Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado según formulario proforma. |
6. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**). NO APLICA. |
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
10. Documentos legales |
10.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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10.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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10.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años (2020, 2021 y 2022)
Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años (2020, 2021 y 2022)
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio en los últimos 3 años (2020, 2021 y 2022), no deberá ser negativo
Capital Operativo: Demostrar que dispone de recursos financieros tales como: Activos líquidos o líneas de crédito disponible (no condicionado), para cubrir los compromisos contractuales, atendiendo que el llamado no prevé pago de Anticipo. El Capital Operativo debe ser el resultado de la diferencia ente el Activo corriente menos el Pasivo Corriente, cuyo resultado es el Capital Operativo, y dicho valor deberá ser como mínimo el 30 % (treinta por ciento) del monto máximo del o los lotes ofertados, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2022).
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
En caso de Consorcios; el líder deberá cumplir con al menos el 50% (cincuenta por ciento) de la experiencia requerida, pudiendo entre los demás miembros del consorcio cumplir el porcentaje restante.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Constancia del RUC |
2. Copia de Contratos o Facturas |
3. Recepción final o Constancia de buen desempeño |
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
• 1 (uno) unidad. Vacuolavadora del tipo industrial que limpia y aspira simultáneamente con cepillos de cerda, nylon y paños sintéticos con rendimiento de trabajo igual o superior a 1900 m2/hora, ficha tecnica, con el certificado del distribuidor, representante o fabricante que acredite en su contenido como mínimo la característica solicitada, de modo a comprobar lo requerido
• 1 (uno) unidad. Fregadora de pisos tipo industrial que limpia y aspira simultáneamente con cepillos de cerda, nylon y paños sintéticos con rendimiento de trabajo igual o superior a 4900 m2/hora, con el certificado del distribuidor, representante o fabricante que acredite en su contenido como mínimo la característica solicitada, de modo a comprobar lo requerido.
• 1 (una) unidad. Lavadora tipo industrial de alfombras, con cepillos de cerda, nylon sintéticos.
• 1 (uno) unidad de fregadora de escalones de escaleras fijas con accionamiento a baterías o electricidad con cepillos circulares y portapaños, ficha técnica, con el certificado del distribuidor, representante o fabricante que acredite en su contenido como mínimo la característica solicitada, de modo a comprobar lo requerido.
• 5 (cinco) unidades. Aspiradora de polvo y líquido, con una capacidad mínima 20 litros.
• 3 (tres) unidades Hidrolavadora de 1600 bares de presión como mínimo para agua fría para el lavado de los pisos de explanadas y terrazas.
• Registro domisanitario vigente de Detergente, desodorante de ambiente, alcohol en gel, alcohol liquido al 70%, desinfectante sanitizante de superficies de larga duración.
• Equipamientos de limpiezas en altura como mínimo: amortiguador de impactos, descensor, mosquetones, cuerda semiestaticas, silleta para trabajos en altura, freno anticaídas y arnes de cuerpo completo cada uno ellos deben contar con una certificación escrita emitida por el fabricante para evidenciar que son aptas para el trabajo.
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2. Copia del registro del técnico en Seguridad Ocupacional categoría A de la Empresa emitido por el MTESS y vigente al momento de la apertura de ofertas. |
3. Copia del CIPA |
4. Copia del Reglamento Interno |
5. Constancia de Inscripción en el Registro Obrero Patronal del IPS y constancia de presentación de las planillas |
6. Constancia de no adeudar aporte de obrero patronal y la planilla presentada a dicha Institución |
7. Copia de licencia comercial o patente comercial o su equivalente según municipio correspondiente, vigentes al momento de la apertura de ofertas |
8. Certificación de calidad. |
9. Organigrama de la Empresa |
10. Constancia de Visita técnica a los Edificios |
11. Listado de equipos y maquinarias mediante las cuales garantiza el cumplimiento del contrato, con documentaciones legales (Facturas) respaldatorias de que es propiedad del proveedor, este requerimiento deberá ser presentado al momento de la firma del contrato |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
La Convocante se reserva el derecho de fiscalizar, visitar o revisar las infraestructuras edilicias, maquinarias, insumos y equipos declarados, a fin de confirmar la información documental que acompaña a la oferta.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.