El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
La suscripción incluye:
Especificaciones Técnicas:
La base de Jurisprudencia Online comprende sentencias a texto completo de la C.S.J. de los Tribunales de Apelación y de las Circunscripción judiciales, desde el año 1977, hasta la fecha, con las actualizaciones diaria.
Cada fallo posee los datos objetos del mismo (tribunal, fechas, partes, número de sentencia); las voces jurídicas (descripciones temático); los hechos (breve descripción de las circunstancias del caso); sumarios (permite optimizar los tiempos de lectura de un fallo), obtenido de mayor grado de comprensión sobre la cuestión); citas legales (referencias a la legislación mencionada en el fallo) y jurisprudencia vinculada.
Además, incluye jurisprudencia y doctrina de la Argentina, desde el año 1990 hasta la fecha, actualizaciones permanentes, está compuesta por sentencias a texto completo, de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Mendoza y Córdoba.
La base online de Legislación más completa del país comprende una base histórica de las normas más importantes desde el año 1972 hasta la fecha todas las normas en forma correctiva.
Contenido de la Base: Constitución concordada, Códigos de fondo y procedimiento, leyes, Decretos, Resoluciones, Acordadas y Ordenanzas de la Municipalidad de Asunción, Circulares del Banco Central (desde el año 2010 en adelante); Proyecto de Ley y otras.
Cada norma posee un sumario con los datos objetivos de la norma (fecha de sanción, promulgación y publicación), emisor de la norma, citas legales (referencia a normas que derogan, modificación y/o ampliación actualización diaria, control de constitucionalidad (cita de fallos que declaran la constitucionalidad o la improcedencia de acciones de inconstitucionalidad).
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La más amplia colección de fallos a textos completo con el valor agregado tradicional de la Ley, Incluye aquellos fallos que marcaron un hito en la historia de la doctrina de esta tribuna, con un análisis especial.
El análisis especial comprenderá los siguientes puntos: 1) la instancia previa (fallo dictado en segunda sentencia).
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3) Historia Directa (otros fallos relevantes dictados en la misma causa).
4) Competencia, vía, tipo de acción o proceso.
5) Control de constitucionalidad (permitir anticipar cuando una norma es considerada válida y aplicable, y cuando no).
6) Fallos relacionados (comparación de fallo analizado con otros de la Corte Suprema de Justicia, a fin de determinar si hay o no cambio en la postura del máximo tribunal).
7) Notas de redacción Para tener en cuenta (cuestiones relevantes que surgen del análisis del fallo y deben ser tenidas en cuenta por el profesional).
8) Además, incorporar la Constitución Nacional, concordada y vinculada con la legislación reglamentaria y con jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.
Contiene toda la legislación vigente. Todos los textos correspondientes a las normas nacionales de mayor relevancia en estas materias con sus actualizaciones, Jurisprudencia: Una selección de la Jurisprudencia más relevante en estas materias del derecho, de los Tribunales de Apelación y las acciones de inconstitucionalidad presentadas ante la Corte Suprema de Justicia. Doctrinas: conozca la opinión de los principales juristas del ámbito Administrativo y Contencioso. - Administrativo, Civil, Laboral, Comercial, Derecho de la Competencia y Penal. En temas fundamentales y actuales.
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La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 | Servicio de suscripción online a base de datos juridica | 12 | Meses | Oficinas de la Comisión Nacional de la Competencia |
El proveedor tendrá un plazo de 2 (dos) días para la entrega del servicio, que será computada a partir del día siguiente de la Recepción de la Orden de Servicio por parte del proveedor |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Orden de Servicio / Acta de recepción | Orden de Servicio / Acta de recepción |
12 meses |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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