El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM | CÓDIGO | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | CARACTERISTICAS TECNICAS | PRESENTACION DE ENTREGA | CANTIDAD |
1 | 51142934-003 | Ketamina inyectable | Unidad | Solución inyectable Ketamina 5% FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 50 ml. | VIAL | 80 |
2 | 51142934-003 | Ketamina inyectable | Unidad | Solución inyectable de Ketamina 10% FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 50 ml. | VIAL | 50 |
3 | 51141920-001 | Diazepam Inyectable | Unidad | Solución inyectable Diazepam al 0,5% FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 10 ml. | VIAL | 70 |
4 | 42121604-003 | Acepromacina Maleato inyectable | Unidad | Solución inyectable de Acepromacina Maleato 10mg/ml FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 50 ml. | VIAL | 30 |
5 | 51142904-003 | Clorhidrato de lidocaína- inyectable | Unidad | Solución inyectable lidocaína al 2% FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 20 ml. | VIAL | 15 |
6 | 42121604-013 | Xilacina clorhidrato Inyectable | Unidad | Solución inyectable de Xilacina clorhidrato 2g/100ml FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 20 ml. | VIAL | 30 |
7 | 51142235-001 | Tramadol inyectable | Unidad | Solución inyectable Tramadol 50mg/ml FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 20 ml. | VIAL | 30 |
8 | 51142235-002 | Tramadol comprimido | Unidad | Comprimido de tramadol base de 50mg. Blisters de 10 comprimidos cada uno como mínimo. | BLISTER | 50 |
9 | 51142009-002 | Dipirona inyectable | Unidad | Solución inyectable Dipirona 50 mg/ml FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 50 ml. | VIAL | 15 |
10 | 42121608-9989 | Meloxicam inyectable | Unidad | Solución inyectable Meloxicam 0,5% FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 10 ml. | VIAL | 15 |
11 | 42121604-9996 | Flunixin Meglumine inyectable | Unidad | Solución inyectable Flunixin Meglumine 50mg/ml FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 20 ml. | VIAL | 15 |
12 | 42121604-9999 | Triamcinolona Acetonido Inyectable | Unidad | Solución inyectable Triamcinolona 0,6 % FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 20 ml. | VIAL | 15 |
13 | 51181704-016 | Dexametasona sodio fosfato Inyectable | Unidad | Solución inyectable Dexametasona sodio fosfato 2mg/ml FRASCO AMPOLLA O VIAL de 100ml como mínimo. | VIAL | 50 |
14 | 42121608-9990 | Prednisolona comprimido | Unidad | Comprimido Prednisolona 10mg. Blisters de 10 comprimidos cada uno como mínimo. | BLISTER | 80 |
15 | 51142108-005 | Ketoprofeno | Unidad | Solución inyectable Ketoprofeno al 10% FRASCO AMPOLLA O VIAL mínimo de 20 ml. | VIAL | 25 |
16 | 51101511-005 | Amoxicilina inyectable | Unidad | Solución inyectable Amoxicilina 15% FRASCO AMPOLLA O VIAL de 100ml como mínimo. | VIAL | 10 |
17 | 51101550-007 | Cefalexina monohidrato inyectable. | Unidad | Solución inyectable Cefalexina monohidrato 20% FRASCO AMPOLLA O VIAL de 100ml como mínimo. | VIAL | 10 |
18 | 51101550-003 | Cefalexina monohidrato comprimido. | Unidad | Comprimido Cefalexina monohidrato de 500mg. Blisters de 10 comprimidos como mínimo. | BLISTER | 80 |
19 | 51102601-9983 | Doxiciclina inyectable | Unidad | Solución inyectable Doxiciclina 4% FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 50 ml. | VIAL | 15 |
20 | 51101557-001 | Doxiciclina comprimido | Unidad | Comprimido de Doxiciclina 50 mg. Blisters de 10 comprimidos como mínimo. | BLISTER | 80 |
21 | 51101557-001 | Doxiciclina comprimido | Unidad | Comprimido de Doxiciclina 100 mg. Blisters de 10 comprimidos como mínimo. | BLISTER | 80 |
22 | 51101557-001 | Doxiciclina comprimido | Unidad | Comprimido de Doxiciclina 200mg. Blisters de 10 comprimidos como mínimo. | BLISTER | 80 |
23 | 51102601-001 | Enrofloxacina inyectable | Unidad | Solución inyectable Enrofloxacina 30mg/ml FRASCO AMPOLLA O VIAL de 100ml como mínimo. | VIAL | 15 |
24 | 51102601-9997 | Enrofloxacina comprimido | Unidad | Comprimido Enrofloxacina de 50mg. Blisters de 10 comprimidos cada uno como mínimo. | BLISTER | 80 |
25 | 51102601-9997 | Enrofloxacina comprimido | Unidad | Comprimido Enrofloxacina de 100mg. Blisters de 10 comprimidos cada uno como mínimo. | BLISTER | 80 |
26 | 51102601-9997 | Enrofloxacina comprimido | Unidad | Comprimido Enrofloxacina de 200mg. Blisters de 10 comprimidos cada uno como mínimo. | BLISTER | 80 |
27 | 51102601-006 | Penicilina G- Dihidroestreptomicina inyectable | Unidad | Solución inyectable Penicilina G- Dihidroestreptomicina 10g., estéril lista para usar. FRASCO AMPOLLA O VIAL de 100ml como mínimo. | VIAL | 80 |
28 | 51102601-9992 | Sulfamidina+ Trimetoprim | Unidad | Solución inyectable Sulfamidina por cada ml 200mg + Trimetoprim 40mg. FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 50 ml. | VIAL | 15 |
29 | 51101603-003 | Metronidazol inyectable | Unidad | Solución inyectable Metronidazol 5mg/ml. FRASCO AMPOLLA O VIAL de 100ml como mínimo. | VIAL | 25 |
30 | 51171806-001 | Metoclopramida clorhidrato inyectable | Unidad | Solución inyectable Metoclopramida clorhidrato 5mg/ml. FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 20ml. | VIAL | 15 |
31 | 51171816-002 | Ondansetrón inyectable | Unidad | Solución inyectable Ondansetrón 2mg/ml. FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 4ml. | VIAL | 15 |
32 | 51171909-002 | Omeprazol inyectable | Unidad | Solución inyectable Omeprazol 10mg/ml. FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 2ml. | VIAL | 15 |
33 | 51171917-001 | Ranitidina inyectable | Unidad | Solución inyectable Ranitidina 2g. FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 20 ml. | VIAL | 15 |
34 | 42121604-012 | Vitaminas + Aminoácidos + Dextrosa. Inyectable | Unidad | Solución inyectable intravenosa reconstituyente Energético conteniendo como minimo: Vitamina B2 20 mg, Vitamina B6 80 mg, Vitamina B12 0.5 mg, Vitamina C 400 mg, Cloruro de Colina 200 mg, L Metionina 2 000 mg, Dextrosa 22 000 mg. Frasco de 500 ml como minimo. | VIAL | 20 |
35 | 42121604-9989 | Cloruro de Calcio+Vitaminas Solucion Inyectable. | Unidad | Solución inyectable intravenosa como minimo: Cloruro de calcio 2 mg, Vitamina D3 7 500 UI, Vitamina B12 (Cianocobalamina) 120 μg, Vitamina A 50 000 UI, Vitamina E 5 UI. Frasco de 100 ml como minimo. | VIAL | 10 |
36 | 42121604-9988 | Ácido Fólico + Ácido Orótico + Nicotinamida + Vitamina B6 y B12. Inyectable | Unidad | Solución inyectable como minimo: Nicotinamida 10 mg, Pantenol 3 mg, Vitamina B6 2 mg, Acido Orótico 5 mg, Vitamina B12 1000 ug, Acido Fólico 0.5 mg. Frasco como mínimo de 100ml. | VIAL | 15 |
37 | 42121602-9998 | Vitamina K + Ciclonamina | Unidad | Solución inyectable Vitamina K 50mg+Ciclonamina Solucion 15g. FRASCO AMPOLLA O VIAL ampolla como mínimo de 10ml. | VIAL | 78 |
38 | 42121608-9993 | Febendazol+ Pirantel Pamoato+ Praziquantel. Comprimidos | Unidad | Comprimido de Febendazol 500mg + Pirantel Pamoato 50mg+ Praziquantel 50mg. Caja de 30 comprimidos como mínimo. | CAJA | 100 |
39 | 42121606-9987 | Praziquantel+ Pirantel Pamoato Suspensión oral. | Unidad | Suspensión oral de Praziquantel 0,5% + Pirantel Pamoato 1,45% FRASCO como mínimo de 15ml. | VIAL | 80 |
40 | 51101717-001 | Ivermectina inyectable | Unidad | Solución Ivermectina inyectable 1% FRASCO AMPOLLA O VIAL como mínimo de 50 ml. | VIAL | 15 |
41 | 10191511-001 | Fipronil | Unidad | Fipronil Spray 0,250 g Frasco. Envase spray como mínimo de 100ml. | Frasco | 50 |
42 | 42121608-9987 | Afoxolaner + Milbemicina oxima. | Unidad | Tableta masticable para perros (7,51 a 15 kg) contiene 37,50 mg de afoxolaner y 7,50 mg de milbemicina oxima. Caja de un blíster de una tableta | Caja | 90 |
43 | 42121608-9987 | Afoxolaner + Milbemicina oxima. | Unidad | Tableta masticable para perros (15,1 a 30 kg) contiene como mínimo 75,00 mg de afoxolaner y 15,00 mg milbemicina oxima. Caja de un blíster de una tableta. | Caja | 90 |
44 | 51151601-001 | Sulfato de Atropina Inyectable | Unidad | Atropina sulfato Solución inyectable 1mg/ml Frasco de 10 ml como mínimo | VIAL | 15 |
45 | 51211501-001 | Alopurinol | Unidad | Alopurinol Comprimido de 300mg. Caja de 20 comprimidos como mínimo. | Caja | 500 |
46 | 42121608-9991 | Acido Tioctico + Homatropina Metilbromuro | Unidad | Comprimido de Ácido Tióctico 10 mg + Metilbromuro de Homatropina 3mg. Blísters de 20 comprimidos como mínimo. | Blísters | 80 |
47 | 42121608-9991 | Acido Tioctico + Homatropina Metilbromuro | Unidad | Comprimido de Ácido Tióctico 20 mg + Metilbromuro de Homatropina 6mg. Blísters de 10 comprimidos como mínimo. | Blísters | 80 |
48 | 51111813-002 | Sulfato de Vincristina | Unidad | Sulfato de Vincristina Solución inyectable 1mg/ml. FRASCO AMPOLLA como mínimo de 1 ml. | FRASCO AMPOLLA | 50 |
49 | 51241204-003 | Acido Borico + Oxido de Zinc + Asociado Crema | Unidad | Uso tópico, crema que debe contener como mínimo Ácido Bórico 2g, Oxido de Zinc 15g, Vitamina A 0,015g, Vitamina D 0,001g.Crema Cicatrizante y regeneradora de piel. Frasco de plástico como mínimo de 100g. | Frasco | 20 |
50 | 42121608-9997 | Ketoconazol | Unidad | Ketoconazol Comprimido de 200mg. Blisters de 10 comprimidos cada uno como mínimo. | BLISTER | 50 |
51 | 51141801-001 | Pentobarbital + difenilhintoina Inyectable | Unidad | Solución inyectable de Pentobarbital sódico 40g + Difenilhidantoína sódica 5 g. FRASCO AMPOLLA O VIAL de 15 ml como mínimo. | VIAL | 15 |
52 | 51101526-003 | Polimixina + Neomicina + Dexametaxona colirio | Unidad | Gotas oftálmicas pudiendo tener como base: Neomicina 350mg + Polimixina 650000UI + Dexametasona disódico 100mg. Frasco de 5ml como mínimo. | Frasco | 10 |
53 | 51101513-006 | Neomicina + Polimixina B + Asociado Gotas | Unidad | Gotas oftálmicas pudiendo tener como base: Neomicina 350mg; Polimixina 650000UI+ Bromfenac 0,09%. Frasco de 5ml como mínimo. | Frasco | 10 |
54 | 51171630-002 | Vaselina Liquida | Unidad | Aceite de vaselina líquida. Vía oral. Frasco como mínimo de 250 ml. | Frasco | 10 |
55 | 42121608- 9986 | Células inactivadas de Propionibacterium granulosum + Lipopolisacárido provenientes de células de E. coli | Unidad | Inmunoestimulante Solución inyectable de Células inactivadas de Propionibacterium granulosum 25 mg + Lipopolisacárido provenientes de células de E. coli 2 mg. FRASCO AMPOLLA O VIAL de 50ml como mínimo. | VIAL | 5 |
56 | 51201638-002 | Vacuna Antirrábica (Canina- Felina) | Unidad | Antígeno Rábico 1UI/ml. Solución inyectable FRASCO AMPOLLA O VIAL de 1ml como mínimo. | VIAL | 500 |
57 | 51201638-9999 | Vacuna Sextuple (Canina) | Unidad | Vacuna reconstituida con virus atenuados (Distemper canino, Parvovirus canino, Adenovirus canino tipo 2, Parainfluenza canina, Coronavirus canino inactivado) y bacterianas de Leptospira interrogans serovar Icterohaemorrhagiae (≥107), Leptospira interrogans serovar Canicola (≥107), Leptospira interrogans serovar Pomona (≥107) y Leptospira kirschneri serovar Grippotyphosa (≥107) en 1 ml. FRASCO AMPOLLA O VIAL de 1ml como mínimo. | VIAL | 300 |
58 | 51201638-9999 | Vacuna Triple Felina | Unidad | Vacuna viva modificada con virus de Rinotraqueítis felina inactivado, Calicivirus felino inactivado, Panleucopenia felino inactivado. Inyectable FRASCO AMPOLLA O VIAL de 1ml como mínimo. | VIAL | 300 |
59 | 10191509-017 | Curabichera en aerosol | Unidad | Aerosol de uso tópico como minimo: Sulfadiazina de plata 0,10 g, DDVP (diclorvos) 1,60 g Cipermetrina 0,40 g, Aluminio micronizado 5,00 g. Frasco de aerosol como mínimo de 400 ml. |
Frasco | 25 |
60 | 10191509-017 | Curabichera en aerosol | Unidad | Aerosol de uso tópico como minimo: Propoxur 0,51%, Cipermetrina 0,36%, ácido salicílico, violeta de genciana, Lata aerosol como mínimo de 400 ml. | Frasco | 10 |
61 | 42121608-004 | Amitraz | Unidad | Amitraz Solución Líquido 12,5% Frasco. Envase como mínimo de 20ml. | Frasco | 80 |
VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS: El vencimiento mínimo de los medicamentos, insumos y reactivos no deberán ser inferior a 12 (doce) meses al momento de la entrega, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Convocante.
OTROS REQUISITOS: Todos los productos adjudicados para su entrega deben tener la impresión USO EXCLUSIVO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DEFENSA, BIENTESTAR Y SALUD ANIMAL, fecha de vencimiento y lote visible según la naturaleza del bien adquirido, con tinta de difícil remoción.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
Dirección de Salud Animal. CLINICA VETERINARIA SITO EN TORIBIO PACHECO N° 4372 CASI MC ARTHUR |
Dentro de los 30 (treinta) días calendarios contados a partir de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Los embalajes de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en el caso de que así lo sean.
Los medicamentos entregados deberán cumplir estrictamente con la cadena de frío, según corresponda. En caso de comprobarse la ruptura de la cadena de frío en algún punto, el proveedor deberá reemplazar el lote correspondiente en un plazo no mayor a 5 cinco días hábiles, siendo pasible del cobro de las multas correspondientes.
Embalaje Primario: Debe cumplir con las condiciones de conservación adecuada del medicamento conforme la naturaleza del principio activo.
Embalaje Secundario: Caja que contiene al envase primario y puede ser de: cartón, plástico u otro material que el fabricante disponga.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez adjudicado, las inspecciones y pruebas se realizarán en base a las especificaciones técnicas requeridas, verificando que el bien ofertado cumple con todas y cada una de ellas, en caso contrario serán devueltas y el Proveedor tendrá un plazo máximo de 5 (cinco) días corridos contados a partir de la recepción de la Nota de Comunicación por parte del Proveedor y/o de su rechazo en la recepción misma del bien para la reposición de los mismos.
Los bienes deberán ser nuevos y estar bien embalados, no se deberá observar ninguna avería de forma y contenido, se realizará una inspección minuciosa de cada BIEN por los técnicos designados por la convocante. En los casos que se requieren y/o en cualquier etapa de la ejecución del contrato, ante indicios o detección de variaciones de concentración de los insumos, principios activos de los insumos, la convocante podrá requerir informes laboratoriales del INTN, o el CEMIT, que servirán como una herramienta de verificación de los parámetros determinados en las especificaciones técnicas. Para dichas pruebas, el proveedor deberá cubrir los costos y reponer directamente la cantidad utilizada para el muestro de calidad, en el plazo indicado. En el caso que se detectará diferencias entre lo requerido y lo proveído conforme a los análisis realizados, se remitirá todo el lote del insumo analizado, el cual deberá ser repuestos en el plazo indicado.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción | Nota de Remisión / Acta de recepción | 15 DÍAS CORRIDOS POSTERIORES A LA RECEPCION DE LA ORDEN DE COMPRA |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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