Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Contribuyente de IRACIS.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso): Deberá ser igual o mayor que 1,15 el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos, 2019,2020 y 2021.
Oferente en consorcio:
Requisitos Mínimos |
Socio Líder |
Cada Socio |
Todas las partes Combinadas |
Ratio de Liquidez (activo corriente / pasivo corriente): Deberá ser igual o mayor que 1,15 en promedio, en los años 2019,2020 y 2021. |
Debe cumplir con el Requisito |
Debe cumplir con el Requisito |
No Aplica |
Endeudamiento (pasivo total / activo total): No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años 2019,2020 y 2021. |
Debe cumplir con el Requisito |
Debe cumplir con el Requisito |
No Aplica |
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida no deberá ser negativo en promedio de los años 2019,2020 y 2021. |
Debe cumplir con el Requisito |
Debe cumplir con el Requisito |
No Aplica |
Capital Operativo (activo corriente pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital positivo y no inferior al 15 % (quince por ciento) del monto total de la oferta (en caso de contrato abierto por monto mínimo y monto máximo, deberá ser por el monto total ofertado), lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2021) pudiendo completar dicho porcentaje con la presentación de certificado de una entidad financiera calificada que demuestre la disponibilidad de línea de crédito suficiente para justificar el porcentaje mencionado. |
40 % como mínimo del porcentaje solicitado |
10 % como mínimo del porcentaje solicitado |
El consorcio en su conjunto deberá cumplir con el 100 % del porcentaje solicitado. |
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en Provisión de Insumos y/o Dispositivos Médicos para Nefrología con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas (Empresa oferente o marca representada), por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) (2018 2019 2020 2021 2022) años. En caso de lograr el porcentaje requerido, en uno o en más años, que correspondan a los años establecidos en el presente punto, el mismo será considerado como valedero para la participación.
Oferente en consorcio:
Requisitos Mínimos |
Socio Líder |
Cada Socio |
Todas las partes Combinadas |
Demostrar la experiencia en Provisión de Insumos y/o Dispositivos Médicos para Nefrología con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas (Empresa oferente o marca representada) por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) (2018 2019 2020 2021 2022) años. En caso de lograr el porcentaje requerido, en uno o en más años, que correspondan a los años establecidos en el presente punto, el mismo será considerado como valedero para la participación. |
40 % como mínimo del porcentaje solicitado |
10 % como mínimo del porcentaje solicitado |
El consorcio en su conjunto deberá cumplir con el 100 % del porcentaje solicitado. |
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
Copia de Contratos y/o Facturas que avalen la experiencia requerida.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
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Para b) y el Representante Local, la documentación requerida es el formulario incluido en la Sección Formularios. Este formulario podrá ser reemplazado por la documentación que pruebe fehacientemente que el oferente es Representante o Distribuidor autorizado del bien que oferta. Asimismo, la documentación podrá ser presentada en copia simple, no obstante, para la firma del Contrato la misma deberá estar legalizada por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. |
c) Planilla de Precios en planilla Excel en medios magnéticos, versión 2003 o posterior. |
d) Declaración Jurada de conocer y aceptar el Pliego de Bases y Condiciones y las Adendas. |
e) Declaración jurada del Oferente de poseer la capacidad de suministro en tiempo y forma de lo solicitado. |
f) Las planillas de especificaciones técnicas, así como los catálogos y/o manuales en donde las mismas puedan ser comprobadas, deberán presentarse en formato impreso y formato digital (PDFs en CD). |
g) Certificado de Buenas Prácticas (Dispositivos Médicos Máquinas y Sillones de Hemodiálisis): a. Para los Oferentes Fabricantes Nacionales: Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, el cual deberá mantener su vigencia durante toda la duración del contrato.
b. En el caso de que el Oferente no sea el fabricante del Producto ofertado, deberá presentar: Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, además de documentación acreditando fehacientemente el cumplimiento de las normas de calidad en los procesos de producción BPF/ GMP/ otorgada por la autoridad sanitaria competente en origen o certificado ISO 13485/ CE/ UL/ FDA/ TUV otorgado por la entidad certificadora en origen.
c. En el caso que el oferente que no cuente con Depósito propio deberán presentar el Contrato de Alquiler con la Empresa Depositaria a más del Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento Vigente de la Empresa Titular del Depósito, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, el cual deberá mantener su vigencia durante toda la duración del contrato. |
h) Certificado de aprobación y habilitación para su uso en la práctica clínica emitido por un organismo competente del país de origen tales como la FDA o CE o INVIMA de Colombia. Países miembros del Mercosur como ANVISA y otros que cuenten con las normas ISO 13.485. |
i) Certificado o constancia de habilitación del servicio técnico, emitido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para dispositivos médicos |
j) Habilitación vigente como Importador de Dispositivos Médicos emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social vigente. |
k) Autorización / resolución de apertura vigente, emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, rubro DISPOSITIVOS MÉDICOS. |
l) Soporte técnico capacitado, demostrable mediante certificados del fabricante que habiliten al personal técnico a realizar mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos ofertados. |
m) Copia autenticada del Acta de fijación de precios para los Ítems 1 y 2 y no deberá superar el 65% del precio de venta al público fijado por la Dirección de Vigilancia Sanitaria del MPS y BS actualizado y vigente, en caso que los productos estén registrados como ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS. |
n) Copia autenticada del Certificado de Registro Sanitario para los Ítems 1 y 2 y/o comprobante de que se halla en trámite de renovación, expedido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. |
o) Presentación de Contratos contraídos con Instituciones Públicas o Privadas, para demostrar la experiencia de uso de los insumos y/o equipos a licitar, de cinco años o más. |
p) Certificado de Registro Sanitario, de conformidad a la Ley N° 4659/12. |
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
CUMPLE |
NO CUMPLE |
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a) Presentación como mínimo de 3 (tres) Certificados o Actas de Recepción Final (Empresa oferente o marca representada) de la Adquisición de Insumos y/o Dispositivos Médicos para Nefrología donde conste el desempeño satisfactorio del oferente, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 05 (cinco) años (2018 2019 2020 2021 2022). (Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el responsable que lo emitió). |
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b) Autorización del fabricante: a) Si el oferente es fabricante del producto que oferta, deberá presentar el documento que lo acredite como tal. b) Si el oferente es Representante o Distribuidor del producto que oferta, deberá presentar la autorización del fabricante c) Si el oferente es Distribuidor del Representante Local del Fabricante, deberá presentar un poder o autorización otorgado por éste último. No obstante, se deberá acompañar copia de la Autorización del Fabricante otorgada al Representante Local. Para b) y el Representante Local, la documentación requerida es el formulario incluido en la Sección Formularios. Este formulario podrá ser reemplazado por la documentación que pruebe fehacientemente que el oferente es Representante o Distribuidor autorizado del bien que oferta. Asimismo, la documentación podrá ser presentada en copia simple, no obstante, para la firma del Contrato la misma deberá estar legalizada por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. |
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c) Planilla de Precios en planilla Excel en medios magnéticos, versión 2003 o posterior. |
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d) Declaración Jurada de conocer y aceptar el Pliego de Bases y Condiciones y las Adendas. |
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e) Declaración jurada del Oferente de poseer la capacidad de suministro en tiempo y forma de lo solicitado. |
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f) Las planillas de especificaciones técnicas, así como los catálogos y/o manuales en donde las mismas puedan ser comprobadas, deberán presentarse en formato impreso y formato digital (PDFs en CD). |
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g) Certificado de Buenas Prácticas (Dispositivos Médicos Máquinas y Sillones de Hemodiálisis): a. Para los Oferentes Fabricantes Nacionales: Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, el cual deberá mantener su vigencia durante toda la duración del contrato.
b. En el caso de que el Oferente no sea el fabricante del Producto ofertado, deberá presentar: Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, además de documentación acreditando fehacientemente el cumplimiento de las normas de calidad en los procesos de producción BPF/ GMP/ otorgada por la autoridad sanitaria competente en origen o certificado ISO 13485/ CE/ UL/ FDA/ TUV otorgado por la entidad certificadora en origen.
c. En el caso que el oferente que no cuente con Depósito propio deberán presentar el Contrato de Alquiler con la Empresa Depositaria a más del Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento Vigente de la Empresa Titular del Depósito, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, el cual deberá mantener su vigencia durante toda la duración del contrato. |
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h) Certificado de aprobación y habilitación para su uso en la práctica clínica emitido por un organismo competente del país de origen tales como la FDA o CE o INVIMA de Colombia. Países miembros del Mercosur como ANVISA y otros que cuenten con las normas ISO 13.485. |
||
i) Certificado o constancia de habilitación del servicio técnico, emitido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para dispositivos médicos |
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j) Habilitación vigente como Importador de Dispositivos Médicos emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social vigente. |
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k) Autorización / resolución de apertura vigente, emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, rubro DISPOSITIVOS MÉDICOS. |
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l) Soporte técnico capacitado, demostrable mediante certificados del fabricante que habiliten al personal técnico a realizar mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos ofertados. |
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m) Copia autenticada del Acta de fijación de precios para los Ítems 1 y 2 y no deberá superar el 65% del precio de venta al público fijado por la Dirección de Vigilancia Sanitaria del MPS y BS actualizado y vigente, en caso que los productos estén registrados como ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS. |
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n) Copia autenticada del Certificado de Registro Sanitario para los Ítems 1 y 2 y/o comprobante de que se halla en trámite de renovación, expedido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. |
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o) Presentación de Contratos contraídos con Instituciones Públicas o Privadas, para demostrar la experiencia de uso de los insumos y/o equipos a licitar, de cinco años o más. |
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p) Certificado de Registro Sanitario, de conformidad a la Ley N° 4659/12. |
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.