Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para contribuyente de IRACIS
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2018, 2019, 2020)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2018, 2019, 2020)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 últimos años (2018, 2019, 2020) no deberá ser negativo.
Para CONTRIBUYENTES DE IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio en los años 2018, 2019, 2020.-
Para Contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
Para las Ofertas en Consorcio:
En el caso de los OFERENTES EN CONSORCIO todos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al inicio de la etapa competitiva. |
b. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años (2018, 2019 y 2020) para contribuyente de IRACIS. |
c. Formulario 106 de los años (2018, 2019 ) para contribuyentes del IRPC y año 2020 formulario IRE.- para contribuyentes del IRPC. |
d. Formulario 104 de los últimos (2018, 2019 y 2020) años para contribuyentes de Renta Personal.- para contribuyentes de Renta Personal. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en provisión de bienes afines (OXÍGENOS Y/O GASES MEDICINALES) con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 20 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los:5 (cinco) últimos años. (2017, 2018, 2019, 2020 y 2021).-
Presentación como mínimo de 3 (tres) copias autenticadas de Certificados o Actas de Recepción final de OXÍGENOS Y/O GASES MEDICINALES donde conste el desempeño satisfactorio del Oferente, expedidos por Instituciones Públicas y/o Privadas dentro de los últimos 05 (cinco) años. Dicho documento deberá estar
debidamente sellado y firmado por el responsable que lo emitió.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Constancia de RUC emitida por la SET. |
2. Patente comercial vigente al inicio de la etapa competitiva, del municipio donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. |
3. Copias de Contratos y/o facturaciones que avalen la experiencia requerida de bienes a fines del presente llamado, de los Ejercicios Fiscales 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, que avalen la experiencia requerida. |
4. Copias de como mínimo 3 (Tres) copias autenticadas por Escribanía o Actas de recepción final de OXÍGENOS Y/O GASES MEDICINALES donde conste el desempeño satisfactorio del oferente dentro de los últimos 5 cinco años.- |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Las empresas oferentes deberán estar legalmente habilitadas para comercializar los bienes licitados en el mercado local, contar con las documentaciones requeridas a fin de dar cumplimiento de los requisitos técnicos, documentales y legales donde conste y avale que el análisis realizado al mismo reúna los criterios técnicos solicitados.-
Observación: Para oferentes en consorcio: todos los integrantes deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social.
Además, en caso de consorcios deberá indicarse en la oferta quien es el líder, no siendo obligatorio que sea la empresa de mayor experiencia y capacidad. Para tener cumplidos los requisitos de experiencia y capacidad técnica del consorcio, bastará que uno de los integrantes cumpla el 100% de los requisitos; o, con al menos 60% y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a) Copia Autenticada de la Resolución y/o Certificado de Apertura Vigente, o en su efecto Constancia de Renovación de Apertura del local en trámite; como fraccionadora, envasadora y/o distribuidoras de gases medicinales expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.-(Resolución N° 208/09 de fecha 23/04/2009 del MSP y BS) |
b) Copia Autenticada del Certificado de cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufacturas y Control (BPM y C) vigente expedidos por la DNVS.-conforme a la Res. N° 208/09 de fecha 23/04/2009 del MSPYBS. |
c) Autorización del fabricante, documento en donde se deberá acreditar que es fabricante, representante oficial o distribuidor autorizado para el Paraguay de las marcas de los bienes ofertados, a dicho efecto deberá presentar la carta de autorización original o fotocopia debidamente autenticada ante Escribanía Pública. Para los Gases Óxido Nitroso Medicinal, Gas Carbónico Medicinal, Aire Comprimido Medicinal, Acetileno Disuelto, Nitrógeno Gaseoso Medicinal se sustituye el requisito de la Carta de autorización del fabricante por una Declaración Jurada de proveer los citados gases en cantidad, calidad y en tiempos solicitados.- |
d) Adjuntar lista de equipos y accesorios a ser instalados en cada dependencia Sanitaria, en caso de ser adjudicado en carácter de Declaración Jurada. |
e) Declaración Jurada de Capacidad de proveer en comodato, de todo lo necesario para el buen funcionamiento de los tanques y balones en los diferentes centros asistenciales mientras dure el contrato, así como del mantenimiento, reparación y correcto funcionamiento de todos los equipos y accesorios instalados en comodato y los que se encuentren instalados en las Dependencias.- |
f) Declaración Jurada de contar como mínimo con 1 (UNO) camión cisterna criogénico propio y 1 (UNO) camión cisterna arrendado para el traslado de oxígeno líquido.- |
g) La empresa que se halle adjudicada y proveyendo actualmente con procesos de llamados anteriores, deberá presentar una Declaración Jurada en la que se compromete a retirar sus equipos, una vez que el nuevo oferente adjudicado haya instalado sus equipos en Comodato e iniciado la provisión. En el mismo; deberá incluir que durante ese periodo de tiempo el nuevo adjudicado usufructuará el equipamiento de la empresa saliente. El tiempo establecido será el plazo estipulado en el PBC-Plazo de Entrega y quedará bajo exclusiva responsabilidad del Proveedor que se encuentre instalando sus equipos en Comodato. |
h) El proveedor deberá detallar en su oferta métodos o sistemas de control de calidad y pureza de los gases a ser proveídos (emitido por el Químico Farmacéutico o Regente de la firma oferente). |
i) Declaración jurada donde el proveedor se compromete que con cada entrega deberá presentar copia del certificado de pureza de los gases rubricada, dichos documentos podrán ser verificados en cualquier momento de la vigencia del contrato por personal técnico calificado del MSPyBS. |
j) Constancia de Inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios, emitido por el Ministerio de Industria y Comercio. Conforme a la Ley 4558/11 y el Decreto N° 9649/12, que reglamenta la aplicación del Margen de Preferencia. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
1. Declaración Jurada de conocer y aceptar el Pliego de Bases y Condiciones y las Adendas. |
2. Declaración Jurada donde el oferente declare poseer capacidad de suministro en tiempo y forma requerida. |
3. Declaración Jurada de la Dirección de correo oficial de la empresa al cual se notificará las Órdenes de Compra. |
4. Declaración Jurada, en caso de ser adjudicado que cumplirá con todo lo requerido en la Sección de Especificaciones técnicas.- |
5. Formulario N° 5 Planilla de Datos Garantizados |
DOCUMENTOS ADICIONALES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO |
1. Certificado de Cuenta Corriente y/o Caja de Ahorro Bancario. |
2. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19. |
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.