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Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

  1. Especificaciones Técnicas

ITEM

DESCRIPCIÓN

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Tramo

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL

SOLPED N°     10001982

1

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL PARA LA INC

Capacidad mínima por cada convoy a 6 pies de calado: 7.000 toneladas.

El servicio deberá dar cobertura al plan de acarreo de:

-Clinker desde la Fábrica de Vallemi hasta Fabrica Villeta en un promedio de 30.000 a 40.000 toneladas mensuales.

-Caliza desde la Fábrica de Vallemi hasta Fabrica Villeta conforme al plan de producción de cemento.

-Yeso desde la planta de Villeta hasta la planta de Vallemi conforme a los pedidos generados en el año.

 

 

Vallemi Villeta (y viceversa)

CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS y MAXIMOS

MONTO MÍNIMO:     21.300.000.000.- GS.

MONTO MAXIMO:  42.600.0000.000.- GS.

La Contratista debe presentar las barcazas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

La Contratista deberá transportar el material en condiciones de calidad y cantidad iguales a su embarque y la responsabilidad sobre el material será hasta el resultado de calidad y cantidad emitida por el dpto. de control de calidad y logística

 

        1. La INC procederá a la selección de las embarcaciones de bandera nacional para el servicio de transporte fluvial de materia prima, desde puerto de embarque o puntos de carga de la República del Paraguay o viceversa (Vallemí - Villeta). Quedan excluidas embarcaciones de bandera extranjera conforme Articulo 5 de la Ley 295/71.

La selección será realizada sobre la base a los requisitos establecidos por la INC en este documento, referente a aspectos técnicos de las embarcaciones, su pabellón, habilitación y las instalaciones propias para el transporte de flete fluvial contratado.

 

2. INFORMACIONES REQUERIDAS

Las empresas de transporte fluvial deberán presentar las siguientes informaciones para cada embarcación:

 

2.1 Datos Identificatorios

2.1.1 Nombre de la embarcación.

2.1.2 Número de matrícula.

2.1.3 Tipo de convoy.

2.1.4 Bandera.

2.2. Datos de Construcción

2.2.1 Porte de bruto en toneladas.

2.2.2 Capacidad efectiva en m3 y toneladas.

2.2.3 Capacidad nominal en m3 y toneladas.

2.2.4 Materiales de construcción.

 

2.2.5 Dimensiones de eslora, manga y puntal en metros.

2.2.6 Calado máximo en pies.

2.2.7 Cantidad de bodegas (una sola o más).

Observación: Con relación al Punto 2.2.1, la INC requiere conocer la capacidad que posee cada Convoy que debe ser: mínimo de 7.000 toneladas, a 6 pies, por convoy La capacidad mínima por barcaza deberá ser de 500 TN para el transporte de los materiales que precisa para sus traslados.

2.3. Datos de Instalaciones

2.3.1 Las Barcazas deben tener bodega única, que deberá permitir que la mini pala cargadora o similar, ingrese libremente para el rejunte de remanente. Deberá tener espacio para el barrido de proa a popa y de babor a estribor de descargadores robot o almejas de un mínimo de 3.5 toneladas de capacidad por sacada.

Observaciones: La I.N.C. se hará cargo del rejunte y descarga de todo remanente material operable (*)

(*) Material operable: es todo material suelto de fácil extracción, todo material fraguado es material no

Operable

-Será considerado como remanente un máximo de 50 Toneladas.

- Para destape y tape en Vallemi en caso de ser necesario se podrá utilizar la Grúa de la INC si la misma está disponible a un costo de 600.000 guaraníes por barcaza, sujeto a reajuste conforme lo establezca la Gerencia Financiera, en puerto accesible a la pluma.

2.3.2 El piso de la bodega debe ser de chapa con suficiente estructura para resistir el peso de la pala cargadora o similar o eventualmente de una Grampa grúa.

2.3.3 Bocas de sondeo pasa hombres.

2.3.4 Instalación contra incendios.

2.3.5 Instalación eléctrica.

2.3.6 Equipamiento de izaje: ubicación, dimensiones, capacidad de carga en toneladas.

2.3.7 Generadores de electricidad, capacidad en KVA, tensión en VOLTS para remolcadores.

2.4. Elementos Accesorios

2.4.1 Elementos de medición de agua.

2.4.2 Cabos de amarre.

2.4.3 Equipamiento para derrames.

2.4.4 Molinetes.

2.4.5 Equipamientos para el personal a bordo.

2.4.6 Elementos de seguridad (salvavidas, uniformes, casco, chaleco reflectivo etc.)

2.5 Elementos de protección CONTRA VIENTOS Y EN CASO DE LLUVIAS.

2.5.1 Las embarcaciones destinadas al transporte de los bienes de la presente licitación, deberán contar obligatoriamente con un sistema de protección y de cubertura de la carga consistente en tapas de fibra de vidrio, hierro o carpas/lonas de buena calidad y en buen estado, que garantice que las bodegas sean totalmente herméticas e impermeables a las acciones de los vientos y al agua de lluvia.

2.5.2 El proveedor deberán garantizar que las bodegas sean totalmente protegidas, secas, y libres de filtraciones de agua.

2.5.3 El proveedor deberán garantizar que sus bodegas transporten la carga con el mismo tenor de humedad con que fueran cargados.

2.6 Medios de Locomoción

2.6.1 Autopropulsada: potencia de propulsión en HP, tipo y cantidad de motores, fabricantes y año de fabricación (para remolcadores).

2.6.2 Remolque o empuje: potencia en HP, planos de escala, equipamientos.

2.7 Estado de Conservación

2.7.1 Estado general del casco y motores.

2.7.2 Operabilidad del sistema contra incendio.

2.7.3 Estado de motores de propulsión y generadores.

2.7.4 Pintura general.

2.8 Habilitaciones Para Barcaza/ Para Remolcador.

2.8.1. Habilitación para Barcaza

2.8.1.1 Certificado de navegabilidad, expedido en el presente año.

2.8.1.2 Certificado de arqueo.

2.8.1.3 Certificado de francobordo.

2.8.1.4 Certificado de Seguridad de Buques.

2.8.1.5 Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.

2.8.2. Habilitación para Remolcador

2.8.2.1 Certificado de navegabilidad, expedido en el presente año.

2.8.2.2 Certificado de arqueo.

2.8.2.3 Certificado de radiotelefonía.

2.8.2.4 Certificado de francobordo.

2.8.2.5 Certificado de Seguridad de Buques.

2.8.2.6 Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.

 

2.8.3 Documentos que acrediten los derechos del proveedor sobre las embarcaciones.

-Título de propiedad de las embarcaciones (remolcador y bodegas) inscriptos en la Dirección General de los Registros Públicos o Contrato de Arrendamiento de bodegas y habilitaciones para su navegabilidad.

2.8.4 Documentos que deberá la Contratista mantener actualizados por el término de duración del Contrato.

Los certificados mencionados deberán ser presentados, de acuerdo a las exigencias establecidas por organismos oficiales competentes del Paraguay, para cada tipo de embarcación, en el momento de la realización de la inspección por parte de la Gerencia Logística/ Operaciones Fluviales Villeta y/o Vallemi.

Observación: todas las documentaciones y certificados solicitados deben estar vigentes a la fecha de la etapa

competitiva y mantenerse actualizados durante el tiempo de ejecución del contrato

3. REQUERIMIENTOS DE SERVICIOS

La INC establece los siguientes requerimientos para la prestación del servicio:

3.1 Contar con cabos de amarre, molinetes, sistemas de protección contra vientos y lluvias necesarios para el resguardo del material transportado.

3.2 Instalaciones y equipos contra incendio en funcionamiento y de fácil acceso.

3.3 Calado: adecuado para la navegabilidad en el Río Paraguay.

3.4 Personal de operaciones a bordo y de apoyo en tierra con los equipamientos (ejemplo: zapatones con antideslizantes dieléctrico y punta de acero, mamelucos con reflectivos, chalecos salvavidas, cascos, anteojos protectores) adecuados para cualquier tipo de operación requerida.

3.5 Capacidad para transportar: mínimo de 8.000 toneladas del producto autorizado por cada viaje por convoy

3.6 La Contratista debe presentar las barcazas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

4. EXIGENCIAS BASICAS PARA LAS EMBARCACIONES

Las unidades para el transporte fluvial (remolcador y barcazas) deberán ser ineludiblemente embarcaciones de bandera paraguaya, especialmente destinadas para ese fin y construidas de acuerdo a diseños y especificaciones técnicas que cumplan todas las exigencias de manipuleo y seguridad, correspondiente a las características propias de los productos a transportar.

Las Embarcaciones deberán contar con el servicio de rastreo satelital a fin de mantener una información inmediata de sus ubicaciones, facilitando a la Gerencia Logística, Usuario y Contraseña, a fin de disponer libre acceso, o compartir en forma diaria hasta las 06:00 am de cada día ubicación en tiempo real de cada convoy

TIPO DE EMBARCACION PARA EL TRANSPORTE DE CLINKER A GRANEL PIEDRA CALIZA TRITURADA Y/O YESO NATURAL

CARACTERISTICAS PRINCIPALES.

El tipo de embarcación más apta para el transporte de Clinker a granel- Piedra caliza triturada Yeso natural es la barcaza con una capacidad de carga de mínima 500 y máxima 3.000 Toneladas

General: Todas las embarcaciones cuyas documentaciones acrediten la carga de productos a granel deberán ser aptas para:

1- Carga con grúa almejada, carga con cinta y tubos telescópicos en los muelles de Vallemi o Villeta.

2- Descarga con grúa almejada, descarga con descargador tipo robot a cangilones, espacio para incorporación de palita de rejunte o similar los muelles de Vallemi o Villeta.

Las bodegas deberán contar con:

1. Tapas de fibra de vidrio, hierro o carpas/lonas marítimas de buena calidad y en buen estado, que garantice que las bodegas sean totalmente impermeables a las acciones de los vientos y al agua de lluvia, garantizando el transporte de la carga sin humedad libre materiales fraguados y lizo para recorrido de popa a proa y de babor a estribor de sistemas de descarga.

2. Tipo de tapa: tapa metálica, fibra de vidrio, o de lona marítima de alta resistencia en condiciones óptimas con estructura metálica

3. Bodega: Interior libre y lizo

4. Costados y fondos de bodega: Deben ser lisos, sin refuerzos ni salientes por el lado de la bodega y las chapas resistentes al choque de la maquina descargadora., y que aguante el peso de una mini pala cargadora.

5. Cierre de Escotillas: Las escotillas de bodegas deben disponer de cierre estanco al agua de lluvia. Las tapas de escotillas deben ser metálicas deslizables que deben recogerse, dejando libre, de una vez, media eslora la bodega como mínimo.

Observación:

Todas las embarcaciones deberán tener personal encargado 24 horas de lunes a domingo incluyendo días feriados en los procedimientos carga y descarga en los puertos habilitados por la INC

5. PROCEDIMIENTO DE SELECCION

5.1. Introducción

La información y datos requeridos por la INC servirán de referencia en la verificación del estado de las embarcaciones y del cumplimiento de los requisitos exigidos. El Procedimiento de selección exigirá una inspección de las unidades de transporte, complementando el proceso de evaluación en base al criterio establecido por la INC para definir la calificación final de las embarcaciones por parte de la Comisión de Inspección y Habilitación de la I.N.C.

5.2. Examen de las informaciones

Con relación al cumplimiento de los requisitos se observan las siguientes pautas:

5.2.1 Requisitos excluyentes

La falta de presentación de los documentos con la información mencionada en los numerales 2.1, 2.3., 2.5., 2.7., del PUNTO 2) Informaciones requeridas de las embarcaciones, causará la exclusión de la embarcación de esta selección, con las excepciones correspondientes al tipo de embarcación. Igual tratamiento recibirán las unidades cuyos certificados estén vencidos a la fecha de presentación de los documentos.

