Hemos revisado el PBC de la licitación 423495, principalmente en el apartado sobre las especificaciones técnicas del producto. Observamos, que no se detalla el tipo de arena requerida para Degremont modelo Aquazur Tipo V . En particular, nos gustaría solicitar amablemente que se aclare y se indique en las EETT el tipo de arena necesaria, puesto que, según tenemos entendido, no es cualquier tipo de arena la que se utiliza para los filtros de agua del modelo nombrado.
Hemos revisado el PBC de la licitación 423495, principalmente en el apartado sobre las especificaciones técnicas del producto. Observamos, que no se detalla el tipo de arena requerida para Degremont modelo Aquazur Tipo V . En particular, nos gustaría solicitar amablemente que se aclare y se indique en las EETT el tipo de arena necesaria, puesto que, según tenemos entendido, no es cualquier tipo de arena la que se utiliza para los filtros de agua del modelo nombrado.
Buenas, respecto a su consulta. Favor remitirse a la Adenda 02 del presente proceso.
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CONSULTA: TAMAÑO EFECTIVO
Buenas tardes. Hemos leído atentamente las nuevas modificaciones realizadas, en la versión 3 del PBC. Específicamente en el apartado, EETT - *Criterios de evaluación a ser considerados, inspecciones y pruebas* en la sección *TAMAÑO EFECTIVO = 0.95 milímetros.*
Según el escrito DEGREMONT - CAHIER DES CHARGES - MATERIAU FILTRANT Sable 0.95 (Dato de modificación diciembre 2006 - Indice E) en la parte 2) DEFINICIÓN DEL PRODUCTO , señala como tamaño efectivo 0.9 < T.E.> 1.0 mm.
Atendiendo que; como dice el manual, debería existir un margen de tamaño a considerar, puesto que es casi imposible encontrar un TE 0.95 en la curva granulométrica (D10) en todos los ensayos. Como esta descrito en el manual nombrado, el margen de aceptación es de +/- 5% sobre el tamaño ideal de TE 0.95.
Por lo tanto, la consulta es la siguiente:
Se podría considerar el margen +/- 5% para el tamaño 0.95, quedando el TE comprendido entre 0.9 < T.E.> 1.0 mm ?? Tal como lo especifica en el manual citado
Buenas tardes. Hemos leído atentamente las nuevas modificaciones realizadas, en la versión 3 del PBC. Específicamente en el apartado, EETT - *Criterios de evaluación a ser considerados, inspecciones y pruebas* en la sección *TAMAÑO EFECTIVO = 0.95 milímetros.*
Según el escrito DEGREMONT - CAHIER DES CHARGES - MATERIAU FILTRANT Sable 0.95 (Dato de modificación diciembre 2006 - Indice E) en la parte 2) DEFINICIÓN DEL PRODUCTO , señala como tamaño efectivo 0.9 < T.E.> 1.0 mm.
Atendiendo que; como dice el manual, debería existir un margen de tamaño a considerar, puesto que es casi imposible encontrar un TE 0.95 en la curva granulométrica (D10) en todos los ensayos. Como esta descrito en el manual nombrado, el margen de aceptación es de +/- 5% sobre el tamaño ideal de TE 0.95.
Por lo tanto, la consulta es la siguiente:
Se podría considerar el margen +/- 5% para el tamaño 0.95, quedando el TE comprendido entre 0.9 < T.E.> 1.0 mm ?? Tal como lo especifica en el manual citado
Respecto a su consulta y a la naturaleza del objeto de la licitación, la arena es un material relativamente heterogéneo y, por tanto, es preciso, definir su granulometría, recurrir a conceptos como talle efectiva y coeficiente de uniformidad. Para lo cual se solicita adecuarse a lo establecido en el PBC.
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RANGO DE TAMAÑOS DE PARTICULAS
En las especificaciones (EETT), se menciona "Tamaño efectivo = 0.95 mm". Sin embargo, el tamaño efectivo es un rango que influye en las propiedades del material y es más preciso representarlo así. Un valor único como 0.95 mm puede no capturar la variabilidad del análisis granulométrico. En la versión original del PBC, se estableció el rango 0.95 < TE > 1.35 mm, mientras que en la nueva versión se limita a TE 0.95. ¿Se ha considerado mantener un rango de tamaño de partículas, como en la versión anterior, para mayor precisión?
En las especificaciones (EETT), se menciona "Tamaño efectivo = 0.95 mm". Sin embargo, el tamaño efectivo es un rango que influye en las propiedades del material y es más preciso representarlo así. Un valor único como 0.95 mm puede no capturar la variabilidad del análisis granulométrico. En la versión original del PBC, se estableció el rango 0.95 < TE > 1.35 mm, mientras que en la nueva versión se limita a TE 0.95. ¿Se ha considerado mantener un rango de tamaño de partículas, como en la versión anterior, para mayor precisión?
Respecto a su consulta y a la naturaleza del objeto de la licitación, la arena es un material relativamente heterogéneo y, por tanto, es preciso, definir su granulometría, recurrir a conceptos como talle efectiva y coeficiente de uniformidad. Para lo cual se solicita adecuarse a lo establecido en el PBC.