Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

La prestación del servicio consiste en las consultas e informes de cheques rechazados y anulados, inhabilitaciones y rehabilitaciones de personas físicas y jurídicas, para operar en cuentas corrientes bancarias, en las entidades del sistema financiero operantes en el país adheridas al servicio, que obran en su base de datos así como acceso a la lista Specially Designated Nationals List (SDN), Office of Foreign Assets Control  de personas bloqueadas por la oficina de la OFAC, así como el acceso a la Lista de terroristas del Consejo de las Naciones Unidas (ONU) y lista de Terroristas de la Unión Europea (UE).

Definiciones

Significado de los términos que se detallan a continuación:

  1. Entidades del Sistema Financiero: Entidades regidas por la Ley Nro. 861/96.
  2. Secreto Bancario: Obligación legal impuesta a las Entidades del Sistema Financiero, sus directores, órganos de administración, fiscalización y trabajadores, de no suministrar a terceros información sobre las operaciones con sus clientes o datos sobre los mismos que lleguen a su conocimiento como consecuencia de dichas operaciones, a menos que medie autorización escrita de éstos o se trate de los supuestos consignados en las leyes.
  3. Base de Datos: Sistema electrónico de almacenamiento sistemático de datos, administrados por el Oferente Adjudicado y al que puede acceder el BNF. La Base de datos incluye información sobre personas físicas y jurídicas que registren Cheques Rechazados o Anulados, Inhabilitaciones y/o Rehabilitaciones para girar en Cuentas Corrientes y librar cheques en las Entidades del Sistema Financiero que se adhieran a éste servicio.
  4. Usuarios: Personas autorizadas por el BNF para acceder a la Base de datos.
  5. Número Único de Transacción: Identificación numérica generada automáticamente por la Base de datos para individualizar e identificar cada acceso de los Usuarios a la Base de datos.
  6. Cheque Rechazado: Cheque que el Banco girado se niega a pagar por defectos de forma del documento o por carecer el titular de la cuenta corriente respectiva, de los fondos suficientes para cancelar la obligación contenida en el cheque.
  7. Cheque Regularizado: Cheque rechazado por el Banco Girado, independientemente a la causa, y que posteriormente haya sido admitido y pagado por el mismo; este concepto igualmente incorpora a los Cheques recuperados por el librador del poder del tenedor y presentado ante el Banco Girado como medio de prueba de haber honrado su compromiso.
  8. Cheque con Orden de No Pago: Cheque denunciado por el titular de la cuenta corriente como extraviado o robado.
  9. Cheque anulado: Cheque privado de eficacia por orden escrita del librador, denunciado como extraviado o robado, o por el Banco girado en caso de deterioro físico del documento, adulteraciones o falsificaciones manifiestas, o por expiración del plazo de presentación correspondiente.
  10. Inhabilitación para operar en Cuentas Corrientes y emitir cheques: Sanción aplicada a los titulares de cuentas corrientes, personas físicas o jurídicas, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 3711/09. Dicha sanción consiste en la inhabilitación para girar cheques y operar en cuentas corrientes en todos los bancos del país.
  11. Rehabilitación para operar en Cuentas Corrientes y emitir cheques: Levantamiento de la sanción de inhabilitación para girar en cuentas corrientes, que pesa sobre el titular.

- El servicio permite mantener una Base de Datos consolidada y discriminada por Firmantes, a partir de la cual se puede realizar un seguimiento a la información almacenada a través de consultas por cualquiera de los medios tecnológicos existentes o a crearse.

- El sistema genera un Número Único de Transacción por cada uno de los accesos efectuados por el BNF, a través de los distintos usuarios; el mismo es consignado en cada reporte visualizado y/o impreso al momento de la consulta.

A partir de éste Número Único de Transacción, el Oferente adjudicado se encuentra capacitada para responder cualquier consulta referente a: fecha y hora del acceso al servicio, usuario que realizó la consulta, cuál fue la información por él visualizada, etc.

 

RESPONSABILIDADES DEL OFERENTE ADJUDICADO

Recibir, procesar, consolidar, almacenar, mantener actualizados y difundir los registros e informes de cheques rechazados y anulados, inhabilitaciones y rehabilitaciones para operar en cuentas corrientes bancarias de cada uno de libradores de cheques y titulares de cuentas, de acuerdo a los datos remitidos por el BNF y demás Entidades del Sistema Financiero operantes en el mercado, suscritos a éste servicio, sin modificación alguna, ni análisis o valoración de los mismos, ni de la documentación que los respalda, lo cual no implica aceptación ni conformidad por  parte del Oferente Adjudicado.

Proporcionar al BNF los accesos a su sitio Web, desde donde el mismo podrá, a través de sus usuarios autorizados, acceder a los siguientes informes:

  1. de personas físicas;
  2. de personas jurídicas;
  • Acceso a la lista Specially Designated Nationals List (SDN), Office of Foreign Assets Control  de personas bloqueadas por la oficina de la OFAC, así como el acceso a la Lista de terroristas del Consejo de las Naciones Unidas (ONU) y lista de Terroristas de la Unión Europea (UE).
  • Elaborar informes o realizar prestaciones especialmente adaptadas a los requerimientos (servicios especiales) a petición del BNF, de acuerdo a parámetros y argumentos por él señalados, los que deberán ser cotizados y previamente aprobados por el BNF en cada caso.
  • Asignar tantas claves de usuarios para acceder a su sitio Web, como el BNF estime necesario, con habilitación de roles específicos en cada caso.
  • Garantizar que su base de datos no pueda ser alterada por los usuarios del servicio, operadores del sistema, ni funcionarios dependientes de ella.
  • No utilizar en ningún caso la información recibida del BNF para otro fin que no esté especificado en el presente Contrato y sus respectivos Anexos. Tampoco podrá suministrar la información almacenada que le sea proveída por el BNF a terceras personas (físicas o jurídicas) que no sean Entidades del Sistema Financiero operantes en el mercado, suscritos a éste servicio, ni permitir el acceso a las mismas a esos terceros.
  • Alertar al BNF acerca de la utilización inadecuada por parte de funcionarios del BNF de toda información que les fuera suministrada por el servicio, en virtud del presente contrato.
  • Observar y cumplir todas las leyes y reglamentos vigentes en la República, que afecten la ejecución del servicio, además de todas las leyes y reglamentos laborales y sociales, convenios laborales y cualesquiera otras disposiciones que regulen las relaciones obreras patronales.

 

FACULTADES DEL OFERENTE ADJUDICADO

  • Solicitar al BNF la ampliación de datos recibidos conforme a lo establecido en la cláusula 11 con pena de suspender, total o parcialmente las prestaciones de los servicios contratados por el BNF. -
  • Reclamar al BNF el resarcimiento económico por daño sufrido, derivado de penas o sanciones que le fueren aplicadas, generadas por negligencia, datos erróneos y falta de actualización en tiempo y forma de los registros recibidos del BNF.
  • Exigir al BNF el cumplimiento de las normas de privacidad y de las obligaciones de guardar secreto y confidencialidad establecidos en las leyes que rigen la materia y las establecidas en el presente instrumento.
  • El oferente adjudicado es el único titular de las patentes, de los derechos de propiedad industrial e intelectual, y de la marca que representa al servicio, en consecuencia, el oferente adjudicado se reserva todos los derechos, de conformidad a la legislación nacional e internacional que rigen la materia.
  • La tolerancia del oferente adjudicado en cuanto al incumplimiento de cualquier obligación por parte del BNF, en ningún caso podrá ser interpretada como una renuncia al derecho de exigir el cumplimiento de la obligación o remisión, ni alteración de lo que se encuentra establecido en el presente contrato, los que podrán ser ejercidos en cualquier momento, aun cuando se verifique una demora en el ejercicio de los mismos.

 

 CONSULTA E INFORMES DE CHEQUES PARA EL BANCO NACIONAL DE FOMENTO

1          DESCRIPCIÓN

1.1       Establecer las particularidades operativas relacionadas a la prestación, por parte del oferente adjudicado al BNF, de un servicio de Sistematización y Administración de Base de Datos de Personas Físicas y Jurídicas  que registren Cheques Rechazados, Inhabilitaciones y/o Rehabilitaciones para operar en Cuentas Corrientes en las Entidades Bancarias operantes en el país, que se encuentren adheridas a éste servicio, de conformidad a las cláusulas y condiciones establecidas así como acceso a la lista Specially Designated Nationals List (SDN), Office of Foreign Assets Control  de personas bloqueadas por la oficina de la OFAC, así como el acceso a la Lista de terroristas del Consejo de las Naciones Unidas (ONU) y lista de Terroristas de la Unión Europea (UE).

 

2          REGISTRO DE CHEQUES

2.1       El BNF enviara al oferente adjudicado en forma diaria y por los medios establecidos en el punto 4.1. y de acuerdo a los formatos establecidos en el punto 4.2, el detalle de los cheques individualizados por titulares. Si en fecha determinada el BNF no registra datos a ser reportados a la Base de Datos de Cheques Rechazados, de igual manera deberá enviar un archivo especificando que en la fecha no registra datos a reportar.

2.2       Las inscripciones en la Base de Datos de Cheques Rechazados se realizan en forma individual (persona a persona), ya sea que éstas afecten a Personas Físicas o Jurídicas. En consecuencia, cuando un cheque afecte a más de una persona (física o jurídica), las inscripciones se realizarán por separado como si se tratasen de cheques diferentes. Los mismos serán vinculados a nivel de Base de Datos a través del número de Cuenta Corriente.

 

3          REQUERIMIENTOS TECNOLÓGICOS

3.1       El BNF se compromete a disponer de los requerimientos mínimos necesarios, tanto en hardware como en software para el correcto funcionamiento del servicio, los que se pasan a especificar a continuación:

3.1.1    Hardware:        a) Memoria: 128 MB RAM o superior.

                                    b) Procesador: 500 Mhz. O superior.

    3.1.2 Software:        a) Sistema Operativo.

- Windows 7 o superior

- Linux, cualquier distribución que soporte los navegadores mencionados en el ítem b

                                    b) Browser, pudiendo ser:

                              - Internet Explorer 9 o superior

                              - Internet Edge

                              - Firefox versiones posteriores al 2017

                              - Chrome versiones posteriores al 2017

                              - Opera versiones posteriores al 2017

                                  c) Herramienta Lectora de archivos PDF’s

                                  d) Conexión segura a Internet (https), TLS 1.2

4          MEDIOS DE ENVÍO DE LA INFORMACIÓN

4.1       Tanto las comunicaciones de altas como de bajas, podrán realizarse por los distintos medios tecnológicos disponibles en el mercado, para lo cual se deberá llegar a un acuerdo con el BNF, a fin de que éste opte por aquel mecanismo que más se adecue a sus requerimientos, estos pueden ser: -----------Archivos informáticos con formatos preestablecidos, independientemente a los tipos de soportes que los contengan, o de los medios de transmisión empleados.

4.2       Cheques Rechazados

Nombre del archivo: [codbanco][ddmmaahhmmss].chq

             EJ: 1030170706105500.chq

Contenido: Datos de los cheques que fueron rechazados por la entidad bancaria en una determinada fecha.

            4.2.1 Registro de cabecera

Descripción del primer registro del archivo.

Descripción

Secuencia

Nombre del campo

Tipo

Nulo

1

Nombre del archivo

Alfanumérico(10)

NO

2

Fecha informe

Numérico(8)    

NO

3

Código entidad

Numérico(4) 

NO

4

Número de seguridad

Numérico(15,2) 

NO

5

Cant. Registro detalle

Numérico(6) 

NO

 Contenido de los campos del registro de cabecera

      1 Nombre del archivo: Nombre del archivo informado (CHEQUES_RC).

      2 Fecha informe: Corresponde a la fecha de elaboración del informe: dd/mm/aaaa.

      3 Código entidad: Corresponde al código de la entidad bancaria asignado por el BCP.

      4 Número de seguridad: Un número de seguridad, que resultará de la suma de todos los montos de los cheques. Se informa en unidades de 15 enteros y 2 decimales, sin separadores y sin signos.

      5 Cant. Registro detalle: Cantidad total de registros de detalles enviados.

            Registro de detalles

            Descripción

Secuencia

Nombre del Campo

Tipo

Nulo

1

Nro. De registro

Numérico(4)

NO

2

Tipo de formulario

Numérico(2)

NO

3

Nro. De cuenta

Alfanumérico(16)

NO

4

Nro. De cheque

Alfanumérico(16)

NO

5

Fecha rechazo

Numérico(8)

NO

6

Moneda

Numérico(4)

NO

7

Monto

Numérico(15,2)

NO

8

Motivo del rechazo

Alfanumérico(3)

NO

9

Banco receptor

Numérico(4)

SI

10

Tipo Documento

Alfanumérico(4)

NO

11

Nro. Documento

Alfanumérico(15)

NO

12

Nombre1

Alfanumérico(70)

NO

13

Nombre2

Alfanumérico(15)

SI

14

Nombre3

Alfanumérico(15)

SI

15

Apellido1

Alfanumérico(15)

SI

16

Apellido2

Alfanumérico(15)

SI

17

Apellido Casada

Alfanumérico(15)

SI

18

Dirección

Alfanumérico(30)

SI

19

Teléfono

Alfanumérico(20)

SI

    

Contenido de los campos del registro de detalle

   1 Número de registro:   Número de secuencia del registro informado.

   2 Tipo de formulario: Número de formulario informado, siempre 01.

   3 Nro. De cuenta: Número de cuenta del cliente del cual fue rechazado el cheque.

   4 Nro. De cheque: Número de cheque rechazado.

   5 Fecha de rechazo: Fecha de rechazo del cheque (ddmmaaaa)

   6 Moneda: Código de moneda en que fue girado el cheque, según los códigos establecidos por el BCP.

   7 Monto: Importe del cheque rechazado, se informa en unidades de 15 enteros y 2 decimales, sin separadores y sin signos.

   8 Motivo del rechazo:   Código del motivo, por el cual se rechazó el cheque.

 

Código

Descripción

101

Giro sobre Cuenta Cancelada

201

Insuficiencia de Fondos

301

Falta de Firma Libradora

302

Falta de Una Firma Libradora

303

Fecha Enmendada

304

Fecha Deficiente

305

Texto Enmendado

306

Cifra Enmendada

307

Texto Incompleto

308

Texto Deficiente

309

Firma Deficiente

320

No concuerda firma del Titular

321

Falta firma en la salvedad

402

Endoso Deficiente

404

Fecha Vencida

501

Inhab. Para operar en Cta.Cte.

502

Firmante Inhab. Para operar en Cta.cte.

701

Orden de no Pago

702

Cuenta Bloqueada por el Titular

801

Presentación Extemporánea

901

No valido como Cheque Bancario

902

No compensable acudir al Banco Emisor

            Se puede alternativamente utilizar el código de rechazo BCP.

01

Insuficiencia de Fondos.

02

Cuenta Cancelada.

03

Firma Deficiente.

04

Endoso Deficiente.

05

Texto Deficiente.

06

Fecha Deficiente.

07

Orden de no Pago.

08

Presentación Extemporánea.

09

No valido como cheque Bancario.

10

Inhabilitado para operar en cuenta corriente

11

Firmante Inhabilitado a operar en cuenta corriente

12

No compensable , acudir al Banco Emisor

  9   Banco receptor: Código del Banco, en el cual se realizó el depósito.

 10 Tipo de documento: Tipo de documento que identifica a la persona:

Tipo Documento

Descripción

Observaciones

CI

Cédula de Identidad

 

RUC

Registro Único de Contribuyentes

Incluye empresas que tributan o no

CRP

Certificado de Residencia Permanente

Incluye cédula de migración.

CRC

Central de Riesgo Crediticio

Incluye personas no residentes o no identificadas

PAS

Pasaporte

 

11 Nro. Documento: Número de documento que identifica a la persona o empresa.

      Empresas que no tributan

       ESR + [Código BCP]

      

 Persona no residente (cédula de id. Extranjera)

[Cod. S.W.I.F.T.] + [Nro. De documento]

 12 Nombre1: Primer nombre de la persona, o nombre completo para empresas.

 13 Nombre2: Segundo nombre de la persona.

 14 Nombre3: Tercer nombre de la persona.

 15 Apellido1: Primer apellido de la persona

 16 Apellido2: Segundo apellido de la persona

 17 Apellido casada: Apellido de casada

 18 Dirección: Dirección de la persona

 19 Teléfono: Teléfono de la persona o empresa

Observaciones:

  • Campos alfanuméricos deben ser justificados a la izquierda.
  • Campos numéricos deben ser justificados a la derecha completando con ceros los espacios hacia la izquierda.
  • El envío de archivos se deberá realizar en forma diaria, de acuerdo a los formatos establecidos.
  • Los reportes de Datos de Cheques Rechazados se realizan en forma individual (persona a persona), ya sea que éstas afecten a Personas Físicas o Jurídicas.
  • Cuando un cheque afecte a más de una persona (física o jurídica), las inscripciones se realizarán por separado como si se tratasen de cheques diferentes.
  • Si en fecha determinada el BNF no registra datos a ser reportados, de igual manera deberá enviar un archivo especificando que en la fecha no registra datos a reportar. El primer registro del archivo debe ser la cabecera en la que los campos de Numero de seguridad y Cantidad de registros debe ir en (0) cero.

4.2.2 Cheques Regularizados.

Nombre del archivo: [codbanco][ddmmaahhmmss].reg

        EJ: 1002040909105500.reg

Contenido: Datos de los cheques que fueron regularizados por la entidad bancaria en una determinada fecha. ------------------------------------------------

4.2.3 Cheques Anulados Extraviados y/o Sustraídos.

Nombre del archivo: [codbanco][ddmmaahhmmss].anu

        EJ: 1002040909105500.anu

Contenido: Datos de los cheques que fueron anulados por la entidad bancaria en una determinada fecha.

Para indicar específicamente el motivo por el cual se informa un cheque en esta sección se indican las siguientes opciones.

Código

Descripción

001

Cheque Anulado

002

Cheque Extraviado

003

Cheque Sustraído

004

Cuenta Embargada

5          BAJAS -  ACTUALIZACIONES Y CORRECCIONES

5.1       El BNF está obligado a comunicar acerca de la regularización de los cheques por él inscriptos, dentro de los 2 días hábiles siguientes al momento en que se produjera el hecho, a fin de que los registros de las personas (físicas y/o jurídicas) afectadas se hallen permanentemente actualizados.

5.2       Las correcciones, modificaciones o eventuales actualizaciones, se realizarán por la vía de bajas y altas, no a través de eliminaciones lógicas; es decir, se deberá comunicar la baja del registro con datos desactualizados, y en contrapartida, se generará un alta con los datos actualizados.

5.3       De registrarse la baja parcial de firmantes, de un cheque al cual se encuentran vinculadas más personas, el sistema generará una comunicación de alerta para el BNF, indicando que quedan pendientes de baja personas relacionadas al cheque Nº / de fecha, de modo que proceda a enviar dentro de las 24 horas siguientes las bajas respectivas.

5.3.1    Si el oferente adjudicado argumentase razones por las cuales los demás vinculados no serán dados de baja, se ingresará una sentencia al sistema, de modo que éste deje de informar acerca del particular.

5.3.2    Si transcurrido el plazo establecido, el sistema no registra las bajas respectivas, o en su defecto una comunicación por parte del BNF, el oferente adjudicado se reserva el derecho de mantener o eliminar la información referente al caso.

 

6          RECHAZOS DE LOS ARCHIVOS Y/O REGISTROS

6.1       De detectarse dentro de un archivo registro(s) que no pueda(n) ser ingresado(s) a la Base de Datos, a partir de los procesos automatizados, el sistema arrojará un informe indicando el tipo de inconvenientes presentados, éstos serán analizados caso por caso y clasificados de acuerdo a su naturaleza en:

6.1.1 Deficiencias menores (salvables o excusables).

6.1.1.1 Problemas referentes a la escrituración.

  • Errores ortográficos.
  •   Inconvenientes registrados en la escrituración de nombres y apellidos (personas físicas), o razón social (personas jurídicas).
  • Problemas con caracteres especiales Ñ, u otros.
  • Otras deficiencias que no desvirtúen la información.

6.1.1.2 El registro no se encuentra con los formatos establecidos.

  • Formato deficiente en el Nº de documento.

Siempre que estos correspondan exactamente al documento requerido, y las discrepancias se refieran únicamente a la consignación de puntos (.) en los números de cedulas de identidad, o de guiones (-) en los RUCs.

  • Formato deficiente en los nombres, apellidos o razón social.

Siempre que estos correspondan exactamente a la empresa o persona afectada, y las discrepancias se refieran únicamente a la distribución de los datos en los campos respectivos.

6.1.1.3 No se reportaron datos del cheque referentes a:

  • Tipo de moneda con la cual fue girado el cheque.

Esto no sería problema, pues en éstos casos se asumiría que la moneda es el Guaraní. 

6.1.1.4 Los registros que presentaren cualesquiera de los inconvenientes enumerados, serán sometidos a procesos de correcciones manuales, e ingresados a la Base de Datos.

6.1.1.5 A fin de que se realicen las correcciones a nivel de Base de datos del BNF, previendo futuros envíos, se generará una comunicación vía el servicio Web indicando:

  • Cuáles fueron los registros que tuvieron éste tipo de tratamiento.
  • Los inconvenientes verificados en cada uno de ellos.

6.1.2    Inconvenientes sin resolución posible

Serán consideradas sin resolución posible por parte del oferente adjudicado aquellas situaciones en las que la ausencia y/o mala consignación de un dato imposibiliten el procesamiento de todo el archivo remitido, o en su caso, el de un registro en particular.

6.1.2.1 Serán motivos de rechazo de todo el archivo

  • Fecha de generación del archivo es anterior a otro(s) ya procesado(s) para la misma entidad y/o sucursal.
  • Los formatos del archivo no corresponden a los establecidos.
  • Código del BNF no corresponde.
  • Clave de seguridad no comprueba.

6.1.2.2 Serán motivos de rechazo de un registro en particular

  • Ya existe un registro con el mismo Nº de cheque, misma fecha y mismo número de cuenta para el afectado.
  • No se reportó N°. de cuenta.
  • No se reportó N°. de cheque.
  • No se reportó fecha de rechazo.
  • No se reportó monto del cheque.
  • No se reportó motivo del rechazo.
  • Nº de documento consignado corresponde a otra persona o empresa.
  • Formato deficiente en el Nº de documento.
  • Fecha de rechazo es mayor a fecha de generación del archivo.
  • Fecha de generación del archivo es mayor a fecha actual.

6.1.2.3 El rechazo del archivo o los registros en cuestión serán comunicados al BNF a través del servicio Web, pudiendo el mismo realizar el seguimiento de los archivos remitidos desde el referido servicio.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Francesco Jose Lemmo Rivas, Gerente de la Gerencia Departamental de Operaciones - División Operaciones Nacionales.
  • Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: El presente proceso licitatorio tiene la finalidad del cruce de información de operaciones en el Sistema bancario, en relación a Cuentas Corrientes, que permite conocer el comportamiento de nuestros clientes/o clientes potenciales, con otras instituciones bancarias y viceversa.
  • Justificación de la planificación: Se trata de un llamado que es realizado de manera sucesiva con el fin de poder realizar las gestiones que tienen relación con la apertura de cuentas, otorgamiento de préstamos/tarjetas, e inhabilitación de clientes.
  • Justificación las especificaciones técnicas establecidas: Las EETT se ajustan a las necesidades de la Institución atendiendo que el uso de la información confidencial obtenida de la consulta en la base de datos de personas físicas y/o jurídicas, se encuentra contemplado como requisito en las normativas para apertura y/o actualizaciones de cuentas corrientes.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

No aplica.

Ítem

Descripción del bien

Cantidad

Unidad de medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes

(Indicar el N°)

(Indicar la descripción de los bienes)

(Insertar la cantidad de bienes a proveer)

(Indicar la unidad de medida de los bienes

(Indicar el nombre del lugar)

(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)

 

 

 

 

 

 

 

Plan de entrega de los servicios

 

 

Descripción del Servicio

Cantidad

Unidad de Medida del Servicio

Lugar de prestación del Servicio

Fecha Final de Ejecución de los Servicios

1

Servicio de Consulta de Cheques Rechazados

1

Unidad

Casa Matriz, Independencia Nacional esquina 25 de Mayo Gerencia Departamental de Operaciones

Una vez suscripto el contrato se realizará en un periodo de 24 horas.

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

Serán presentados 36 (treinta y seis) Informes.

Frecuencia: mensual.

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

(se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 2

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 3

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 4

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 5

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 6

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 7

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 8

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 9

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 10

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 11

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 12

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 13

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 14

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 15

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 16

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 17

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 18

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 19

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 20

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 21

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 22

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 23

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 24

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 25

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 26

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 27

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 28

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 29

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 30

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 31

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 32

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 33

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 34

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 35

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Nota de Remisión / Acta de recepción 36

Nota de Remisión / Acta de recepción

 

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

 

1. Personas Físicas / Jurídicas

a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;

d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;

e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato.

2. Documentos. Consorcios

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.

b) Original o fotocopia del consorcio constituido.

c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.