Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 /* Plan de entrega de los bienes En el Pliego de Bases y Condiciones, se establece: “30 días” Y “60 días” (El inicio del cómputo del plazo de Entrega de los bienes será a partir de la fecha de recepción de la Orden de Entrega al proveedor emitida por parte de la Unidad Administradora del Contrato a través del Sistema SAP). Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay, se solicita a la convocante la ampliación del plazo de entrega a un mínimo de 70 (setenta) días hábiles desde la emisión de la orden de entrega respectiva al proveedor en todos los ITEMS. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia ya que no se estará direccionando la convocatoria a empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes, en observancia de la economía y la eficiencia que se busca en el uso de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 01-08-2023 04-08-2023
12 /* Experiencia Requerida En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Experiencia Requerida, se solicita: “Demostrar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes objetos de la presente licitación u otro de iguales o superiores características técnicas, con facturaciones de venta, recepciones finales de contrato, certificados o constancias escritas donde se acrediten por un valor mínimo equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto total ofertado en la presente licitación, de cualquiera de los últimos tres (3) años: (Años 2020, 2021 y 2022) o que en sumatoria totalicen el cincuenta por ciento (50%). Pudiendo corresponder los documentos respaldatorios a cualquiera de los años mencionados hasta verificar el cumplimiento de este requisito. La Convocante sumará la cantidad indicada en cada documento para verificar el cumplimiento de este requisito. En caso de tratarse de un Consorcio, este podrá acreditar el cumplimiento de los requisitos en forma combinada. La evaluación se realizará aplicando el sistema CUMPLE o NO CUMPLE.” Al respecto, se solicita a la convocante que sea aceptado demostrar la experiencia con la PROVISIÓN de Equipos de Prevención Contra Incendio Y/O Centrales de Incendio Y/O Sistemas PCI, considerando que el llamado tiene por objeto la adquisición de equipos de seguridad, con facturaciones de venta, recepciones finales de contrato, certificados o constancias escritas donde se acrediten por un valor mínimo equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto total ofertado en la presente licitación, de cualquiera de los últimos cuatro (4) años: (Años 2019, 2020, 2021 y 2022) o que en sumatoria totalicen el cincuenta por ciento (50%), a fin de que otros potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada, dándose cumplimiento al principio de igualdad y libre competencia establecido en los procesos de Licitaciones Públicas. Resulta que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues al permitir una mayor afluencia de ofertantes, también se abre la puerta a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas dentro del universo de productos que existen para este segmento, y también es importante considerar que los años 2020 y 2021 fueron comercialmente afectados fuertemente en razón de los efectos adversos derivados de la pandemia por el COVID 19 por lo cual en nivel ventas y facturación en dichos períodos se vio gravemente afectado. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” además, lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual dispone lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.” 01-08-2023 04-08-2023
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