El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
La prestación del servicio consiste en las consultas e informes de cheques rechazados y anulados, inhabilitaciones y rehabilitaciones de personas físicas y jurídicas, para operar en cuentas corrientes bancarias, en las entidades del sistema financiero operantes en el país adheridas al servicio, que obran en su base de datos así como acceso a la lista Specially Designated Nationals List (SDN), Office of Foreign Assets Control de personas bloqueadas por la oficina de la OFAC, así como el acceso a la Lista de terroristas del Consejo de las Naciones Unidas (ONU) y lista de Terroristas de la Unión Europea (UE).
Definiciones
Significado de los términos que se detallan a continuación:
- El servicio permite mantener una Base de Datos consolidada y discriminada por Firmantes, a partir de la cual se puede realizar un seguimiento a la información almacenada a través de consultas por cualquiera de los medios tecnológicos existentes o a crearse.
- El sistema genera un Número Único de Transacción por cada uno de los accesos efectuados por el BNF, a través de los distintos usuarios; el mismo es consignado en cada reporte visualizado y/o impreso al momento de la consulta.
A partir de éste Número Único de Transacción, el Oferente adjudicado se encuentra capacitada para responder cualquier consulta referente a: fecha y hora del acceso al servicio, usuario que realizó la consulta, cuál fue la información por él visualizada, etc.
RESPONSABILIDADES DEL OFERENTE ADJUDICADO
Recibir, procesar, consolidar, almacenar, mantener actualizados y difundir los registros e informes de cheques rechazados y anulados, inhabilitaciones y rehabilitaciones para operar en cuentas corrientes bancarias de cada uno de libradores de cheques y titulares de cuentas, de acuerdo a los datos remitidos por el BNF y demás Entidades del Sistema Financiero operantes en el mercado, suscritos a éste servicio, sin modificación alguna, ni análisis o valoración de los mismos, ni de la documentación que los respalda, lo cual no implica aceptación ni conformidad por parte del Oferente Adjudicado.
Proporcionar al BNF los accesos a su sitio Web, desde donde el mismo podrá, a través de sus usuarios autorizados, acceder a los siguientes informes:
FACULTADES DEL OFERENTE ADJUDICADO
CONSULTA E INFORMES DE CHEQUES PARA EL BANCO NACIONAL DE FOMENTO
1 DESCRIPCIÓN
1.1 Establecer las particularidades operativas relacionadas a la prestación, por parte del oferente adjudicado al BNF, de un servicio de Sistematización y Administración de Base de Datos de Personas Físicas y Jurídicas que registren Cheques Rechazados, Inhabilitaciones y/o Rehabilitaciones para operar en Cuentas Corrientes en las Entidades Bancarias operantes en el país, que se encuentren adheridas a éste servicio, de conformidad a las cláusulas y condiciones establecidas así como acceso a la lista Specially Designated Nationals List (SDN), Office of Foreign Assets Control de personas bloqueadas por la oficina de la OFAC, así como el acceso a la Lista de terroristas del Consejo de las Naciones Unidas (ONU) y lista de Terroristas de la Unión Europea (UE).
2 REGISTRO DE CHEQUES
2.1 El BNF enviara al oferente adjudicado en forma diaria y por los medios establecidos en el punto 4.1. y de acuerdo a los formatos establecidos en el punto 4.2, el detalle de los cheques individualizados por titulares. Si en fecha determinada el BNF no registra datos a ser reportados a la Base de Datos de Cheques Rechazados, de igual manera deberá enviar un archivo especificando que en la fecha no registra datos a reportar.
2.2 Las inscripciones en la Base de Datos de Cheques Rechazados se realizan en forma individual (persona a persona), ya sea que éstas afecten a Personas Físicas o Jurídicas. En consecuencia, cuando un cheque afecte a más de una persona (física o jurídica), las inscripciones se realizarán por separado como si se tratasen de cheques diferentes. Los mismos serán vinculados a nivel de Base de Datos a través del número de Cuenta Corriente.
3 REQUERIMIENTOS TECNOLÓGICOS
3.1 El BNF se compromete a disponer de los requerimientos mínimos necesarios, tanto en hardware como en software para el correcto funcionamiento del servicio, los que se pasan a especificar a continuación:
3.1.1 Hardware: a) Memoria: 128 MB RAM o superior.
b) Procesador: 500 Mhz. O superior.
3.1.2 Software: a) Sistema Operativo.
- Windows 7 o superior
- Linux, cualquier distribución que soporte los navegadores mencionados en el ítem b
b) Browser, pudiendo ser:
- Internet Explorer 9 o superior
- Internet Edge
- Firefox versiones posteriores al 2017
- Chrome versiones posteriores al 2017
- Opera versiones posteriores al 2017
c) Herramienta Lectora de archivos PDF’s
d) Conexión segura a Internet (https), TLS 1.2
4 MEDIOS DE ENVÍO DE LA INFORMACIÓN
4.1 Tanto las comunicaciones de altas como de bajas, podrán realizarse por los distintos medios tecnológicos disponibles en el mercado, para lo cual se deberá llegar a un acuerdo con el BNF, a fin de que éste opte por aquel mecanismo que más se adecue a sus requerimientos, estos pueden ser: -----------Archivos informáticos con formatos preestablecidos, independientemente a los tipos de soportes que los contengan, o de los medios de transmisión empleados.
4.2 Cheques Rechazados
Nombre del archivo: [codbanco][ddmmaahhmmss].chq
EJ: 1030170706105500.chq
Contenido: Datos de los cheques que fueron rechazados por la entidad bancaria en una determinada fecha.
4.2.1 Registro de cabecera
Descripción del primer registro del archivo.
Descripción
Secuencia |
Nombre del campo |
Tipo |
Nulo |
1 |
Nombre del archivo |
Alfanumérico(10) |
NO |
2 |
Fecha informe |
Numérico(8) |
NO |
3 |
Código entidad |
Numérico(4) |
NO |
4 |
Número de seguridad |
Numérico(15,2) |
NO |
5 |
Cant. Registro detalle |
Numérico(6) |
NO |
Contenido de los campos del registro de cabecera
1 Nombre del archivo: Nombre del archivo informado (CHEQUES_RC).
2 Fecha informe: Corresponde a la fecha de elaboración del informe: dd/mm/aaaa.
3 Código entidad: Corresponde al código de la entidad bancaria asignado por el BCP.
4 Número de seguridad: Un número de seguridad, que resultará de la suma de todos los montos de los cheques. Se informa en unidades de 15 enteros y 2 decimales, sin separadores y sin signos.
