Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Capacidad Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Se aplicara el margen de preferencia nacional de conformidad a la legislación vigente. La acreditación de Origen Nacional del Producto y/o ensamblaje de los bienes, será a través del Certificado de Valor Agregado Nacional expedido por la autoridad competente. A fin de acogerse al beneficio, el certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de apertura de ofertas.
En caso de que los oferentes que se encuentren dentro del rango del porcentaje para beneficiarse del margen, no presentaren con su oferta el certificado o presentare la constancia en trámite del mismo, el comité de Evaluación solicitara por escrito el certificado a aquellas ofertas que hayan declarado ser nacionales en el marco de lo establecido en la Ley
N°4838/12 QUE ESTABLECE LA POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL . Si luego del requerimiento realizado por el Comité el oferente no presentare el documento, o la presentación sea deficiente o tardía, la oferta no será descalificada, pero no podrá acogerse al beneficio.
Durante la evaluación de la oferta, si la oferta evaluada como la más baja es una oferta de un bien importado o que no haya presentado el Certificado de Valor Agregado Nacional, esta será comparada con la oferta más baja del bien Nacional que ha presentado el aludido certificado, agregándole al precio total del bien que no cuenta con el Certificado de Valor agregado Nacional una suma equivalente al porcentaje establecido en la legislación vigente. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el Paraguay que haya acreditado mediante la presentación del certificado resultare ser la más baja se la seleccionara para la adjudicación; caso contrario se seleccionara la oferta del bien proveniente del extranjero o que no haya presentado el citado documento.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente, deberá llevar adherida estampilla Municipal de guaraníes mil (Gs.1.000) Art. 112° Ley 881/81 QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y DE OTROS RECURSOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN Y LA ORDENANZA GENERAL DE TRIBUTOS MUNICIPALES N° 54/2022 para el año 2023. Cada una de las fojas que conforman la oferta deberá estar firmada por el Titular o Representante con poder suficiente del Oferente. Todas las fojas deberán estar foliadas. |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. El oferente deberá estar al día en el pago de todo impuesto, tributos y tasas con la convocante al momento de la presentación de la oferta, en donde el comité de evaluación, realizara la comprobación correspondiente a la Dirección de Recaudaciones para corroborar el presente requerimiento. |
9. Documentos legales. |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de oferta.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a. Para contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL:
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los años 2020, 2021 y 2022.
Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años 2020, 2021 y 2022.
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de los años 2020, 2021 y 2022 no deberá ser negativo.
b. Para contribuyentes de IRPC/IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los años 2020, 2021 y 2022.
c. Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los años 2020, 2021 y 2022.
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Para los consorcios, todos los integrantes deberán cumplir con los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social, además deberá indicarse en la oferta cual es la empresa líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos el 60% (sesenta por ciento), de los criterios de calificación de la capacidad financiera y el 40% (cuarenta por ciento) restante lo cumplirán los demás integrantes del consorcio.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Demostrar la experiencia en la venta de vehículos, con contratos y/o facturaciones anteriores suscriptas con instituciones publicas y/o empresas privadas dentro de los años (2018, 2019, 2020, 2021 y 2022) y que en su conjunto obtengan el 50% del monto total de su oferta. Deberá presentar los contratos y/o facturaciones realizados en cualquiera de los años mencionados, pudiendo presentar la cantidad necesaria hasta acreditar el porcentaje requerido.
Los contratos con empresas privadas (física o jurídica) deberán estar acompañadas de las respectivas facturas emitidas en el marco de dichos contratos y autenticados por escribanía publica. Toda facturación realizada a empresas privadas deberá estar acompañada del documento que avale la recepción del bien (nota de remisión o acta de entrega)
En caso de consorcios, se considerará la sumatoria de facturas y contratos presentados por las empresas.
2. El Oferente deberá contar con una experiencia mínima de 05 (cinco) años de representación del bien ofertado.
1. Copia de contratos, Facturaciones y Recepciones finales que avalen la experiencia requerida 2. Copia de la representación del bien ofertado a ser emitido por el fabricante o distribuidor |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. El oferente deberá contar con talleres propios autorizados por el fabricante (2 como mínimo) en el área metropolitana y/o central, especializados en la marca de los vehículos ofrecidos.
2. El oferente deberá de certificar la continuidad de fabricación de repuestos por un periodo mínimo de 10 años.
3- El oferente deberá de poseer la infraestructura necesaria, así como del personal técnico altamente calificado y certificado para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados.
4- Los bienes ofertados deberán de disponer localmente de repuestos, partes y accesorios, de modo a solucionar en forma inmediata cualquier inconveniente que pueda surgir con los mismos, durante la duración de la garantía.
5- Los bienes ofertados deben de cumplir con las EETT mínimas requeridas.
1. Declaración Jurada de contar con talleres propios autorizados por el fabricante (2 como mínimo) en el área metropolitana y/o central, especializados en la marca de los vehículos ofrecidos, acompañados de su correspondiente Patente Municipal.
2. Certificado de continuidad de fabricación de repuestos por un periodo mínimo de 10 años.
3- Declaración Jurada de poseer la infraestructura necesaria, así como del personal técnico altamente calificado y certificado para proveer y respaldar posteriormente los bienes ofertados.
4- Listado de las sucursales de repuestos que posea el oferente en el área metropolitana y/o central, de la marca de los vehículos ofrecidos.
5- Catalogo o Ficha Técnica de los bienes cotizados a fin de evaluar el cumplimiento de las EETT requeridas.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.