Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:

Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.

Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y

Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

    1. Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de Preferencia Local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para la evaluación de las condiciones de participación

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

1.Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios  (**)
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
7. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

8. Documentos legales

8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  • Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el Poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la Sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales.Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. 
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al Consorcio, cuando se haya formalizado el Consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

a)         Contribuyente de IRACIS/ IRE RG por los años que corresponda deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente.  Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2019, 2020 y 2021).

Endeudamiento: pasivo total / activo total.  No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2019, 2020 y 2021).

Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio en los 3 últimos años (2019, 2020 y 2021), no deberá ser negativo.

 

b)         Contribuyentes de IRPC / IRE SIMPLE por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro:

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2019, 2020 y 2021).

 

c)         Contribuyentes de IRP/ IRP RSP por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro:

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020, 2021 y 2022).

 

d)         Contribuyentes exclusivamente de IVA General deberá cumplir el siguiente parámetro:

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020, 2021 y 2022).

 

En caso de Consorcios, todos los integrantes del Consorcio deben cumplir con el 100% de los requerimientos de Capacidad Financiera.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2019, 2020 y 2021 para
contribuyente de IRACIS / IRE RG.

b. Formulario 106 (2019) IRPC, Formulario 501 (2020 y 2021) IRE Simple.

c. Formulario 104 (2020) IRP, Formulario 515 (2021 y 2022) IRP RSP.

d. Para contribuyentes de IVA general: IVA General de los últimos 3 años (2020, 2021 y 2022)

e. Resumen de Información Financiera conforme al Formulario de Información Financiera del
presente Pliego.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Se estudiará la antigüedad en el ramo que acredita su experiencia demostrando una antigüedad mínima de 10 (diez) años en el ramo, (fecha del Certificado de Registro y Autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social) prestando servicios similares a los ofertados (Servicio de Medicina Prepaga).

 

Deberá presentar copias de contratos de prestación de servicios similares a los ofertados ejecutados en el periodo comprendido entre el 2012 al 2022 (servicio de medicina prepaga), de los cuales por lo menos 5 deben ser de clientes corporativos, empresas públicas y/o privadas con igual o superior cantidad de beneficiarios titulares al presente llamado por cada contrato (790 titulares aprox.).

Los contratos deben tener un alcance de la cobertura médica similar (medicina pre-paga) y se debe adjuntar a los mismos las respectivas constancias de servicios satisfactorios expedidas por la dependencia responsable de la ejecución de cada contrato.

 

En caso de Consorcios, el Socio Líder deberá cumplir con el 70% del requisito mínimo establecido). Los Socios restantes combinados deben cumplir con el 30% del requisito mínimo establecido para la Experiencia Requerida.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  1. Copia del Certificado de Registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. (Art. 245, Ley 836/80 Código Sanitario). En caso de Consorcios, todos los integrantes del Consorcio deben cumplir con este requerimiento.
  1. Copia de contratos ejecutados en el periodo comprendido entre el 2012 al 2022, de los cuales por lo menos 5 deben ser de Clientes Corporativos públicos y/o privados con igual o superior cantidad de beneficiarios titulares al presente llamado por cada contrato (790 titulares aprox.).

    Cada contrato debe tener un alcance de la cobertura médica similar (medicina prepaga). En caso de consorcios, el socio líder deberá cumplir con el 70% de los requisitos mínimos y el porcentaje restante, los demás integrantes.
  1. Copias de constancias de servicios satisfactorios expedidas por la dependencia responsable de la ejecución de cada contrato presentado.
       4. Listado de un mínimo de 5 (cinco) clientes corporativos, instituciones públicas y/o privadas, indicando nombre de la empresa, actividad, persona encargada y teléfonos para ser contactados de ser necesario, conforme al Formulario de Referencias Comerciales Clientes Corporativos de la Sección FORMULARIOS del presente Pliego.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

El oferente debe de poseer la capacidad técnica en cuanto a infraestructura, personal, convenios, etc., para cumplir con las Especificaciones Técnicas indicadas en el presente Pliego.

 

Se tendrán en cuanta los siguientes puntos:

  1. Autorización y habilitación actualizada de la Superintendencia de Salud (SUPSALUD) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para funcionar en el ramo de la prestación de servicios de medicina prepaga (Entidades Prestadoras de Servicios de Salud al día con sus obligaciones). En caso de consorcios, todos los integrantes del mismo deberán cumplir con este requisito.
  2. Descripción de sus instalaciones físicas indicando cantidad de:

-Salas de internación.

-Quirófanos.

-U.T.I. para neonatos, niños y adultos. Consultorios.

-Otras dependencias médicas que posea.

-Oficinas administrativas con sus respectivos números telefónicos.

Plantel de médicos y otros profesionales a su servicio con indicaciones de sus especialidades, consultorios y teléfonos.

  1. Listado completo de los médicos por especialidad. Esta lista deberá comprender como mínimo cinco profesionales por especialidad con más de cinco años de ejercicio profesional reconocido y las especialidades listadas no será limitativas, a excepción de aquellas especialidades que no acrediten la disponibilidad de la cantidad de profesionales requeridos en el presente; dicha excepción deberá ser justificada por la oferente con un informe adjunto al listado.

       4. Listado de:

-Centros de fisioterapia y rehabilitación (mínimo cinco en Asunción y Gran Asunción).

-Laboratorios (mínimo cinco en Asunción y Gran Asunción), reconocidos por su solvencia y calidad técnica, con más de 10 años de experiencia, los cuales:

              1 (uno) con servicio de extracción a domicilio las 24 horas, toda la semana en Asunción.

              1 (uno) con atención 24 horas, de lunes a domingo, para servicio de urgencias y ambulatorios en Asunción.

-Centros de imágenes (mínimo doce en Asunción y Gran Asunción), de los cuales, debe contar con un mínimo de 5 centros de diagnóstico general, por lo menos 2 de ellos con experiencia de 10 años, y 1 centro especializado en las siguientes áreas: oftalmológicos odontológicos, neurológicos, audiológicos, ginecológicos, neurofisiológicos, cardiológicos; totalizando mínimo doce.

-Centros ESPECIALIZADOS en pediatría para URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION. (mínimo dos) con terapia intensiva habilitada en Asunción.

-Centro ESPECIALIZADO en trauma para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación (mínimo uno) en Asunción y/o Gran Asunción.

-5 (cinco) Sanatorios /Centros asistenciales en Asunción Nivel 3 según categorización de la Superintendencia de Salud. 2 (dos) de ellos dentro sus instalaciones deberán contar con Equipo de tomografía y resonancia magnética con certificado de funcionamiento demostrado a través de la ficha técnica respectiva y, mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, Centro de Especialidades Cardiológicas todos ellos habilitados por el MSPyBS.

-Sanatorios /Centros asistenciales en Gran Asunción y principales ciudades del interior del país.

-Farmacias (para descuentos de medicamentos) (mínimo 4 cadenas de farmacias).

-Ópticas (para descuentos en ópticas)

       5- Nómina del plantel administrativo responsable de los diferentes servicios con los respectivos números telefónicos de contacto para los fines pertinentes. El servicio administrativo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente (24 horas al día), incluyendo sábados, domingos y feriados para casos de urgencia, a fin de proveer la cobertura sanatorial a los servicios requeridos, como así también los trámites de visaciones y coberturas.

 

LA ASEGURADORA no podrá limitar los derechos de los beneficiarios por medio de reglamentaciones internas de sus contratados y/o proveedores, que afecte a las condiciones del presente contrato.

 

En caso de Consorcios, el Socio Líder deberá cumplir con el 70% del requisito mínimo establecido. Los Socios restantes combinados deben cumplir con el 30% del requisito mínimo establecido para la Capacidad Técnica.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  1. Autorización y habilitación actualizada de la Superintendencia de Salud (SUPSALUD) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  1. Declaración Jurada de contar con la capacidad técnica en la prestación de los servicios y la provisión de los bienes solicitados, estructura interna y técnica.

Descripción de sus instalaciones físicas indicando cantidad de:

-Salas de internación.

-Quirófanos.

-U.T.I. para neonatos, niños y adultos.

-Consultorios.

-Otras dependencias médicas que posea.

-Oficinas administrativas con sus respectivos números telefónicos.

Plantel de médicos y otros profesionales a su servicio con indicaciones de sus especialidades, consultorios y teléfonos.

  1. Listado completo de los médicos por especialidad. Esta lista deberá comprender como mínimo cinco profesionales por especialidad con más de cinco años de ejercicio profesional reconocido y las especialidades listadas no será limitativa, a excepción de aquellas especialidades que no acrediten la disponibilidad de la cantidad de profesionales requeridos en el presente; dicha excepción deberá ser justificada por la oferente con un informe adjunto al listado, cualquier alteración de la lista, debido a inclusiones o exclusiones de profesionales, deberá ser comunicada por escrito a la Contratante en un plazo no mayor a 48 horas. (De ser adjudicado este listado deberá ser publicado en la página web de la prestadora).

       4. Listado de:

-Centros de fisioterapia y rehabilitación (mínimo cinco en Asunción y Gran Asunción).

-Laboratorios (mínimo cinco en Asunción y Gran Asunción) reconocidos por su solvencia y calidad técnica, con más de 10 años de experiencia de los cuales. -

     1 (uno) por los menos con servicio de extracción a domicilio las 24 horas, toda la semana en          Asunción.

      1 (uno) por lo menos con atención 24 horas, de lunes a domingo, para servicio de urgencias y ambulatorios en Asunción.

-Centros de imágenes (mínimo doce en Asunción y Gran Asunción) de los cuales, debe contar con un mínimo de 5 centros de diagnóstico general, por lo menos 2 de ellos con experiencia de 10 años, y 1 centro especializado en las siguientes áreas: oftalmológicos odontológicos, neurológicos, audiológicos, ginecológicos, neurofisiológicos, cardiológicos; totalizando mínimo doce.

-Centros ESPECIALIZADOS en pediatría para URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION. (mínimo dos) con terapia intensiva habilitada en Asunción.

- Centro ESPECIALIZADO en trauma para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación (mínimo uno) en Asunción y/o Gran Asunción.

-  5 (cinco) Sanatorios /Centros asistenciales en Asunción Nivel 3 según categorización de la Superintendencia de Salud. 2 (dos) de ellos dentro sus instalaciones deberán contar con Equipo de tomografía y resonancia magnética con certificado de funcionamiento demostrado a través de la ficha técnica respectiva y, mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, Centro de Especialidades Cardiológicas todos ellos habilitados por el MSPyBS.

-Sanatorios /Centros asistenciales en Gran Asunción y principales ciudades del interior del país.

-Farmacias (para descuentos de medicamentos) (mínimo 4 cadenas de farmacias).

-Ópticas (para descuentos en ópticas).

       5. Nómina del plantel administrativo responsable de los diferentes servicios con los respectivos números telefónicos de contacto para los fines pertinentes. El servicio administrativo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente (24 horas al día), incluyendo sábados, domingos y feriados para casos de urgencia, a fin de proveer la cobertura sanatorial a los servicios requeridos, como así también los trámites de visaciones y coberturas.
  1. Copia de Contratos suscritos con cada sanatorio y otros prestadores (laboratorios, centros de diagnósticos, medicina por imágenes, fisioterapia y rehabilitación, servicios de ambulancias) propuestos por la prestadora en la que indique que prestará servicios a los beneficiarios del Oferente o Declaración Jurada de contar con contratos vigentes con cada uno de los prestadores propuestos (sanatoriales, médicos, laboratorios, centros de diagnósticos, medicina por imágenes, fisioterapia y rehabilitación, servicios de ambulancias) y Carta de Compromiso de cada uno de los prestadores propuestos (laboratorios, centros de diagnósticos, medicina por imágenes, fisioterapia y rehabilitación, servicios de ambulancias). Los contratos o la copia autenticada de los mismos podrán ser solicitados para su verificación al oferente propuesto como ganador a criterio del Comité de Evaluación.
  1.  Documento que certifica el nivel de los sanatorios según categorización de la Superintendencia de Salud.
  1. Constancia que uno de los laboratorios tiene servicio de extracción a domicilio 24 horas, de lunes a domingo en Asunción.
  1. Constancia que uno de los laboratorios tiene atención las 24 horas toda la semana, de lunes a domingo para servicio de urgencias y ambulatorios en Asunción.
  1. Constancia que dos de los Sanatorios nivel 3 de la Capital cuenta con el Equipo de tomografía y resonancia magnética las 24 horas, con certificación de los equipos en funcionamiento comprobada a través de sus fichas técnicas

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

La convocante se reserva el derecho a requerir la información y/o documentación adicional que estime pertinente a fin de acreditar la veracidad de la información contenida en la documentación presentada por el oferente.

Criterios de desempate de ofertas

El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.

Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.