REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CAPACIDAD FINANCIERA, Punto 7 Capital Social
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CAPACIDAD FINANCIERA, Punto 7. Capital Social: Capital Mínimo, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios y Disponibilidades mínimas, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios 2020, 2021, 2022:
En el PBC son requeridos los siguientes montos para Capital Social y Disponibilidades al cierre de los ejercicios 2020, 2021 y 2022:
Capital Social: Capital Mínimo, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios:
En los Balances correspondientes a los años 2020; 2021 y 2022.
Junio 2020: Gs. 35.000.000.000.
Junio 2021: Gs. 40.000.000.000.
Junio 2022: Gs. 45.000.000.000.
Disponibilidades mínimas, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios 2020, 2021, 2022.
En los Balances correspondientes a los años 2020; 2021 y 2022.
Junio 2020: Gs. 17.000.000.000.
Junio 2021: Gs. 19.000.000.000.
Junio 2022: Gs. 21.000.000.000
Que, a fin de promover la mayor participación de las Compañías Aseguradoras del País, se solicita a la convocante modificar el pbc, siendo que contamos con un Capital Social y Disponibilidad acorde a los riesgos licitados, contando con la suficiente SOLVENCIA económica y patrimonial, además de trayectoria para asumir y responder ante los riesgos licitados, contando con todos los requerimientos requeridos por la Convocante y además con las garantías y respaldo que proporcionan los contratos de Reaseguros, debiendo la convocante dar cumplimiento y promover los principios de igualdad y libre competencia dispuesto en el artículo 4 de la Ley 2051/03.
Que, al establecer dichos montos se está restringiendo la participación a casi la totalidad de las aseguradoras y se limitaría una ínfima o contada cantidad de aseguradoras. A este respecto, se solicita modificar el PBC en cuanto a los REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CAPACIDAD FINANCIERA, Punto 7. Capital Social, debiendo decir o consignar cuánto sigue:
Capital Social: Capital Mínimo, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios:
En los Balances correspondientes a los años 2020; 2021 y 2022.
Junio 2020: Gs. 30.000.000.000.
Junio 2021: Gs. 35.000.000.000.
Junio 2022: Gs. 40.000.000.000.
Disponibilidades mínimas, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios 2020, 2021, 2022.
En los Balances correspondientes a los años 2020; 2021 y 2022.
Junio 2020: Gs. 17.000.000.000.
Junio 2021: Gs. 17.500.000.000.
Junio 2022: Gs. 18.000.000.000
Buscando siempre fomentar la mayor participación, la mejor oferta para la Convocante en cuanto a precio y solvencia.
04-05-2023
16-05-2023
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CAPACIDAD FINANCIERA, Punto 7 Capital Social
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CAPACIDAD FINANCIERA, Punto 7. Capital Social: Capital Mínimo, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios y Disponibilidades mínimas, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios 2020, 2021, 2022:
En el PBC son requeridos los siguientes montos para Capital Social y Disponibilidades al cierre de los ejercicios 2020, 2021 y 2022:
Capital Social: Capital Mínimo, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios:
En los Balances correspondientes a los años 2020; 2021 y 2022.
Junio 2020: Gs. 35.000.000.000.
Junio 2021: Gs. 40.000.000.000.
Junio 2022: Gs. 45.000.000.000.
Disponibilidades mínimas, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios 2020, 2021, 2022.
En los Balances correspondientes a los años 2020; 2021 y 2022.
Junio 2020: Gs. 17.000.000.000.
Junio 2021: Gs. 19.000.000.000.
Junio 2022: Gs. 21.000.000.000
Que, a fin de promover la mayor participación de las Compañías Aseguradoras del País, se solicita a la convocante modificar el pbc, siendo que contamos con un Capital Social y Disponibilidad acorde a los riesgos licitados, contando con la suficiente SOLVENCIA económica y patrimonial, además de trayectoria para asumir y responder ante los riesgos licitados, contando con todos los requerimientos requeridos por la Convocante y además con las garantías y respaldo que proporcionan los contratos de Reaseguros, debiendo la convocante dar cumplimiento y promover los principios de igualdad y libre competencia dispuesto en el artículo 4 de la Ley 2051/03.
Que, al establecer dichos montos se está restringiendo la participación a casi la totalidad de las aseguradoras y se limitaría una ínfima o contada cantidad de aseguradoras. A este respecto, se solicita modificar el PBC en cuanto a los REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CAPACIDAD FINANCIERA, Punto 7. Capital Social, debiendo decir o consignar cuánto sigue:
Capital Social: Capital Mínimo, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios:
En los Balances correspondientes a los años 2020; 2021 y 2022.
Junio 2020: Gs. 30.000.000.000.
Junio 2021: Gs. 35.000.000.000.
Junio 2022: Gs. 40.000.000.000.
Disponibilidades mínimas, al cierre de los 3 (TRES) últimos ejercicios 2020, 2021, 2022.
En los Balances correspondientes a los años 2020; 2021 y 2022.
Junio 2020: Gs. 17.000.000.000.
Junio 2021: Gs. 17.500.000.000.
Junio 2022: Gs. 18.000.000.000
Buscando siempre fomentar la mayor participación, la mejor oferta para la Convocante en cuanto a precio y solvencia.
La Convocante se mantiene en lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones. La presente contratación es un seguro contra todo riesgo de los bienes y locales ubicados en diferentes puntos del territorio nacional, correspondiente a todas las circunscripciones judiciales que forman de la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay.
Es por eso que esta Convocante en atención a que las sumas a ser aseguradas, fijó los criterios de capacidad financiera, a fin de asegurarse la contratación de compañías con solidez económica demostrable con los años, cuestión que se encuentra relacionada a la capacidad de gestión de las aseguradoras. Exigir la demostración de la capacidad y experiencia del proveedor en los aspectos señalados es fundamental pues El Estado no puede improvisar considerando la magnitud de riesgos y resguardar los bienes por lo que es importante que las Aseguradoras cuenten con disponibilidades mínimas de tal manera a que los Asegurados tengan cierta confianza en las mismas a la hora de la indemnización de siniestros y estos valores mínimos requeridos van relacionados con la calificación solicitada.