Consulta:
Con relación al requisito de experiencia. Se indica que: Los oferentes deberán acreditar que su actividad principal sea comercial, industrial o de servicios se encuentra vinculada a la elaboración o distribución de alimentos, a ser cotejado con la Constancia de RUC expedida por la SET.
Se solicita a la Convocante modificar el requerimiento a “acreditar que la actividad principal o secundaria sea comercial, industrial o de servicios se encuentra vinculada a la elaboración o distribución de alimentos”. A fin de obtener mayor concurrencia de potenciales oferentes.