Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

LPN Nº 10/2023

CONTRATACIÓN DE SEGURO MEDICO PARA FUNCIONARIOS DE LA ANNP ID 427081

ADENDA Nº 1

Señores Oferentes:

En suministros requeridos - Especificaciones Técnicas, se modifican los siguientes puntos: 

* PROCEDIMIENTO DE INCLUSIÓN DE ADHERENTES, queda redactado de la siguiente manera: 

Las incorporaciones de los adherentes se podrán realizar hasta 90 (noventa) días posteriores a la firma del contrato, lo que será responsabilidad exclusiva de cada Titular.

Los beneficiarios adherentes, permanecerán en esta condición desde su ingreso y durante la vigencia del contrato.

La prestadora podrá suspender los servicios a los adherentes que se encuentran en mora por un plazo igual o superior a 3 (tres) meses

En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución, por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, o por dejar de prestar servicios en la Institución, la Contratante comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y elevará la nómina correspondiente en reemplazo de los mismos, toda vez que la situación así lo amerite.

*COBERTURA, queda redactado de la siguiente manera: 

La prestación de servicios de cobertura médica integral es inmediata, entendida con la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, enfermería, ambulancias, traslados, medicamentos y descartables, utilización de salas, estudios en general, análisis laboratoriales, estudios de diagnóstico por imagen, entre otros, sin cargo para el asegurado conforme a los anexos A, B y C, ya sea en internaciones, urgencias, emergencias y consultas médicas en consultorio.

La elección será de libre decisión del beneficiario (Titular, Grupo Familiar y/o Adherente) sin que sea requisito previo recurrir al PROVEEDOR Y/O PRESTADORA SERVICIOS en:

a) Consultas con profesionales médicos habilitados en la oferta por la oferente

b) Servicios de Urgencias en centros asistenciales habilitados por la oferente

c) Servicios Sanatoriales: En Asunción: 3 (tres) Centros Asistenciales de los 5 (cinco) que se deberá ofrecer. Uno de esos tres Centros Asistenciales deberá tener la categoría 3.

 El oferente deberá indicar en la oferta cuáles serán los 3 (tres) Centros Asistenciales habilitados con régimen de libre elección.

 

 

d) Medicina por imágenes: Asunción: En 2 (dos) Institutos. El oferente deberá indicar en la oferta cuáles serán los 2 (dos) Institutos habilitados con régimen de libre elección.

e) Servicios Laboratoriales: En Asunción: 2 (dos) Laboratorios de los 3 ( tres) que se deberá ofrecer.

 El oferente deberá indicar en la oferta cuáles serán los 2 (dos) Centros Asistenciales habilitados con régimen de libre elección.

 

La empresa prepaga adjudicada deberá poner a disposición de los funcionarios de la A.N.N.P., toda su red de prestadores: Sanatorios, Centros Médicos, Consultorios particulares, Laboratorios, Centros de Diagnóstico por Imagen, Centros de Rehabilitación, entre otros, en todo el país, que tengan convenio con la prestadora.

La cobertura por servicios sanatoriales será por EVENTO, para cada Titular, Miembro del Grupo familiar y adherentes, durante la vigencia del contrato.

Se entenderá por evento a todo suceso relacionado a enfermedades clínicas y/o quirúrgicas así como a situaciones no previstas, hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médicos quirúrgicos, así como sus respectivos estudios, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva ENFERMEDAD línica y/o quirúrgica.

*OTROS SERVICIOS, los demás ítems de este apartado permanecen sin variarse, quedando modificado el siguiente ítem:

  • Urgencia y/o emergencia las veinticuatro horas de acuerdo a los anexos A, B y C en centros no habilitados por la prestadora.

*COBERTURAS DE ENFERMEDADES PREEXISTENTES E INFECCIOSAS, los demás ítems de este apartado permanecen sin variación, quedando modificado el siguiente ítem:

  • COVID 19 contará con la siguiente cobertura: brindar servicios de urgencia a los titulares y/o beneficiarios así como cubrir los gastos de traslado en ambulancia a otro centro asistencial, si fuera necesario. Los test de diagnóstico del COVID -19 (hisopados) tendrán un arancel preferencial (descuento de 20%) en los laboratorios designados por la prestadora de servicios. Adicionalmente, en estos casos tendrá cobertura la realización de estudios de diagnósticos conforme a las limitaciones establecidas en los Anexos del presente pliego de bases y condiciones

 

CENTROS ASISTENCIALES

Respecto a los Sanatorios y/o Centros Asistenciales para Asunción y el Departamento Central será requerido que por lo menos 3 (tres) deberán ser de la categoría correspondientes al Nivel 3 o superior, de acuerdo a la clasificación establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Por lo menos (2): dos de los sanatorios Nivel 3 deben contar con terapia Intensiva para Adultos y Terapia Intensiva de niños y al menos (1) uno de ellos deberá contar con Terapia Intensiva de niños ,adultos  neonatal, resonador  y tomógrafo instalado, con certificado de funcionamiento.

Los establecimientos deben contar con la habilitación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social vigente al momento de la fecha de la apertura de ofertas, estar inscriptos y tener la certificación de la Superintendencia de Salud dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, vigente o en trámite de renovación expedida por dicha dependencia ministerial.

Con respecto a los Centros de Diagnósticos, en la localidad de Asunción, la Prestadora de Servicios debe contar con mínimo: 3 (3) Laboratorios y 2 (2) Centros de Imágenes.

Para la Ciudad Asunción y Departamento Central, se deberá garantizar la cobertura de por lo menos 14 (catorce) Centros Asistenciales y 12 (doce) laboratorios en Asunción y el Gran Asunción (Dpto. Central) de acuerdo al siguiente cuadro:

Asunción: 05 (cinco) sanatorios y 03 (tres) laboratorios. Será requisito contar con por lo menos un sanatorio de Nivel 3

Ciudad de San Lorenzo: 02 (dos) sanatorios y 02 (dos) laboratorios. Será requisito contar con por lo menos un sanatorio de Nivel 3

Ciudad de Fernando de la Mora: 02 (dos) sanatorios y 02(dos) laboratorios. Será requisito contar con por lo menos un sanatorio de Nivel 3

Ciudad de Luque: 01 (un) sanatorio y 01(un) laboratorio.

Ciudad de Capiatá: 01 (un) sanatorio y 01 (un) laboratorio.

Ciudad de Villeta: 01 (un) sanatorio y 01(un) laboratorio.

Ciudad de Limpio: 01 (un) sanatorio y 01(un) laboratorio.

Ciudad de Mariano Roque Alonso: 01(un) sanatorio y 01(un) laboratorio.

 

*COBERTURA INTERNACIONAL, queda redactado de la siguiente manera:

Cobertura para el titular en consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias, durante viajes al exterior y mientras dure dicho viaje, hasta 30 días.

Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad.

El titular solicitará las credenciales identificadoras como mínimo 48 horas antes de viajar al exterior. La CONTRATADA otorgará sin cargo el carnet de viajero.

Esta cobertura es exclusiva para los funcionarios de la ANNP que prestan servicio en el exterior (Depósitos Francos, Zonas Francas), para ello la Institución, a través del Administrador del contrato, remitirá por nota el listado de los funcionarios que prestan servicio en el exterior.

*COBERTURA FARMACÉUTICA AMBULATORIA, queda redactado de la siguiente manera: 

Cobertura del 30% (cincuenta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales.

Cobertura del 20% (veinte por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos importados.

Cobertura del 15% (quince por ciento) de descuento en preparados magistrales.

Estos descuentos deben ser ofrecidos en al menos 1 (una) Cadena de Farmacias con sucursales en Asunción, Gran Asunción e interior del País.

La PRESTADORA de SERVICIOS deberá presentar convenio con una farmacia o cadena de farmacias que deberán estar debidamente habilitadas por el M.S.P. y B.S. con la que la Prestadora de Servicios tiene relación dentro de Asunción, Gran Asunción e interior del País.

Para la aplicación de esta Cobertura se deberá presentar la receta a nombre del Asegurado con el número de Contrato.

 

*MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD, se modifica solo el siguiente parrafo, quedando redactado de la siguiente manera:

Quimioterapia con medicamentos incluidos: Con cobertura 100% hasta 6 sesiones y medicamentos oncológicos por valor de 8.000.000 (Guaraníes ocho millones). La cobertura de Radioterapia curativa y Cobaltoterapia deberá incluir los medicamentos y materiales descartables 100% hasta 8 sesiones.

 

*SERVICIOS SIN COBERTURA, los demás ítems de este apartado quedan sin alteración alguna, agregando el siguiente ítem: 

  • Epidemias y Pandemias declaradas por el Poder Ejecutivo

*ANEXO A, los demás ítems de este apartado quedan sin alteración alguna, modificando solo los siguientes ítems: 

 

SERVICIOS

LIMITACIONES

 

Medicamentos en todo tipo de internación (clínicas, quirúrgicas, partos, etc.)

Hasta Gs.10.000.000 (guaraníes diez millones) Por Evento por Beneficiario

Materiales y Descartables en internación (clínicas, quirúrgicas, partos, etc.)

Hasta Gs. 6.000.000 (Guaraníes seis millones) Por Evento por Beneficiario

Oxígeno, con todos los accesorios necesarios para su utilización

Hasta Gs.4.000.000.(Guaraníes cuatro millones) Por Evento por Beneficiario

 

EXPERIENCIA REQUERIDA:

Solo se modifica el siguiente ítem, manteniendo las demás condiciones sin ninguna variación En caso de tratarse de un consorcio: en el punto 1) todos los miembros del consorcio deberán cumplir con el: requisito, en el punto 2), el líder del consorcio debe cumplir con el 60% o más de la experiencia requerida; y el porcentaje restante lo cumplirán el o los demás del consorcio. En cuanto a los puntos 3) 4) y 5) los miembros en conjunto podrán cumplir con el requisito

 

CAPACIDAD TECNICA: Se agrega el siguiente ítem, manteniendo las demás condiciones sin ninguna variación:

  • HABILITACIÓN EN EL RUBRO: los establecimientos deben contar con la habilitación del MSP y BS vigente al momento de la apertura de sobres, estar inscriptos y tener la Certificación de la Superintendencia de Salud dependiente del MSP y BS, vigente o en trámite de renovación expedida por dicha dependencia ministerial; y la cartera de clientes corporativos públicos y/o privados. La experiencia mínima en la prestación de servicios similares a lo solicitado en el PBC deberá ser de 5 (cinco) años.

 

Plazos

Entrega de ofertas: En el SICP

Apertura de ofertas: En el SICP

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de calificación y criterios de evaluación
  • Experiencia requerida
  • Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
  • Capacidad Técnica
  • Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
  • Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/427081-contratacion-seguro-medico-funcionarios-annp-ad-referendum-aprobacion-partida-presup-1/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda