ITEM N° |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
REPLANTEO |
El replanteo y marcación de la obra se realizarán conforme a los planos, bajo las directrices y observaciones del Fiscal Municipal. El contratista proveerá todos los materiales, herramientas y equipos necesarios, para el replanteo que comprende los trabajos de ubicación y trazado de los ejes necesarios para localizar las edificaciones |
REMOCION DE PISO EXISTENTE |
Consistirá en la remoción del piso existente, con recuperación de materiales. Los destinos finales de los materiales resultantes de la remoción serán indicados por la fiscalización.
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MAMPOSTERIA ARMADA DE CONTENCION 0,30 CON LADRILLO COMUN |
Tipo cordón para camineros, de 0,30 m de ancho, 3 hiladas de ladrillos comunes, según plano. Perfectamente trabados y con juntas no mayores a 1,5 m. Todos los materiales a incorporar y a utilizar en los trabajos serán de primera calidad y de primer uso. El mortero a utilizarse será el (1:2:8). Los ladrillos serán bien mojados antes de proceder a su colocación. |
CONTRAPISO DE Ho pobre para caminero |
Para caminero de 2,00 m ancho y estancias circulares en los extremos, según diseño en plano. Consistirá en una carpeta de hormigón pobre con buen acabado y o lecherada de concreto, según indicaciones del fiscal de obra. Contará con una junta de dilatación de 5mm cada 3m según planos. La dosificación del Hormigón a utilizarse será de 1:4:7 cemento, arena y piedra tritura, con una relación A/C de 0.60 El espesor del contrapiso será de e = 0,08 m. emparejado con la mampostería de nivelación. El hormigón deberá cumplir con los requisitos de calidad de materiales, manejo, Elaboración y demás parámetros constructivos. |
PISO DE 40X40 DE GRANITO CALCAREO PULIDO CON RANURAS |
Para camineros y estancias circulares en los extremos. Piso granito calcáreo pulido con ranura de alto tránsito, con dimensiones de 40 x 40 cms para camineros y estancias circulares. Base de apoyo concreto 1:4 cemento, arena, con juntas de 5 mm c/ 3 m. MEDICIÓN Se cuantificará por metro cuadrado (m2) de Hormigón y pisos colocados, y unidad de ornamentaciones, la medición se efectuará de acuerdo a la longitud y secciones requeridas por el Proyecto y aprobadas por la Fiscalización.
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RELLENO DE TIERRA CON ABONO ORGANICO Y COMPACTACION Y NIVELACION DE TERRENO PARA EMPASTADO |
El relleno se hará por capas sucesivas de tierra, de no más de 20 cm. de espesor con adecuado riego y perfectamente apisonados para asegurar una buena compactación y una resistencia mínima de 1 kg/cm2. El material de relleno no deberá contener raíces, basuras o cualquier material orgánico que por descomposición pueda ocasionar asentamiento del terreno.
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compactación de suelos, hasta obtener el peso específico aparente indicado e incluye las operaciones indicadas del manipuleo, del equipo necesario y los riegos con agua que sean necesarios para lograr el fin propuesto.
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adecuado para cada clase de suelo a compactar y deberá ejercer la presión necesaria para obtener las densidades fijadas y tendrá una capacidad de |
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producción mínima de 100 metros lineales diarios. La Fiscalización aprobará el equipo propuesto por el CONTRATISTA, sobre la base de un tramo de prueba y determinará el número mínimo de pasadas del equipo, para lograr en cada capa las densidades especificadas. |
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Se entenderá por "relleno" la ejecución del conjunto de operaciones necesarias para llenar, con el material de excavación, hasta completar las zanjas abiertas para la instalación de las tubería, válvulas y accesorios. El relleno compactado es aquel que se forma colocando capas sensiblemente horizontales, de espesor que en ningún caso serán mayores de 15 cm con la |
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humedad que requiera el material de acuerdo con la prueba Proctor Standard (90%), para su máxima compactación. Cada capa será compactada uniformemente en toda su superficie mediante el empleo de pisones neumáticos y/o manuales hasta obtener la máxima compactación que, según pruebas de laboratorio, sea posible obtener con el uso de dichas |
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herramientas. Previamente a la construcción del relleno, el terreno deberá estar libre de escombros y de todo material que no sea adecuado para el mismo. El material utilizado para la formación de rellenos, deberá estar libre de troncos, ramas, etc., y en general de toda materia orgánica. Al efecto la |
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Fiscalización de la obra aprobará previamente el material que se empleará en el relleno, ya sea que provenga de las excavaciones o de explotación de bancos de préstamos. No se deberá proceder a efectuar ningún relleno sin antes contar con la |
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aprobación del Ingeniero Fiscalizador, pues en caso contrario, éste podrá ordenar la total extracción del material utilizado en rellenos no aprobados |
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por él, sin que el Constructor tenga derecho a ninguna retribución por ello. El Ingeniero Fiscalizador debe comprobar las pendientes, alineaciones probar las tuberías del tramo, previamente al relleno. El Constructor será el responsable por desplazamiento de la tubería, así como de los daños e inestabilidad de la misma, causados por el inadecuado procedimiento del relleno. La primera parte del relleno se hará utilizando en ella tierra fina seleccionada, exenta de piedras, ladrillos, tejas y otros materiales duros; los espacios entre la tubería y la pared de la zanja deberán rellenarse cuidadosamente compactando lo suficiente, hasta alcanzar un nivel de 30 cm sobre la superficie superior del tubo. Como norma general el apisonamiento o compactación hasta 60 cm sobre la tubería, será ejecutado cuidadosamente y con pisón de mano; de allí en adelante se utilizarán otros elementos mecánicos como compactadores neumáticos. Se debe tener cuidado de no transmitir ni ejecutar trabajos innecesarios sobre la tubería hasta que el relleno tenga un mínimo de 30 cm sobre la misma. Es responsabilidad del Constructor demostrar la calidad del relleno, para lo cual se realizarán pruebas de compactación y otras que ordene al Fiscalizador, el costo de las pruebas será de cuenta del Contratista, lo cual deberá 33 considerar para realizar los análisis de precios unitarios de su oferta Empastado En la preparación del suelo se deberá aplicar 1 kilogramo de humus de lombriz o estiércol descompuesto por metro cuadrado, e incorporar mezclando en los primeros 10 centímetros de profundidad. Los empastados a utilizar serán del tipo esmeralda la cual será resistente al sol y al pisoteo. Este trabajo consistirá en nivelar la superficie del camino y si fuera necesario se esparcirá parcialmente ripios transportados o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados por la Intendencia Municipal. Los servicios de nivelado serán ejecutados en toda la extensión que indica la planilla de cómputo métrico. La medición del trabajo de nivelado de suelos será efectuada en metros cuadrados
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BANCO DE HIERRO FUNDIDO CON MADERAS |
Los bancos de hierro fundido tendrán una longitud de 1.80 metros x 0.55 de ancho, la estructura metálica debe de ser de Hierro Fundido pre-fabricado estándar, pintados a una mano de anti oxido y dos manos de pintura sintética color negro mate, los listones de madera curada, finamente cepillada y pintada al barniz a dos manos, Los anclajes a suelo deben se ser con dados de Ho en las patas.
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LIMPIEZA GENERAL Y RETIRO DE ESCOMBROS |
Se realizará la limpieza final de la obra, retirando escombros o cualquier elemento hallado en el lugar de la obra y será cumplida exactamente lo que disponga la Fiscalización en cuanto a este Ítem |
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 “ACCESIBILIDAD – Subcomité Accesibilidad al Medio Físico”, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo “Marco Legal/Documentos de Interés”, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las Contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en las Contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a las Contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia a las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 “Accesibilidad”, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
NO APLICA
Justificar la planificación: (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal). El presente llamado responde a una necesidad temporal no siendo de carácter periódico o sucesivo
•Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las EE.TT fueron elaboradas por los profesionales de la Dirección de obras de acuerdo a los requerimientos del proyecto de obras. La Municipalidad de La Paloma Del Espíritu Santo cuenta con profesional contratado encargado de la proyección de obras (confección de planos, planillas, especificaciones técnicas, etc.).
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño N° |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
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LOS PLANOS SON PRESENTADOS EN UN ARCHIVO ADJUNTO AL PRESENTE PLIEGO EN FORMATO PDF Y SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL SICP
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente: El periodo de construcción de la obra es de 30 días calendario, desde la orden de inicio. El sitio donde se ejecutarán los trabajos es: CALLE PARALELA A LA AVENIDA RUTA PY 3
El Contratista está obligado a habilitar un libro de obras foliado y rubricado por la Administración Municipal, en ella deberá registrar desde el primer día todos los pormenores referentes a la ejecución de las obras objeto del Contrato.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
NO APLICA
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta |
Acta de Inicio |
Desde la suscripción del contrato |
Certificado 1 |
Certificado de Obra |
30 días después del inicio de las obras |
Recepción |
Recepción Final |
30 días después de la recepción provisoria o conclusión de las correcciones solicitadas, siempre que sea dentro del plazo contractual. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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