Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado según formulario proforma. |
6. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
10. Documentos legales |
10.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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10.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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10.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2019-2020-2021)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2019-2020-2021)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 (tres) últimos años (2019-2020-2021), no deberá ser negativo.
b) Para contribuyentes de IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los 3 (tres) últimos años (2019-2020-2021)
c) Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los 3 (tres) últimos años (2019-2020-2021)
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los 3 (tres) últimos años (2019-2020-2021)
Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en el siguiente punto.
Los oferentes con menos de 3 (tres) años de antigüedad, podrán presentar sus Balances Generales y Estados Financieros desde su existencia como empresa. Para los consorcios, todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los criterios de capacidad financiera.
Para los consorcios: todos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados.
Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años. En caso de empresas que tengan menos años de antigüedad, el promedio se realizará teniendo en cuenta la cantidad de años de existencia. En todos los casos se utilizarán dos decimales.
Los oferentes con menos de 3 (tres) años de antigüedad, podrán presentar sus Balances Generales y Estados Financieros desde su existencia como empresa. (Para los consorcios, todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los criterios de capacidad financiera).
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Las empresas deberán demostrar experiencia en la provisión de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, 20/64 en la sumatoria de los últimos 3 (tres) años (2019, 2020 y 2021) el equivalente al 20% (veinte por ciento) del monto total ofertado, de acuerdo al formulario de oferta presentado en la apertura física de oferta.
2. Demostrar una antigüedad mínima de 3 (tres) años de existencia legal (inclusive para las firmas unipersonales) serán comprobadas con la inscripción en el Registro Único del Contribuyente, habilitada en el rubro de limpieza como actividad principal.
3. Acreditar la prestación de servicios donde haya empleado al menos 20 (veinte) trabajadores asignados al rubro de servicio de limpieza integral. En caso de Consorcios: el Socio Líder deberá cumplir con al menos el 50% (cincuenta por ciento) de la experiencia requerida, pudiendo entre los demás miembros del consorcio cumplir el porcentaje restante. Asimismo, el Socio líder deberá cumplir con el requisito establecido en el numeral "2". El requisito del numeral "3" podrán ser cumplidos por cualquiera de los integrantes del consorcio.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Copia de contratos donde prestó servicios de limpieza, como mínimo en 10.000 m2 de área con sus respectivas recepciones finales y/o constancias de prestación satisfactoria expedida por la Contratante o cliente receptor de los bienes/servicios proveídos; y/o Copia de facturas contado; y/o Copia de facturas crédito, con sus correspondientes recibos de cancelación de pago o documento que acredite haber percibido el pago respectivo o sus respectivas recepciones finales y/o constancias de prestación satisfactoria expedida por la Contratante o cliente receptor de los bienes/servicios proveídos. A dicho efecto, podrán presentarse la cantidad de contratos y/o facturas que fueren necesarios para acreditar el volumen o monto solicitado, durante los años 2019, 2020 y 2021, y la documentación que acredite un desempeño satisfactorio. Para la obtención de la cantidad de m2 mencionada (10.000 m2) no se admitirán sumas de contratos. |
2. A fin de acreditar la antigüedad en el rubro de limpieza deberá presentar el Registro Único del Contribuyente habilitada en el rubro de limpieza como actividad principal. |
3. Copias de contratos donde haya empleado al menos 20 (veinte) trabajadores asignados al rubro de servicio de limpieza integral. Para acreditar esta experiencia se aceptarán Constancias emitidas por firmas privadas y/o Instituciones públicas donde conste que se ha empleado al menos 20 (veinte) personas. |
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
En caso de CONSORCIO: El líder deberá cumplir los requisitos establecidos en los numerales: 1, 2, 4, y 8. Los demás requisitos deberán ser cumplidos indistintamente por el líder o por los demás integrantes del consorcio.
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4. Certificado de Cumplimiento Laboral, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social vigente a la fecha del Acto de Apertura y/o Etapa Competitiva de Subasta a la Baja Electrónica. |
5. Constancia de no adeudar aporte de obrero patronal, expedido por el Instituto de Previsión Social actualizado y la planilla presentada a dicha Institución. (copia simple) Estas documentaciones deberán corresponder al mes vencido anterior a la fecha y hora del acto de apertura y/o Etapa Competitiva de la SBE. Toda documentación que no corresponda a dicho periodo no será válida. |
6. El oferente deberá presentar la lista del personal inscripto en el I.P.S. durante los últimos 6 (seis) meses por una cantidad mínima del 10% del personal requerido. |
7.Presentar al menos 2 (dos) referencias, certificados o constancias de buena ejecución de trabajos relacionados al objeto del presente llamado realizados en los últimos 5 años (2017 al 2021), en contratos de al menos 1 año de duración y para inmuebles de al menos 10.000 m2 (considerando interior y exterior). |
8. Declaración Jurada por la cual el oferente declare: 1. Poseer el equipamiento (equipos, maquinarias y herramientas) para la correcta ejecución del servicio, así como el detalle de los mismos. 2. Que los materiales/insumos utilizados son idóneos para la prestación del servicio solicitado. |
9. Nota en carácter de Declaración Jurada en virtud de la cual el oferente se compromete a utilizar para el pago de haberes a sus empleados, el sistema de acreditación de salarios vía tarjeta de débito habilitada a través de una entidad bancaria y/o financiera. |
10. Técnico Laboral de Seguridad Ocupacional, Planilla IPS o Contrato firmado con el oferente y Registro habilitante por el MTESS. 10.1 Reconocimiento y Homologación por el MTESS. Respecto al CIPA. |
11. Certificado de Capacitación realizado por el personal de limpieza de la empresa adjudicada, la misma será presentada al momento de la firma de contrato y Certificada por la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA). Se requerirá de manera obligatoria una capacitación para una cantidad mínima de personal que represente el 10% de lo requerido. |
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Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
No aplica
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.