5.3. Inspección Para la selección de las embarcaciones, la inspección de las mismas será realizada por la Gerencia Logística y/o firmas o peritos navales habilitados legalmente por organismos nacionales competentes, designados por la INC para dicho efecto, quienes verificarán los datos correspondientes a cada embarcación, y emitirán un ACTA DE VERIFICACIÒN SUSCRIPTO POR la Gerencia Logística. que se utilizara en la etapa de evaluación.

Las fechas serán fijados por la INC y comunicadas a las empresas oferentes quienes deben indicar en menos de 24 horas de haber recibido la comunicación de inspección indicando el lugar de ubicación de las barcazas. Se labrará acta de lo observado y presentado al comité para su evaluación.

En caso de que el oferente notificado debidamente no se encuentre en el local señalado por el mismo para la inspección se tolerará 30 minutos del horario fijado y a continuación de procederá a la inspección y firma del acta NO Apelable.

OBSERVACIÓN

1. Las embarcaciones podrán ser verificadas durante la ejecución del contrato por la INC, a través de la Gerencia de Logística, en caso de existir observaciones realizadas comprometan la calidad del servicio, la Contratista dispondrá de 15 días para subsanar las mismas sin multa, posteriormente, la Gerencia de Logística volverá a verificar las embarcaciones y en caso de que no se hayan subsanado dichas observaciones, la INC podrá rescindir el contrato por responsabilidad atribuida a la Contratista o comunicarle que en un determinado plazo, se ajuste a las Especificaciones Técnicas.

2. Los remolcadores y barcazas que sean declarados aptos para este servicio serán de uso "exclusivo de la INC" No podrán realizar trabajos fuera de este contrato excepto con autorización escrita de la INC, ni transportar cargas de la INC con cargas de otras empresas, lo cual resta capacidades en bodegas, tiempo de navegación, entre otros.

3. Serán pasibles de multas por día no navegado los Remolcadores y Barcazas que no zarpen dentro de los plazos establecidos para la carga en Vallemi o Villeta y descarga en Villeta o Vallemi excepto que presenten dentro de las 24 horas de la emisión del certificado de zarpada una copia autenticada de la Resolución de la Prefectura General Naval cuyo contenido deberá limitar la navegación a 6 pies o menos.

4. Los Remolcadores, las barcazas o los convoyes de Remolcadores de Empuje con barcazas, que queden amarrados en el Puerto de la INC, una vez culminada la carga en VALLEMI o VILLETA y la descarga en VALLEMI o en VILLETA, posterior a las 72 hs. contadas desde la fecha y hora del certificado de plazo o zarpada emitido por la División Operaciones Fluviales, dependiente de la Gerencia de Logística, para la navegación a Vallemí o a Villeta, deberán abonar por amarre y/o serenaje según Resolución de la Máxima Autoridad de la Contratante. El plazo podrá ser extendido en caso debidamente justificados por el oferente y acreditados por la Gerencia Logística.

5. Cada remolcador ofertado para el servicio deberá tener la capacidad de empujar: 6 barcazas como mínimo cargadas de 6 a 7 pies como mínimo.

6. El proveedor del servicio de flete fluvial es responsable de maniobrar con Remolcadores Portuarios y personal a bordo durante 24 horas de lunes a domingo en el puerto de carga o descarga.

7. El proveedor que decidiera no operar en horarios nocturnos deberá comunicar dentro del horario diurno al oficial de tráfico Fluvial de turno o personal en muelle

8. Sera considerado remanente todo material que los elementos de descarga de la INC no alcancen conforme a la distancia que quede el muelle de cada embarcación.

9. La Contratista deberá transportar el material en condiciones iguales a su embarque.

10. La responsabilidad de la contratista sobre el material será hasta el resultado de calidad emitida por el dpto. de control de calidad

11. Durante la ejecución del contrato el Contratista podrá solicitar la incorporación de barcazas, para el efecto, deberá presentar las mismas condiciones solicitadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones. Así mismo la INC podrá solicitar al proveedor que incorpore barcazas de modo a dar cumplimiento al monto adjudicado.

12. En caso de que el Convoy sea detenido, embargado, retenido, decomisado y/u otro, motivado en la constatación o sospecha de hechos, omisiones, actos ilícitos o contrabando por cualquier autoridad competente, y/o por deudas de La Contratista, notificará formalmente a la INC. En este supuesto, La contratista deberá mantener indemne a la INC, liberar inmediatamente la carga y solicitar a las autoridades que INC sea inmediatamente desestimado de la investigación, sumario, causa, juicio, y/u otro relacionado a la detención, embargo, decomiso, y/u otro. La INC podrá reclamar a La Contratista los daños y perjuicios originados por esta situación.

13. En caso de incumplimiento o atraso en la toma de carga o ejecución del servicio, dentro del plazo estipulado para el mismo, y sin justificativo alguno, el Contratista deberá pagar las multas estipuladas, a computarse de acuerdo a cada cronograma de entregas.

14. Es responsabilidad de la Contratista controlar que el calado de carga sea el correcto para evitar posteriores inconvenientes en su navegación al puerto de descarga. Para ello, La Contratista se compromete a poner un responsable de carga en el mismo firmaría la recepción de la mercadería una vez culminada la carga.

 


 

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

  1. Especificaciones Técnicas

ITEM

DESCRIPCIÓN

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Tramo

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL

SOLPED N°     10001982

1

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL PARA LA INC

Capacidad mínima por cada convoy a 6 pies de calado: 7.000 toneladas.

El servicio deberá dar cobertura al plan de acarreo de:

-Clinker desde la Fábrica de Vallemi hasta Fabrica Villeta en un promedio de 30.000 a 40.000 toneladas mensuales.

-Caliza desde la Fábrica de Vallemi hasta Fabrica Villeta conforme al plan de producción de cemento.

-Yeso desde la planta de Villeta hasta la planta de Vallemi conforme a los pedidos generados en el año.

 

 

Vallemi Villeta (y viceversa)

CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS y MAXIMOS

MONTO MÍNIMO:     21.300.000.000.- GS.

MONTO MAXIMO:  42.600.0000.000.- GS.

La Contratista debe presentar las barcazas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

La Contratista deberá transportar el material en condiciones de calidad y cantidad iguales a su embarque y la responsabilidad sobre el material será hasta el resultado de calidad y cantidad emitida por el dpto. de control de calidad y logística

 

        1. La INC procederá a la selección de las embarcaciones de bandera nacional para el servicio de transporte fluvial de materia prima, desde puerto de embarque o puntos de carga de la República del Paraguay o viceversa (Vallemí - Villeta). Quedan excluidas embarcaciones de bandera extranjera conforme Articulo 5 de la Ley 295/71.

La selección será realizada sobre la base a los requisitos establecidos por la INC en este documento, referente a aspectos técnicos de las embarcaciones, su pabellón, habilitación y las instalaciones propias para el transporte de flete fluvial contratado.

 

2. INFORMACIONES REQUERIDAS

Las empresas de transporte fluvial deberán presentar las siguientes informaciones para cada embarcación:

 

2.1 Datos Identificatorios

2.1.1 Nombre de la embarcación.

2.1.2 Número de matrícula.

2.1.3 Tipo de convoy.

2.1.4 Bandera.

2.2. Datos de Construcción

2.2.1 Porte de bruto en toneladas.

2.2.2 Capacidad efectiva en m3 y toneladas.

2.2.3 Capacidad nominal en m3 y toneladas.

2.2.4 Materiales de construcción.

 

2.2.5 Dimensiones de eslora, manga y puntal en metros.

2.2.6 Calado máximo en pies.

2.2.7 Cantidad de bodegas (una sola o más).

Observación: Con relación al Punto 2.2.1, la INC requiere conocer la capacidad que posee cada Convoy que debe ser: mínimo de 7.000 toneladas, a 6 pies, por convoy La capacidad mínima por barcaza deberá ser de 500 TN para el transporte de los materiales que precisa para sus traslados.

2.3. Datos de Instalaciones

2.3.1 Las Barcazas deben tener bodega única, que deberá permitir que la mini pala cargadora o similar, ingrese libremente para el rejunte de remanente. Deberá tener espacio para el barrido de proa a popa y de babor a estribor de descargadores robot o almejas de un mínimo de 3.5 toneladas de capacidad por sacada.

Observaciones: La I.N.C. se hará cargo del rejunte y descarga de todo remanente material operable (*)

(*) Material operable: es todo material suelto de fácil extracción, todo material fraguado es material no

Operable

-Será considerado como remanente un máximo de 50 Toneladas.

- Para destape y tape en Vallemi en caso de ser necesario se podrá utilizar la Grúa de la INC si la misma está disponible a un costo de 600.000 guaraníes por barcaza, sujeto a reajuste conforme lo establezca la Gerencia Financiera, en puerto accesible a la pluma.

2.3.2 El piso de la bodega debe ser de chapa con suficiente estructura para resistir el peso de la pala cargadora o similar o eventualmente de una Grampa grúa.

2.3.3 Bocas de sondeo pasa hombres.

2.3.4 Instalación contra incendios.

2.3.5 Instalación eléctrica.

2.3.6 Equipamiento de izaje: ubicación, dimensiones, capacidad de carga en toneladas.

2.3.7 Generadores de electricidad, capacidad en KVA, tensión en VOLTS para remolcadores.

2.4. Elementos Accesorios

2.4.1 Elementos de medición de agua.

2.4.2 Cabos de amarre.

2.4.3 Equipamiento para derrames.

2.4.4 Molinetes.

2.4.5 Equipamientos para el personal a bordo.

2.4.6 Elementos de seguridad (salvavidas, uniformes, casco, chaleco reflectivo etc.)

2.5 Elementos de protección CONTRA VIENTOS Y EN CASO DE LLUVIAS.

2.5.1 Las embarcaciones destinadas al transporte de los bienes de la presente licitación, deberán contar obligatoriamente con un sistema de protección y de cubertura de la carga consistente en tapas de fibra de vidrio, hierro o carpas/lonas de buena calidad y en buen estado, que garantice que las bodegas sean totalmente herméticas e impermeables a las acciones de los vientos y al agua de lluvia.

2.5.2 El proveedor deberán garantizar que las bodegas sean totalmente protegidas, secas, y libres de filtraciones de agua.

2.5.3 El proveedor deberán garantizar que sus bodegas transporten la carga con el mismo tenor de humedad con que fueran cargados.

2.6 Medios de Locomoción

2.6.1 Autopropulsada: potencia de propulsión en HP, tipo y cantidad de motores, fabricantes y año de fabricación (para remolcadores).

2.6.2 Remolque o empuje: potencia en HP, planos de escala, equipamientos.

2.7 Estado de Conservación

2.7.1 Estado general del casco y motores.

2.7.2 Operabilidad del sistema contra incendio.

2.7.3 Estado de motores de propulsión y generadores.

2.7.4 Pintura general.

2.8 Habilitaciones Para Barcaza/ Para Remolcador.

2.8.1. Habilitación para Barcaza

2.8.1.1 Certificado de navegabilidad, expedido en el presente año.

2.8.1.2 Certificado de arqueo.

2.8.1.3 Certificado de francobordo.

2.8.1.4 Certificado de Seguridad de Buques.

2.8.1.5 Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.

2.8.2. Habilitación para Remolcador

2.8.2.1 Certificado de navegabilidad, expedido en el presente año.

2.8.2.2 Certificado de arqueo.

2.8.2.3 Certificado de radiotelefonía.

2.8.2.4 Certificado de francobordo.

2.8.2.5 Certificado de Seguridad de Buques.

2.8.2.6 Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.

 

2.8.3 Documentos que acrediten los derechos del proveedor sobre las embarcaciones.

-Título de propiedad de las embarcaciones (remolcador y bodegas) inscriptos en la Dirección General de los Registros Públicos o Contrato de Arrendamiento de bodegas y habilitaciones para su navegabilidad.

2.8.4 Documentos que deberá la Contratista mantener actualizados por el término de duración del Contrato.

Los certificados mencionados deberán ser presentados, de acuerdo a las exigencias establecidas por organismos oficiales competentes del Paraguay, para cada tipo de embarcación, en el momento de la realización de la inspección por parte de la Gerencia Logística/ Operaciones Fluviales Villeta y/o Vallemi.

