En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: jueves, 21 de abril de 2022 - 15:00hs
Fecha de entrega de ofertas: martes, 26 de abril de 2022 - 09:00hs
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 10 (diez) días calendarios en la fecha límite de consultas, y en consecuencia de la fecha de Entrega de Ofertas, teniendo en cuenta el escaso tiempo con que cuentan los potenciales oferentes siendo que el llamado fue publicado recién el día de ayer martes, 19/04/2022, y además que luego de la realización de la Visita Técnica en el sitio donde deberán ser realizados los servicioes, surgirá la necesidad de cursar nuevas consultas, cuyas respuestas deberán ser respondidas por la Convocante, incluso con la modificación mediante Adendas en caso que corresponda, de forma tal que tenga validez todo lo que sea indicado en la Visita Técnica, y, además de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: jueves, 21 de abril de 2022 - 15:00hs
Fecha de entrega de ofertas: martes, 26 de abril de 2022 - 09:00hs
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 10 (diez) días calendarios en la fecha límite de consultas, y en consecuencia de la fecha de Entrega de Ofertas, teniendo en cuenta el escaso tiempo con que cuentan los potenciales oferentes siendo que el llamado fue publicado recién el día de ayer martes, 19/04/2022, y además que luego de la realización de la Visita Técnica en el sitio donde deberán ser realizados los servicioes, surgirá la necesidad de cursar nuevas consultas, cuyas respuestas deberán ser respondidas por la Convocante, incluso con la modificación mediante Adendas en caso que corresponda, de forma tal que tenga validez todo lo que sea indicado en la Visita Técnica, y, además de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Dirigirse al Pliego de Bases y Condiciones Versión 2.
2
*-Experiencia Requerida.
En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado “Experiencia Requerida”, se solicita:
“Demostrar la experiencia en mantenimiento de generadores con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total máximo ofertado en la presente licitación, de los: últimos 2 años. [2020-2021).”
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la experiencia de los últimos 7 (siete) años (2015-2016-2017-2018-2019-2020-2021) de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del rubro de Energía que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la ejecución de los suministros y servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado “Experiencia Requerida”, se solicita:
“Demostrar la experiencia en mantenimiento de generadores con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total máximo ofertado en la presente licitación, de los: últimos 2 años. [2020-2021).”
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la experiencia de los últimos 7 (siete) años (2015-2016-2017-2018-2019-2020-2021) de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del rubro de Energía que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la ejecución de los suministros y servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Dirigirse al Pliego de Bases y Condiciones Versión 2.
3
*-Especificaciones Técnicas.
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, apartado “Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS”, se solicita:
“La utilización del grupo generador de respaldo o back up, se realizara únicamente para aquellos casos en los que los trabajos a ser realizados, tengan un plazo superior a 1 (un) día, y la utilización del mismo no podrá ser superior al plazo máximo de realización de los servicios. Los costos de traslado, puesta en marcha, combustibles y demás gastos inherentes a la utilización del mismo, correrán por cuenta exclusiva de la contratada.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que el generador de respaldo o back up es existente, y de propiedad de la Institución, y que podrá ser utilizada para los casos antes mencionados. Lo consultado es a fin de presentar una propuesta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, apartado “Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS”, se solicita:
“La utilización del grupo generador de respaldo o back up, se realizara únicamente para aquellos casos en los que los trabajos a ser realizados, tengan un plazo superior a 1 (un) día, y la utilización del mismo no podrá ser superior al plazo máximo de realización de los servicios. Los costos de traslado, puesta en marcha, combustibles y demás gastos inherentes a la utilización del mismo, correrán por cuenta exclusiva de la contratada.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que el generador de respaldo o back up es existente, y de propiedad de la Institución, y que podrá ser utilizada para los casos antes mencionados. Lo consultado es a fin de presentar una propuesta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Donde se menciona "Grupo Generador de respaldo o Backup", significa que la empresa adjudicada deberá de proveer el equipo que sirva de respaldo o back up, para los casos que se establece en las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
4
*-Especificaciones Técnicas.
