EETT.b. Deberá contar además con un estacionamiento interno de 800 m2 como mínimo.
SE SOLICITA ALA CONVOCANTE CONSIDERAR REDUCIR AL MENOS A 400M2 EL ÁREA DE ESTACIONAMIENTO YA QUE ES SUFICIENTEMENTE AMPLIA PARA LOS VEHÍCULOS DE LA INSTITUCIÓN YA QUE LAS MISMAS NO ESTARÁN MAS DE 2 A 3 DÍAS EN DICHO LUGAR,MAS SE CENTRARAN EL EL ÁREA DE TRABAJO TALLER Y UNA VEZ FINALIZADA AUTOMÁTICAMENTE SI NO ES EL DÍA AL DÍA SGTE YA SON ENTREGADOS A LA INSTITUCIÓN YA QUE SE ENCUENTRAN CON PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS MISMOS,POR ENDE SE SOLICITA TENER EN CONSIDERACIÓN DICHO PEDIDO.
26-04-2023
05-06-2023
EETT.b. Deberá contar además con un estacionamiento interno de 800 m2 como mínimo.
SE SOLICITA ALA CONVOCANTE CONSIDERAR REDUCIR AL MENOS A 400M2 EL ÁREA DE ESTACIONAMIENTO YA QUE ES SUFICIENTEMENTE AMPLIA PARA LOS VEHÍCULOS DE LA INSTITUCIÓN YA QUE LAS MISMAS NO ESTARÁN MAS DE 2 A 3 DÍAS EN DICHO LUGAR,MAS SE CENTRARAN EL EL ÁREA DE TRABAJO TALLER Y UNA VEZ FINALIZADA AUTOMÁTICAMENTE SI NO ES EL DÍA AL DÍA SGTE YA SON ENTREGADOS A LA INSTITUCIÓN YA QUE SE ENCUENTRAN CON PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS MISMOS,POR ENDE SE SOLICITA TENER EN CONSIDERACIÓN DICHO PEDIDO.
Contar con infraestructura propia, para el desempeño de las funciones contratadas, la infraestructura deberá contar con un perímetro amurallado, con un área mínima de 1.000 m2 completamente cubierto con techo tinglado, a efectos de ofrecer las condiciones mínimas de seguridad de los vehículos de la Institución, por el tiempo que demande la realización de los trabajos.
b. Deberá contar además con un estacionamiento interno de 800 m2 como mínimo.
Solicitamos a la Convocante bajar las dimensiones, a un área mínima techada de 650m2 y estacionamiento de 100m2, ya que el llamado está por lotes, al no participar en de los camiones, no precisa de ese metraje, a la vez da la oportunidad a mas empresas a participar del llamado.
Contar con infraestructura propia, para el desempeño de las funciones contratadas, la infraestructura deberá contar con un perímetro amurallado, con un área mínima de 1.000 m2 completamente cubierto con techo tinglado, a efectos de ofrecer las condiciones mínimas de seguridad de los vehículos de la Institución, por el tiempo que demande la realización de los trabajos.
b. Deberá contar además con un estacionamiento interno de 800 m2 como mínimo.
Solicitamos a la Convocante bajar las dimensiones, a un área mínima techada de 650m2 y estacionamiento de 100m2, ya que el llamado está por lotes, al no participar en de los camiones, no precisa de ese metraje, a la vez da la oportunidad a mas empresas a participar del llamado.
Para los Fabricantes, Declaración Jurada de poseer la capacidad de producción de piezas para proveer la cantidad requerida
para la prestación de los servicios ofertados en el tiempo solicitado, o; Para los representantes o distribuidores, Declaración
Jurada de poseer la capacidad para proveer la cantidad de piezas requerida para la prestación de los servicios ofertados en
el tiempo solicitado otorgado por el fabricante.
Se solicita respetuosamente a la Convocante excluir este requisito ya que se encuentra en una incoherencia solicitar dicho requerimiento ya que la Convocante no ha publicado en su PBC la Autorización del fabricante de las marcas.
Podría la Convocante admitir una declaración jurada de que se estará usando repuestos originales de las marcas?