5 Cant. Registro detalle: Cantidad total de registros de detalles enviados.
Registro de detalles
Descripción
Secuencia |
Nombre del Campo |
Tipo |
Nulo |
1 |
Nro. De registro |
Numérico(4) |
NO |
2 |
Tipo de formulario |
Numérico(2) |
NO |
3 |
Nro. De cuenta |
Alfanumérico(16) |
NO |
4 |
Nro. De cheque |
Alfanumérico(16) |
NO |
5 |
Fecha rechazo |
Numérico(8) |
NO |
6 |
Moneda |
Numérico(4) |
NO |
7 |
Monto |
Numérico(15,2) |
NO |
8 |
Motivo del rechazo |
Alfanumérico(3) |
NO |
9 |
Banco receptor |
Numérico(4) |
SI |
10 |
Tipo Documento |
Alfanumérico(4) |
NO |
11 |
Nro. Documento |
Alfanumérico(15) |
NO |
12 |
Nombre1 |
Alfanumérico(70) |
NO |
13 |
Nombre2 |
Alfanumérico(15) |
SI |
14 |
Nombre3 |
Alfanumérico(15) |
SI |
15 |
Apellido1 |
Alfanumérico(15) |
SI |
16 |
Apellido2 |
Alfanumérico(15) |
SI |
17 |
Apellido Casada |
Alfanumérico(15) |
SI |
18 |
Dirección |
Alfanumérico(30) |
SI |
19 |
Teléfono |
Alfanumérico(20) |
SI |
Contenido de los campos del registro de detalle
1 Número de registro: Número de secuencia del registro informado.
2 Tipo de formulario: Número de formulario informado, siempre 01.
3 Nro. De cuenta: Número de cuenta del cliente del cual fue rechazado el cheque.
4 Nro. De cheque: Número de cheque rechazado.
5 Fecha de rechazo: Fecha de rechazo del cheque (ddmmaaaa)
6 Moneda: Código de moneda en que fue girado el cheque, según los códigos establecidos por el BCP.
7 Monto: Importe del cheque rechazado, se informa en unidades de 15 enteros y 2 decimales, sin separadores y sin signos.
8 Motivo del rechazo: Código del motivo, por el cual se rechazó el cheque.
Código |
Descripción |
101 |
Giro sobre Cuenta Cancelada |
201 |
Insuficiencia de Fondos |
301 |
Falta de Firma Libradora |
302 |
Falta de Una Firma Libradora |
303 |
Fecha Enmendada |
304 |
Fecha Deficiente |
305 |
Texto Enmendado |
306 |
Cifra Enmendada |
307 |
Texto Incompleto |
308 |
Texto Deficiente |
309 |
Firma Deficiente |
320 |
No concuerda firma del Titular |
321 |
Falta firma en la salvedad |
402 |
Endoso Deficiente |
404 |
Fecha Vencida |
501 |
Inhab. Para operar en Cta.Cte. |
502 |
Firmante Inhab. Para operar en Cta.cte. |
701 |
Orden de no Pago |
702 |
Cuenta Bloqueada por el Titular |
801 |
Presentación Extemporánea |
901 |
No valido como Cheque Bancario |
902 |
No compensable acudir al Banco Emisor |
Se puede alternativamente utilizar el código de rechazo BCP.
01 |
Insuficiencia de Fondos. |
02 |
Cuenta Cancelada. |
03 |
Firma Deficiente. |
04 |
Endoso Deficiente. |
05 |
Texto Deficiente. |
06 |
Fecha Deficiente. |
07 |
Orden de no Pago. |
08 |
Presentación Extemporánea. |
09 |
No valido como cheque Bancario. |
10 |
Inhabilitado para operar en cuenta corriente |
11 |
Firmante Inhabilitado a operar en cuenta corriente |
12 |
No compensable , acudir al Banco Emisor |
9 Banco receptor: Código del Banco, en el cual se realizó el depósito.
10 Tipo de documento: Tipo de documento que identifica a la persona:
Tipo Documento |
Descripción |
Observaciones |
CI |
Cédula de Identidad |
|
RUC |
Registro Único de Contribuyentes |
Incluye empresas que tributan o no |
CRP |
Certificado de Residencia Permanente |
Incluye cédula de migración. |
CRC |
Central de Riesgo Crediticio |
Incluye personas no residentes o no identificadas |
PAS |
Pasaporte |
|
11 Nro. Documento: Número de documento que identifica a la persona o empresa.
Empresas que no tributan
ESR + [Código BCP]
Persona no residente (cédula de id. Extranjera)
[Cod. S.W.I.F.T.] + [Nro. De documento]
12 Nombre1: Primer nombre de la persona, o nombre completo para empresas.
13 Nombre2: Segundo nombre de la persona.
14 Nombre3: Tercer nombre de la persona.
15 Apellido1: Primer apellido de la persona
16 Apellido2: Segundo apellido de la persona
17 Apellido casada: Apellido de casada
18 Dirección: Dirección de la persona
19 Teléfono: Teléfono de la persona o empresa
Observaciones:
4.2.2 Cheques Regularizados.
Nombre del archivo: [codbanco][ddmmaahhmmss].reg
EJ: 1002040909105500.reg
Contenido: Datos de los cheques que fueron regularizados por la entidad bancaria en una determinada fecha. ------------------------------------------------
4.2.3 Cheques Anulados Extraviados y/o Sustraídos.
Nombre del archivo: [codbanco][ddmmaahhmmss].anu
EJ: 1002040909105500.anu
Contenido: Datos de los cheques que fueron anulados por la entidad bancaria en una determinada fecha.
Para indicar específicamente el motivo por el cual se informa un cheque en esta sección se indican las siguientes opciones.
Código |
Descripción |
001 |
Cheque Anulado |
002 |
Cheque Extraviado |
003 |
Cheque Sustraído |
004 |
Cuenta Embargada |
5 BAJAS - ACTUALIZACIONES Y CORRECCIONES
5.1 El BNF está obligado a comunicar acerca de la regularización de los cheques por él inscriptos, dentro de los 2 días hábiles siguientes al momento en que se produjera el hecho, a fin de que los registros de las personas (físicas y/o jurídicas) afectadas se hallen permanentemente actualizados.