Observación: todas las documentaciones y certificados solicitados deben estar vigentes a la fecha de la etapa

competitiva y mantenerse actualizados durante el tiempo de ejecución del contrato

3. REQUERIMIENTOS DE SERVICIOS

La INC establece los siguientes requerimientos para la prestación del servicio:

3.1 Contar con cabos de amarre, molinetes, sistemas de protección contra vientos y lluvias necesarios para el resguardo del material transportado.

3.2 Instalaciones y equipos contra incendio en funcionamiento y de fácil acceso.

3.3 Calado: adecuado para la navegabilidad en el Río Paraguay.

3.4 Personal de operaciones a bordo y de apoyo en tierra con los equipamientos (ejemplo: zapatones con antideslizantes dieléctrico y punta de acero, mamelucos con reflectivos, chalecos salvavidas, cascos, anteojos protectores) adecuados para cualquier tipo de operación requerida.

3.5 Capacidad para transportar: mínimo de 8.000 toneladas del producto autorizado por cada viaje por convoy

3.6 La Contratista debe presentar las barcazas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

4. EXIGENCIAS BASICAS PARA LAS EMBARCACIONES

Las unidades para el transporte fluvial (remolcador y barcazas) deberán ser ineludiblemente embarcaciones de bandera paraguaya, especialmente destinadas para ese fin y construidas de acuerdo a diseños y especificaciones técnicas que cumplan todas las exigencias de manipuleo y seguridad, correspondiente a las características propias de los productos a transportar.

Las Embarcaciones deberán contar con el servicio de rastreo satelital a fin de mantener una información inmediata de sus ubicaciones, facilitando a la Gerencia Logística, Usuario y Contraseña, a fin de disponer libre acceso, o compartir en forma diaria hasta las 06:00 am de cada día ubicación en tiempo real de cada convoy

TIPO DE EMBARCACION PARA EL TRANSPORTE DE CLINKER A GRANEL PIEDRA CALIZA TRITURADA Y/O YESO NATURAL

CARACTERISTICAS PRINCIPALES.

El tipo de embarcación más apta para el transporte de Clinker a granel- Piedra caliza triturada Yeso natural es la barcaza con una capacidad de carga de mínima 500 y máxima 3.000 Toneladas

General: Todas las embarcaciones cuyas documentaciones acrediten la carga de productos a granel deberán ser aptas para:

1- Carga con grúa almejada, carga con cinta y tubos telescópicos en los muelles de Vallemi o Villeta.

2- Descarga con grúa almejada, descarga con descargador tipo robot a cangilones, espacio para incorporación de palita de rejunte o similar los muelles de Vallemi o Villeta.

Las bodegas deberán contar con:

1. Tapas de fibra de vidrio, hierro o carpas/lonas marítimas de buena calidad y en buen estado, que garantice que las bodegas sean totalmente impermeables a las acciones de los vientos y al agua de lluvia, garantizando el transporte de la carga sin humedad libre materiales fraguados y lizo para recorrido de popa a proa y de babor a estribor de sistemas de descarga.

2. Tipo de tapa: tapa metálica, fibra de vidrio, o de lona marítima de alta resistencia en condiciones óptimas con estructura metálica

3. Bodega: Interior libre y lizo

4. Costados y fondos de bodega: Deben ser lisos, sin refuerzos ni salientes por el lado de la bodega y las chapas resistentes al choque de la maquina descargadora., y que aguante el peso de una mini pala cargadora.

5. Cierre de Escotillas: Las escotillas de bodegas deben disponer de cierre estanco al agua de lluvia. Las tapas de escotillas deben ser metálicas deslizables que deben recogerse, dejando libre, de una vez, media eslora la bodega como mínimo.

Observación:

Todas las embarcaciones deberán tener personal encargado 24 horas de lunes a domingo incluyendo días feriados en los procedimientos carga y descarga en los puertos habilitados por la INC

5. PROCEDIMIENTO DE SELECCION

5.1. Introducción

La información y datos requeridos por la INC servirán de referencia en la verificación del estado de las embarcaciones y del cumplimiento de los requisitos exigidos. El Procedimiento de selección exigirá una inspección de las unidades de transporte, complementando el proceso de evaluación en base al criterio establecido por la INC para definir la calificación final de las embarcaciones por parte de la Comisión de Inspección y Habilitación de la I.N.C.

5.2. Examen de las informaciones

Con relación al cumplimiento de los requisitos se observan las siguientes pautas:

5.2.1 Requisitos excluyentes

La falta de presentación de los documentos con la información mencionada en los numerales 2.1, 2.3., 2.5., 2.7., del PUNTO 2) Informaciones requeridas de las embarcaciones, causará la exclusión de la embarcación de esta selección, con las excepciones correspondientes al tipo de embarcación. Igual tratamiento recibirán las unidades cuyos certificados estén vencidos a la fecha de presentación de los documentos.

5.3. Inspección Para la selección de las embarcaciones, la inspección de las mismas será realizada por la Gerencia Logística y/o firmas o peritos navales habilitados legalmente por organismos nacionales competentes, designados por la INC para dicho efecto, quienes verificarán los datos correspondientes a cada embarcación, y emitirán un ACTA DE VERIFICACIÒN SUSCRIPTO POR la Gerencia Logística. que se utilizara en la etapa de evaluación.

Las fechas serán fijados por la INC y comunicadas a las empresas oferentes quienes deben indicar en menos de 24 horas de haber recibido la comunicación de inspección indicando el lugar de ubicación de las barcazas. Se labrará acta de lo observado y presentado al comité para su evaluación.

En caso de que el oferente notificado debidamente no se encuentre en el local señalado por el mismo para la inspección se tolerará 30 minutos del horario fijado y a continuación de procederá a la inspección y firma del acta NO Apelable.

OBSERVACIÓN

1. Las embarcaciones podrán ser verificadas durante la ejecución del contrato por la INC, a través de la Gerencia de Logística, en caso de existir observaciones realizadas comprometan la calidad del servicio, la Contratista dispondrá de 15 días para subsanar las mismas sin multa, posteriormente, la Gerencia de Logística volverá a verificar las embarcaciones y en caso de que no se hayan subsanado dichas observaciones, la INC podrá rescindir el contrato por responsabilidad atribuida a la Contratista o comunicarle que en un determinado plazo, se ajuste a las Especificaciones Técnicas.

2. Los remolcadores y barcazas que sean declarados aptos para este servicio serán de uso "exclusivo de la INC" No podrán realizar trabajos fuera de este contrato excepto con autorización escrita de la INC, ni transportar cargas de la INC con cargas de otras empresas, lo cual resta capacidades en bodegas, tiempo de navegación, entre otros.

3. Serán pasibles de multas por día no navegado los Remolcadores y Barcazas que no zarpen dentro de los plazos establecidos para la carga en Vallemi o Villeta y descarga en Villeta o Vallemi excepto que presenten dentro de las 24 horas de la emisión del certificado de zarpada una copia autenticada de la Resolución de la Prefectura General Naval cuyo contenido deberá limitar la navegación a 6 pies o menos.

4. Los Remolcadores, las barcazas o los convoyes de Remolcadores de Empuje con barcazas, que queden amarrados en el Puerto de la INC, una vez culminada la carga en VALLEMI o VILLETA y la descarga en VALLEMI o en VILLETA, posterior a las 72 hs. contadas desde la fecha y hora del certificado de plazo o zarpada emitido por la División Operaciones Fluviales, dependiente de la Gerencia de Logística, para la navegación a Vallemí o a Villeta, deberán abonar por amarre y/o serenaje según Resolución de la Máxima Autoridad de la Contratante. El plazo podrá ser extendido en caso debidamente justificados por el oferente y acreditados por la Gerencia Logística.

5. Cada remolcador ofertado para el servicio deberá tener la capacidad de empujar: 6 barcazas como mínimo cargadas de 6 a 7 pies como mínimo.

6. El proveedor del servicio de flete fluvial es responsable de maniobrar con Remolcadores Portuarios y personal a bordo durante 24 horas de lunes a domingo en el puerto de carga o descarga.

7. El proveedor que decidiera no operar en horarios nocturnos deberá comunicar dentro del horario diurno al oficial de tráfico Fluvial de turno o personal en muelle

8. Sera considerado remanente todo material que los elementos de descarga de la INC no alcancen conforme a la distancia que quede el muelle de cada embarcación.

9. La Contratista deberá transportar el material en condiciones iguales a su embarque.

10. La responsabilidad de la contratista sobre el material será hasta el resultado de calidad emitida por el dpto. de control de calidad

11. Durante la ejecución del contrato el Contratista podrá solicitar la incorporación de barcazas, para el efecto, deberá presentar las mismas condiciones solicitadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones. Así mismo la INC podrá solicitar al proveedor que incorpore barcazas de modo a dar cumplimiento al monto adjudicado.

12. En caso de que el Convoy sea detenido, embargado, retenido, decomisado y/u otro, motivado en la constatación o sospecha de hechos, omisiones, actos ilícitos o contrabando por cualquier autoridad competente, y/o por deudas de La Contratista, notificará formalmente a la INC. En este supuesto, La contratista deberá mantener indemne a la INC, liberar inmediatamente la carga y solicitar a las autoridades que INC sea inmediatamente desestimado de la investigación, sumario, causa, juicio, y/u otro relacionado a la detención, embargo, decomiso, y/u otro. La INC podrá reclamar a La Contratista los daños y perjuicios originados por esta situación.

13. En caso de incumplimiento o atraso en la toma de carga o ejecución del servicio, dentro del plazo estipulado para el mismo, y sin justificativo alguno, el Contratista deberá pagar las multas estipuladas, a computarse de acuerdo a cada cronograma de entregas.

14. Es responsabilidad de la Contratista controlar que el calado de carga sea el correcto para evitar posteriores inconvenientes en su navegación al puerto de descarga. Para ello, La Contratista se compromete a poner un responsable de carga en el mismo firmaría la recepción de la mercadería una vez culminada la carga.

 


 

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

  1. Especificaciones Técnicas

ITEM

DESCRIPCIÓN

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Tramo

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL

SOLPED N° 10001982

1

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL PARA LA INC

Capacidad mínima por cada convoy a 6 pies de calado: 7.000 toneladas.

El servicio deberá dar cobertura al plan de acarreo de:

-Clinker desde la Fábrica de Vallemi hasta Fabrica Villeta en un promedio de 30.000 a 40.000 toneladas mensuales.

-Caliza desde la Fábrica de Vallemi hasta Fabrica Villeta conforme al plan de producción de cemento.

-Yeso desde la planta de Villeta hasta la planta de Vallemi conforme a los pedidos generados en el año.

Vallemi Villeta (y viceversa)

CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS y MAXIMOS

MONTO MÍNIMO: 21.300.000.000.- GS.

MONTO MAXIMO: 42.600.0000.000.- GS.

La Contratista debe presentar las barcazas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

La Contratista deberá transportar el material en condiciones de calidad y cantidad iguales a su embarque y la responsabilidad sobre el material será hasta el resultado de calidad y cantidad emitida por el dpto. de control de calidad y logística

        1. La INC procederá a la selección de las embarcaciones de bandera nacional para el servicio de transporte fluvial de materia prima, desde puerto de embarque o puntos de carga de la República del Paraguay o viceversa (Vallemí - Villeta). Quedan excluidas embarcaciones de bandera extranjera conforme Articulo 5 de la Ley 295/71.

La selección será realizada sobre la base a los requisitos establecidos por la INC en este documento, referente a aspectos técnicos de las embarcaciones, su pabellón, habilitación y las instalaciones propias para el transporte de flete fluvial contratado.

2. INFORMACIONES REQUERIDAS

Las empresas de transporte fluvial deberán presentar las siguientes informaciones para cada embarcación:

2.1 Datos Identificatorios

2.1.1 Nombre de la embarcación.

2.1.2 Número de matrícula.

2.1.3 Tipo de convoy.

2.1.4 Bandera.

2.2. Datos de Construcción

2.2.1 Porte de bruto en toneladas.

2.2.2 Capacidad efectiva en m3 y toneladas.

2.2.3 Capacidad nominal en m3 y toneladas.

2.2.4 Materiales de construcción.

2.2.5 Dimensiones de eslora, manga y puntal en metros.

2.2.6 Calado máximo en pies.

2.2.7 Cantidad de bodegas (una sola o más).

Observación: Con relación al Punto 2.2.1, la INC requiere conocer la capacidad que posee cada Convoy que debe ser: mínimo de 7.000 toneladas, a 6 pies, por convoy La capacidad mínima por barcaza deberá ser de 500 TN para el transporte de los materiales que precisa para sus traslados.

2.3. Datos de Instalaciones

2.3.1 Las Barcazas deben tener bodega única, que deberá permitir que la mini pala cargadora o similar, ingrese libremente para el rejunte de remanente. Deberá tener espacio para el barrido de proa a popa y de babor a estribor de descargadores robot o almejas de un mínimo de 3.5 toneladas de capacidad por sacada.

Observaciones: La I.N.C. se hará cargo del rejunte y descarga de todo remanente material operable (*)

(*) Material operable: es todo material suelto de fácil extracción, todo material fraguado es material no

Operable

-Será considerado como remanente un máximo de 50 Toneladas.

- Para destape y tape en Vallemi en caso de ser necesario se podrá utilizar la Grúa de la INC si la misma está disponible a un costo de 600.000 guaraníes por barcaza, sujeto a reajuste conforme lo establezca la Gerencia Financiera, en puerto accesible a la pluma.

2.3.2 El piso de la bodega debe ser de chapa con suficiente estructura para resistir el peso de la pala cargadora o similar o eventualmente de una Grampa grúa.

2.3.3 Bocas de sondeo pasa hombres.

2.3.4 Instalación contra incendios.

2.3.5 Instalación eléctrica.

2.3.6 Equipamiento de izaje: ubicación, dimensiones, capacidad de carga en toneladas.

2.3.7 Generadores de electricidad, capacidad en KVA, tensión en VOLTS para remolcadores.

2.4. Elementos Accesorios

2.4.1 Elementos de medición de agua.

2.4.2 Cabos de amarre.

2.4.3 Equipamiento para derrames.

2.4.4 Molinetes.

2.4.5 Equipamientos para el personal a bordo.

2.4.6 Elementos de seguridad (salvavidas, uniformes, casco, chaleco reflectivo etc.)

2.5 Elementos de protección CONTRA VIENTOS Y EN CASO DE LLUVIAS.

2.5.1 Las embarcaciones destinadas al transporte de los bienes de la presente licitación, deberán contar obligatoriamente con un sistema de protección y de cubertura de la carga consistente en tapas de fibra de vidrio, hierro o carpas/lonas de buena calidad y en buen estado, que garantice que las bodegas sean totalmente herméticas e impermeables a las acciones de los vientos y al agua de lluvia.

2.5.2 El proveedor deberán garantizar que las bodegas sean totalmente protegidas, secas, y libres de filtraciones de agua.

2.5.3 El proveedor deberán garantizar que sus bodegas transporten la carga con el mismo tenor de humedad con que fueran cargados.

2.6 Medios de Locomoción

2.6.1 Autopropulsada: potencia de propulsión en HP, tipo y cantidad de motores, fabricantes y año de fabricación (para remolcadores).

2.6.2 Remolque o empuje: potencia en HP, planos de escala, equipamientos.

2.7 Estado de Conservación

2.7.1 Estado general del casco y motores.

2.7.2 Operabilidad del sistema contra incendio.

2.7.3 Estado de motores de propulsión y generadores.

2.7.4 Pintura general.

2.8 Habilitaciones Para Barcaza/ Para Remolcador.

2.8.1. Habilitación para Barcaza

2.8.1.1 Certificado de navegabilidad, expedido en el presente año.

2.8.1.2 Certificado de arqueo.

2.8.1.3 Certificado de francobordo.

2.8.1.4 Certificado de Seguridad de Buques.

2.8.1.5 Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.

2.8.2. Habilitación para Remolcador

2.8.2.1 Certificado de navegabilidad, expedido en el presente año.

2.8.2.2 Certificado de arqueo.

2.8.2.3 Certificado de radiotelefonía.

2.8.2.4 Certificado de francobordo.

2.8.2.5 Certificado de Seguridad de Buques.

2.8.2.6 Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.

2.8.3 Documentos que acrediten los derechos del proveedor sobre las embarcaciones.

-Título de propiedad de las embarcaciones (remolcador y bodegas) inscriptos en la Dirección General de los Registros Públicos o Contrato de Arrendamiento de bodegas y habilitaciones para su navegabilidad.

2.8.4 Documentos que deberá la Contratista mantener actualizados por el término de duración del Contrato.

Los certificados mencionados deberán ser presentados, de acuerdo a las exigencias establecidas por organismos oficiales competentes del Paraguay, para cada tipo de embarcación, en el momento de la realización de la inspección por parte de la Gerencia Logística/ Operaciones Fluviales Villeta y/o Vallemi.

Observación: todas las documentaciones y certificados solicitados deben estar vigentes a la fecha de la etapa

competitiva y mantenerse actualizados durante el tiempo de ejecución del contrato

3. REQUERIMIENTOS DE SERVICIOS

La INC establece los siguientes requerimientos para la prestación del servicio:

3.1 Contar con cabos de amarre, molinetes, sistemas de protección contra vientos y lluvias necesarios para el resguardo del material transportado.

3.2 Instalaciones y equipos contra incendio en funcionamiento y de fácil acceso.

3.3 Calado: adecuado para la navegabilidad en el Río Paraguay.

3.4 Personal de operaciones a bordo y de apoyo en tierra con los equipamientos (ejemplo: zapatones con antideslizantes dieléctrico y punta de acero, mamelucos con reflectivos, chalecos salvavidas, cascos, anteojos protectores) adecuados para cualquier tipo de operación requerida.

3.5 Capacidad para transportar: mínimo de 8.000 toneladas del producto autorizado por cada viaje por convoy

3.6 La Contratista debe presentar las barcazas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

4. EXIGENCIAS BASICAS PARA LAS EMBARCACIONES

Las unidades para el transporte fluvial (remolcador y barcazas) deberán ser ineludiblemente embarcaciones de bandera paraguaya, especialmente destinadas para ese fin y construidas de acuerdo a diseños y especificaciones técnicas que cumplan todas las exigencias de manipuleo y seguridad, correspondiente a las características propias de los productos a transportar.

Las Embarcaciones deberán contar con el servicio de rastreo satelital a fin de mantener una información inmediata de sus ubicaciones, facilitando a la Gerencia Logística, Usuario y Contraseña, a fin de disponer libre acceso, o compartir en forma diaria hasta las 06:00 am de cada día ubicación en tiempo real de cada convoy

TIPO DE EMBARCACION PARA EL TRANSPORTE DE CLINKER A GRANEL PIEDRA CALIZA TRITURADA Y/O YESO NATURAL

CARACTERISTICAS PRINCIPALES.

El tipo de embarcación más apta para el transporte de Clinker a granel- Piedra caliza triturada Yeso natural es la barcaza con una capacidad de carga de mínima 500 y máxima 3.000 Toneladas

General: Todas las embarcaciones cuyas documentaciones acrediten la carga de productos a granel deberán ser aptas para:

1- Carga con grúa almejada, carga con cinta y tubos telescópicos en los muelles de Vallemi o Villeta.

2- Descarga con grúa almejada, descarga con descargador tipo robot a cangilones, espacio para incorporación de palita de rejunte o similar los muelles de Vallemi o Villeta.

Las bodegas deberán contar con:

1. Tapas de fibra de vidrio, hierro o carpas/lonas marítimas de buena calidad y en buen estado, que garantice que las bodegas sean totalmente impermeables a las acciones de los vientos y al agua de lluvia, garantizando el transporte de la carga sin humedad libre materiales fraguados y lizo para recorrido de popa a proa y de babor a estribor de sistemas de descarga.

2. Tipo de tapa: tapa metálica, fibra de vidrio, o de lona marítima de alta resistencia en condiciones óptimas con estructura metálica

3. Bodega: Interior libre y lizo

4. Costados y fondos de bodega: Deben ser lisos, sin refuerzos ni salientes por el lado de la bodega y las chapas resistentes al choque de la maquina descargadora., y que aguante el peso de una mini pala cargadora.

5. Cierre de Escotillas: Las escotillas de bodegas deben disponer de cierre estanco al agua de lluvia. Las tapas de escotillas deben ser metálicas deslizables que deben recogerse, dejando libre, de una vez, media eslora la bodega como mínimo.

Observación:

Todas las embarcaciones deberán tener personal encargado 24 horas de lunes a domingo incluyendo días feriados en los procedimientos carga y descarga en los puertos habilitados por la INC

5. PROCEDIMIENTO DE SELECCION

5.1. Introducción

La información y datos requeridos por la INC servirán de referencia en la verificación del estado de las embarcaciones y del cumplimiento de los requisitos exigidos. El Procedimiento de selección exigirá una inspección de las unidades de transporte, complementando el proceso de evaluación en base al criterio establecido por la INC para definir la calificación final de las embarcaciones por parte de la Comisión de Inspección y Habilitación de la I.N.C.

5.2. Examen de las informaciones

Con relación al cumplimiento de los requisitos se observan las siguientes pautas:

5.2.1 Requisitos excluyentes

La falta de presentación de los documentos con la información mencionada en los numerales 2.1, 2.3., 2.5., 2.7., del PUNTO 2) Informaciones requeridas de las embarcaciones, causará la exclusión de la embarcación de esta selección, con las excepciones correspondientes al tipo de embarcación. Igual tratamiento recibirán las unidades cuyos certificados estén vencidos a la fecha de presentación de los documentos.

5.3. Inspección Para la selección de las embarcaciones, la inspección de las mismas será realizada por la Gerencia Logística y/o firmas o peritos navales habilitados legalmente por organismos nacionales competentes, designados por la INC para dicho efecto, quienes verificarán los datos correspondientes a cada embarcación, y emitirán un ACTA DE VERIFICACIÒN SUSCRIPTO POR la Gerencia Logística. que se utilizara en la etapa de evaluación.

Las fechas serán fijados por la INC y comunicadas a las empresas oferentes quienes deben indicar en menos de 24 horas de haber recibido la comunicación de inspección indicando el lugar de ubicación de las barcazas. Se labrará acta de lo observado y presentado al comité para su evaluación.

En caso de que el oferente notificado debidamente no se encuentre en el local señalado por el mismo para la inspección se tolerará 30 minutos del horario fijado y a continuación de procederá a la inspección y firma del acta NO Apelable.

OBSERVACIÓN

1. Las embarcaciones podrán ser verificadas durante la ejecución del contrato por la INC, a través de la Gerencia de Logística, en caso de existir observaciones realizadas comprometan la calidad del servicio, la Contratista dispondrá de 15 días para subsanar las mismas sin multa, posteriormente, la Gerencia de Logística volverá a verificar las embarcaciones y en caso de que no se hayan subsanado dichas observaciones, la INC podrá rescindir el contrato por responsabilidad atribuida a la Contratista o comunicarle que en un determinado plazo, se ajuste a las Especificaciones Técnicas.

2. Los remolcadores y barcazas que sean declarados aptos para este servicio serán de uso "exclusivo de la INC" No podrán realizar trabajos fuera de este contrato excepto con autorización escrita de la INC, ni transportar cargas de la INC con cargas de otras empresas, lo cual resta capacidades en bodegas, tiempo de navegación, entre otros.

3. Serán pasibles de multas por día no navegado los Remolcadores y Barcazas que no zarpen dentro de los plazos establecidos para la carga en Vallemi o Villeta y descarga en Villeta o Vallemi excepto que presenten dentro de las 24 horas de la emisión del certificado de zarpada una copia autenticada de la Resolución de la Prefectura General Naval cuyo contenido deberá limitar la navegación a 6 pies o menos.

4. Los Remolcadores, las barcazas o los convoyes de Remolcadores de Empuje con barcazas, que queden amarrados en el Puerto de la INC, una vez culminada la carga en VALLEMI o VILLETA y la descarga en VALLEMI o en VILLETA, posterior a las 72 hs. contadas desde la fecha y hora del certificado de plazo o zarpada emitido por la División Operaciones Fluviales, dependiente de la Gerencia de Logística, para la navegación a Vallemí o a Villeta, deberán abonar por amarre y/o serenaje según Resolución de la Máxima Autoridad de la Contratante. El plazo podrá ser extendido en caso debidamente justificados por el oferente y acreditados por la Gerencia Logística.

5. Cada remolcador ofertado para el servicio deberá tener la capacidad de empujar: 6 barcazas como mínimo cargadas de 6 a 7 pies como mínimo.

6. El proveedor del servicio de flete fluvial es responsable de maniobrar con Remolcadores Portuarios y personal a bordo durante 24 horas de lunes a domingo en el puerto de carga o descarga.

7. El proveedor que decidiera no operar en horarios nocturnos deberá comunicar dentro del horario diurno al oficial de tráfico Fluvial de turno o personal en muelle

8. Sera considerado remanente todo material que los elementos de descarga de la INC no alcancen conforme a la distancia que quede el muelle de cada embarcación.

9. La Contratista deberá transportar el material en condiciones iguales a su embarque.

10. La responsabilidad de la contratista sobre el material será hasta el resultado de calidad emitida por el dpto. de control de calidad

11. Durante la ejecución del contrato el Contratista podrá solicitar la incorporación de barcazas, para el efecto, deberá presentar las mismas condiciones solicitadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones. Así mismo la INC podrá solicitar al proveedor que incorpore barcazas de modo a dar cumplimiento al monto adjudicado.

12. En caso de que el Convoy sea detenido, embargado, retenido, decomisado y/u otro, motivado en la constatación o sospecha de hechos, omisiones, actos ilícitos o contrabando por cualquier autoridad competente, y/o por deudas de La Contratista, notificará formalmente a la INC. En este supuesto, La contratista deberá mantener indemne a la INC, liberar inmediatamente la carga y solicitar a las autoridades que INC sea inmediatamente desestimado de la investigación, sumario, causa, juicio, y/u otro relacionado a la detención, embargo, decomiso, y/u otro. La INC podrá reclamar a La Contratista los daños y perjuicios originados por esta situación.

13. En caso de incumplimiento o atraso en la toma de carga o ejecución del servicio, dentro del plazo estipulado para el mismo, y sin justificativo alguno, el Contratista deberá pagar las multas estipuladas, a computarse de acuerdo a cada cronograma de entregas.

14. Es responsabilidad de la Contratista controlar que el calado de carga sea el correcto para evitar posteriores inconvenientes en su navegación al puerto de descarga. Para ello, La Contratista se compromete a poner un responsable de carga en el mismo firmaría la recepción de la mercadería una vez culminada la carga.


Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Gerencia de Logística Abg. Alfredo Machuca Gerente de Logística.
  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: A fin de cubrir y mantener la cantidad de acarreo durante el año 2023/2024 debido al consumo de los saldos por naviera
  • Justificar la planificación.  periódico
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas: se requiere los requisitos mínimos exigidos para el buen cumplimiento del servicio requerido.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Gerencia de Logística Abg. Alfredo Machuca Gerente de Logística.
  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: A fin de cubrir y mantener la cantidad de acarreo durante el año 2023/2024 debido al consumo de los saldos por naviera
  • Justificar la planificación.  periódico
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas: se requiere los requisitos mínimos exigidos para el buen cumplimiento del servicio requerido.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Gerencia de Logística Abg. Alfredo Machuca Gerente de Logística.
  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: A fin de cubrir y mantener la cantidad de acarreo durante el año 2023/2024 debido al consumo de los saldos por naviera
  • Justificar la planificación. periódico
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas: se requiere los requisitos mínimos exigidos para el buen cumplimiento del servicio requerido.

Plan de entrega de los servicios

 

 

El Plan y cronograma de entrega del servicio de flete fluvial se irá desarrollando conforme a las necesidades de la Industria Nacional del Cemento; que se sintetiza en el siguiente cuadro:

 

MES: todos los adjudicados deberán entregar un mínimo 30.000 toneladas de Materias primas en Villeta cada 30 días con excepción por incidencias o demoras imputables a la INC.

Para el cumplimiento de esta cantidad cada proveedor deberá transportar desde Vallemi hasta Villeta dentro de los 30 días de haber recibido la nota de activación al calado máximo permitido de todas sus barcazas ofertadas.

 Cantidad por Convoy: según Abastecimiento simultáneo y supeditada a la Orden de Carga emitida por la Industria Nacional del Cemento

La INC se reserva el derecho de modificar la cantidad de carga mínima, por ende, la entrega mínima podrá variar según necesidad y capacidad de carga en Vallemi

 

EL CONVOY DEBE ESTAR LISTO PARA:

 

CARGA

En Vallemi

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la carga conforme a la Orden de Carga emitida para Vallemi a los 10 días a la firma del Contrato o Notificación de la INC.

En Villeta

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la carga conforme a la Orden de Carga emitida para Villeta a los 3 días a la firma del Contrato o Notificación de la INC.

Observacion: el tape y destape de las barcazas estará a cargo de la empresa adjudicada

DESCARGA

En Villeta

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la descarga en Villeta, máximo a los 10 días posteriores finalizada la carga de su última barcaza en Vallemi, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La cantidad cargada será cotejada con la Orden de Carga, altura de rio y condiciones de carga en muelle.

En Vallemí

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la descarga en Vallemi, máximo a los 10 días posteriores finalizada la carga de su última barcaza en Villeta, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La cantidad cargada será cotejada con la Orden de Carga, altura de rio y condiciones de carga en muelle.

Observacion: el tape y destape de las barcazas estará a cargo de la empresa adjudicada

Ejecución del cronograma:

El servicio de flete fluvial se irá desarrollando de acuerdo a las necesidades de la INC. Para la activación del servicio, la Gerencia Logística comunicará a la contratista, vía correo electrónico (correo declarado en la oferta) dicha necesidad y para lo cual la Contratista pondrá el convoy listo para carga de los insumos afectados al presente servicio, en Vallemi dentro de los 10 días posteriores de tal comunicación y en Villeta dentro de los 3 días posteriores de tal comunicación garantizando a la INC la disponibilidad de la entrega mínima mensualmente.

-El proveedor deberá prever todo lo concerniente al proceso de descarga, manteniéndose alerta con un

remolcador portuario para acercar las embarcaciones al muelle, y una vez que el sistema de descarga de la INC

termine su cometido, quedando en bodega el remanente o material restante de la carga transportada, La I.N.C.

se hará cargo del rejunte y descarga de todo remanente material operable (*)

(*) Material operable: es todo material suelto de fácil extracción, todo material fraguado es material no operable.

-Será considerado como remanente un máximo de 50 Toneladas

-La contratista deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar la continuidad de las cargas y descargas de las barcazas en el cumplimiento del cronograma preestablecido. Caso contrario la INC se verá obligado a aplicación de penalidades, consistente en perdida de turno de carga /descarga y multa económica en proporción al tiempo de perdida en Puerto de Carga y descarga por falta de maniobras.

-El ritmo de carga/descarga será de 1.000 ton/día SHEX promedio por barcaza, la carga/descarga correrá por cuenta y cargo de la I.N.C. y el ritmo se medirá desde el momento en que las barcazas se encuentren amarrados al muelle de carga/descarga.

-El tiempo de cambio de barcazas será descontado del ritmo de descarga del material, es decir, el tiempo de descarga volverá a correr a partir de cambio o posicionamiento efectivo de barcazas. El tiempo máximo de cambio no deberá ser mayor de (2) dos horas.

-Tiempo de Plancha: el tiempo de Plancha empezará a correr a partir de la recepción de la barcaza en el puerto de descarga designado por la Industria Nacional del Cemento

-Suspensión de tiempo de plancha: el tiempo de plancha quedará suspendido por condiciones climáticas (lluvias, temporales), es decir se descontará del tiempo permitido de descarga según dure la condición climática adversa a la operativa de descarga

-La operativa de CARGA/DESCARGA está a cargo de la INC y corre por su cuenta. Los atrasos y/o demoras que tengan relación con actividades que estén a cargo de la INC no serán imputables al Contratista.

-El cronograma, estará en función a las notificaciones realizadas por la Gerencia de Logística dando inicio al servicio según necesidad, donde se determinará los procedimientos operativos a realizarse.

-Para la carga en Origen (Fabrica Vallemi / Fabrica Villeta) la Gerencia Logística emitirá una ORDEN DE CARGA donde establecerá la Carga Máxima disponible para el servicio en función a la tabla de calado presentado en su oportunidad por la Contratista, donde se detallará el material a ser transportado y las embarcaciones habilitadas para el efecto.

 

 

Ítem

Descripción del Bien

Tramo

Plazo de entrega del servicio

1

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL PARA LA INC

Vallemi Villeta (y viceversa)

Cada convoy deberá amarrar en Villeta o Vallemi en un todo disponible para carga o descarga a los 10 días corridos a partir de finalizar la carga o descarga final de su última barcaza en Vallemi o Villeta, según corresponda, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La Contratista debe presentar todas barcazas ofertadas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la

presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

Cada oferente adjudicado deberá cargar su convoy en su totalidad de barcazas ofertadas propias o rentadas cuya nómina conforme su oferta de capacidad de transporte.

La Gerencia de Logística deberá emitir un informe de cumplimiento de plazos en un periodo de 24 horas posteriores a la culminación del servicio.

Cualquier retraso deberá ser comunicado a la INC o sus causas, a fin de ser analizadas y establecer como CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR conforme a los documentos que la proveedora presente y acredite tal situación.

En caso de incumplimiento o atraso en la toma de carga, no disposición del todas sus barcazas ofertadas o ejecución del servicio, dentro del plazo estipulado para el mismo, y sin justificativo alguna, correrá el plazo estipulado en el cronograma de entregas, sujeto a las condiciones establecidas en la sección multas y en el Punto 3 de la sección Observaciones - Especificaciones Técnicas, salvo que la misma presente por escrito los justificativos de casos fortuitos o de fuerza mayor. (LA NOTIFICACION DEBE HACERSE ANTES DE CONCLUIR EL SERVICIO, ES DECIR, DENTRO DE LOS 10 DIAS DE TRANSITO A LA GERENCIA DE LOGÍSTICA CON COPIA AL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS Y GARANTÍAS)

Remolcador para Maniobras

LA CONTRATISTA se obliga a mantener disponible un remolcador para maniobras en los puertos de carga y descarga, en forma permanente durante el periodo de operación de sus embarcaciones. Las operaciones serán realizadas siempre y cuando las condiciones climáticas (tiempo - visibilidad) y nivel del río no afecten negativamente la seguridad de las embarcaciones y/o muelle.

En caso de que el referido remolcador no se encuentre disponible y sean necesarios realizar maniobras para la continuidad de la carga o descarga, LA CONTRATISTA estará obligada a informar con la debida antelación al representante de la INC en los muelles del CIP Villeta y de la Planta Industrial de Vallemí, en forma inmediata, el plazo máximo que será necesario para subsanar dicho inconveniente. Si esta condición no fuera cumplida, la INC estará en libertad para encontrar una solución, en cuyo caso todos los gastos emergentes del hecho serán cargados a LA CONTRATISTA, de acuerdo a la tarifa portuaria de remolque de Asunción y que serán deducidos en forma inmediata de su factura pendiente de pago

Inspecciones del cumplimiento del servicio

La inspección del cumplimiento efectivo del servicio será realizada por personal de la INC. Una vez recepcionado la carga trasportada en el puerto de destino, el personal responsable de verificar el servicio, cuenta con dos días hábiles, para emitir la planilla y anexado al mismo tiempo lo certificados de plazos para la liquidación final y/o aplicación de multas correspondientes por el área responsable del proceso.

Una vez terminado la carga fuera del Horario Taller la Guía de traslado será firmado por el encargado de turno de tráfico fluvial, jefe de turno de la fábrica (producción), encargado de turno de laboratorio, director o interino en conjunto con el Capitán. No se podrá retirar una barcaza o bodega cargada del muelle de INC bajo ninguna circunstancia sin la firma, aclaración y sello del Capitán, Practico o encargado de turno de la embarcación en caso de que se retirare por alguna razón de fuerza mayor los mencionados deben regularizar firmando las guías de recepción y traslado para dar continuidad a la carga que por cada hora de retraso se computara el tiempo al proveedor del servicio

Para la medición del material transportado, se establece la siguiente prelación de sistemas de pesaje, en el orden que sigue:

1- Pesaje determinado por la cinta bascula de la Planta Industrial de Villeta más carena de calado para testigo tomadas al inicio de la descarga

2- En caso de no funcionar la cinta bascula de la Planta de Villeta, se tomará como valido el registro de la báscula de carga de Vallemi más la carena de calado testigo tomada al final de la carga

3- Si las básculas de la Planta Industrial de Vallemí y CIP Villeta no están en funcionamiento, se tomarán en cuenta las mediciones detalladas en las ACTAS DE CONTINGENCIA CARGA/DESCARGA para determinar la cantidad transportada en función a la tabla de carena de cada bodega, rubricadas por ambas partes.

4- La INC se reserva la facultad de controlar la cantidad y calidad del producto mediante empresas tercerizadas. El documento emitido en estas condiciones prevalecerá sobre cualquier otro respecto calidad y cantidad de la mercadería. -

Es decir, el ACTA DE CONTINGENCIA DE CARGA será emitida por el representante del área responsable en Fabrica y/o lugar de carga; en la misma se deberá detallar los resultados de las mediciones de calado de la embarcación realizadas antes y después de la carga, siendo rubricadas posteriormente en las Guías de Embarque de cada Barcazas.

Así mismo, el ACTA DE CONTINGENCIA DE DESCARGA será emitida por el representante del área responsable en Fabrica y/o lugar de descarga; en la misma se deberá detallar los resultados de las mediciones de calado de la embarcación realizadas antes y después de la descarga y observadas en la planilla de recepción.

Para el efecto, el contratista deberá disponer que los indicadores del calado en las embarcaciones, sean perfectamente visibles, en ambos costados, con marcas claras, semejantes a una regla, donde las subdivisiones de los niveles de calado, permitan una lectura lo más precisa posible. Así mismo, el indicador de franco a bordo, tiene que ser visible y fácilmente identificable. Las lecturas del Calado y Franco Bordo tanto en proa y popa de la bodega se realizarán en cada banda, se tendrá el promedio por costado, y luego el promedio del resultado del promedio por costado. La lectura del franco a borde se realizará por medio de una cinta métrica.

La INC realizará la calibración de sus básculas a través del INTN (Instituto Nacional de Tecnología y Normalización) y/o empresas privadas que realizan dicho servicio.

Penalidades y Multas en caso de Incumplimiento

Por humedad:

El material embarcado en origen (Clinker, Piedra caliza, yeso y cemento (big bag y bolsas) por LA CONTRATISTA deberá ser recepcionado en destino en las mismas condiciones de humedad, caso contrario se aplicará una multa equivalente a guaraníes quince mil (Gs. 15.000) por toneladas de partida húmeda imputable a LA CONTRATISTA, como compensación de la degradación del producto, a ser determinada por cada unidad de bodega por medio de ensayos en origen y recepción.

El porcentaje (%) adicional de humedad en la recepción con relación a la humedad en origen, será descontado el peso adicional de las facturas presentadas al cobro.

Por degradación del material:

En caso de que el material se degrade durante el servicio de flete, se aplicará un descuento a la contratista por la cantidad degradada en el convoy al último precio de adquisición del material. Para tal efecto se solicitará un informe técnico a la Gerencia de Logística/Gerencia Industrial sobre los sucesos durante el servicio de flete y la cuantificación del material degradado en el convoy, así como un informe de calidad del Departamento de Control de Calidad sobre el grado de degradación de lo cuantificado en el convoy.

La condición del producto será consignada en la Guía de Embarque en origen y en el Informe de Recepción en destino incluyendo el C3S de origen

En caso de que se registre un incumplimiento en la exigencia de tapa de barcazas la INC suspenderá la ejecución del servicio por un (1) mes a la barcaza o convoy en infracción. A la cuarta reincidencia de la empresa, el contrato podrá rescindirse de pleno derecho por causa imputable al proveedor.

Si la descarga, por razones imputables LA CONTRATISTA fuera realizada por otros medios distintos a los habilitados en el muelle del CIP Villeta/Vallemi, los gastos adicionales emergentes del hecho serán por cuenta de LA CONTRATISTA y deducidos de su factura.

Se computará como cantidad no transportada cada barcaza que fuera ofertada y no presentada para la carga en Vallemi conforme a la nómina de su oferta.

Plan de entrega de los servicios

 

 

El Plan y cronograma de entrega del servicio de flete fluvial se irá desarrollando conforme a las necesidades de la Industria Nacional del Cemento; que se sintetiza en el siguiente cuadro:

 

MES: todos los adjudicados deberán entregar un mínimo 30.000 toneladas de Materias primas en Villeta cada 30 días con excepción por incidencias o demoras imputables a la INC.

Para el cumplimiento de esta cantidad cada proveedor deberá transportar desde Vallemi hasta Villeta dentro de los 30 días de haber recibido la nota de activación al calado máximo permitido de todas sus barcazas ofertadas.

 Cantidad por Convoy: según Abastecimiento simultáneo y supeditada a la Orden de Carga emitida por la Industria Nacional del Cemento

La INC se reserva el derecho de modificar la cantidad de carga mínima, por ende, la entrega mínima podrá variar según necesidad y capacidad de carga en Vallemi

 

EL CONVOY DEBE ESTAR LISTO PARA:

 

CARGA

En Vallemi

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la carga conforme a la Orden de Carga emitida para Vallemi a los 10 días a la firma del Contrato o Notificación de la INC.

En Villeta

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la carga conforme a la Orden de Carga emitida para Villeta a los 3 días a la firma del Contrato o Notificación de la INC.

Observacion: el tape y destape de las barcazas estará a cargo de la empresa adjudicada

DESCARGA

En Villeta

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la descarga en Villeta, máximo a los 10 días posteriores finalizada la carga de su última barcaza en Vallemi, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La cantidad cargada será cotejada con la Orden de Carga, altura de rio y condiciones de carga en muelle.

En Vallemí

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la descarga en Vallemi, máximo a los 10 días posteriores finalizada la carga de su última barcaza en Villeta, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La cantidad cargada será cotejada con la Orden de Carga, altura de rio y condiciones de carga en muelle.

Observacion: el tape y destape de las barcazas estará a cargo de la empresa adjudicada

Ejecución del cronograma:

El servicio de flete fluvial se irá desarrollando de acuerdo a las necesidades de la INC. Para la activación del servicio, la Gerencia Logística comunicará a la contratista, vía correo electrónico (correo declarado en la oferta) dicha necesidad y para lo cual la Contratista pondrá el convoy listo para carga de los insumos afectados al presente servicio, en Vallemi dentro de los 10 días posteriores de tal comunicación y en Villeta dentro de los 3 días posteriores de tal comunicación garantizando a la INC la disponibilidad de la entrega mínima mensualmente.

-El proveedor deberá prever todo lo concerniente al proceso de descarga, manteniéndose alerta con un

remolcador portuario para acercar las embarcaciones al muelle, y una vez que el sistema de descarga de la INC

termine su cometido, quedando en bodega el remanente o material restante de la carga transportada, La I.N.C.

se hará cargo del rejunte y descarga de todo remanente material operable (*)

(*) Material operable: es todo material suelto de fácil extracción, todo material fraguado es material no operable.

-Será considerado como remanente un máximo de 50 Toneladas

-La contratista deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar la continuidad de las cargas y descargas de las barcazas en el cumplimiento del cronograma preestablecido. Caso contrario la INC se verá obligado a aplicación de penalidades, consistente en perdida de turno de carga /descarga y multa económica en proporción al tiempo de perdida en Puerto de Carga y descarga por falta de maniobras.

-El ritmo de carga/descarga será de 1.000 ton/día SHEX promedio por barcaza, la carga/descarga correrá por cuenta y cargo de la I.N.C. y el ritmo se medirá desde el momento en que las barcazas se encuentren amarrados al muelle de carga/descarga.

-El tiempo de cambio de barcazas será descontado del ritmo de descarga del material, es decir, el tiempo de descarga volverá a correr a partir de cambio o posicionamiento efectivo de barcazas. El tiempo máximo de cambio no deberá ser mayor de (2) dos horas.

-Tiempo de Plancha: el tiempo de Plancha empezará a correr a partir de la recepción de la barcaza en el puerto de descarga designado por la Industria Nacional del Cemento

-Suspensión de tiempo de plancha: el tiempo de plancha quedará suspendido por condiciones climáticas (lluvias, temporales), es decir se descontará del tiempo permitido de descarga según dure la condición climática adversa a la operativa de descarga

-La operativa de CARGA/DESCARGA está a cargo de la INC y corre por su cuenta. Los atrasos y/o demoras que tengan relación con actividades que estén a cargo de la INC no serán imputables al Contratista.

-El cronograma, estará en función a las notificaciones realizadas por la Gerencia de Logística dando inicio al servicio según necesidad, donde se determinará los procedimientos operativos a realizarse.

-Para la carga en Origen (Fabrica Vallemi / Fabrica Villeta) la Gerencia Logística emitirá una ORDEN DE CARGA donde establecerá la Carga Máxima disponible para el servicio en función a la tabla de calado presentado en su oportunidad por la Contratista, donde se detallará el material a ser transportado y las embarcaciones habilitadas para el efecto.

 

 

Ítem

Descripción del Bien

Tramo

Plazo de entrega del servicio

1

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL PARA LA INC

Vallemi Villeta (y viceversa)

Cada convoy deberá amarrar en Villeta o Vallemi en un todo disponible para carga o descarga a los 10 días corridos a partir de finalizar la carga o descarga final de su última barcaza en Vallemi o Villeta, según corresponda, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La Contratista debe presentar todas barcazas ofertadas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la

presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

Cada oferente adjudicado deberá cargar su convoy en su totalidad de barcazas ofertadas propias o rentadas cuya nómina conforme su oferta de capacidad de transporte.

La Gerencia de Logística deberá emitir un informe de cumplimiento de plazos en un periodo de 24 horas posteriores a la culminación del servicio.

Cualquier retraso deberá ser comunicado a la INC o sus causas, a fin de ser analizadas y establecer como CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR conforme a los documentos que la proveedora presente y acredite tal situación.

En caso de incumplimiento o atraso en la toma de carga, no disposición del todas sus barcazas ofertadas o ejecución del servicio, dentro del plazo estipulado para el mismo, y sin justificativo alguna, correrá el plazo estipulado en el cronograma de entregas, sujeto a las condiciones establecidas en la sección multas y en el Punto 3 de la sección Observaciones - Especificaciones Técnicas, salvo que la misma presente por escrito los justificativos de casos fortuitos o de fuerza mayor. (LA NOTIFICACION DEBE HACERSE ANTES DE CONCLUIR EL SERVICIO, ES DECIR, DENTRO DE LOS 10 DIAS DE TRANSITO A LA GERENCIA DE LOGÍSTICA CON COPIA AL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS Y GARANTÍAS)

Remolcador para Maniobras

LA CONTRATISTA se obliga a mantener disponible un remolcador para maniobras en los puertos de carga y descarga, en forma permanente durante el periodo de operación de sus embarcaciones. Las operaciones serán realizadas siempre y cuando las condiciones climáticas (tiempo - visibilidad) y nivel del río no afecten negativamente la seguridad de las embarcaciones y/o muelle.