Para los Fabricantes, Declaración Jurada de poseer la capacidad de producción de piezas para proveer la cantidad requerida
para la prestación de los servicios ofertados en el tiempo solicitado, o; Para los representantes o distribuidores, Declaración
Jurada de poseer la capacidad para proveer la cantidad de piezas requerida para la prestación de los servicios ofertados en
el tiempo solicitado otorgado por el fabricante.
Se solicita respetuosamente a la Convocante excluir este requisito ya que se encuentra en una incoherencia solicitar dicho requerimiento ya que la Convocante no ha publicado en su PBC la Autorización del fabricante de las marcas.
Podría la Convocante admitir una declaración jurada de que se estará usando repuestos originales de las marcas?
Certificación de la marca, para los profesionales mecánicos encargados de realizar los trabajos de mantenimiento y
reparación de los vehículos.
Se solicita respetuosamente a la Convocante excluir este requisito ya que se encuentra en una incoherencia solicitar dicho requerimiento ya que la Convocante no ha publicado en su PBC la Autorización del fabricante de las marcas.
Podría la Convocante admitir una declaración jurada de que los profesionales mecánicos cuentan con certificados emitidos por el Ministerio de trabajo, SNPP y junto con ello el curriculum vitae de cada uno? ya que los mecánicos profesionales se encargan de ser profesionales en multimarcas.
Certificación de la marca, para los profesionales mecánicos encargados de realizar los trabajos de mantenimiento y
reparación de los vehículos.
Se solicita respetuosamente a la Convocante excluir este requisito ya que se encuentra en una incoherencia solicitar dicho requerimiento ya que la Convocante no ha publicado en su PBC la Autorización del fabricante de las marcas.
Podría la Convocante admitir una declaración jurada de que los profesionales mecánicos cuentan con certificados emitidos por el Ministerio de trabajo, SNPP y junto con ello el curriculum vitae de cada uno? ya que los mecánicos profesionales se encargan de ser profesionales en multimarcas.
SE SOLICITA RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE REDUCIR A 400M2 EL ÁREA DE ESTACIONAMIENTO, ESA CANTIDAD ES CONSIDERABLEMENTE AMPLIA PARA ALBERGAR A LOS VEHÍCULOS DE VUESTRA INSTITUCIÓN, BIEN ES SABIDO QUE DICHAS UNIDADES NO PUEDEN PERMANECER MAS DE 3 DÍAS DENTRO DEL TALLER, LOS TRABAJOS SE ENFOCARÁN EN LA REPARACIÓN DE LOS MÓVILES YA QUE CULMINADO LOS TRABAJOS; LOS MÓVILES DE LA INSTITUCIÓN SERÁN INMEDIATAMENTE ENTREGADOS CONSIDERANDO EL PLAZO DE ENTREGA IMPUESTO EN EL PBC
ADEMAS DE QUE EL LLAMADO ES POR LOTES, NO TODOS LOS VEHICULOS O LOTES PUEDEN SER ADJUDICADOS A UN SOLO OFERENTE, EN EL CASO QUE SE DÉ DICHA SISTUACIÓN, 400M2 SON SUFICIENTES PARA ALBERGAR.
POR ELLO SOLICITAMOS TENGAN EN CUENTA LO EXPUESTO.
SE SOLICITA RESPETUOSAMENTE A LA CONVOCANTE REDUCIR A 400M2 EL ÁREA DE ESTACIONAMIENTO, ESA CANTIDAD ES CONSIDERABLEMENTE AMPLIA PARA ALBERGAR A LOS VEHÍCULOS DE VUESTRA INSTITUCIÓN, BIEN ES SABIDO QUE DICHAS UNIDADES NO PUEDEN PERMANECER MAS DE 3 DÍAS DENTRO DEL TALLER, LOS TRABAJOS SE ENFOCARÁN EN LA REPARACIÓN DE LOS MÓVILES YA QUE CULMINADO LOS TRABAJOS; LOS MÓVILES DE LA INSTITUCIÓN SERÁN INMEDIATAMENTE ENTREGADOS CONSIDERANDO EL PLAZO DE ENTREGA IMPUESTO EN EL PBC
ADEMAS DE QUE EL LLAMADO ES POR LOTES, NO TODOS LOS VEHICULOS O LOTES PUEDEN SER ADJUDICADOS A UN SOLO OFERENTE, EN EL CASO QUE SE DÉ DICHA SISTUACIÓN, 400M2 SON SUFICIENTES PARA ALBERGAR.
POR ELLO SOLICITAMOS TENGAN EN CUENTA LO EXPUESTO.
Donde dice: El oferente deberá garantizar que cuenta con personal técnico certificado por los fabricantes, para realizar los servicios solicitados.
Favor admitir certificados de capacitación técnica emitidos por instituciones habilitadas por el MEC, SNPP y/o SINAFOCAl, ya los mismos acreditan suficientemente la formación profesional del personal técnico. El certificado de la marca no acredita idoneidad alguna, simplemente haber participado de cursos organizados por los talleres oficiales de las marcas, quienes ofrecen dichas capacitaciones solamente para su propio personal.
Favor tener en cuenta que no se trata de una contratación por la vía de la excepción por representación exclusiva, y el requisito en cuestión limita la participación de potenciales oferentes que no sean representantes oficiales de la marca, en contravención a lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03.
Donde dice: El oferente deberá garantizar que cuenta con personal técnico certificado por los fabricantes, para realizar los servicios solicitados.
Favor admitir certificados de capacitación técnica emitidos por instituciones habilitadas por el MEC, SNPP y/o SINAFOCAl, ya los mismos acreditan suficientemente la formación profesional del personal técnico. El certificado de la marca no acredita idoneidad alguna, simplemente haber participado de cursos organizados por los talleres oficiales de las marcas, quienes ofrecen dichas capacitaciones solamente para su propio personal.
Favor tener en cuenta que no se trata de una contratación por la vía de la excepción por representación exclusiva, y el requisito en cuestión limita la participación de potenciales oferentes que no sean representantes oficiales de la marca, en contravención a lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03.
Donde dice: f. Certificación de la marca, para los profesionales mecánicos encargados de realizar los trabajos de mantenimiento y reparación de los vehículos.
Favor admitir certificados de capacitación técnica emitidos por instituciones habilitadas por el MEC, SNPP y/o SINAFOCAl, ya los mismos acreditan suficientemente la formación profesional del personal técnico.
El certificado de la marca no acredita idoneidad alguna, simplemente haber participado de cursos organizados por los talleres oficiales de las marcas, quienes ofrecen dichas capacitaciones solamente para su propio personal.
Favor tener en cuenta que no se trata de una contratación por la vía de la excepción por representación exclusiva, y el requisito en cuestión limita la participación de potenciales oferentes que no sean representantes oficiales de la marca, en contravención a lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03.
Donde dice: f. Certificación de la marca, para los profesionales mecánicos encargados de realizar los trabajos de mantenimiento y reparación de los vehículos.
Favor admitir certificados de capacitación técnica emitidos por instituciones habilitadas por el MEC, SNPP y/o SINAFOCAl, ya los mismos acreditan suficientemente la formación profesional del personal técnico.
El certificado de la marca no acredita idoneidad alguna, simplemente haber participado de cursos organizados por los talleres oficiales de las marcas, quienes ofrecen dichas capacitaciones solamente para su propio personal.
Favor tener en cuenta que no se trata de una contratación por la vía de la excepción por representación exclusiva, y el requisito en cuestión limita la participación de potenciales oferentes que no sean representantes oficiales de la marca, en contravención a lo establecido en los Art. 4 y 20 de la Ley 2051/03.
Teniendo en cuenta que la modalidad del llamado NO es por la Vía de la Excepción basado en el supuesto de representación exclusiva, y que el listado de vehículos de la entidad incluye diferentes marcas, solicitamos respetuosamente excluir los requisitos de contar con certificados técnicos emitidos por el fabricante de la marca, ya que ello representa una restricción innecesaria para potenciales oferentes que cuentan con la capacidad técnica necesaria para brindar un servicio eficiente a una flota multimarcas como la del TSJE.
Teniendo en cuenta que la modalidad del llamado NO es por la Vía de la Excepción basado en el supuesto de representación exclusiva, y que el listado de vehículos de la entidad incluye diferentes marcas, solicitamos respetuosamente excluir los requisitos de contar con certificados técnicos emitidos por el fabricante de la marca, ya que ello representa una restricción innecesaria para potenciales oferentes que cuentan con la capacidad técnica necesaria para brindar un servicio eficiente a una flota multimarcas como la del TSJE.
CONSULTA:
CAPACIDAD TECNICA Y REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR CAPACIDAD TECNICA PUNTO F
Se observa entre los requisitos de capacidad técnica que “El oferente deberá garantizar que cuenta con personal técnico certificado por los fabricantes, para realizar los servicios solicitados” y como documento se debe presentar “Certificación de la marca, para los profesionales mecánicos encargados de realizar los trabajos de mantenimiento y reparación de los vehículos”, al respecto solicitamos a la convocante modificar el pliego de bases y condiciones de manera a que se admita que el personal técnico pueda ser certificado por institutos de formación públicos o privados reconocidos por el MEC y no solo por la marca, ya que la mencionada formación técnica es suficiente para demostrar que el personal cuenta con la idoneidad para las reparaciones solicitadas. Este requerimiento, además de ser indebidamente limitante a la participación, no supone una mejora significativa en el servicio a ser prestado y priva a la convocante de contar con mayor cantidad de oferentes que le permita adjudicar a la mejor oferta para el uso de los recursos.
CONSULTA:
REQUERIMIENTOS MINIMOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES PUNTO G
En las EETT se solicita “Scanner para diagnóstico electrónico computarizado con el software respectivo para la marca del vehículo a reparar”, sin embargo, la mayor parte de los talleres cuentan con escáneres de software multimarcas, cuyas prestaciones son idénticas a las de lo requerido por el pliego, pero sin limitar la participación, la finalidad del equipo en cuestión es el diagnóstico de fallas y no existen razones técnicas que indiquen que solo los software de las marcas sean los únicos aptos para tal tarea. En tal sentido solicitamos a la convocante reformular el punto en cuestión solicitando “Scanner para diagnóstico electrónico computarizado”.
CONSULTA:
CAPACIDAD TECNICA Y REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR CAPACIDAD TECNICA PUNTO F
Se observa entre los requisitos de capacidad técnica que “El oferente deberá garantizar que cuenta con personal técnico certificado por los fabricantes, para realizar los servicios solicitados” y como documento se debe presentar “Certificación de la marca, para los profesionales mecánicos encargados de realizar los trabajos de mantenimiento y reparación de los vehículos”, al respecto solicitamos a la convocante modificar el pliego de bases y condiciones de manera a que se admita que el personal técnico pueda ser certificado por institutos de formación públicos o privados reconocidos por el MEC y no solo por la marca, ya que la mencionada formación técnica es suficiente para demostrar que el personal cuenta con la idoneidad para las reparaciones solicitadas. Este requerimiento, además de ser indebidamente limitante a la participación, no supone una mejora significativa en el servicio a ser prestado y priva a la convocante de contar con mayor cantidad de oferentes que le permita adjudicar a la mejor oferta para el uso de los recursos.
CONSULTA:
REQUERIMIENTOS MINIMOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES PUNTO G
En las EETT se solicita “Scanner para diagnóstico electrónico computarizado con el software respectivo para la marca del vehículo a reparar”, sin embargo, la mayor parte de los talleres cuentan con escáneres de software multimarcas, cuyas prestaciones son idénticas a las de lo requerido por el pliego, pero sin limitar la participación, la finalidad del equipo en cuestión es el diagnóstico de fallas y no existen razones técnicas que indiquen que solo los software de las marcas sean los únicos aptos para tal tarea. En tal sentido solicitamos a la convocante reformular el punto en cuestión solicitando “Scanner para diagnóstico electrónico computarizado”.
En el primer punto de la consulta, favor remitirse a la Adenda N° 3
En cuanto al segundo punto de la consulta, esta convocante ha diseñado el Pliego de bases y condiciones del presente procedimiento de acuerdo a las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer. Por tanto, solicitamos amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
10
criterios de evaluación que la convocante requiera
estan pidiendo
• Poseemos 5 elevadores como mínimo para poder cubrir las necesidades ante cualquier eventualidad.(solicitamos que sea requerido uno y tener encuenta las fosas que estan en el taller)
• Contamos con Equipo de alineación y balanceo computarizado. (solicitamos que se acepte como tercerisado ya que no se utilizara todos los dias)
• Contamos con Equipo de alineación de luces. (esto no es una herramienta sustancial para la reparacion de los vehiculos pedimos que no sea un punto de descalificacion)
• Contamos rectificación de discos y tambores de freno, (pedimos que sea aceptado tener tercerizado ya que no todos los días se requerida esta reparación)
• Contamos con Banco para reparación de picos inyectores naftero.
• Contamos con calibrador de picos inyectores diésel (Cammon rail), banco de limpieza de picos inyectores naftero, banco limpieza de picos inyectores diésel convencional, banco soporte armado diferencial con reloj comparador de medidas.(pedimos que sea aceptado tener tercerizado ya que no todos los días se requerida esta reparación)
POR LO QUE PARA ESTE LLAMADO SE ESTA VIOLENTANDO LA LEY DE 2051/03 art 34 donde dice que para la participación , contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, SERVICIOS u obras públicas, NO SE PODRAN EXIGIR A LOS PARTICIPANTES REQUISITOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS POR LA LEY, NI SE PODRAN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TECNICAMENTE INDISPENSABLE. POR UN LADO Y POR OTRO SI ESTE LLAMADO ESTA DIRIGIDO A Unos pocos talleres.. REQUIRIENDO UN DOCUMENTOS QUE OTROS TALLERES POTENCIALES OFERENTES NO PODRAN TENER FACILMENTE, SE ESTARIA VIOLANDO EL ART 7 DE CONTRATACIONES PUBLICAS BAJO NINGUN SENTIDO EL PBC FOMENTA A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. TAMBIEN SE ESTARIA TRANSGREDIENDO Ley N° 4956
10-05-2023
05-06-2023
criterios de evaluación que la convocante requiera
estan pidiendo
• Poseemos 5 elevadores como mínimo para poder cubrir las necesidades ante cualquier eventualidad.(solicitamos que sea requerido uno y tener encuenta las fosas que estan en el taller)
• Contamos con Equipo de alineación y balanceo computarizado. (solicitamos que se acepte como tercerisado ya que no se utilizara todos los dias)
• Contamos con Equipo de alineación de luces. (esto no es una herramienta sustancial para la reparacion de los vehiculos pedimos que no sea un punto de descalificacion)
• Contamos rectificación de discos y tambores de freno, (pedimos que sea aceptado tener tercerizado ya que no todos los días se requerida esta reparación)
• Contamos con Banco para reparación de picos inyectores naftero.
• Contamos con calibrador de picos inyectores diésel (Cammon rail), banco de limpieza de picos inyectores naftero, banco limpieza de picos inyectores diésel convencional, banco soporte armado diferencial con reloj comparador de medidas.(pedimos que sea aceptado tener tercerizado ya que no todos los días se requerida esta reparación)
POR LO QUE PARA ESTE LLAMADO SE ESTA VIOLENTANDO LA LEY DE 2051/03 art 34 donde dice que para la participación , contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, SERVICIOS u obras públicas, NO SE PODRAN EXIGIR A LOS PARTICIPANTES REQUISITOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS POR LA LEY, NI SE PODRAN ESTABLECER ELEMENTOS QUE NO RESULTEN TECNICAMENTE INDISPENSABLE. POR UN LADO Y POR OTRO SI ESTE LLAMADO ESTA DIRIGIDO A Unos pocos talleres.. REQUIRIENDO UN DOCUMENTOS QUE OTROS TALLERES POTENCIALES OFERENTES NO PODRAN TENER FACILMENTE, SE ESTARIA VIOLANDO EL ART 7 DE CONTRATACIONES PUBLICAS BAJO NINGUN SENTIDO EL PBC FOMENTA A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. TAMBIEN SE ESTARIA TRANSGREDIENDO Ley N° 4956
En el primer punto de la consulta (5 elevadores), favor remitirse a la Adenda N° 3.
Respecto a la solicitud sobre la tercerización de determinados servicios, se menciona que esta Convocante ha diseñado las bases y condiciones del presente procedimiento a fin de lograr una correcta y por sobre todo oportuna satisfacción de las necesidades institucionales, considerando que los vehículos que conforman el parque automotor institucional constituyen herramientas fundamentales para el cumplimiento de los objetivos enmarcados por el Tribunal Superior de Justicia Electoral. Por tanto, solicitamos amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.