Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Documentos legales |
8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Contribuyente de IRACIS/ IRE RG por los años que corresponda deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2019, 2020 y 2021).
Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2019, 2020 y 2021).
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 últimos años (2019, 2020 y 2021), no deberá ser negativo.
b) Contribuyentes de IRPC / IRE SIMPLE por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro:
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2019, 2020 y 2021).
c) Contribuyentes de IRP/ IRP RSP por los años que corresponda deberán cumplir el siguiente parámetro:
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020, 2021 y 2022).
d) Contribuyentes exclusivamente de IVA General deberá cumplir el siguiente parámetro:
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020, 2021 y 2022).
En caso de Consorcios, todos los integrantes del Consorcio deben cumplir con el 100% de los requerimientos de Capacidad Financiera.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2019, 2020 y 2021 para |
b. Formulario 106 (2019) IRPC, Formulario 501 (2020 y 2021) IRE Simple. |
c. Formulario 104 (2020) IRP, Formulario 515 (2021 y 2022) IRP RSP. |
d. Para contribuyentes de IVA general: IVA General de los últimos 3 años (2020, 2021 y 2022) |
e. Resumen de Información Financiera conforme al Formulario de Información Financiera del |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Se estudiará la antigüedad en el ramo que acredita su experiencia demostrando una antigüedad mínima de 10 (diez) años en el ramo, (fecha del Certificado de Registro y Autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social) prestando servicios similares a los ofertados (Servicio de Medicina Prepaga).
Deberá presentar copias de contratos de prestación de servicios similares a los ofertados ejecutados en el periodo comprendido entre el 2012 al 2022 (servicio de medicina prepaga), de los cuales por lo menos 5 deben ser de clientes corporativos, empresas públicas y/o privadas con igual o superior cantidad de beneficiarios titulares al presente llamado por cada contrato (790 titulares aprox.).
Los contratos deben tener un alcance de la cobertura médica similar (medicina pre-paga) y se debe adjuntar a los mismos las respectivas constancias de servicios satisfactorios expedidas por la dependencia responsable de la ejecución de cada contrato.
En caso de Consorcios, el Socio Líder deberá cumplir con el 70% del requisito mínimo establecido). Los Socios restantes combinados deben cumplir con el 30% del requisito mínimo establecido para la Experiencia Requerida.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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4. Listado de un mínimo de 5 (cinco) clientes corporativos, instituciones públicas y/o privadas, indicando nombre de la empresa, actividad, persona encargada y teléfonos para ser contactados de ser necesario, conforme al Formulario de Referencias Comerciales Clientes Corporativos de la Sección FORMULARIOS del presente Pliego. |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
El oferente debe de poseer la capacidad técnica en cuanto a infraestructura, personal, convenios, etc., para cumplir con las Especificaciones Técnicas indicadas en el presente Pliego.
Se tendrán en cuanta los siguientes puntos:
-Salas de internación.
-Quirófanos.
-U.T.I. para neonatos, niños y adultos. Consultorios.
-Otras dependencias médicas que posea.
-Oficinas administrativas con sus respectivos números telefónicos.
Plantel de médicos y otros profesionales a su servicio con indicaciones de sus especialidades, consultorios y teléfonos.
4. Listado de:
-Centros de fisioterapia y rehabilitación (mínimo cinco en Asunción y Gran Asunción).
-Laboratorios (mínimo cinco en Asunción y Gran Asunción), reconocidos por su solvencia y calidad técnica, con más de 10 años de experiencia, los cuales:
1 (uno) con servicio de extracción a domicilio las 24 horas, toda la semana en Asunción.
1 (uno) con atención 24 horas, de lunes a domingo, para servicio de urgencias y ambulatorios en Asunción.
-Centros de imágenes (mínimo doce en Asunción y Gran Asunción), de los cuales, debe contar con un mínimo de 5 centros de diagnóstico general, por lo menos 2 de ellos con experiencia de 10 años, y 1 centro especializado en las siguientes áreas: oftalmológicos odontológicos, neurológicos, audiológicos, ginecológicos, neurofisiológicos, cardiológicos; totalizando mínimo doce.
-Centros ESPECIALIZADOS en pediatría para URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION. (mínimo dos) con terapia intensiva habilitada en Asunción.
-Centro ESPECIALIZADO en trauma para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación (mínimo uno) en Asunción y/o Gran Asunción.
-5 (cinco) Sanatorios /Centros asistenciales en Asunción Nivel 3 según categorización de la Superintendencia de Salud. 2 (dos) de ellos dentro sus instalaciones deberán contar con Equipo de tomografía y resonancia magnética con certificado de funcionamiento demostrado a través de la ficha técnica respectiva y, mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, Centro de Especialidades Cardiológicas todos ellos habilitados por el MSPyBS.
-Sanatorios /Centros asistenciales en Gran Asunción y principales ciudades del interior del país.
-Farmacias (para descuentos de medicamentos) (mínimo 4 cadenas de farmacias).
-Ópticas (para descuentos en ópticas)
5- Nómina del plantel administrativo responsable de los diferentes servicios con los respectivos números telefónicos de contacto para los fines pertinentes. El servicio administrativo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente (24 horas al día), incluyendo sábados, domingos y feriados para casos de urgencia, a fin de proveer la cobertura sanatorial a los servicios requeridos, como así también los trámites de visaciones y coberturas.
LA ASEGURADORA no podrá limitar los derechos de los beneficiarios por medio de reglamentaciones internas de sus contratados y/o proveedores, que afecte a las condiciones del presente contrato.
En caso de Consorcios, el Socio Líder deberá cumplir con el 70% del requisito mínimo establecido. Los Socios restantes combinados deben cumplir con el 30% del requisito mínimo establecido para la Capacidad Técnica.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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Descripción de sus instalaciones físicas indicando cantidad de: -Salas de internación. -Quirófanos. -U.T.I. para neonatos, niños y adultos. -Consultorios. -Otras dependencias médicas que posea. -Oficinas administrativas con sus respectivos números telefónicos. Plantel de médicos y otros profesionales a su servicio con indicaciones de sus especialidades, consultorios y teléfonos. |
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4. Listado de: -Centros de fisioterapia y rehabilitación (mínimo cinco en Asunción y Gran Asunción). -Laboratorios (mínimo cinco en Asunción y Gran Asunción) reconocidos por su solvencia y calidad técnica, con más de 10 años de experiencia de los cuales. - 1 (uno) por los menos con servicio de extracción a domicilio las 24 horas, toda la semana en Asunción. 1 (uno) por lo menos con atención 24 horas, de lunes a domingo, para servicio de urgencias y ambulatorios en Asunción. -Centros de imágenes (mínimo doce en Asunción y Gran Asunción) de los cuales, debe contar con un mínimo de 5 centros de diagnóstico general, por lo menos 2 de ellos con experiencia de 10 años, y 1 centro especializado en las siguientes áreas: oftalmológicos odontológicos, neurológicos, audiológicos, ginecológicos, neurofisiológicos, cardiológicos; totalizando mínimo doce. -Centros ESPECIALIZADOS en pediatría para URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION. (mínimo dos) con terapia intensiva habilitada en Asunción. - Centro ESPECIALIZADO en trauma para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación (mínimo uno) en Asunción y/o Gran Asunción. - 5 (cinco) Sanatorios /Centros asistenciales en Asunción Nivel 3 según categorización de la Superintendencia de Salud. 2 (dos) de ellos dentro sus instalaciones deberán contar con Equipo de tomografía y resonancia magnética con certificado de funcionamiento demostrado a través de la ficha técnica respectiva y, mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, Centro de Especialidades Cardiológicas todos ellos habilitados por el MSPyBS. -Sanatorios /Centros asistenciales en Gran Asunción y principales ciudades del interior del país. -Farmacias (para descuentos de medicamentos) (mínimo 4 cadenas de farmacias). -Ópticas (para descuentos en ópticas). |
5. Nómina del plantel administrativo responsable de los diferentes servicios con los respectivos números telefónicos de contacto para los fines pertinentes. El servicio administrativo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente (24 horas al día), incluyendo sábados, domingos y feriados para casos de urgencia, a fin de proveer la cobertura sanatorial a los servicios requeridos, como así también los trámites de visaciones y coberturas. |
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Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
La convocante se reserva el derecho a requerir la información y/o documentación adicional que estime pertinente a fin de acreditar la veracidad de la información contenida en la documentación presentada por el oferente.
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.