En caso de que el referido remolcador no se encuentre disponible y sean necesarios realizar maniobras para la continuidad de la carga o descarga, LA CONTRATISTA estará obligada a informar con la debida antelación al representante de la INC en los muelles del CIP Villeta y de la Planta Industrial de Vallemí, en forma inmediata, el plazo máximo que será necesario para subsanar dicho inconveniente. Si esta condición no fuera cumplida, la INC estará en libertad para encontrar una solución, en cuyo caso todos los gastos emergentes del hecho serán cargados a LA CONTRATISTA, de acuerdo a la tarifa portuaria de remolque de Asunción y que serán deducidos en forma inmediata de su factura pendiente de pago

Inspecciones del cumplimiento del servicio

La inspección del cumplimiento efectivo del servicio será realizada por personal de la INC. Una vez recepcionado la carga trasportada en el puerto de destino, el personal responsable de verificar el servicio, cuenta con dos días hábiles, para emitir la planilla y anexado al mismo tiempo lo certificados de plazos para la liquidación final y/o aplicación de multas correspondientes por el área responsable del proceso.

Una vez terminado la carga fuera del Horario Taller la Guía de traslado será firmado por el encargado de turno de tráfico fluvial, jefe de turno de la fábrica (producción), encargado de turno de laboratorio, director o interino en conjunto con el Capitán. No se podrá retirar una barcaza o bodega cargada del muelle de INC bajo ninguna circunstancia sin la firma, aclaración y sello del Capitán, Practico o encargado de turno de la embarcación en caso de que se retirare por alguna razón de fuerza mayor los mencionados deben regularizar firmando las guías de recepción y traslado para dar continuidad a la carga que por cada hora de retraso se computara el tiempo al proveedor del servicio

Para la medición del material transportado, se establece la siguiente prelación de sistemas de pesaje, en el orden que sigue:

1- Pesaje determinado por la cinta bascula de la Planta Industrial de Villeta más carena de calado para testigo tomadas al inicio de la descarga

2- En caso de no funcionar la cinta bascula de la Planta de Villeta, se tomará como valido el registro de la báscula de carga de Vallemi más la carena de calado testigo tomada al final de la carga

3- Si las básculas de la Planta Industrial de Vallemí y CIP Villeta no están en funcionamiento, se tomarán en cuenta las mediciones detalladas en las ACTAS DE CONTINGENCIA CARGA/DESCARGA para determinar la cantidad transportada en función a la tabla de carena de cada bodega, rubricadas por ambas partes.

4- La INC se reserva la facultad de controlar la cantidad y calidad del producto mediante empresas tercerizadas. El documento emitido en estas condiciones prevalecerá sobre cualquier otro respecto calidad y cantidad de la mercadería. -

Es decir, el ACTA DE CONTINGENCIA DE CARGA será emitida por el representante del área responsable en Fabrica y/o lugar de carga; en la misma se deberá detallar los resultados de las mediciones de calado de la embarcación realizadas antes y después de la carga, siendo rubricadas posteriormente en las Guías de Embarque de cada Barcazas.

Así mismo, el ACTA DE CONTINGENCIA DE DESCARGA será emitida por el representante del área responsable en Fabrica y/o lugar de descarga; en la misma se deberá detallar los resultados de las mediciones de calado de la embarcación realizadas antes y después de la descarga y observadas en la planilla de recepción.

Para el efecto, el contratista deberá disponer que los indicadores del calado en las embarcaciones, sean perfectamente visibles, en ambos costados, con marcas claras, semejantes a una regla, donde las subdivisiones de los niveles de calado, permitan una lectura lo más precisa posible. Así mismo, el indicador de franco a bordo, tiene que ser visible y fácilmente identificable. Las lecturas del Calado y Franco Bordo tanto en proa y popa de la bodega se realizarán en cada banda, se tendrá el promedio por costado, y luego el promedio del resultado del promedio por costado. La lectura del franco a borde se realizará por medio de una cinta métrica.

La INC realizará la calibración de sus básculas a través del INTN (Instituto Nacional de Tecnología y Normalización) y/o empresas privadas que realizan dicho servicio.

Penalidades y Multas en caso de Incumplimiento

Por humedad:

El material embarcado en origen (Clinker, Piedra caliza, yeso y cemento (big bag y bolsas) por LA CONTRATISTA deberá ser recepcionado en destino en las mismas condiciones de humedad, caso contrario se aplicará una multa equivalente a guaraníes quince mil (Gs. 15.000) por toneladas de partida húmeda imputable a LA CONTRATISTA, como compensación de la degradación del producto, a ser determinada por cada unidad de bodega por medio de ensayos en origen y recepción.

El porcentaje (%) adicional de humedad en la recepción con relación a la humedad en origen, será descontado el peso adicional de las facturas presentadas al cobro.

Por degradación del material:

En caso de que el material se degrade durante el servicio de flete, se aplicará un descuento a la contratista por la cantidad degradada en el convoy al último precio de adquisición del material. Para tal efecto se solicitará un informe técnico a la Gerencia de Logística/Gerencia Industrial sobre los sucesos durante el servicio de flete y la cuantificación del material degradado en el convoy, así como un informe de calidad del Departamento de Control de Calidad sobre el grado de degradación de lo cuantificado en el convoy.

La condición del producto será consignada en la Guía de Embarque en origen y en el Informe de Recepción en destino incluyendo el C3S de origen

En caso de que se registre un incumplimiento en la exigencia de tapa de barcazas la INC suspenderá la ejecución del servicio por un (1) mes a la barcaza o convoy en infracción. A la cuarta reincidencia de la empresa, el contrato podrá rescindirse de pleno derecho por causa imputable al proveedor.

Si la descarga, por razones imputables LA CONTRATISTA fuera realizada por otros medios distintos a los habilitados en el muelle del CIP Villeta/Vallemi, los gastos adicionales emergentes del hecho serán por cuenta de LA CONTRATISTA y deducidos de su factura.

Se computará como cantidad no transportada cada barcaza que fuera ofertada y no presentada para la carga en Vallemi conforme a la nómina de su oferta.

SISTEMA DE ADJUDICACION

El Sistema de Adjudicación de la presente contratación es: POR EL TOTAL, CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS y MAXIMOS y ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO, en donde:

La adjudicación recaerá como máximo en las cinco mejores ofertas y se distribuirá de la siguiente manera:

a. 30% para la oferta mejor calificada

b. 25% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja

c. 20% para la tercera oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

d. 15% para la cuarta oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

e. 10% para la quinta oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

Observacion: en caso que no sea posible adjudicar a 5 (cinco) empresas, la convocante podrá optar por adjudicar únicamente los % indicados precedentemente, o distribuir el % no adjudicado de acuerdo a las siguientes opciones, siempre y cuando el oferente cuente con la capacidad de carga para el cumplimiento del % adjudicable:

CONDICIONES DEL ABASTECIMIENTO SIMULTANEO

En caso de existir 4 oferentes adjudicables:

Los porcentajes a ser distribuidos serán de la siguiente manera:

35% para la oferta mejor calificada

30% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja

20% para la tercera oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

15% para la cuarta oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta

En caso de existir 3 oferentes adjudicables:

Los porcentajes a ser distribuidos serán de la siguiente manera:

40% para la oferta mejor calificada

35% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja

25% para la tercera oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

En caso de existir 2 oferentes adjudicables:

Los porcentajes a ser distribuidos serán de la siguiente manera:

50% para la oferta mejor calificada

30% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de

20% se volverá a licitar.

En caso de existir 1 oferente adjudicable:

Los porcentajes a ser distribuidos serán de la siguiente manera:

50% para la oferta mejor calificada

50% se volverá a licitar.

Observaciones:

- El porcentaje máximo adjudicable será de 50% del Monto Total del Llamado.

- El oferente deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el 3% del monto máximo de su oferta (máximo adjudicable 50% del monto total del llamado).

Para desempate de ofertas:

1. Se considerará como mejor oferta al que tenga mayor capacidad de transporte de carga de cada empresa.

2. En caso de consorcio se evaluará la capacidad de transporte de carga de cada empresa (socio).

Observacion: No se podrá sumar la capacidad de transporte de dos o más socios

Plan de entrega de los servicios

 

 

El Plan y cronograma de entrega del servicio de flete fluvial se irá desarrollando conforme a las necesidades de la Industria Nacional del Cemento; que se sintetiza en el siguiente cuadro:

MES: todos los adjudicados deberán entregar un mínimo 30.000 toneladas de Materias primas en Villeta cada 30 días con excepción por incidencias o demoras imputables a la INC.

Para el cumplimiento de esta cantidad cada proveedor deberá transportar desde Vallemi hasta Villeta dentro de los 30 días de haber recibido la nota de activación al calado máximo permitido de todas sus barcazas ofertadas.

Cantidad por Convoy: según Abastecimiento simultáneo y supeditada a la Orden de Carga emitida por la Industria Nacional del Cemento

La INC se reserva el derecho de modificar la cantidad de carga mínima, por ende, la entrega mínima podrá variar según necesidad y capacidad de carga en Vallemi

EL CONVOY DEBE ESTAR LISTO PARA:

CARGA

En Vallemi

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la carga conforme a la Orden de Carga emitida para Vallemi a los 10 días a la firma del Contrato o Notificación de la INC.

En Villeta

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la carga conforme a la Orden de Carga emitida para Villeta a los 3 días a la firma del Contrato o Notificación de la INC.

Observacion: el tape y destape de las barcazas estará a cargo de la empresa adjudicada

DESCARGA

En Villeta

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la descarga en Villeta, máximo a los 10 días posteriores finalizada la carga de su última barcaza en Vallemi, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La cantidad cargada será cotejada con la Orden de Carga, altura de rio y condiciones de carga en muelle.

En Vallemí

La empresa adjudicada deberá estar en un todo disponible para la descarga en Vallemi, máximo a los 10 días posteriores finalizada la carga de su última barcaza en Villeta, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La cantidad cargada será cotejada con la Orden de Carga, altura de rio y condiciones de carga en muelle.

Observacion: el tape y destape de las barcazas estará a cargo de la empresa adjudicada

Ejecución del cronograma:

El servicio de flete fluvial se irá desarrollando de acuerdo a las necesidades de la INC. Para la activación del servicio, la Gerencia Logística comunicará a la contratista, vía correo electrónico (correo declarado en la oferta) dicha necesidad y para lo cual la Contratista pondrá el convoy listo para carga de los insumos afectados al presente servicio, en Vallemi dentro de los 10 días posteriores de tal comunicación y en Villeta dentro de los 3 días posteriores de tal comunicación garantizando a la INC la disponibilidad de la entrega mínima mensualmente.

-El proveedor deberá prever todo lo concerniente al proceso de descarga, manteniéndose alerta con un

remolcador portuario para acercar las embarcaciones al muelle, y una vez que el sistema de descarga de la INC

termine su cometido, quedando en bodega el remanente o material restante de la carga transportada, La I.N.C.

se hará cargo del rejunte y descarga de todo remanente material operable (*)

(*) Material operable: es todo material suelto de fácil extracción, todo material fraguado es material no operable.

-Será considerado como remanente un máximo de 50 Toneladas

-La contratista deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar la continuidad de las cargas y descargas de las barcazas en el cumplimiento del cronograma preestablecido. Caso contrario la INC se verá obligado a aplicación de penalidades, consistente en perdida de turno de carga /descarga y multa económica en proporción al tiempo de perdida en Puerto de Carga y descarga por falta de maniobras.

-El ritmo de carga/descarga será de 1.000 ton/día SHEX promedio por barcaza, la carga/descarga correrá por cuenta y cargo de la I.N.C. y el ritmo se medirá desde el momento en que las barcazas se encuentren amarrados al muelle de carga/descarga.

-El tiempo de cambio de barcazas será descontado del ritmo de descarga del material, es decir, el tiempo de descarga volverá a correr a partir de cambio o posicionamiento efectivo de barcazas. El tiempo máximo de cambio no deberá ser mayor de (2) dos horas.

-Tiempo de Plancha: el tiempo de Plancha empezará a correr a partir de la recepción de la barcaza en el puerto de descarga designado por la Industria Nacional del Cemento

-Suspensión de tiempo de plancha: el tiempo de plancha quedará suspendido por condiciones climáticas (lluvias, temporales), es decir se descontará del tiempo permitido de descarga según dure la condición climática adversa a la operativa de descarga

-La operativa de CARGA/DESCARGA está a cargo de la INC y corre por su cuenta. Los atrasos y/o demoras que tengan relación con actividades que estén a cargo de la INC no serán imputables al Contratista.

-El cronograma, estará en función a las notificaciones realizadas por la Gerencia de Logística dando inicio al servicio según necesidad, donde se determinará los procedimientos operativos a realizarse.

-Para la carga en Origen (Fabrica Vallemi / Fabrica Villeta) la Gerencia Logística emitirá una ORDEN DE CARGA donde establecerá la Carga Máxima disponible para el servicio en función a la tabla de calado presentado en su oportunidad por la Contratista, donde se detallará el material a ser transportado y las embarcaciones habilitadas para el efecto.

Ítem

Descripción del Bien

Tramo

Plazo de entrega del servicio

1

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL PARA LA INC

Vallemi Villeta (y viceversa)

Cada convoy deberá amarrar en Villeta o Vallemi en un todo disponible para carga o descarga a los 10 días corridos a partir de finalizar la carga o descarga final de su última barcaza en Vallemi o Villeta, según corresponda, que estará instrumentada por la Orden de zarpada.

La Contratista debe presentar todas barcazas ofertadas en puerto para la operación de carga, secas, limpias, libre de impurezas o cualquier material. En caso de no encontrarse aptas o en las condiciones descriptas, las mismas serán rechazadas y deberán reemplazarse dentro de las 48 horas. El plazo se computa a partir del informe emitido por los técnicos verificadores y comunicado al oferente afectado. Es responsabilidad de la Contratista la

presentación de embarcaciones en buen estado, secas, vacías, limpias y listas para la operación de carga.

Cada oferente adjudicado deberá cargar su convoy en su totalidad de barcazas ofertadas propias o rentadas cuya nómina conforme su oferta de capacidad de transporte.

La Gerencia de Logística deberá emitir un informe de cumplimiento de plazos en un periodo de 24 horas posteriores a la culminación del servicio.

Cualquier retraso deberá ser comunicado a la INC o sus causas, a fin de ser analizadas y establecer como CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR conforme a los documentos que la proveedora presente y acredite tal situación.

En caso de incumplimiento o atraso en la toma de carga, no disposición del todas sus barcazas ofertadas o ejecución del servicio, dentro del plazo estipulado para el mismo, y sin justificativo alguna, correrá el plazo estipulado en el cronograma de entregas, sujeto a las condiciones establecidas en la sección multas y en el Punto 3 de la sección Observaciones - Especificaciones Técnicas, salvo que la misma presente por escrito los justificativos de casos fortuitos o de fuerza mayor. (LA NOTIFICACION DEBE HACERSE ANTES DE CONCLUIR EL SERVICIO, ES DECIR, DENTRO DE LOS 10 DIAS DE TRANSITO A LA GERENCIA DE LOGÍSTICA CON COPIA AL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS Y GARANTÍAS)

Remolcador para Maniobras

LA CONTRATISTA se obliga a mantener disponible un remolcador para maniobras en los puertos de carga y descarga, en forma permanente durante el periodo de operación de sus embarcaciones. Las operaciones serán realizadas siempre y cuando las condiciones climáticas (tiempo - visibilidad) y nivel del río no afecten negativamente la seguridad de las embarcaciones y/o muelle.

En caso de que el referido remolcador no se encuentre disponible y sean necesarios realizar maniobras para la continuidad de la carga o descarga, LA CONTRATISTA estará obligada a informar con la debida antelación al representante de la INC en los muelles del CIP Villeta y de la Planta Industrial de Vallemí, en forma inmediata, el plazo máximo que será necesario para subsanar dicho inconveniente. Si esta condición no fuera cumplida, la INC estará en libertad para encontrar una solución, en cuyo caso todos los gastos emergentes del hecho serán cargados a LA CONTRATISTA, de acuerdo a la tarifa portuaria de remolque de Asunción y que serán deducidos en forma inmediata de su factura pendiente de pago

Inspecciones del cumplimiento del servicio

La inspección del cumplimiento efectivo del servicio será realizada por personal de la INC. Una vez recepcionado la carga trasportada en el puerto de destino, el personal responsable de verificar el servicio, cuenta con dos días hábiles, para emitir la planilla y anexado al mismo tiempo lo certificados de plazos para la liquidación final y/o aplicación de multas correspondientes por el área responsable del proceso.

Una vez terminado la carga fuera del Horario Taller la Guía de traslado será firmado por el encargado de turno de tráfico fluvial, jefe de turno de la fábrica (producción), encargado de turno de laboratorio, director o interino en conjunto con el Capitán. No se podrá retirar una barcaza o bodega cargada del muelle de INC bajo ninguna circunstancia sin la firma, aclaración y sello del Capitán, Practico o encargado de turno de la embarcación en caso de que se retirare por alguna razón de fuerza mayor los mencionados deben regularizar firmando las guías de recepción y traslado para dar continuidad a la carga que por cada hora de retraso se computara el tiempo al proveedor del servicio

Para la medición del material transportado, se establece la siguiente prelación de sistemas de pesaje, en el orden que sigue:

1- Pesaje determinado por la cinta bascula de la Planta Industrial de Villeta más carena de calado para testigo tomadas al inicio de la descarga

2- En caso de no funcionar la cinta bascula de la Planta de Villeta, se tomará como valido el registro de la báscula de carga de Vallemi más la carena de calado testigo tomada al final de la carga

3- Si las básculas de la Planta Industrial de Vallemí y CIP Villeta no están en funcionamiento, se tomarán en cuenta las mediciones detalladas en las ACTAS DE CONTINGENCIA CARGA/DESCARGA para determinar la cantidad transportada en función a la tabla de carena de cada bodega, rubricadas por ambas partes.

4- La INC se reserva la facultad de controlar la cantidad y calidad del producto mediante empresas tercerizadas. El documento emitido en estas condiciones prevalecerá sobre cualquier otro respecto calidad y cantidad de la mercadería. -

Es decir, el ACTA DE CONTINGENCIA DE CARGA será emitida por el representante del área responsable en Fabrica y/o lugar de carga; en la misma se deberá detallar los resultados de las mediciones de calado de la embarcación realizadas antes y después de la carga, siendo rubricadas posteriormente en las Guías de Embarque de cada Barcazas.

Así mismo, el ACTA DE CONTINGENCIA DE DESCARGA será emitida por el representante del área responsable en Fabrica y/o lugar de descarga; en la misma se deberá detallar los resultados de las mediciones de calado de la embarcación realizadas antes y después de la descarga y observadas en la planilla de recepción.

Para el efecto, el contratista deberá disponer que los indicadores del calado en las embarcaciones, sean perfectamente visibles, en ambos costados, con marcas claras, semejantes a una regla, donde las subdivisiones de los niveles de calado, permitan una lectura lo más precisa posible. Así mismo, el indicador de franco a bordo, tiene que ser visible y fácilmente identificable. Las lecturas del Calado y Franco Bordo tanto en proa y popa de la bodega se realizarán en cada banda, se tendrá el promedio por costado, y luego el promedio del resultado del promedio por costado. La lectura del franco a borde se realizará por medio de una cinta métrica.

La INC realizará la calibración de sus básculas a través del INTN (Instituto Nacional de Tecnología y Normalización) y/o empresas privadas que realizan dicho servicio.

Penalidades y Multas en caso de Incumplimiento

Por humedad:

El material embarcado en origen (Clinker, Piedra caliza, yeso y cemento (big bag y bolsas) por LA CONTRATISTA deberá ser recepcionado en destino en las mismas condiciones de humedad, caso contrario se aplicará una multa equivalente a guaraníes quince mil (Gs. 15.000) por toneladas de partida húmeda imputable a LA CONTRATISTA, como compensación de la degradación del producto, a ser determinada por cada unidad de bodega por medio de ensayos en origen y recepción.

El porcentaje (%) adicional de humedad en la recepción con relación a la humedad en origen, será descontado el peso adicional de las facturas presentadas al cobro.

Por degradación del material:

En caso de que el material se degrade durante el servicio de flete, se aplicará un descuento a la contratista por la cantidad degradada en el convoy al último precio de adquisición del material. Para tal efecto se solicitará un informe técnico a la Gerencia de Logística/Gerencia Industrial sobre los sucesos durante el servicio de flete y la cuantificación del material degradado en el convoy, así como un informe de calidad del Departamento de Control de Calidad sobre el grado de degradación de lo cuantificado en el convoy.

La condición del producto será consignada en la Guía de Embarque en origen y en el Informe de Recepción en destino incluyendo el C3S de origen

En caso de que se registre un incumplimiento en la exigencia de tapa de barcazas la INC suspenderá la ejecución del servicio por un (1) mes a la barcaza o convoy en infracción. A la cuarta reincidencia de la empresa, el contrato podrá rescindirse de pleno derecho por causa imputable al proveedor.

Si la descarga, por razones imputables LA CONTRATISTA fuera realizada por otros medios distintos a los habilitados en el muelle del CIP Villeta/Vallemi, los gastos adicionales emergentes del hecho serán por cuenta de LA CONTRATISTA y deducidos de su factura.

Se computará como cantidad no transportada cada barcaza que fuera ofertada y no presentada para la carga en Vallemi conforme a la nómina de su oferta.

SISTEMA DE ADJUDICACION

El Sistema de Adjudicación de la presente contratación es: POR EL TOTAL, CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS y MAXIMOS y ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO, en donde:

La adjudicación recaerá como máximo en las cinco mejores ofertas y se distribuirá de la siguiente manera:

a. 30% para la oferta mejor calificada

b. 25% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja

c. 20% para la tercera oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

d. 15% para la cuarta oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

e. 10% para la quinta oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

Observacion: en caso que no sea posible adjudicar a 5 (cinco) empresas, la convocante podrá optar por adjudicar únicamente los % indicados precedentemente, o distribuir el % no adjudicado de acuerdo a las siguientes opciones, siempre y cuando el oferente cuente con la capacidad de carga para el cumplimiento del % adjudicable:

CONDICIONES DEL ABASTECIMIENTO SIMULTANEO

En caso de existir 4 oferentes adjudicables:

Los porcentajes a ser distribuidos serán de la siguiente manera:

35% para la oferta mejor calificada

30% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja

20% para la tercera oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

15% para la cuarta oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta

En caso de existir 3 oferentes adjudicables:

Los porcentajes a ser distribuidos serán de la siguiente manera:

40% para la oferta mejor calificada

35% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja

25% para la tercera oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

En caso de existir 2 oferentes adjudicables:

Los porcentajes a ser distribuidos serán de la siguiente manera:

50% para la oferta mejor calificada

30% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de

20% se volverá a licitar.

En caso de existir 1 oferente adjudicable:

Los porcentajes a ser distribuidos serán de la siguiente manera:

50% para la oferta mejor calificada

50% se volverá a licitar.

Observaciones:

- El porcentaje máximo adjudicable será de 50% del Monto Total del Llamado.

- El oferente deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el 3% del monto máximo de su oferta (máximo adjudicable 50% del monto total del llamado).

Para desempate de ofertas:

1. Se considerará como mejor oferta al que tenga mayor capacidad de transporte de carga de cada empresa.

2. En caso de consorcio se evaluará la capacidad de transporte de carga de cada empresa (socio).

Observacion: No se podrá sumar la capacidad de transporte de dos o más socios