El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
1.1. OBJETO
Posibilidad de monitoreo del parque automotor, con equipos GPS a ser instalados en los móviles de la institución, a través de una plataforma WEB y Aplicación de Telefonía Móvil.
1.2. RESUMEN DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS
Ítem |
Descripción |
Especificaciones técnicas |
1 |
Servicio de rastreo para vehículos |
Funcionalidades del Software o Plataforma para el Rastreo Satelital El software deberá poseer como mínimo las siguientes funcionalidades:
Se deberá informar gráficamente al menos los siguientes eventos:
El sistema deberá informar recorridos de los móviles indicando lo siguiente:
PROVISIÓN, INSTALACIÓN Y CARACTERISTICAS MINIMAS DE LOS EQUIPOS Descripción del Servicio
Características de los equipos GPS:
El equipo deberá informar
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE: Deberán presentar Carta Autorización del Fabricante de equipo GPS y del Software de monitoreo, que autorice al oferente a la utilización de sus productos específicamente para el presente proceso licitatorio, y debe mencionar que el oferente cuenta con la capacidad técnica y de soporte post venta para la prestación de los servicios. El documento deberá estar membretado y firmado por un representante autorizado de la empresa, y para verificar los datos deberá contener como mínimo los siguientes: Página web oficial del fabricante, número de teléfono, correo electrónico. |
Seguridad y Garantía:
La instalación de los equipos se hará en local de la Convocante (sito calle Ciencias Veterinaria N° 265 c/ Ruta Mcal. Estigarribia Km. 10 ½ - San Lorenzo) y/o local del oferente (conforme necesidad de la convocante), y deberán ser realizados por el oferente, con personales capacitados para la misma, en cualquier tipo de vehículo sin correr riesgos el sistema eléctrico de los móviles. El oferente deberá tener capacidad como para proceder a la instalación de los dispositivos en 3 (Tres) vehículos en forma simultánea.
El contratista deberá realizar la capacitación de los funcionarios, que serán responsables del trabajo de operación y monitoreo, y los mismos serán designados por la Contratante, en cualquier momento dentro de la vigencia del contrato
El proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del contrato son nuevos, sin uso.
Los equipos deberán contar con una garantía de funcionamiento por el término de duración del contrato para reemplazar en casos de desperfectos, si se llegare a constatar desperfectos tan pronto reciba el Proveedor dicha comunicación, y dentro del plazo establecido (mínimo 1 (un) día hábil), deberá reparar o reemplazar de forma expedita los Bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para la Contratante.
Vigencia del Servicio
Los servicios objeto de esta licitación, se iniciará a partir de la firma del contrato, conforme ordenes de prestación de servicios emitidas y de acuerdo a la emisión del Acta Final de Conformidad de los Servicios.
Cantidad de Servicios
La cantidad de vehículos que serán equipados con el sistema de rastreo vehicular, es de 200 (doscientas) unidades CANTIDAD MÁXIMA, y 100 (cien) unidades CANTIDAD MÍNIMA. Los vehículos que serán objetos de sistema serán indicados por LA CONVOCANTE posterior a la firma del contrato.
Asimismo, el Proveedor deberá efectuar el cambio de equipos de un vehículo a otro, a solicitud de LA CONVOCANTE, sin que esto implique costos adicionales para ella; es decir, estos servicios no tendrán costos para el SENACSA. Además, se deberá prever que los materiales a ser utilizados deberán ser nuevos, de manera a garantizar el perfecto funcionamiento del sistema.
Modalidad del Contrato.
Se utilizará la modalidad de Contrato ABIERTO por montos.
Monto Mínimo: G. 170.000.000
Monto Máximo: G. 340.000.000
Lic. Victor Manuel Mereles Duarte, Director General de Administración y Finanzas
La importancia de acceder a este servicio obedece a la necesidad de contar con un sistema que permita ejercer mayor control de las ubicaciones de los vehículos, así también facilitar datos para el calculo de consumo de combustible, velocidad en tiempo real, entre otros que puedan facilitar un control eficiente del parque automotor de la Institución
El pedido se realiza de forma plurianual
Las especificaciones técnicas fueron realizadas en base a los requerimientos de la Institución
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
El servicio se iniciará a partir de la fecha de suscripción del contrato formalizado, y a través de ordenes de prestación de servicios emitidas por el Departamento Administración de Contratos de la Dirección Operativa de Contrataciones, de acuerdo a las necesidades del SENACSA.
El plazo para la instalación y puesta en funcionamiento del sistema por cada orden será como mínimo de 1 (un) día de anticipación, la instalación de los equipos se hará en el local de la convocante (sito calle Ciencias Veterinaria N° 265 c/ Ruta Mcal. Estigarribia Km. 10 ½ - San Lorenzo) y/o local del oferente (conforme necesidad de la convocante). La entrega de las unidades será acompañada por un Informe de Entrega por parte de la empresa adjudicada, la cual deberá estar firmada por el funcionario de la institución y firma del proveedor.
Capacidad de Instalación Mínima: 3 (Tres) vehículos en forma simultánea, de lunes a viernes en el horario comprendido de 08:00 a 15:00 hs.
En caso de desperfectos en la instalación o falla en los dispositivos instalados, el proveedor deberá trasladarse hasta donde se encuentre el vehículo en cuestión a fin de subsanar el inconveniente suscitado.
El PROVEEDOR se responsabilizará de la eficiente provisión de los servicios/bienes adjudicados, tanto en la cantidad como en la calidad de los mismos.
En caso de la no recepción del suministro en el plazo establecido, salvo motivos de fuerza mayor debidamente justificados, la Convocante procederá conforme a lo estipulado en el contrato.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez formalizado el contrato el SENACSA se reserva el derecho de realizar inspecciones en forma aleatoria con el objeto de asegurar la calidad mínima de los servicios/ equipos adquiridos, a cargo del proveedor, sin costo para la contratante.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Informe de reporte mensual |
Informe de reporte mensual |
En forma mensual y hasta la finalización del saldo contractual |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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