El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El servicio requerido es para Mantenimiento del sistema de Gestión de Tarjeta de Crédito y Débito con las funciones nominadas, y que comprende cuanto sigue:
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS TAREAS QUE SE PODRÁN REALIZAR CON EL SISTEMA MÓDULO OPERATIVO
PROCESO DE MANTENIMIENTO GESTIÓN DE A/B/M Y OTROS PROCESOS OPERATIVOS.
PROCESO Y MANTENIMIENTO DE GESTIÓN DEL STOCK DE PLÁSTICOS.
OPCIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL STOCK
Todas las integraciones necesarias del sistema de Tarjetas de Crédito y Débito construido con el Sistema TECBAN, será a través de Webservices.
MÓDULO CONTABLE
MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN PARA LA GENERACIÓN DE ASIENTOS CONTABLES AUTOMÁTICOS.
INFORMES DE APOYO
INVENTARIOS CUENTAS TRANSITORIAS DE TARJETAS DE DÉBITO
Inventarios de cuentas contables pasivas transitorias y activas transitorias de Tarjetas de Débito, originadas en las conciliaciones y compensaciones, conforme datos registrados en el Banco y en las Procesadoras.
REPORTES ESPECIALES:
N° Orden; Nombre y Apellido; C.I.C; N° de Tarjeta; Comercio; Monto.
N° de Orden; Nombre y Apellido; C.I.C., N° de Tarjeta; Concepto, Monto
N° Orden; Nombre y Apellido; C.I.C.; N° de Tarjeta; Comercio; Monto.
Informes para verificación de procesos de pagos por facturación de las procesadoras con RANGOS DE FECHAS por Servicios de Tarjeta de Crédito y Débito, conforme al ítem de los Tarifarios Vigentes, para los cual se tendrán en cuenta los archivos del Banco y de las procesadoras.
MÓDULO DE CONTROL Y CONCILIACIÓN
MANTENIMIENTO EN PROCESO DE CONCILIACIÓN DE LA CARTERA DE TARJETAS VS CONTABILIDAD.
Este proceso permitirá realizar la conciliación de los saldos de la deuda de usuarios de la cartera de tarjeta de crédito vs los saldos de la contabilidad, en las partidas contables correspondientes y acusará diferencia en caso de existir, para que el operativo pueda proceder a su corrección.
CONCILIACIÓN DE LOS PAGOS
MANTENIMIENTO EN EL PROCESO DE CONCILIACIÓN DE LOS ADELANTOS DE EFECTIVO.
MANTENIMIENTO EN EL PROCESO DE CONCILIACIÓN DE COMPRAS, EXTRACCIONES Y OTRAS TRANSACCIONES DE TARJETA DE DÉBITO
Proceso de conciliación de compras, extracciones u otras transacciones de Tarjeta de Débito o crédito registrada en el Banco versus registrados en las Procesadoras y compensados con diferentes entidades y Clearing u otros procesos.
CUADRO RESUMEN DE LA CARTERA.
MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN PARA LA GENERACIÓN DE REPORTES REGULATORIOS DE LA CENTRAL DE RIESGOS.
CREACIÓN, MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DEL MÓDULO DE PREVISIONES
CREACIÓN, MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DEL MÓDULO DE OPERACIONES DERIVADAS DE PRESTAMOS
Los Cuadros de Resumen deberán también poder generarse y exponerse a través de Gráficos Ilustrativos.
EVOLUCIÓN MENSUAL DE LA CARTERA
INFORME DE USUARIOS POR LA CATEGORIZACIÓN DE MORA Y DETERMINACIÓN DE LAS PREVISIONES NECESARIAS SEGÚN CATEGORIZACIÓN DEL BCP.
OBSERVACIÓN: Si al momento de inicio de los servicios especificados ya existen desarrollos internos o externos de los ítems solicitados se deberá adecuar los mismos a los requerimientos actuales en coordinación con los sectores afectados.
La Contratación del Servicio de Desarrollo de Sistemas Informáticos, para la Descentralización, y Gestión de Tarjetas de Crédito y Débito para el BNF, serán prestados por al menos 2 (dos) profesionales designados por la empresa adjudicada, en la Gerencia Área de Tecnología Informática y Comunicaciones del Banco Nacional de Fomento y/o en la instalación del Proveedor, para el desarrollo de sistemas informáticos de acuerdo a las especificaciones técnicas elaboradas y la metodología de desarrollo de sistemas utilizadas en el BNF.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
No aplica.
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
Ítem |
Descripción del Servicio |
Cantidad |
Unidad de Medida del Servicio |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Mantenimiento, Descentralización y Monitoreo de Tarjeta de Crédito y Débito |
12 |
Mes |
El personal designado por la empresa adjudicada, prestará sus servicios, en forma diaria, en la Casa Matriz del Banco Nacional de Fomento, Gerencia de Área de Tecnología Informática y Comunicaciones, y sus actividades serán monitoreadas por la División Sistemas en el horario de 08:00 a 16:00 horas, y/o en la instalación del Proveedor |
La fecha de inicio de la prestación del servicio es de 1 (un) día hábil posterior a la suscripción del contrato respectivo. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Serán presentados: 12 (doce) informes
Frecuencia: mensual.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe de ejecución de servicios 1 |
Informe de ejecución de servicios |
SETIEMBRE 2023 |
Informe de ejecución de servicios 2 | Informe de ejecución de servicios | OCTUBRE 2023 |
Informe de ejecución de servicios 3 | Informe de ejecución de servicios | NOVIEMBRE 2023 |
Informe de ejecución de servicios 4 | Informe de ejecución de servicios | DICIEMBRE 2023 |
Informe de ejecución de servicios 5 | Informe de ejecución de servicios | ENERO 2024 |
Informe de ejecución de servicios 6 | Informe de ejecución de servicios | FEBRERO 2024 |
Informe de ejecución de servicios 7 | Informe de ejecución de servicios | MARZO 2024 |
Informe de ejecución de servicios 8 | Informe de ejecución de servicios | ABRIL 2024 |
Informe de ejecución de servicios 9 | Informe de ejecución de servicios | MAYO 2024 |
Informe de ejecución de servicios 10 | Informe de ejecución de servicios | JUNIO 2024 |
Informe de ejecución de servicios 11 | Informe de ejecución de servicios | JULIO 2024 |
Informe de ejecución de servicios 12 | Informe de ejecución de servicios | AGOSTO 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |