El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ADQUISICIÓN DE PUZOLANA NATURAL
1. CALIDAD
Requerimientos Químicos conforme a Norma IRAM 1668
Óxido de Magnesio Soluble total (MgO) ≤ 5,00%
Pérdida al fuego (1.000 °C) ≤ 10,00%
Anhídrido Sulfúrico (SO3) ≤ 3,00%
Requerimientos físicos mecánicos.
Índice de Puzolaneidad con cemento Portland a 28 días ≤ 85%
La técnica de ensayos para la determinación del índice de Puzolaneidad corresponde a la Norma IRAM 1654.
La recepción se hará en base seca.
Humedad máxima de recepción: 16%, con un margen de tolerancia del 1% mayor a lo establecido.
Humedad Natural Máxima: 17%, entiéndase a humedad natural a la humedad porcentual con la que la puzolana se encuentra en el préstamo o banco, en estado de equilibrio natural.
El peso neto será el peso descontado la humedad (Base seca)
La medición de dicha humedad se hará con las muestras exigidas in situ de las zonas de extracción habilitadas para el efecto. Los técnicos designados por la INC serán los encargados de realizar el muestreo y análisis (este proceso se lleva a cabo en el marco contractual, pudiendo la INC rescindir el contrato si los bancos de préstamo no cumplen con esta condición). Tolerancia máxima 1%
La referencia única considerada para la determinación del peso del material recepcionado, es la registrada por la Báscula de Pesaje de Camiones del CIP-Villeta, anotándose para el camión transportador en el Ticket correspondiente:
- N° de chapa de camión
- Nombre del conducto
- Procedencia del material
- Fecha y Hora - Peso Bruto
- Peso del camión vacío
- Peso Neto.
Observación: El Peso Neto se refiere al peso con el descuento de la humedad (Base Seca)
Los resultados de porcentaje (%) de humedad obtenidos de las partidas recepcionada, serán informados por el Dpto. de Control de Calidad y semanalmente se preparará un informe de recepción, válido para la facturación pertinente.
La recepción se hará en base seca.
2. CONDICIONES TECNICAS BASICAS PARA LA HABILITACION DE LA CANTERA
2.1 Habilitación de la cantera por El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones
2.2 Aprobación del estudio de Impacto ambiental por parte de la MADES y licencia ambiental.
2.3 Informe de ensayo de índice de actividad Puzolánico emitido por INTN, la misma deberá ser efectuada por personales de INTN. Extraída y geo referenciada de cada muestra in situ, para garantizar la veracidad del informe y la calidad del material a ser explotado.
2.4 Título de propiedad o contrato de arrendamiento y permiso de explotación por parte del propietario de la cantera.
2.5 Estudio Geológico. El estudio geológico deberá ser realizado por un profesional geólogo legalmente habilitado. Este estudio deberá contemplar el levantamiento Plani-altimétrico del yacimiento a una escala de 1/2000 geo referencial con GPS.
Para la campaña de investigación se debe tener estudiado como mínimo el equivalente al 100% del área estudiada. El método de sondeo con recuperación de testigo debe ser por medio de calicatas para definir las características del yacimiento. La distancia entre sondeos o alicatas de un perfil debe ser < a 25 metros y deben estar ubicados al tres bolillo con respecto a sondeos o calicatas de los perfiles adyacentes. Los perfiles deberán ser construidos con rumbo a la normal del yacimiento evaluado, especificando el volumen y calidad de la puzolana y certificado por profesional geólogo.
La distancia entre perfiles adyacentes no debe ser superior a los 25 metros.
La preparación de las muestras se debe realizar in situ con la presencia de un técnico geólogo de INTN.
Para cada ensayo, se debe generar una (1) muestra por cada perfil, que resulte de la agrupación proporcional al espesor del material Puzolánico de cada sondeo o calicata. Como mínimo el peso de cada muestra por perfil debe ser de 25Kg.
Para el cálculo de tonelaje métrico, se debe tener en cuenta el peso volumétrico in situ y el porcentaje de humedad determinada.
Se debe señalar en el terreno con estacas de madera, el lugar de sondeo, el número del mismo y la profundidad del material Puzolánico.
2.6 El oferente deberá presentar en la etapa contractual una muestra de 35 kg. como mínimo, que represente el total del área estudiada.
2.7 Una vez adjudicada la licitación el geólogo designado de la INC, verificará que la explotación se inicie en el lugar estudiado.
3.- RECEPCIÓN
3.1 Los tickets de báscula se realizarán en triplicado, uno será entregado al chofer, otro quedará en báscula y el tercero se entregará la Gerencia de Logística, para realizar controles cruzados en las documentaciones de recepción.
3.2 El camión que ingresa a la Planta Industrial, luego del pesaje correspondiente se dirigirá al área de almacenamiento donde se procederá a la descarga, exclusivamente con camiones volquetes. No serán admitidos otros equipos de transporte.
4.- MUESTREO
Una vez descargado el material en el parque de almacenamiento el personal del Laboratorio de Planta Industrial tomará muestras parciales de la partida en cuestión, para el análisis correspondiente.
En todo proceso de selección de las muestras hasta la separación de la porción a ser ensayada, deberá participar el personal técnico de la INC. Los controles corresponden única y exclusivamente a la INC, ya que la misma es la interesada y responsable de la calidad de la materia prima que va a utilizar.
4.1 Opcionalmente el contratista podrá realizar controles paralelos a través de un laboratorio oficialmente reconocido, con la participación en el muestreo de técnicos de la INC. El costo de los análisis correrá por cuenta de la Contratista.
OBSERVACIÓN: EL OFERENTE DEBERÁ PRESENTAR UNA DECLARACIÓN JURADA DONDE MANIFIESTA QUE CUENTA CON LOS PERSONALES Y MAQUINARIAS NECESARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE LA EXTRACCIÓN Y TRASLADO DEL MATERIAL, O EN SU DEFECTO QUE PROCEDERÁ A LA CONTRATACIÓN DE LOS MISMOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
METODO DE ADJUDICACIÒN: POR EL TOTAL y ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO
El presente llamado se realizará bajo la modalidad de Contrato Abierto:
Cantidad Mínima: 150.000 Toneladas.
Cantidad Máxima: 300.000 Toneladas.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Puzolana |
150.000 |
300.000 |
TN |
CIP Villeta |
Las entregas se realizaran según necesidad, conforme a orden de provisión, notificadas por el área requirente y la UOC a través de correo electrónico. |
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
Las inspecciones y pruebas de los requerimientos de calidad: químicos, físicos, mecánicos (composición, humedad y puzolanidad) se llevará a cabo por técnicos de la INC para conocer el índice de humedad en 48 hs. y el índice de puzolanidad en 30 días, siendo ésta vinculante para el pago.
Las inspecciones se realizarán en la planta Industrial del CIP. Villeta. La medición de humedad y las inspecciones de calidad (puzolanidad) de cada partida serán realizadas por el Laboratorio de la I.N.C., los cuales serán comparados con el certificado de calidad que debe presentar el oferente y con lo establecido en el P.B.C., para ver si cumple con las especificaciones técnicas. La INC podrá realizar inspecciones en las zonas de préstamo.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Acta de Recepción Final.
Serán presentados 1 (uno) certificado por cada recepción.
Frecuencia: mensual
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de recepción 1 |
Acta de recepción |
A los 5 días de la recepción del bien. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |