Consulta:
En el pliego de bases y condiciones en la sección Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica dice:
Reglamento interno de Condiciones de Trabajo vigente y homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de acuerdo a lo establecido en el Código Laboral ART. 354.
Se solicita respetuosamente a la convocante este item sea opcional ya que lo dice claramente El articulo 354 del codigo del Trabajo, establece claramente cuanto sigue:
Todo empleador con mas de diez (10) trabajadores contara con Reglamento Interno de Trabajo homologado , para aplicar las sanciones disciplinarias previstas en los incisos a), d) y e) del articulo anterior, salvo que el empleador decida aplicarlas en sustitución del despido.
Este punto restringe a varios oferentes con la suficiente experiencia en el area.