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, apartado “Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS”, se solicita:
“La utilización del grupo generador de respaldo o back up, se realizara únicamente para aquellos casos en los que los trabajos a ser realizados, tengan un plazo superior a 1 (un) día, y la utilización del mismo no podrá ser superior al plazo máximo de realización de los servicios. Los costos de traslado, puesta en marcha, combustibles y demás gastos inherentes a la utilización del mismo, correrán por cuenta exclusiva de la contratada.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar la ubicación donde se encuentra el generador de respaldo o back up existente, de manera a dimensionar los costos de traslado del mismo. Lo consultado es a fin de presentar una propuesta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, apartado “Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS”, se solicita:
“La utilización del grupo generador de respaldo o back up, se realizara únicamente para aquellos casos en los que los trabajos a ser realizados, tengan un plazo superior a 1 (un) día, y la utilización del mismo no podrá ser superior al plazo máximo de realización de los servicios. Los costos de traslado, puesta en marcha, combustibles y demás gastos inherentes a la utilización del mismo, correrán por cuenta exclusiva de la contratada.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar la ubicación donde se encuentra el generador de respaldo o back up existente, de manera a dimensionar los costos de traslado del mismo. Lo consultado es a fin de presentar una propuesta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado “Experiencia Requerida”, se solicita:
“Demostrar la experiencia en mantenimiento de generadores con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total máximo ofertado en la presente licitación, de los: últimos 2 años. [2020-2021).”
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la experiencia de provisión y montaje de generadores con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total máximo ofertado en la presente licitación, de los: últimos 2 años. [2020-2021), considerando que igualmente la provisión incluye el mantenimiento durante el período de la Garantía, y así también, de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del rubro de Energía que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la ejecución de los suministros y servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado “Experiencia Requerida”, se solicita:
“Demostrar la experiencia en mantenimiento de generadores con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total máximo ofertado en la presente licitación, de los: últimos 2 años. [2020-2021).”
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la experiencia de provisión y montaje de generadores con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total máximo ofertado en la presente licitación, de los: últimos 2 años. [2020-2021), considerando que igualmente la provisión incluye el mantenimiento durante el período de la Garantía, y así también, de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del rubro de Energía que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la ejecución de los suministros y servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
No será modificado dicho requerimiento, teniendo en cuenta que en el caso de la facturación por provisión y montaje, el mayor volumen de la facturación corresponde a la Venta del Equipo y no a Mantenimiento y/o Reparaciones.
6
*-Especificaciones Técnicas.
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, apartado “Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS”, se establece que la Contratada realizará el mantenimiento de los 5 grupos generadores con los que cuenta el Hospital General Pediátrico, de las marcas y potencias que se detallan más abajo.
2 (dos) Equipos de la Marca Electra Molins con motores John Deere, de 115 KVA cada uno.
2 (dos) Equipos de la Marca Gotze Camda, 200 KVA cada uno.
1 (un) Equipo de la Marca Power Stream de 250 KVA.
Y más abajo, se solicita:
“La utilización del grupo generador de respaldo o back up, se realizara únicamente para aquellos casos en los que los trabajos a ser realizados, tengan un plazo superior a 1 (un) día, y la utilización del mismo no podrá ser superior al plazo máximo de realización de los servicios.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que la potencia en KVA del grupo generador de respaldo o back up permitirá soportar el consumo del Equipo de 250KVA, que es de mayor potencia de los 5 equipos, de tal forma que permita el empleo del equipo de respaldo cuando el mencionado equipo de 250KVA precise de trabajos de mantenimiento o reparación.
En el PBC, sección Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas, apartado “Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS”, se establece que la Contratada realizará el mantenimiento de los 5 grupos generadores con los que cuenta el Hospital General Pediátrico, de las marcas y potencias que se detallan más abajo.
2 (dos) Equipos de la Marca Electra Molins con motores John Deere, de 115 KVA cada uno.
2 (dos) Equipos de la Marca Gotze Camda, 200 KVA cada uno.
1 (un) Equipo de la Marca Power Stream de 250 KVA.
Y más abajo, se solicita:
“La utilización del grupo generador de respaldo o back up, se realizara únicamente para aquellos casos en los que los trabajos a ser realizados, tengan un plazo superior a 1 (un) día, y la utilización del mismo no podrá ser superior al plazo máximo de realización de los servicios.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que la potencia en KVA del grupo generador de respaldo o back up permitirá soportar el consumo del Equipo de 250KVA, que es de mayor potencia de los 5 equipos, de tal forma que permita el empleo del equipo de respaldo cuando el mencionado equipo de 250KVA precise de trabajos de mantenimiento o reparación.