El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Convocante :Ing.Carlos Javier Vento Cardenas
Cargo: Jefe interino de la seccion
Seccion: Obras Civiles del Palacio de Justicia de Ciudad del Este
Justificacion del proceso
La presente contratacion tiene por objeto contar con el servicioo de recarga de extintores existentes en el conjunto Edilicio del Palacio de Justicia de Ciudad Del este y en los Juzgados de Primera instancia y de Paz de la Circunscripcioon Judicial del Alto Parana , a fin de cumplir con las normas de seguridad y prevencion contra incendios teniendo en cuenta que tienen vigencia de recarga de un año, así también mantener los extintores en buen estado para su utilización en caso de presentarse algún principio de incendio y así evitar mayores daños.
Justificar la planificación.
El servicio se realiza en forma periódica, una vez al año y/o dependiendo de la urgencia incurrida (Incendios)
Especificaciones técnicas establecidas.
Las especificaciones técnicas fueron establecidas según normativas de seguridad.
Están previstas 2 recargas ,1 por cada año y una reserva en caso de presentarse algún incidente.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
CONDICIONES GENERALES
Solamente las Empresas que tienen Licencia para uso de la Marca INTN Servicios para el mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio, correspondiente al tipo de agente extintor que será mantenido o recargado, y que estén habilitados y registrados por el Ministerio de Industria y Comercio, podrán participar del Concurso.
El costo deberá incluir la mano de obra, recarga, verificación de válvula y otros los materiales necesarios.
La Empresa que realice la recarga de los extintores portátiles de incendio deberá adecuarse a todos los requisitos establecidos al respecto en la Resolución de MIC N° 458/06 y 853/07 y de las Normas Paraguayas de referencia.
La firma ejecutora no puede realizar la recarga del extintor sin antes hacer el mantenimiento general, conforme a las condiciones específicas de cada extintor, como:
Descarga de presión y vaciamiento de agentes extintor.
Realizar peso Tara de cada Cilindro.
Prueba hidráulica de los cilindros conforme a las normativas.
Todos los extintores deberán contar con la Etiqueta de vencimiento de la garantía del servicio, proporcionada por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), debe ser colocada en la parte frontal del extintor después de la ejecución del servicio, por la empresa responsable del mismo.
Los cilindros que no superen las pruebas hidrostáticas deberán seguir los procedimientos de la Resolución del INTN N° 916/10 Art. 22 informe para la baja de tubos que no superen las pruebas hidrostáticas. Luego de la recarga del extintor debe ser aplicada una prueba de escape del mismo, para asegurar que el extintor permanecerá en el rango de operación por lo menos de un año. Se podrán realizar pruebas de calidad 1 de cada 10 extintores, si dicha prueba da un resultado negativo, todo será rechazado y se procederá a una nueva recarga la cual correrá por cuenta del oferente.
La empresa ejecutora de la recarga, es la responsable por el perfecto estado de funcionamiento del extintor, mientras dure el tiempo de garantía, salvo usos indebido o violación después de la entrega a la institución.
GARANTÍAS.
El periodo mínimo de validez de la carga será de 1 (un) año desde la puesta en funcionamiento y cada cilindro deberá contar con las etiquetas de vencimiento aprobadas por el INTN y consecuentemente los productos deberán contar con el sello de conformidad a las normas del mismo.
NORMATIVAS LEGALES
Todos los servicios que hacen relación a la presente Contratación deben adecuarse a lo estipulado en la norma paraguaya del INTN.
Es responsabilidad de la empresa adjudicada, el retiro de los equipos extintores de la institución y su posterior devolución al mismo lugar de origen con la recarga correspondiente.
N° | Descripción | Especificaciones Técnicas del Servicio Ofertado |
1 | Recarga de extintor de 1 Kg PQS | Recarga de extintores de 1 kg. con polvo químico seco, para fuego tipo A, B, y C, (solido, líquido eléctrico). Composición Monofostato de Amonio (polvo amarillo 55%). Etiqueta de vencimiento y anillo de seguridad de acuerdo a las normas vigentes. Vencimiento mínimo 1 año a partir de la realización de la recarga. |
2 | Recarga de extintor de 6 Kg PQS | Recarga de extintores de 6 kg. con polvo químico seco, para fuego tipo A, B, y C, (solido, líquido eléctrico). Composición Monofostato de Amonio (polvo amarillo 55%). Etiqueta de vencimiento y anillo de seguridad de acuerdo a las normas vigentes. Vencimiento mínimo 1 año a partir de la realización de la recarga. |
3 | Recarga de extintor de 5 Kg CO2 | Anhídrido carbónico (CO2) Tipo BC. Periodo de validez de la carga de 1 año. Es un gas no combustible, no conduce electricidad por lo que es ideal para apagar incendios cargados eléctricamente. |
4 | Recarga de extintor de 6 Kg CO2 | Anhídrido carbónico (CO2) Tipo BC. Periodo de validez de la carga de 1 año. Es un gas no combustible, no conduce electricidad por lo que es ideal para apagar incendios cargados eléctricamente. |
5 | Recarga de extintor de 4 Kg GAS ECOLOGICO | Recarga de extintores de 4 kg con gas ecológico (halogenado) ideal para fuegos de los tipos A, B y C (sólido, líquido, eléctrico). Composición HCFC121. Etiqueta de vencimiento y anillo de seguridad de acuerdo a las normas vigentes. Vencimiento mínimo 1 año a partir de la realización de la recarga. |
6 | Recarga de extintor de 6 Kg GAS ECOLOGICO | Recarga de extintores de 6 kg con gas ecológico (halogenado) ideal para fuegos de los tipos A, B y C (sólido, líquido, eléctrico). Composición HCFC121. Etiqueta de vencimiento y anillo de seguridad de acuerdo a las normas vigentes. Vencimiento mínimo 1 año a partir de la realización de la recarga. |
7 | Recarga de extintor tipo K, de 10 kg | Recarga de extintores de 10 kg con agente especial químico húmedo, a base de acetato de potasio de bajo PH, Etiqueta de vencimiento y anillo de seguridad de acuerdo a las normas vigentes. Vencimiento mínimo 1 año a partir de la realización de la recarga. |
8 | Sustitución de manguera de extintores PQS | La manguera debe tener como mínimo, diámetro interno igual al de la salida de válvula y longitud mínima correspondiente a la altura del extintor, y nunca inferior a 50 cm para los extintores portátiles, debe ser de material elástico resistente a las condiciones de uso ambiental, con conexiones de aleación metálicas no ferrosas o de acero inoxidable, que deben ser fácilmente desconectadas del extintor y/o de la válvula de descarga. |
9 | Sustitución de manómetro de extintores PQS | Debe ser hecho de material resistente a la corrosión y al rango de operación para el que está destinado el extintor. En la esfera del manómetro deben estar indicadas numéricamente las presiones máximas de la escala de carga a 20° C y máxima y mínima del rango de operación. En la esfera del manómetro deben existir dos fajas en colores diferentes, una verde indicando la faja de operación y otra roja indicando la faja de recarga donde constará las indicaciones OPERACION y RECARGA |
10 | Sustitución de manguera de extintores CO2 | La manguera debe resistir la intemperie y tendrá una trama de acero entre las capas de goma, debe ser de flexibilidad suficiente y permitirá dirigir fácilmente el chorro en cualquier dirección durante la descarga. No podrá ser remendada, debiendo ser construida de una sola pieza y con material no conductor de electricidad, con conexiones de aleación metálicas no ferrosas o de acero inoxidable, deberá tener en cualquier caso como mínimo 0,70 m. El diámetro interno mínimo de la manguera para el extintor con capacidad de carga hasta 10Kg. será de 6mm. Deben ser fácilmente desconectadas del extintor y/o de la válvula de descarga. |
A modo de informacion se detalla la cantidad de equipos que cuenta la Institucion
TIPO | CANTIDAD |
EXTINTOR 1KG PQS | 5 UNIDADES |
EXTINTOR 6KG PQS | 290 UNIDADES |
EXTINTOR 5KG CO2 | 8 UNIDADES |
EXTINTOR 6KG CO2 | 13 UNIDADES |
EXTINTOR 4KG ECOLOGICO | 18 UNIDADES |
EXTINTOR 6KG ECOLOGICO | 29 UNIDADES |
TIPO K DE 10KG | 2 UNIDADES |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA POR SER UN SERVICIO DE RECARGA
Ítem |
Descripción del servicio |
Fecha de entrega de los bienes |
1 |
Recarga de extintor de 1 Kg PQS | El plazo máximo de entrega será de 10 (diez) días calendarios, computados a partir del día hábil siguiente de la recepción de la orden de requerimiento del servicio por parte del proveedor, (pudiendo ser notificadas por Courier, fax o e-mail). De lunes a viernes, de 7:00 a 12:30hs en el Palacio de Justicia sito en la Avda. Rafael Barret e/ Jueza Diana Eveline Méreles, Ciudad del Este. |
2 |
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3 |
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4 |
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5 | Recarga de extintor de 4 Kg GAS ECOLOGICO | |
6 |
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7 | Recarga de extintor tipo K, de 10 kg | |
8 | Sustitución de manguera de extintores PQS | |
9 | Sustitución de manómetro de extintores PQS | |
10 | Sustitución de manguera de extintores CO2 |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
A partir de la formalizacion del contrato ,seran realizados conforme a tantas ordenes de servicio sean realizadas por la convocante, hasta el cumplimiento total del contrato. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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