Consideraciones generales

Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.

La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.

Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.

Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.

La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:

  1. Los riesgos a asegurar, incluyendo una descripción clara de los bienes, personas y/o locales, que serán asegurados y de las demás medidas de seguridad con que cuentan para mitigar los riesgos;
  2. El monto del capital o de los capitales a ser asegurados;
  3. La vigencia de cobertura solicitada (se determinará desde una fecha y hora de inicio hasta una fecha y hora de finalización).
  4. Tipo de cobertura que requiere (en cuanto corresponda a prorrata, o a primer riesgo absoluto).
  5. Base ocurrencia o base reclamo (en éste último caso se debe definir claramente el periodo de retroactividad de todo el contrato o de cada cobertura si es el caso).
  6. Formas de coparticipación que ofrece: limites globales de cobertura, franquicias, carencias, exclusiones toleradas.

Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.

La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.

Capital de cobertura

CAPITAL DE COBERTURA

1. Objetivo 

El objeto de la contratación de un seguro de vida, es otorgar una indemnización a los funcionarios del Ministerio Público que se encuentren ejerciendo los cargos descriptos en el cuadro de beneficiarios insertado más abajo, o herederos legales en caso de fallecimiento o incapacidad total y permanente de los mismos, brindando protección y seguridad económica a los beneficiarios cuya estabilidad financiera pueda verse amenazada ante cualquier infortunio imprevisto.

 

2. Servicios a Asegurar

 

  1. Lista de Servicios

La póliza de seguro de vida colectivo, tiene por objetivo cubrir en forma automática e inmediata los gastos del asegurado y/o beneficiarios ante el fallecimiento; incapacidad total y permanente; y servicios de velatorio y sepelio, sufridos por el titular.

COBERTURA DE SEGURO POR

ESTO INCLUYE:

Fallecimiento

La compañía garantiza que en caso del fallecimiento del asegurado, cualquiera sea la causa que la produzca, deberá realizar el pago del capital estipulado a los beneficiarios designados por el mismo.

Incapacidad Total y Permanente

La compañía garantiza que en caso de que el asegurado, quedara afectado por una incapacidad total y permanente, deberá realizar el pago del capital estipulado al asegurado y/o  a los beneficiarios designados por el mismo.

Servicio de Velatorio y Sepelio

(servicio conexo)

La compañía garantiza que en caso de fallecimiento del asegurado, deberá realizar el pago del capital estipulado a los beneficiarios designados por el mismo, para el servicio de velatorio y sepelio.

 

3. Especificaciones Técnicas

La empresa adjudicada emitirá la/s Póliza/s de Seguro de Vida por la cantidad estipulada de funcionarios del Ministerio Público, quienes se encuentren desempeñando los cargos citados en el presente pliego, en conformidad al cuadro de beneficiarios.

La/s Póliza/s se emitirá/n en forma innominada por la cantidad estipulada de funcionarios. Para el cobro del beneficio, bastará con la presentación de la Póliza acompañada de la constancia emitida por la Dirección de Gestión del Talento Humano del Ministerio Público, mediante la cual conste que el funcionario se encontraba ejerciendo el cargo al momento del siniestro.

El monto previsto para cada funcionario será de acuerdo al cargo ocupado, los cuales se detallan en el siguiente cuadro de beneficiarios, más el monto de Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones), en caso de fallecimiento, para gastos por servicio de velatorio y sepelio:

 

DESCRIPCION

BENEFICIARIO

CANTIDAD DE BENEFICIARIO

MONTO  ASEGURADO POR BENEFICIARIO

Seguro de vida por fallecimiento e incapacidad total y permanente.

 

Fiscal General del Estado

1

300.000.000

Fiscales Adjuntos

20

250.000.000

Agentes Fiscales

400

200.000.000

Asistentes Fiscales

1.770

150.000.000

Secretarios Fiscales

575

80.000.000

Choferes

280

50.000.000

TOTAL

3046

 

 

 

DESCRIPCION

CANTIDAD    

DE

BENEFICIARIO

MONTO 

ASEGURADO

POR

BENEFICIARIO

Servicio de Velatorio y Sepelio

(servicio conexo)

3046

10.000.000

 

Modalidad operativa

  • Fallecimiento del Titular: ocurrido el siniestro, el/los beneficiario/s declarados por el funcionario fallecido, deberán comunicar el hecho a la Dirección de Gestión del Talento Humano del Ministerio Público, con los documentos respaldatorios, donde la dependencia verificará el siniestro para la solicitud de ejecución de la Póliza respectiva, a la empresa Aseguradora.
  • Incapacidad total y Permanente: en el caso de que el funcionario padezca de incapacidad total y/o permanente, generado por una patología o accidente, declarada por Junta Médica a solicitud del Ministerio Público, la Dirección de Gestión del Talento Humano del Ministerio Público, solicitará a la Aseguradora la ejecución de la Póliza respectiva, mediante la comunicación oficial del informe médico, el cual será valorado y verificado por la Aseguradora.

Condiciones Generales

  1. El capital previsto para cada beneficiario será según Cuadro de Beneficiarios. Los mismos, serán abonados por la aseguradora en forma automática contra presentación de póliza y una constancia expedida por la Dirección de Gestión del Talento Humano del Ministerio Público, mediante la cual conste que el funcionario se encontraba ejerciendo el cargo al momento del siniestro,  y/o el formulario de declaración de beneficiarios previsto por el titular.
  2. El formulario de declaración de herederos o beneficiarios, será confeccionada y resguardada en la Dirección de Gestión del Talento Humano del Ministerio Público.
  3. En caso de que el titular no haya realizado la declaración de beneficiario/s, el capital asegurado será desembolsado tras juicio de declaración de herederos legales.
  4. La presente Póliza tendrá un alcance territorial nacional e internacional.
  5. Todas las coberturas tendrán una efectividad durante las 24 horas a partir del primer día en que se inicia el periodo de vigencia del contrato.
  6. Todos los riesgos cubiertos estarán libres de restricciones territoriales  o residencia, ocupación, viajes o género de vida de los asegurados.
  7. El plazo para el desembolso de la indemnización, no deberá exceder los 30 días calendario a partir de la comunicación oficial del siniestro.

4. Plan de Entregas

En la fecha de formalización del contrato por ambas partes, la empresa adjudicada deberá presentar la póliza o en su defecto, un certificado de cobertura provisoria, indicándose que la cobertura de la póliza será conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, hasta tanto pueda entregarse la póliza respectiva, para lo cual el plazo no deberá sobrepasar los 10 (diez) días posteriores a la firma del Contrato por ambas partes,

Las Pólizas deberán ser entregadas en la Unidad Operativa de Contratación Dpto. de Contratos y Garantías.

 

5. Promedio de edades al momento de la publicación del llamado.

BENEFICIARIO

PROMEDIO EDAD

Edad mínima hasta 30 años

31 40 años

41 50 años

51 60 años

Edad de 61 años a más

TOTAL

FISCAL GENERAL

 

1

1

FISCALES ADJUNTOS

 

 

7

11

2

20

AGENTES FISCALES

 

70

211

93

26

400

ASISTENTES FISCALES

60

840

670

160

40

1.770

SECRETARIOS FISCALES

70

330

143

25

7

575

CHOFERES

15

70

102

63

30

280

TOTAL

 

 

 

 

 

3046

 

Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

No. de Artículo

 

Normas

Art. 1591/1597

El Asegurador deberá abonar en caso de siniestro, las indemnizaciones respectivas, dentro de los plazos establecidos en el Código Civil Paraguayo en el Capítulo que regula los Seguros en General Art. 1591/1597.

Art. 1557

Art.1557.- Las pólizas pueden ser nominativas, a la orden o al portador. En los seguros de personas, la póliza debe ser nominativa. La transferencia de las pólizas a la orden o al portador importa transmitir los derechos contra el asegurador; sin embargo, puede oponerse al tenedor las mismas defensas que podrían hacerse valer contra el asegurado referentes al contrato de seguro, salvo la falta de pago de la prima, si su deuda no resulta de la póliza.

El asegurador se libera si cumple la buena fe y sin culpa sus prestaciones respecto de endosatario o del portador de la póliza.

 


[1] Si corresponde.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

Abog. Jorge Di Trani, Director, Dirección de Gestión de Talento Humano

Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: El Ministerio Público expresa la necesidad de contar con un seguro de vida contra riesgos tangibles a la seguridad de los funcionarios, a fin de cubrir necesidades en caso de  accidentes que provoquen incapacidad total o muerte, con los gastos que ello conlleve.

Justificación de la Planificación: Este llamado es realizado cada dos años, de acuerdo a las necesidades estimadas y al monto presupuestario para dicho rubro.

Justificación de las Especificaciones Técnicas: Las especificaciones técnicas se ajustan y fueron las establecidas conforme a los requerimientos de la dirección solicitante del llamado.

Inspecciones y Pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

 

No aplica

Planos o diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

NO APLICA

Lista de Planos o Diseños

Plano o Diseño No.

Nombre del Plano o Diseño

Propósito

 

 

 

 

 

 

Capacitación

La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.

Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).

Indicadores de cumplimiento de contrato

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

FACTURA / POLIZA

FACTURA / POLIZA

Diciembre 2022

FACTURA / POLIZA

FACTURA / POLIZA

Abril  2023

FACTURA / POLIZA

FACTURA / POLIZA

Abril 2024

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación a presentar acompañando la póliza emitida

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Presentar el original y/o fotocopia autenticada del contrato de reaseguro cubriendo el porcentaje mencionado en el párrafo anterior, los riesgos y pólizas adjudicadas.
  • En caso de corredores de seguro (Bróker) presentar el original y/o fotocopia autenticada del Contrato de Reaseguro cubriendo el porcentaje mencionado en el párrafo anterior, los riesgos y pólizas adjudicadas.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la emisión de la póliza.

       2. Documentos. Empresas coaseguradoras.

  • Cada empresa integrante del coaseguro deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en el apartado precedente.
  • Contrato de coaseguro cumpliendo las disposiciones establecidas en la reglamentación emitida por la Superintendencia de Seguros relativa a las operaciones en coaseguros. El contrato debe estar formalizado por instrumento privado con certificación de firmas por escribano público.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Presentar el original o fotocopia autenticada del contrato de reaseguro cubriendo el porcentaje mencionado en el párrafo anterior, los riesgos y pólizas adjudicadas.
  • En caso de corredores de Seguro (Bróker) presentar el original o fotocopia del contrato de reaseguro cubriendo el porcentaje mencionado en el párrafo anterior, los riesgos y pólizas adjudicadas.