Consulta:
Se requiere la Autorización del fabricante del bien para realización de trabajos de mantenimiento y/o reparación.
Solicitamos a la convocante respetuosamente sea modificado este requerimiento, ya que limita y prácticamente dirige este llamado a un solo oferente, representante de la marca del bien a ser reparado. El pedido lo hacemos amparados en el Art. 20 de la Ley 2051/03 que establece que no se deben incorporar en los PBC condiciones que no resulten técnicamente indispensables si con ello se restringe la participación de potenciales oferentes. Todo potencial oferente que posea la capacidad técnica suficiente, experiencia demostrables con facturaciones, e infraestructura debe tener posibilidad a poder participar.