Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) 1.1 Formulario - Presentación de Propuesta Técnica (SOBRE 1). 1.2 Formulario de Oferta y lista de precios, generados generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente (SOBRE 2). |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios". (SOBRE 2) |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) (SOBRE 1) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) (SOBRE 1) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) (SOBRE 1) |
6.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) (SOBRE 1) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) (SOBRE 1) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
No Aplica.
No Aplica.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
El puntaje total será el resultado de la multiplicación del puntaje máximo por los factores de evaluación.
Observaciones: La firma contratada deberá contar con equipamiento propio para realizar el trabajo (PC, notebook, impresora, hojas, calculadora, pen drive, scanner, fotocopiadoras, etc.).
1. Fotocopia de la constancia del Registro Único del Contribuyente (RUC) emitida por la Sub Secretaría de Estado de Tributación. |
2. Fotocopia de Contratos, Facturaciones de ventas y/o recepciones finales un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total de la oferta, de los últimos 5 años (2017, 2018, 2019, 2020 y 2021). |
3. La experiencia será evaluada en base a las variables establecidas en los cuadros de criterios de evaluación. |
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Conforme a la matriz de evaluación.
Conforme a la matriz de evaluación. |
Evaluación de la propuesta:
Para evaluación de la propuesta se adoptará un procedimiento en dos etapas:
Las propuestas serán clasificadas en base al puntaje combinado técnico/ económico que obtengan en la evaluación.
El comité de evaluación designado por la Contratante, analizará primero las propuestas técnicas y procederá a su examen y evaluación, aplicando los criterios y el sistema de puntos especificado más adelante. Como resultado de esta evaluación, a cada una de las propuestas le será asignado un puntaje técnico (Pt) para proceder luego a la evaluación económica.
El sistema de puntos que se asignarán a la evaluación de las Propuestas Técnicas son los que se exponen a continuación:
CRITERIOS DE EVALUACION |
PUNTAJE MAXIMO |
i) Experiencia de la Firma |
30 |
ii) Calificaciones del personal clave y equipo técnico para realizar el trabajo Para la declaración del Personal Clave y Equipo Técnico; utilizar el Formulario Composición del Equipo y Asignación de Responsabilidades y el Formulario Curriculum del Profesional Propuesto junto con los documentos que respalden la formación académica y la experiencia laboral declarada. |
40 |
iii) Enfoque, Metodología, Cronograma y plan de trabajo. Formulario Enfoque, Metodología y Plan de Trabajo) (Formulario Cronograma de Trabajo) |
30 |
PUNTAJE TOTAL |
100 |
EVALUACIÓN TÉCNICA TOTAL: El puntaje mínimo aceptable para la propuesta técnica es de 80 (ochenta) puntos sobre un total de 100.
REQUISITOS |
PUNTAJE TOTAL |
Experiencia en auditorías de estados contables y financieros a entidades del sector público o privado (3 puntos por cada trabajo) |
Hasta un máximo de 12 puntos |
Experiencia en Asesoramiento Contable, Impositivo u Organizacional (cualquiera de ellos) a entidades del sector público o privado (2 puntos por cada trabajo) |
Hasta un máximo de 8 puntos |
Experiencia en auditorías de gestión a entidades del sector público o privado (2 puntos por cada trabajo). |
Hasta un máximo de 8 Puntos |
Corresponsalía de una firma Internacional |
Hasta un máximo de 2 puntos |
CARGO Y/O ESPECIALIDAD |
PUNTAJE |
a. Sénior a cargo (Jefe de Equipo) |
Hasta un máximo 16 puntos |
b. Especialista Financiero |
Hasta un máximo 8 puntos |
c. Especialista Contable |
Hasta un máximo 8 puntos |
d. Especialista en Gestión |
Hasta un máximo 8 puntos |
PUNTAJE TOTAL |
40 |
El requisito mínimo no puntuable es el título universitario.
REQUISITOS ( Máximo 16 puntos) |
PUNTAJE TOTAL |
Formación académica (8)
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Máximo 2 puntos |
Máximo 4 puntos |
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3. Se asignará 1 punto por curso en auditoria y/o contabilidad con más de 40 horas de carga horaria asistidas. La carga horaria deberá indicarse en el certificado de participación. |
Máximo 2 puntos |
Experiencia General (4)
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Hasta un máximo 4 puntos |
Experiencia Especifica: (4)
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Hasta un máximo 4 puntos |
El requisito mínimo no puntuable es el título universitario.
REQUISITOS (máximo 8 puntos) |
PUNTAJE TOTAL |
Formación académica (4)
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Máximo 2 puntos |
En caso de poseer más de una especialización, que no fuere computada, y que esta sea más de 100 horas cátedras, se considerara los puntos asignados al párrafo anterior. |
Máximo 2 puntos |
Experiencia General (2)
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Hasta un máximo 2 puntos |
Experiencia Especifica: (2)
|
Hasta un máximo 2 puntos |
El requisito mínimo no puntuable es el título universitario.
REQUISITOS (máximo 8 puntos) |
PUNTAJE TOTAL |
Formación académica (4)
|
Máximo 2 puntos |
En caso de poseer más de una especialización, que no fuere computada, y que esta sea más de 100 horas cátedras, se considerara los puntos asignados al párrafo anterior. |
Máximo 2 puntos |
Experiencia General (2)
|
Hasta un máximo 2 puntos |
Experiencia Especifica: (2)
|
Hasta un máximo 2 puntos |
El requisito mínimo no puntuable es el título universitario.
REQUISITOS (máximo 8 puntos) |
PUNTAJE TOTAL |
Formación académica (4)
|
Máximo 2 puntos |
En caso de poseer más de una especialización, que no fuere computada, y que esta sea más de 100 horas cátedras, se considerara los puntos asignados al párrafo anterior. |
Máximo 2 puntos |
Experiencia General (2)
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Hasta un máximo 2 puntos |
Experiencia Especifica: (2)
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Hasta un máximo 2 puntos |
REQUISITOS (máximo 30 puntos) |
PUNTAJE TOTAL |
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10 puntos |
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10 puntos |
|
10 puntos |
TOTAL |
30 puntos |
EVALUACIÓN TÉCNICA TOTAL: El puntaje mínimo aceptable para la propuesta técnica es de 80 (ochenta) puntos sobre un total de 100. Las ofertas que obtengan el puntaje mínimo exigido, no calificarán para la siguiente etapa del proceso Evaluación Económica por lo que su oferta de precios será devuelta sin abrir.
ii. Evaluación de la Propuesta Económica (PE)
El sistema de puntos que se asignarán a la evaluación de las Propuestas Económicas se expone a continuación:
EVALUACIÓN ECONÓMICA TOTAL |
100 puntos => 30% |
La propuesta económica más baja recibirá un puntaje económico de 100 puntos. Los puntajes económicos de las demás propuestas serán calculados como sigue: PE= 100 x Pm / Pi, donde PE es el puntaje de precio a calcular, Pm es el precio más bajo y Pi el precio de la propuesta en consideración. |
Menor propuesta económica = 100 puntos |
Evaluación de la Propuesta Económica y Técnica.
Las ponderaciones asignadas a la propuesta técnica y económica son:
Finalmente, las propuestas serán clasificadas con base en la combinación de sus puntajes técnico y económico, usando los coeficientes de incidencia "t" y "e" indicados, según la siguiente fórmula:
Puntaje total = t × PT + e × PE
Observación:
Si hay errores aritméticos, deberán corregirse a los fines de comparar las ofertas.
Observación:
Para ser objeto de adjudicación, el puntaje total obtenido no podrá ser inferior a 80 (ochenta) puntos. En caso de empate, la definición se hará de acuerdo al siguiente orden:
Más cursos de especialización que tengan relación al llamado en cuestión
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en la carta de invitación del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.