El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado
Abog. Benjamín J. Cerrano V., Jefe de Servicios Generales - Dirección Administrativa
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada
Con esta recarga de extintores se da cumplimiento a las normas legales vigentes y con ello se resguarda el patrimonio institucional. Está contemplado la colocación de extintores en todas las dependencias del Ministerio. La distribución de los extintores será realizada por los funcionarios técnicos del área de Servicios Generales de la Institución.
Justificar la planificación. (Si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
Es un llamado de acuerdo a la necesidad actual y al crecimiento de la Institución, el mismo se debe realizar anualmente y será pagadero a la entrega de estos.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas
Se solicita la recarga de extintores de varios kilajes y dos compuestos químicos, cada uno de acuerdo con el análisis y las necesidades de cada dependencia de la Institución. La Institución debe contar con el equipamiento necesario para la protección de su patrimonio. Asimismo, el Ministerio está regido por las normas de seguridad emitida por los órganos pertinentes a las cuales se debe dar cumplimiento.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Código de Catálogo |
Descripción |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
|
1 |
46191601-002 |
Producto químico para recarga de extintor PQS (polvo químico seco) de 10 kilos |
Unidad |
Unidad |
21 |
|
2 |
46191601-002 |
Producto químico para recarga de extintor PQS (polvo químico seco) de 6 kilos |
Unidad |
Unidad |
71 |
|
3 |
46191601-002 |
Producto químico para recarga de extintor PQS (polvo químico seco) de 1 kilo |
Unidad |
Unidad |
31 |
|
4 |
46191601-002 |
Producto químico para recarga de extintor CO2 (anhidrido carbónico) de 5 kilos |
Unidad |
Unidad |
15 |
|
5 |
46191601-002 |
Producto químico para recarga de extintor CO2 (anhidrido carbónico) de 4 kilos |
Unidad |
Unidad |
3 |
CONDICIONES GENERALES. Podrán participar del concurso, las Empresas que cuentan con Habilitación/Licencia para uso de la Marca INTN Servicios para el mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio, correspondiente al tipo de agente extintor que será mantenido o recargado, y que estén habilitados y registrados por el Ministerio de Industria y Comercio.
El costo deberá incluir la mano de obra, recarga, verificación de válvula y todos los materiales necesarios.
La Empresa que realice la recarga de los extintores portátiles de incendio deberá adecuarse a todos los requisitos establecidos al respecto en la Resolución del MIC N° 458/06 y 853/07 y de las Normas Paraguayas de referencia.
La firma ejecutora no puede realizar la recarga del extintor sin antes hacer el mantenimiento general, conforme a las condiciones específicas de cada extintor, como:
Todos los extintores deberán contar con la etiqueta de vencimiento de la garantía del servicio, proporcionada por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) debe ser colocada en la parte frontal del extintor después de la ejecución del servicio, por la empresa responsable del mismo.
Los cilindros que no superen las pruebas hidrostáticas deberán seguir los procedimientos de la Resolución del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) N°916/10 Art. 22 informe para la baja de tubos que no superen las pruebas hidrostáticas.
Luego de la recarga del extintor deberá ser aplicada una prueba de escape del mismo, para asegurar que el extintor permanecerá en el rango de operación por lo menos de un año. Se podrán realizar pruebas de calidad de 1 de cada 10 extintores, si dicha prueba da un resultado negativo todo será rechazado y se procederá a una nueva recarga la cual correrá por cuenta del oferente. La empresa ejecutora de la recarga, es la responsable por el perfecto estado de funcionamiento del extintor, mientras dure el tiempo de garantía, salvo uso indebido o violación después de la entrega a la institución.
GARANTÍAS. El periodo mínimo de validez de la carga será 1 (un) año desde la puesta en funcionamiento y cada cilindro deberá contar con las etiquetas de vencimiento aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) y consecuentemente los productos deberán contar con el sello de conformidad a las normas del mismo.
NORMATIVAS LEGALES. Todos los Servicios que hacen relación a la presente Contratación deben adecuarse a lo estipulado en la norma paraguaya del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.).
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem Nº |
Descripción |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Lugar de Entrega |
Fecha de entrega |
1 |
Producto químico para recarga de extintor PQS (polvo químico seco) de 10 kilos |
Unidad |
21 |
Los bienes deberán ser entregados en el Edificio de la Sede Central del Ministerio de Industria y Comercio, ubicado en la Avda. Mcal. López Nº 3.333 esquina Dr. Weiss, ciudad de Asunción. |
3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción por parte del proveedor de la Orden de Compra |
2 |
Producto químico para recarga de extintor PQS (polvo químico seco) de 6 kilos |
Unidad |
71 |
Los bienes deberán ser entregados en el Edificio de la Sede Central del Ministerio de Industria y Comercio, ubicado en la Avda. Mcal. López Nº 3.333 esquina Dr. Weiss, ciudad de Asunción. |
3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción por parte del proveedor de la Orden de Compra |
3 |
Producto químico para recarga de extintor PQS (polvo químico seco) de 1 kilo |
Unidad |
31 |
Los bienes deberán ser entregados en el Edificio de la Sede Central del Ministerio de Industria y Comercio, ubicado en la Avda. Mcal. López Nº 3.333 esquina Dr. Weiss, ciudad de Asunción. |
3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción por parte del proveedor de la Orden de Compra |
4 |
Producto químico para recarga de extintor CO2 (anhídrido carbónico) de 5 kilos |
Unidad |
15 |
Los bienes deberán ser entregados en el Edificio de la Sede Central del Ministerio de Industria y Comercio, ubicado en la Avda. Mcal. López Nº 3.333 esquina Dr. Weiss, ciudad de Asunción. |
3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción por parte del proveedor de la Orden de Compra |
5 |
Producto químico para recarga de extintor CO2 (anhídrido carbónico) de 4 kilos |
Unidad |
3 |
Los bienes deberán ser entregados en el Edificio de la Sede Central del Ministerio de Industria y Comercio, ubicado en la Avda. Mcal. López Nº 3.333 esquina Dr. Weiss, ciudad de Asunción. |
3 (tres) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción por parte del proveedor de la Orden de Compra |
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Luego de la recarga del extintor deberá ser aplicada una prueba de escape del mismo, para asegurar que el extintor permanecerá en el rango de operación por lo menos de un año. Se podrán realizar pruebas de calidad de 1 de cada 10 extintores, si dicha prueba da un resultado negativo todo será rechazado y se procederá a una nueva recarga la cual correrá por cuenta del oferente. La empresa ejecutora de la recarga, es la responsable por el perfecto estado de funcionamiento del extintor, mientras dure el tiempo de garantía, salvo uso indebido o violación después de la entrega a la institución.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Acta de recepción
Frecuencia: única
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta de recepción |
Acta de recepción |
Dentro de los 3 días hábiles contados a partir de la recepción de los bienes y/o servicios. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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