Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 **Idioma de los Catálogos Técnicos En el PBC, sección I. Instrucciones a los Oferentes, capítulo C. Preparación de las Ofertas, numeral 10. Idioma de la Oferta, se solicita: “10.1. La oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Oferente y el Comprador deberán ser escritos en el idioma español. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la oferta, pueden estar en otro idioma con la condición de que los apartes pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al idioma especificado en los DDL.” Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos de los productos ofertados en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 04-10-2022 13-10-2022
32 **Item 10. UPS 1KVA En el PBC, sección VI. Lista de Bienes y Servicios, capítulo 3. Formulario de Especificaciones Técnicas, Item 10 - UPS 1KVA, apartado Especificaciones Adicionales, se solicita: “Puerto Interfaz: mínimamente mediante puerto USB y, debe incluir cable de gestión y Software de Gestión Auto-Shutdown Software.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como: “Puerto Interfaz: mínimamente puerto USB y/o RS-232 y, debe incluir cable de gestión y Software de Gestión Auto-Shutdown Software” Considerando que, igualmente con el puerto RS-232, se cumple plenamente a nivel técnico con las mismas funciones de monitoreo y/o gestión del equipo UPS. De esta forma, no se estará restringiendo asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 04-10-2022 13-10-2022
33 **Item 10. UPS 1KVA En el PBC, sección VI. Lista de Bienes y Servicios, capítulo 3. Formulario de Especificaciones Técnicas, Item 10 - UPS 1KVA, apartado Salida, se solicita: “Potencia de Salida: Igual o superior 860 Vatios / 1000 VA” Al respecto, solicitamos a la Convocante que también puedan ser aceptados equipos UPS de potencia de salida de 900 Vatios / 1500VA, considerando que es superior a la potencia requerida y otorgará mayores ventajas a la Institución al permitir la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. La consulta es cursada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, (…), no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 04-10-2022 13-10-2022
34 **Item 10. UPS 1KVA En el PBC, sección VI. Lista de Bienes y Servicios, capítulo 3. Formulario de Especificaciones Técnicas, Item 10 - UPS 1KVA, apartado Entrada, se solicita: “Variación o Rango de Entrada: Igual o mejor que 180 - 290V al 100% de Carga.” Al respecto, solicitamos a la Convocante que también puedan ser aceptados equipos UPS con variación de rango de voltaje de entrada igual o mejor que 190 – 270 al 100% de carga, teniendo en cuenta que de igual permitirá cubrir satisfactoriamente las eventuales variaciones de voltaje del suministro de la ANDE y de Generadores eléctricos. De esta forma, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, (…), no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 04-10-2022 13-10-2022
35 **Item 10. UPS 1KVA En el PBC, sección VI. Lista de Bienes y Servicios, capítulo 3. Formulario de Especificaciones Técnicas, Item 10 - UPS 1KVA, apartado Especificaciones Adicionales, se solicita: “Ventilador interno: Como mínimo 1 ventilador interno que expulse el aire caliente para prevenir la vida útil del UPS y de su batería.” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar este requisito o en su defecto, sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que los equipos UPS del tipo requerido, de baja capacidad, normalmente no dispone de ventilador interno debido a las cargas de bajo consumo que alimentan, por lo que emplean disipadores para la refrigeración necesaria para su operación. Además, de este modo se estará permitiendo asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 04-10-2022 13-10-2022
36 **Item 10. UPS 1KVA En el PBC, sección VI. Lista de Bienes y Servicios, capítulo 3. Formulario de Especificaciones Técnicas, Item 10 - UPS 1KVA, apartado Especificaciones Adicionales, se solicita: “Protección contra sobrecarga: Igual o mejor que 440 Joules.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que no es un parámetro normalmente publicado por los fabricantes en su documentación técnica, y además dicha especificación técnica se encuentra orientada al modelo BR1500GI de la marca Schneider-APC, según se observa en el link del fabricante https://www.apc.com/pe/es/product/BR1500GI/backups-pro-con-ahorro-de-energ%C3%ADa-de-apc-1500-230-v/, favoreciendo indebidamente a determinados oferentes, y restringiendo la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 04-10-2022 13-10-2022
37 **Item 10. UPS 1KVA En el PBC, sección VI. Lista de Bienes y Servicios, capítulo 3. Formulario de Especificaciones Técnicas, Item 10 - UPS 1KVA, apartado Especificaciones Adicionales, se solicita: “Puerto Interfaz: mínimamente mediante puerto USB y, debe incluir cable de gestión y Software de Gestión Auto-Shutdown Software.” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar el requisito de software auto-shutdown o en su defecto que sea indicado como opcional, considerando que no es una función normalmente utilizada por los fabricantes para equipos UPS de este tipo y baja capacidad, debido a que no está destinado a alimentar cargas críticas, y además que esta especificación está orientada a la serie de equipos UPS BackPro BR de Schneider-APC favoreciendo indebidamente a determinados oferentes. De esta forma, no se estará restringiendo asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 04-10-2022 13-10-2022
38 **Plazo de Entrega En el PBC, sección VI. Lista de Bienes y Servicios, Formulario 1. Lista de Bienes y Fecha Límite de Entrega, Item 10 - UPS 1KVA, se solicita: “Fecha Límite de Entrega: Desde la firma del contrato: 30 días o el 19 de diciembre de 2.022 (lo que ocurra primero).” Al respecto, solicitamos a la Convocante extender en al menos 120 (ciento veinte) días corridos, el mencionado plazo máximo para la entrega de los bienes adjudicados del Item 10. UPS 1KVA, contados desde la firma del contrato, considerando los períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la importación de estos productos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 04-10-2022 13-10-2022
39 **Prórroga de los Plazos En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita: Fecha límite de consultas: miércoles, 05 de octubre de 2022 - 11:00hs Fecha de entrega de ofertas: miércoles, 19 de octubre de 2022 - 11:00hs Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 25 (veinte y cinco) días calendarios en la fecha de Presentación de Ofertas, y en consecuencia de la fecha de límite de consultas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Así también, atendiendo la gran cantidad de servicios y suministros requeridos del llamado licitado, lo cual conlleva a la necesidad de un análisis técnico interno pormenorizado y en consecuencia se precisa de un plazo mayor al establecido como plazo límite. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 04-10-2022 13-10-2022
40 ITEM 16 - ITEM 16 - En base a la experiencia solicitada en el pliego, se solicita que se acepten documentos (copias de contratos y/o facturas y/o similar) de provisión de cualquier tipo de cámara o dispositivo que incluya cámaras como parte de la experiencia del oferente, considerando la experiencia que esto genera en el oferente respecto a la provisión, mantenimiento y soporte de los dispositivos de este índole. 04-10-2022 13-10-2022
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