Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 POSTRE Con respecto al postre "DULCE DE MEMBRILLO", cómo sería válido el postre siendo que no es de origen nacional? la convocante qué requisito requiere para presentar con la oferta? Ya que siempre se pondría el opcional "DULCE DE MEMBRILLO/BATATA" en vista a que el dulce de batata es más tradicional. 21-07-2022 22-07-2022
2 POSTRE Debido a las consultas realizadas en el INAN (órgano emisor de los Registros Sanitarios de Productos Alimenticios R.S.P.A), solo tienen el dulce de membrillo de origen BRASIL Y ARGENTINA, y que hay otra empresa que "realiza" dada la coincidencia que estas empresas no son industrias elaboradoras para su comercialización, más bien son empresas que están en este rubro de almuerzo escolar, y es imposible solicitarles debido a la competencia, dada esta situación solicitamos una vez más la posibilidad de poner un opcional como en todos los llamados DULCE DE MEMBRILLO/BATATA, siguiendo las recomendaciones de la DNCP, con el fin de evitar que llegue a otras instancias de debates más profundos, ya que al poner un requisito que es difícil de conseguir y solo beneficia a 1 o 2, es evidente la falta del principio de igualdad y libre competencia en este llamado conforme al artículo 4 de la ley 2051/03. 25-07-2022 26-07-2022
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