria Nacional del Cemento, sobre las posiciones de los camiones, una vez que hayan partido del lugar de carga, a modo de mantener actualizado las llegadas de los mismos para la coordinación de la descarga.
9. El destape, descarga y la limpieza de los camiones correrá por cuenta y cargo del proveedor.
El proveedor deberá contar con los accesorios de descarga sean ellos equipos propios del camión y de seguridad. Los requisitos medioambientales para el cumplimiento del proceso dentro del marco de las legislaciones vigentes quedan a cargo del proveedor.
La recepción de camiones en Planta Fabril, se realizarán de la siguiente manera:
- Control en portería; de documentos del camión, conductor y carga
- Ingreso en báscula
- Descarga en parque habilitado para la descarga de YESO NATURAL
- Salida por báscula.
- Revisión del camión en portería.
- Ticket o documento de carga, nota de remisión, con la firma del representante del Proveedor o Chofer.
LA ADJUDICACIÓN SERÁ: POR EL TOTAL ABASTECIMIENTO SIMULTANEO
La adjudicación recaerá como máximo en las dos mejores ofertas. La adjudicación se distribuirá de la siguiente forma:
En caso de que exista 1(una) sola oferta que cumpla con todos los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones del presente Llamado y tenga la capacidad para ejecutar el Contrato, la Convocante podrá adjudicar a dicha oferta por la totalidad de lo ofertado.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
funcionarios de la Gerencia de Logística y el Departamento de Control de Calidad (CIP Villeta) que realizarán la verificación del Cumplimiento a cabalidad de las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones de los bienes proveídos y el cumplimiento de las condiciones de entrega Fluvial y/o terrestre estipulados en el Cronograma de Entregas.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será: ACTA DE RECEPCIÓN
Serán presentados luego de cada descarga total de la materia primas de las barcazas o convoyes
Serán presentados 01 (uno) certificado.
Frecuencia: Según Plan de Entregas
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de recepción 1 |
Acta de recepción |
A los 10 días de la recepción del bien |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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