El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quién se solicita el llamado a ser publicado |
CP Carlos Irala, Director de la Dirección Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores. |
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada. |
En ese sentido, dicho pedido obedece a que los servicios prestados son de suma importancia para esta Cartera del Estado, atendiendo que la herramienta sería de suma utilidad para la Dirección de Asuntos Legales. |
Justificar la planificación (si se trata un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal). |
Se trata de un llamado periódico, en el cual se realiza cada 24 meses. |
Justificar las especificaciones técnicas establecidas. |
Las Especificaciones Técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, se realizaron conforme a las experiencias de llamados anteriores y sugerencias de la Dirección de Asuntos Legales. |
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida |
Presentación |
1 |
Suscripción al servicio on line de leyes del Paraguay-Revista jurídica, 7 claves de usuarios |
24 |
Mes |
Unidad |
La base de Jurisprudencia Online comprende sentencias a texto completo de la C.S.J, de los Tribunales de Apelación y de las Circunscripciones judiciales del interior del país, desde el año 1977, hasta la fecha, con actualización diaria.
Cada fallo posee los datos objetivos del mismo (tribunal, fecha, partes, N° de sentencia); las voces jurídicas (descriptores temáticos); los hechos (breve descripción de las circunstancias del caso); sumarios (permite optimizar los tiempos de lectura de un fallo, obteniendo el mayor grado de comprensión sobre la cuestión); citas legales (referencia a la legislación mencionada en el fallo) y jurisprudencia vinculada.
Además, incluye jurisprudencia y doctrina de la Argentina, desde el año 1990 hasta la fecha, con actualización permanente, está compuesta por sentencias a texto completo, de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Mendoza y Córdoba.
Búsqueda por: temas, tribunales, partes y palabra libre.
A.2) DOCTRINA ONLINE:
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B) LEGISLACIÓN PARAGUAYA ONLINE:
La base online de Legislación más completa del país comprende una base histórica de las normas más importante desde el año 1869, y desde el año 1972 hasta la fecha todas las normas en forma correlativa.
Contenido de la base:
Constitución concordada, Códigos de fondo y procedimiento, Leyes, Decretos, Resoluciones, Acordadas y Ordenanzas de la Municipalidad de Asunción.
Cada norma posee un sumario con los datos objetivos de la norma (fecha de sanción, promulgación y publicación), emisor de la norma, citas legales (referencia a normas que derogaron, modificaron y/o ampliaron), actualización diaria, control de constitucionalidad (citas de fallos que declaran la inconstitucionalidad o la improcedencia de acciones de inconstitucionalidad).
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Calculador de Liquidaciones Laborales: Una planilla sencilla de usar, que le permite calcular con rapidez y exactitud la indemnización que corresponde a un trabajador despedido.
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Una herramienta que facilita y simplifica a los abogados el cálculo de las tarifas que se cobrarán al cliente, impulsando la transparencia del proceso y eliminando los fallos humanos a los que el profesional queda expuesto si opta por otros métodos.
Sin duda suponen una orientación de incalculable valor e incluso vital para los supuestos de tasación, costas, honorarios de abogados, importes de honorarios, costas honorarias, gastos del proceso, etc.
Esta herramienta ofrece:
G) BIBLIOTECA VIRTUAL:
La Ley Paraguaya pone a disposición de todos sus suscriptores la BIBLIOTECA VIRTUAL, un repositorio de obras de nuestro fondo editorial, almacenadas de manera electrónica, que se pueden buscar por título y por autor, o filtrar por área del derecho y tema. Esto permite el acceso a los títulos de manera similar a una biblioteca física tradicional.
Con la biblioteca virtual, el estudiante, profesional o la entidad no dependerá de un único espacio físico y contará con una gran cantidad de títulos gestionados de manera sencilla y con fácil acceso, a través de cualquier dispositivo.
H) NORMATIVA COVID-19:
NORMAS EMITIDAS EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA NACIONAL POR COVID-19.
Organizamos en una sección especial, todas las normas dictadas durante la emergencia nacional por el virus COVID-19, la cual se mantiene constantemente actualizada.
I) REVISTA JURIDICA PARAGUAYA (Formato papel) de aparición mensual:
Contiene:
J) CAPACITACIONES DE LA PLATAFORMA ONLINE:
Capacitaciones, presenciales o virtuales para un buen manejo de la herramienta jurídica, todas las veces que el Contratante y/o usuarios finales lo requiera.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Suscripción al servicio on line de leyes del Paraguay-Revista jurídica, 7 claves de usuarios |
24 |
mes |
Dirección Administrativa -Ed. Patria-5º Piso. |
48 horas a partir de la recepción de la orden de servicio/compra |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Frecuencia: semestral
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe |
Informe I | Octubre de 2022 |
Informe |
Informe II | Abril de 2023 |
Informe |
Informe III | Octubre de 2023 |
Informe | Informe IV | Abril de 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |