El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo | Código Catálogo | Nombre de los Bienes o Servicios | Unidad de Medida | Presentación | Cantidad |
1 | 43211711-9999 | Token de Seguridad/Certificados Digitales | Unidad | EVENTO | 580 |
Nombre de los Bienes |
Especificaciones y Normas |
ÍTEM 1. Token de Seguridad/ Certificados digitales para la firma digital |
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Certificados digitales para la firma digital (firma electrónica cualificada) |
Los certificados a ser adquiridos deben cumplir con los requisitos mínimos establecidos en el Ítem 7: Perfiles de Certificados, LCR y OCSP correspondiente a los atributos y características de la FIRMA ELECTRÓNICA CUALIFICADA indicados en el documento DOC-ICPP-04 V1.0. Así también cumplir con disposiciones de activación, seguridad y revocación. |
Periodo de Validez: el certificado emitido al usuario final es otorgado por un tiempo mínimo de 2 (dos) años hasta un máximo de 4 (cuatro) años, al finalizar el periodo máximo pierde su validez. |
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Dispositivos criptográficos para la firma digital |
Los certificados digitales a adquirir deberán ser emitidos utilizando dispositivos criptográficos de hardware seguros aprobados por el Prestador de Servicios de Certificación, debiendo ser tokens (llave USB) y que aseguren como mínimo el cumplimiento de los siguientes numerales: |
Certificados de Seguridad: Estándar Fips 140-2 nivel 2 o superior, para Certificados de Persona Física |
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Se deberán entregar los controladores de software para los dispositivos tokens criptográficos y el middleware correspondiente para su utilización para sistemas operativos ( 32 o 64 bit) Windows 7 Windows 8 Windows 10 Mac OS Linux |
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Se deberá prever el cambio o sustitución de dispositivos criptográficos aun activados, en caso de actualizaciones o ampliaciones de las especificaciones y estándares de estos por parte de la entidad reguladora de la política de certificación sin costo adicional para la convocante |
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El proveedor de los CERTIFICADOS DIGITALES deberá brindar servicios de validación en línea del tipo OCSP para permitir comprobar el estado de los CERTIFICADOS DIGITALES que se adquieran |
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Retención de datos de la memoria: 10 años como mínimo |
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Reescritura en la celda de memoria: al menos 500.000 reescrituras |
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Tamaño de la memoria: Superior a 60 KB |
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Algoritmo criptográficos de seguridad integrados: Hash: SHA1, SHA256 RSA 1024 bits, 2048 bits DES/3DES |
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Longitud de Clave RSA: 1024 bits / 2048 bits |
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API y estándares soportados: PKCS (estándares de criptografía de clave pública) #11 v2.01, CAPI (interfaz de programación de aplicaciones criptográficas) de Microsoft, PC (ordenador personal)/SC (tarjeta inteligente), almacén de certificados X.509 v3, SSL (capa de conexión segura) v3, IPsec (seguridad del protocolo de Internet)/IKE (intercambio secreto de claves) |
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Connectivity: USB 2.0, conector tipo A |
Cédula de Identidad |
Nombre |
Apellido |
Institución |
Nº de Teléfono |
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La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Item | Descripción del Bien | Cantidad | Unidad de medida | Lugar de entrega de los Bienes | Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
1 | Token de Seguridad/Certificados Digitales | 580 | Unidad | conforme a las EETT. | 10 (diez) días corridos, computados a partir del día hábil siguiente de la recepción, del proveedor de la Orden de Compra emitida por el Administrador del Contrato. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de remisión / Acta de recepción | Nota de remisión/ Acta de recepción | Conforme se indique en la orden de compra. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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