En el Pliego de Bases y Condiciones, Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación, numera 5, se establece: 5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) y en el Modelo del Contrato se hace mención a una cláusula de Constancia de presentación de declaración jurada.
Al respecto, solicitamos establecer dicho requisito como NO APLICA, considerando que se encuentra en vigencia la Ley N° 6919/22 “Que modifica varios artículos de la Ley N° 5033/2013 ‘Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos’ y deroga la Ley N° 6355/2019”, por lo que los proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación de la constancia que acredita la presentación de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos en los procedimientos de contrataciones públicas. Las convocantes tampoco deberán exigir la presentación de dicha constancia.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación, numera 5, se establece: 5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) y en el Modelo del Contrato se hace mención a una cláusula de Constancia de presentación de declaración jurada.
Al respecto, solicitamos establecer dicho requisito como NO APLICA, considerando que se encuentra en vigencia la Ley N° 6919/22 “Que modifica varios artículos de la Ley N° 5033/2013 ‘Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos’ y deroga la Ley N° 6355/2019”, por lo que los proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación de la constancia que acredita la presentación de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos en los procedimientos de contrataciones públicas. Las convocantes tampoco deberán exigir la presentación de dicha constancia.
Verificar la Adenda Modificatoria Nº 2 cargada en el Portal de Contrataciones Públicas.
2
Capacidad Tecnica
"El oferente deberá contar con al menos una persona Certificada en Implementación y Administración de Consolas VIP para Creative Cloud, personal con antiguedad mínima de 3 meses en la empresa oferente. El Oferente deberá ser canal GOLD o equivalente de la marca ofertada."
Con estos requisitos están limitando la participación de posibles oferentes que están autorizados a comercializar la Licencia solicitada, pero que no cuentan con el nivel GOLD. Creemos que es un requisito irrelevante, puesto que al ser un canal autorizado, ya se encuentra hablilitado para la comercialización de la Licencia solicitada.
"El oferente deberá contar con al menos una persona Certificada en Implementación y Administración de Consolas VIP para Creative Cloud, personal con antiguedad mínima de 3 meses en la empresa oferente. El Oferente deberá ser canal GOLD o equivalente de la marca ofertada."
Con estos requisitos están limitando la participación de posibles oferentes que están autorizados a comercializar la Licencia solicitada, pero que no cuentan con el nivel GOLD. Creemos que es un requisito irrelevante, puesto que al ser un canal autorizado, ya se encuentra hablilitado para la comercialización de la Licencia solicitada.
Verificar la Adenda Modificatoria Nº 2 cargada en el Portal de Contrataciones Públicas.
3
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
En el SICP se establece: Tipo de Garantía: Declaración Jurada
Sin embargo, entre los formularios descargados en relación con la contratación no se observa el modelo de Declaración Jurada a presentar, dado que aquel obrante entre los formularios expone en su texto final: Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria.
Así también, en el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación, numeral 2, se establece: “2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución”, es decir, no otorga la opción de extender la Garantía de Mantenimiento de Oferta bajo la forma de declaración jurada, contrariamente a lo determinado en el SICP.
En consecuencia, consultamos:
a) ¿Será o no aceptada la declaración jurada como forma de extender la garantía de mantenimiento de oferta? En caso afirmativo, favor proveer el modelo del formulario a utilizar.
b) Independientemente a que sea confirmada la aceptación de la declaración jurada como forma de emitir la garantía de mantenimiento de oferta y sea provisto el modelo de formulario a utilizar consultamos ¿Podrá ser extendida la garantía de mantenimiento de oferta bajo la forma de una póliza de seguro de caución? ¿O necesariamente deberá ser extendida la garantía de mantenimiento de oferta bajo declaración jurada?
En el SICP se establece: Tipo de Garantía: Declaración Jurada
Sin embargo, entre los formularios descargados en relación con la contratación no se observa el modelo de Declaración Jurada a presentar, dado que aquel obrante entre los formularios expone en su texto final: Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria.
Así también, en el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación, numeral 2, se establece: “2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución”, es decir, no otorga la opción de extender la Garantía de Mantenimiento de Oferta bajo la forma de declaración jurada, contrariamente a lo determinado en el SICP.
En consecuencia, consultamos:
a) ¿Será o no aceptada la declaración jurada como forma de extender la garantía de mantenimiento de oferta? En caso afirmativo, favor proveer el modelo del formulario a utilizar.
b) Independientemente a que sea confirmada la aceptación de la declaración jurada como forma de emitir la garantía de mantenimiento de oferta y sea provisto el modelo de formulario a utilizar consultamos ¿Podrá ser extendida la garantía de mantenimiento de oferta bajo la forma de una póliza de seguro de caución? ¿O necesariamente deberá ser extendida la garantía de mantenimiento de oferta bajo declaración jurada?
Verificar Adenda Modificatoria Nº 4 cargada en el SICP
4
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
¿El oferente adjudicado podrá otorgar la garantía de fiel cumplimiento de contrato por medio de una declaración jurada en lugar de una póliza de seguro o garantía bancaria? En caso afirmativo, favor proveer el modelo del formulario a utilizar (dado que aquel obrante entre los formularios expone en su texto final: Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria)
¿El oferente adjudicado podrá otorgar la garantía de fiel cumplimiento de contrato por medio de una declaración jurada en lugar de una póliza de seguro o garantía bancaria? En caso afirmativo, favor proveer el modelo del formulario a utilizar (dado que aquel obrante entre los formularios expone en su texto final: Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria)
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5
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En el PBC, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS, se establece como parte de la descripción de lo requerido: Servicios profesionales en sesiones individuales del fabricante en hasta 2 veces por año.
Sobre lo transcripto consultamos:
a. ¿Qué tipo de servicios profesionales sobre las licencias a ser adquiridas deben ser prestados en sesiones individuales en hasta 2 veces por año?
b. ¿Qué duración eh horas deberán tener cada sesión individual a prestar?
c. ¿Las sesiones individuales podrán ser realizadas por medios remotos?
d. ¿Los servicios profesionales en sesiones individuales efectivamente deben ser del fabricante o pueden ser prestados por personal técnico del oferente?
En el PBC, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS, se establece como parte de la descripción de lo requerido: Servicios profesionales en sesiones individuales del fabricante en hasta 2 veces por año.
Sobre lo transcripto consultamos:
a. ¿Qué tipo de servicios profesionales sobre las licencias a ser adquiridas deben ser prestados en sesiones individuales en hasta 2 veces por año?
b. ¿Qué duración eh horas deberán tener cada sesión individual a prestar?
c. ¿Las sesiones individuales podrán ser realizadas por medios remotos?
d. ¿Los servicios profesionales en sesiones individuales efectivamente deben ser del fabricante o pueden ser prestados por personal técnico del oferente?
Servicios profesionales en sesiones individuales del fabricante en hasta 2 veces por año.
¿Qué tipo de servicios profesionales sobre las licencias a ser adquiridas deben ser prestados en sesiones individuales hasta 2 veces por año?
Los Servicios a ser prestados abarcan una amplia gama de consultas siempre refiriéndose al software en sí, estos pueden ir desde uso o solicitud de herramientas en programa de diseño, como solicitud de actualizaciones de software, además de administraciones de consola.
¿Qué duración en horas deberán tener cada sesión individual a prestar?
El necesario para la resolución del inconveniente
¿Las sesiones individuales podrán ser realizadas por medios remotos?
Podrían ser remotos o presenciales
¿Los servicios profesionales en sesiones individuales efectivamente deben ser del fabricante o pueden ser prestados por personal técnico del oferente?
Deben ser con todos, Fabricante, técnico oferente y cliente.