En la sección Especificaciones Técnicas, , Item N° 2 - "Técnicos y certificaciones", solicitan: "2(dos) técnicos certificados en la marca ofertada...con una antigüedad de 2 años mínimo". Solicitamos respetuosamente a la Convocante requerir una antigüedad mínima de 1 año para cada técnico dando mayor oportunidad a más oferentes y teniendo en cuenta que no es determinante técnicamente para la rápida y correcta atención que la Institución se merece. La solicitud la basamos en la Ley 2051/03 y en el Principio de Igualdad y Libre competencia
En la sección Especificaciones Técnicas, , Item N° 2 - "Técnicos y certificaciones", solicitan: "2(dos) técnicos certificados en la marca ofertada...con una antigüedad de 2 años mínimo". Solicitamos respetuosamente a la Convocante requerir una antigüedad mínima de 1 año para cada técnico dando mayor oportunidad a más oferentes y teniendo en cuenta que no es determinante técnicamente para la rápida y correcta atención que la Institución se merece. La solicitud la basamos en la Ley 2051/03 y en el Principio de Igualdad y Libre competencia
Solicitamos amablemente a la Convocante, que el Sistema de Adjudicación sea POR ITEM, atendiendo que con el Sistema de Adjudicación POR TOTAL, se limita notablemente la cantidad de posibles oferentes y siendo además, un requisito discriminativo, puesto que viola el derecho a la libre competencia, como establece la Ley 2051 en su Artículo 4º Principios Generales, inciso b) donde textualmente dice "IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA" permitirán a todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica y legal necesaria, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de Contrataciones Públicas"
Solicitamos amablemente a la Convocante, que el Sistema de Adjudicación sea POR ITEM, atendiendo que con el Sistema de Adjudicación POR TOTAL, se limita notablemente la cantidad de posibles oferentes y siendo además, un requisito discriminativo, puesto que viola el derecho a la libre competencia, como establece la Ley 2051 en su Artículo 4º Principios Generales, inciso b) donde textualmente dice "IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA" permitirán a todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica y legal necesaria, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de Contrataciones Públicas"
Experiencia para el Item 2 - SISTEMA DE ALMACENAMIENTO
Dentro de los requisitos para el Item 2 - Sistema de Almacenamiento, donde se solicita: La empresa oferente deberá acreditar al menos 5 instalaciones de equipos iguales o similares a la ofertada (atendiendo siempre que sea de la misma marca, aunque pueda variar los modelos) dentro del territorio nacional, avalados por la correspondiente factura emitida en su oportunidad y una carta de conformidad del cliente relacionado a la recepción del equipo instalado. Además, se debe presentar adjunto a cada factura, información del número telefónico de contacto y la convocante se reserva el derecho de realizar una visita al Cliente referenciado; Solicitamos a la Convocante reducir éste requisito a 2 (dos) instalaciones previas del equipo similar al ofertado, ya que consideramos que con éste cambio, aumentará notablemente la cantidad de posibles oferentes, lo que se traduce en una reducción de costos para la Convocante.
10-11-2022
21-11-2022
Experiencia para el Item 2 - SISTEMA DE ALMACENAMIENTO
Dentro de los requisitos para el Item 2 - Sistema de Almacenamiento, donde se solicita: La empresa oferente deberá acreditar al menos 5 instalaciones de equipos iguales o similares a la ofertada (atendiendo siempre que sea de la misma marca, aunque pueda variar los modelos) dentro del territorio nacional, avalados por la correspondiente factura emitida en su oportunidad y una carta de conformidad del cliente relacionado a la recepción del equipo instalado. Además, se debe presentar adjunto a cada factura, información del número telefónico de contacto y la convocante se reserva el derecho de realizar una visita al Cliente referenciado; Solicitamos a la Convocante reducir éste requisito a 2 (dos) instalaciones previas del equipo similar al ofertado, ya que consideramos que con éste cambio, aumentará notablemente la cantidad de posibles oferentes, lo que se traduce en una reducción de costos para la Convocante.
Solicitamos amablemente a la Convocante, que el Sistema de Adjudicación sea POR ITEM, atendiendo que con el Sistema de Adjudicación POR TOTAL, se limita notablemente la cantidad de posibles oferentes y siendo además, un requisito discriminativo, puesto que viola el derecho a la libre competencia, como establece la Ley 2051 en su Artículo 4º Principios Generales, inciso b) donde textualmente dice "IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA" permitirán a todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica y legal necesaria, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de Contrataciones Públicas"
Solicitamos amablemente a la Convocante, que el Sistema de Adjudicación sea POR ITEM, atendiendo que con el Sistema de Adjudicación POR TOTAL, se limita notablemente la cantidad de posibles oferentes y siendo además, un requisito discriminativo, puesto que viola el derecho a la libre competencia, como establece la Ley 2051 en su Artículo 4º Principios Generales, inciso b) donde textualmente dice "IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA" permitirán a todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica y legal necesaria, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de Contrataciones Públicas"
Dentro de los requisitos para el Item 2 - Sistema de Almacenamiento, donde se solicita: La empresa oferente deberá acreditar al menos 5 instalaciones de equipos iguales o similares a la ofertada (atendiendo siempre que sea de la misma marca, aunque pueda variar los modelos) dentro del territorio nacional, avalados por la correspondiente factura emitida en su oportunidad y una carta de conformidad del cliente relacionado a la recepción del equipo instalado. Además, se debe presentar adjunto a cada factura, información del número telefónico de contacto y la convocante se reserva el derecho de realizar una visita al Cliente referenciado; Solicitamos a la Convocante reducir éste requisito a 2 (dos) instalaciones previas del equipo similar al ofertado, ya que consideramos que con éste cambio, aumentará notablemente la cantidad de posibles oferentes, lo que se traduce en una reducción de costos para la Convocante.
Dentro de los requisitos para el Item 2 - Sistema de Almacenamiento, donde se solicita: La empresa oferente deberá acreditar al menos 5 instalaciones de equipos iguales o similares a la ofertada (atendiendo siempre que sea de la misma marca, aunque pueda variar los modelos) dentro del territorio nacional, avalados por la correspondiente factura emitida en su oportunidad y una carta de conformidad del cliente relacionado a la recepción del equipo instalado. Además, se debe presentar adjunto a cada factura, información del número telefónico de contacto y la convocante se reserva el derecho de realizar una visita al Cliente referenciado; Solicitamos a la Convocante reducir éste requisito a 2 (dos) instalaciones previas del equipo similar al ofertado, ya que consideramos que con éste cambio, aumentará notablemente la cantidad de posibles oferentes, lo que se traduce en una reducción de costos para la Convocante.
Solicitamos a la convocante tenga a bien aclarar el plazo de entrega del Item 1, ya que en las EETT se indica "El equipo deberá ser entregado 60 (doscientos veinte) días hábiles", favor realizar la correccion a 220 (doscientos veinte) días hábiles a fin de adecuar acorde a los plazos normales de importacion para equipos de este tipo. De esta manera no se limitaria la participacion de oferentes.
Solicitamos a la convocante tenga a bien aclarar el plazo de entrega del Item 1, ya que en las EETT se indica "El equipo deberá ser entregado 60 (doscientos veinte) días hábiles", favor realizar la correccion a 220 (doscientos veinte) días hábiles a fin de adecuar acorde a los plazos normales de importacion para equipos de este tipo. De esta manera no se limitaria la participacion de oferentes.
En el Ítem 2- SISTEMA DE ALMACENAMIENTO.
Garantía (Escrita).
Donde dice Carta emitida por el Fabricante, donde se garantice el periodo de garantía de los equipos por el término de 5 años.
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si la garantía es por 3 años o 5 años.
En el Ítem 2- SISTEMA DE ALMACENAMIENTO.
Garantía (Escrita).
Donde dice Carta emitida por el Fabricante, donde se garantice el periodo de garantía de los equipos por el término de 5 años.
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si la garantía es por 3 años o 5 años.
En el PBC, en la sección Datos de la Licitación, apartado Idioma de la Oferta, se solicita:
“La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: No Aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, en la sección Datos de la Licitación, apartado Idioma de la Oferta, se solicita:
“La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: No Aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, en la sección Datos de la Licitación, apartado Visita al Sitio de Ejecución del Contrato, se establece:
“La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones: No Aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea habilitada la Visita técnica al sitio de los trabajos requeridos, con el acompañamiento de los funcionarios técnicos de la Institución con acabado conocimiento del proyecto, de forma a brindar mayor información y dar a conocer con mayor detalle las condiciones de las instalaciones e infraestructura existentes, a fin de que los oferentes puedan dimensionar correctamente los bienes y servicios a considerar para la propuesta.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 53 del decreto nro 2992/19: “…En el pliego de bases y condiciones, las Convocantes podrán establecer la realización de una visita al sitio con indicaciones de fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspecciones el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para la preparación de la oferta…” Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, en la sección Datos de la Licitación, apartado Visita al Sitio de Ejecución del Contrato, se establece:
“La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones: No Aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea habilitada la Visita técnica al sitio de los trabajos requeridos, con el acompañamiento de los funcionarios técnicos de la Institución con acabado conocimiento del proyecto, de forma a brindar mayor información y dar a conocer con mayor detalle las condiciones de las instalaciones e infraestructura existentes, a fin de que los oferentes puedan dimensionar correctamente los bienes y servicios a considerar para la propuesta.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 53 del decreto nro 2992/19: “…En el pliego de bases y condiciones, las Convocantes podrán establecer la realización de una visita al sitio con indicaciones de fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspecciones el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para la preparación de la oferta…” Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
No se tiene lugar definido en donde instalarse, la convocante garantizara la infraestructura necesaria para la correcta instalación del Microdatacenter.
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*-Item 1. Microdatacenter
En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Especificaciones Técnicas, Item 1. Microdatacenter, apartado UPS, se solicita:
“Autonomía: 8 minutos a media carga, como mínimo.”
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la autonomía de 6 minutos a media carga, teniendo en cuenta que es un valor típico de autonomía de los equipos UPS de este tipo y potencia, y que así también la diferencia es mínima respecto a lo solicitado, y además de forma a permitir la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Especificaciones Técnicas, Item 1. Microdatacenter, apartado UPS, se solicita:
“Autonomía: 8 minutos a media carga, como mínimo.”
Al respecto solicitamos a la Convocante que también pueda ser aceptada la autonomía de 6 minutos a media carga, teniendo en cuenta que es un valor típico de autonomía de los equipos UPS de este tipo y potencia, y que así también la diferencia es mínima respecto a lo solicitado, y además de forma a permitir la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”