5.2 Las correcciones, modificaciones o eventuales actualizaciones, se realizarán por la vía de bajas y altas, no a través de eliminaciones lógicas; es decir, se deberá comunicar la baja del registro con datos desactualizados, y en contrapartida, se generará un alta con los datos actualizados.
5.3 De registrarse la baja parcial de firmantes, de un cheque al cual se encuentran vinculadas más personas, el sistema generará una comunicación de alerta para el BNF, indicando que quedan pendientes de baja personas relacionadas al cheque Nº / de fecha, de modo que proceda a enviar dentro de las 24 horas siguientes las bajas respectivas.
5.3.1 Si el oferente adjudicado argumentase razones por las cuales los demás vinculados no serán dados de baja, se ingresará una sentencia al sistema, de modo que éste deje de informar acerca del particular.
5.3.2 Si transcurrido el plazo establecido, el sistema no registra las bajas respectivas, o en su defecto una comunicación por parte del BNF, el oferente adjudicado se reserva el derecho de mantener o eliminar la información referente al caso.
6 RECHAZOS DE LOS ARCHIVOS Y/O REGISTROS
6.1 De detectarse dentro de un archivo registro(s) que no pueda(n) ser ingresado(s) a la Base de Datos, a partir de los procesos automatizados, el sistema arrojará un informe indicando el tipo de inconvenientes presentados, éstos serán analizados caso por caso y clasificados de acuerdo a su naturaleza en:
6.1.1 Deficiencias menores (salvables o excusables).
6.1.1.1 Problemas referentes a la escrituración.
6.1.1.2 El registro no se encuentra con los formatos establecidos.
Siempre que estos correspondan exactamente al documento requerido, y las discrepancias se refieran únicamente a la consignación de puntos (.) en los números de cedulas de identidad, o de guiones (-) en los RUCs.
Siempre que estos correspondan exactamente a la empresa o persona afectada, y las discrepancias se refieran únicamente a la distribución de los datos en los campos respectivos.
6.1.1.3 No se reportaron datos del cheque referentes a:
Esto no sería problema, pues en éstos casos se asumiría que la moneda es el Guaraní.
6.1.1.4 Los registros que presentaren cualesquiera de los inconvenientes enumerados, serán sometidos a procesos de correcciones manuales, e ingresados a la Base de Datos.
6.1.1.5 A fin de que se realicen las correcciones a nivel de Base de datos del BNF, previendo futuros envíos, se generará una comunicación vía el servicio Web indicando:
6.1.2 Inconvenientes sin resolución posible
Serán consideradas sin resolución posible por parte del oferente adjudicado aquellas situaciones en las que la ausencia y/o mala consignación de un dato imposibiliten el procesamiento de todo el archivo remitido, o en su caso, el de un registro en particular.
6.1.2.1 Serán motivos de rechazo de todo el archivo
6.1.2.2 Serán motivos de rechazo de un registro en particular
6.1.2.3 El rechazo del archivo o los registros en cuestión serán comunicados al BNF a través del servicio Web, pudiendo el mismo realizar el seguimiento de los archivos remitidos desde el referido servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
No aplica.
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
Nº |
Descripción del Servicio |
Cantidad |
Unidad de Medida del Servicio |
Lugar de prestación del Servicio |
Fecha Final de Ejecución de los Servicios |
1 |
Servicio de Consulta de Cheques Rechazados |
1 |
Unidad |
Casa Matriz, Independencia Nacional esquina 25 de Mayo Gerencia Departamental de Operaciones |
Una vez suscripto el contrato se realizará en un periodo de 24 horas. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Serán presentados 36 (treinta y seis) Informes.
Frecuencia: mensual.
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 2 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 3 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 4 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 5 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 6 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 7 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 8 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 9 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 10 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 11 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 12 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 13 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 14 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 15 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 16 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 17 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 18 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 19 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 20 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 21 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 22 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 23 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 24 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 25 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 26 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 27 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 28 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 29 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 30 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 31 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 32 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 33 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 34 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 35 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 36 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |