El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
1 |
Impresión de obleas de Revisión Técnica Vehicular (calcomanía) |
Unidad |
Unidad |
100.000 |
2 |
Impresión de Certificado Único de Inspección Técnica Vehicular |
Unidad |
Unidad |
100.000 |
3 |
Dispositivo Electrónico |
Unidad |
Unidad |
50.000 |
ITEM N° 1 IMPRESIÓN DE OBLEAS DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR (CALCOMANÍA):
1. SE CONFECCIONARÁN en material sintético destructible auto adhesivo bopp en su cara principal (anverso), sobre el auto adhesivo tendrá un papel o plástico de respaldo, de fácil desprendimiento.
2. TENDRÁ FORMA rectangular de 100mm de base y 70mm de altura sin tomar en cuenta las dimensiones del papel de respaldo.
3. EL AUTO ADHESIVO a utilizar deberá tener alta calidad de pegamento, alta resistencia a la radiación solar y a la condensación de humedad, así como ser resistente a solventes orgánicos, alcoholes y otros elementos químicos.
4. EL MATERIAL DE LAS OBLEAS deberá ser tal que una vez aplicado se rompa ante intento despegue del parabrisas, para ello el material deberá ser destructible y tener troquel especial de seguridad con semi cortes transversales en ambos sentidos.
5. LAS OBLEAS se numerarán en forma correlativa con tipografía a ser aprobada por la dinatran, debiendo la planta de inspección técnica correlacionar la trazabilidad en su base de datos el número de oblea con el número del certificado de revisión inspección técnica.
6. LAS OBLEAS serán impresas a cuatro tintas cmyk, mas (dos) 2 colores pantonne, contendrán como elemento de seguridad un holograma destructible con efecto ópticamente variable según el angulo de observación, con originalización exclusiva con el logo de la Dinatran, medidas 22x22mm., con micro letras y nanotextos, compuesto con adhesivo de alta resistencia que dificulta su re utilización dejando evidencia concretas a simple vista de intento de remoción. Numeración secuencial alfanumérica por sistema de grabado laser.
7. CONTENDRÁN EN EL ANVERSO el logo del mercosur, la bandera del país, la identificación de la autoridad competente correspondiente, serie y numeración correlativa de seguridad con capacidad de control y trazabilidad, impreso en forma espejada con formato decimal y en formato código de barras con tipografía codebar 128 medium y la validez. sobre el fondo, aparecerá la leyenda mercosur en forma ondulada.
8. EL DISEÑO, numeración, color por cada año estarán sujetos a la aprobación final de la contratante antes de su impresión o producción. los 02 colores pantone a utilizar como diferenciador de cada año de vigencia quedaran determinados de acuerdo a las normas y a la aprobación final de la contratante.
ITEM 2 IMPRESIÓN DE CERTIFICADO ÚNICO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR:
1. JUEGO DE CUATRO HOJAS; original, duplicado, triplicado y cuadruplicado, medidas 21cm. (ancho) x 20 cm (alto) o 8 pulgadas (alto) x 21cm. (ancho) como mínimo impresión en fandfold para todas las vías
2. TIPO PAPEL; papel de seguridad de 106gr/m2, como mínimo opaco con filigrana bitonal claro oscuro en la masa del papel con diseño del mapa del paraguay, con fibrillas visibles e invisibles reactivas a la luz uv, con características de inviolabilidad sensibilizado químicamente en su masa, de reacción rápida y de fuertes tonalidades ante la aplicación de diferentes agentes de adulteración. para las 04 vias original, duplicado, triplicado y cuadruplicado
3. IMPRESIÓN por sistema fanfold en cada vía;
4. FRENTE: texto en tinta negra con tipo de letra arial, más fondo con un color diferente para cada vía (original=celeste, duplicado=amarillo y triplicado=rosado cuadruplicado= verde), mas tinta de seguridad reactiva al metal y tinta invisible uv con fluorescencia azul con el logo del mercosur en la 1ra.via original y tinta uv con fluorescencia amarilla para las 03 vías (duplicado, triplicado y cuadruplicado).
5. DORSO: a cuatro colores tinta (cmyk), en cada vía (original, duplicado, triplicado y cuadruplicado), mas impresión sectorizada con tinta reactiva a la luz uv reactivo a solvente químico virante a tonalidad rojiza de efecto no reversible más tinta seguridad termocromatica azul de efecto reversible y ópticamente variable.
6. LA VÍA ORIGINAL debe tener en el ángulo lateral superior izquierdo un holograma personalizado con diseño con originalización para la institucion con las estrellas del logo del mercosur, con una medida de 13 x 13 mm.como mínimo.
7. TRIPLE NUMERACIÓN correlativa de seguridad con capacidad de control y trazabilidad en cada vía; en el encabezado en formato decimal y al pie de página con código de barra bidimencional variable y en letras, impreso con tinta ferromagnetica virante a la luz uv.
8. DISEÑO DE SEGURIDAD que dificulta su reproducción convencional; fondo sin retículas y puntos con modulación de líneas, microtextos en los recuadros con el texto mercosur en cada vía; diseño y colores sujeto a aprobación final de la contratante.
ITEM 3 DISPOSITIVO ELECTRONICO
DISPOSITIVO ELECTRÓNICO Rango de frecuencia de 860 a 960 MHz, distancia de lectura 6 metros como mínimo (colocado en el parabrisas del vehículo) a velocidades de hasta 110km/ compatible con el sistema de lectura actual existente en la institución, memoria 128 bits -rango de temperaturas de operación de -35c a 85c -con sustrato de pegado acrílico. -medidas no mayor a 30 mm x 110 mm. cómo mínimo con holograma, medida 20 mm de diámetro, con logo de la institución con elementos 2d/3d, con variación de colores según el ángulo de observación.
En este apartado, la convocante deberá:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Item |
Descripción del bien |
Cant |
Unidad de Medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Impresión de Obleas de Revisión Técnica Vehicular (Calcomanías) |
100.000 |
Unidad |
Dpto. de Distribución de Útiles y Bienes |
20 (veinte) días hábiles a partir de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado. (Lunes a viernes de 07:00 hs a 15:00 hs). |
2 |
Impresión de Certificado Único de Inspección Técnica Vehicular |
100.000 |
Unidad |
||
3 |
Dispositivo Electrónico |
50.000 |
Unidad |
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación: Una vez recepcionada los bienes los responsables del Dpto. de Distribución de Útiles y Bienes, junto con el personal técnico de la Institución procederán a realizar las pruebas correspondientes en cuanto a parámetros de calidad y resistencia conforme a lo solicitado en las especificaciones técnicas, pudiendo realizar el reclamo oportuno al proveedor. La reiteración de los reclamos, será considerada como incumplimiento de lo establecido en el Condiciones Generales del Contrato y las Condiciones Especiales del Contrato
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta de recepción |
Acta de recepción |
20 (veinte) días hábiles a partir de la recepción de la orden de compra. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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