El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem | Cód de Catál. | Descripción del Bien/ Servicio | EETT | PRESENTACION | U.M. | Cantidad Minima | Cantidad Maxima |
1 | 51191603-002 | SOLUCION DE NUTRICION PARENTERAL | Fórmula extemporánea de nutrición parenteral total con vitaminas y minerals completos - Inicio - de 1.050mL - con filtro de 0,2 micras. Debe contener: dextrosa al 50%: 400ml, aminoácidos esenciales para adultos al 10%: 600ml. Vitaminas y minerales: Fosfato de potasio: 10ml, sulfato de magnesio: 10ml, oligoelementos: 2ml, sulfato de zinc: 2ml, gluconato de calcio: 10ml, multivitaminas adulto: 5ml, agua destilada: 11ml. El precio unitario deberá contener el producto ya elaborado y/o terminado. |
Bolsa | Unidad | 450 | 900 |
2 | 51191603-002 | SOLUCION DE NUTRICION PARENTERAL | Fórmula extemporánea de nutrición parenteral total con vitaminas y minerales completos - Standard - de 1.850mL - con filtro de 1,2 micras. Debe contener: dextrosa al 50%: 500 ml, aminoácidos esenciales para adultos al 10%: 1000 ml ml, lípidos al 20%: 300 ml Vitaminas y minerales: Fosfato de potasio: 10ml, sulfato de magnesio: 10ml oligoelementos: 2ml, sulfato de zinc: 2ml, gluconato de calcio: 10ml, multivitaminas adulto: 5ml, agua destilada: 11ml. El precio unitario deberá contener el producto ya elaborado y/o terminado. |
Bolsa | Unidad | 205 | 410 |
3 | 51191603-002 | SOLUCION DE NUTRICION PARENTERAL | Fórmula extemporánea de nutrición parenteral total con vitaminas y minerals completos. Para Pediátricos- con filtro de 1,2 micras - hasta 1000 mL. Debe contener: dextrosa al 10%: Dextrosa al 50%; aminoácidos Pediátricos 10%; sulfato de magnesio, sulfato de zinc, Oligoelementos, gluconato de calcio, cloruro de sodio, cloruro de potasio 3M, multivitaminas pediátricos, lípidos 20%. El precio unitario deberá contener el producto ya elaborado y/o terminado. |
Bolsa | Unidad | 126 | 253 |
PLAZO DE VENCIMIENTO Intervalo de tiempo durante el cual, en las condiciones de almacenamiento y conservación de la formula de alimentación parenteral extemporánea puede ser utilizada
El llamado es realizado por el Instituto Nacional del Cáncer - Único centro especializado en el tratamiento del Cáncer nivel País, así mismo se menciona que dicho bien no figura en el listado de Medicamentos Esenciales (LME) vigente del MSPBS, pero la misma cuenta con antecedentes de compras, para pacientes internados exclusivamente en los diferentes hospitales que utilizan ante diversas situaciones de cada uno. La alimentación parenteral extemporánea a ser adquirida es considerada imprescindible para garantizar el tratamientop correspondiente a la mayoria de los pacientes oncologicos del Instituto Nacional del Cancer y nlos demas centros dependientes del Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social. De ello depende su salud y/o calidad de vida.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
La entrega de los bienes se realizará de acierdo al Plan de Entreega y Cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Asi mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuaci{on:
Plan de entrega y lugar de entrega: todas las formulas de alimentación parenteral extemporáneas deberán ser entregadas en el Instituto Nacional de Cancer de Lunes a Sabados de 07:00 a 18:00 hs. y en las unidades descentralizadasdependientes del INCAN, en contenedores que mantengan la cadena de frio.
Procedimiento de la Solicitud: El Instituto Nacional de Cancer emitirá la/s Orden/es de Compra/s que serán comunicadas al proveedor via fax/ o correo electronico y/o notificación personal desde el cual comenzará a correr el plazo.
Plazo de entrega: Sera de un (1) dia habil a partir de la recpeción de la orden de compra por parte del adjudicado.
Pruebas de Control de Calidad: la convocante se reserva el derecho de realizar las pruebas de control de calidad en cual quier momento que considere necesario.
En caso de realizar los controles de calidad: se realizará en forma aleatoria y una vez retirado y entregado el producto a la Institución que realizará los controles, será comunicado al proveedor por nota.
El costo de los Analisis y muestreos: deberán ser abonados por el proveedor del producto, ademas, la empresa adjudicada deberá reponer la cantidad de producto que fue retirado en el muestreo, sin costo para la convocante en un plazo no mayor a 72 horas.
Documentos de entrega: las formulas de alimentación parenteral extemporánmeas se derán por entregadas con la/s Nota/s de Remisión/es. Estos documentos deben contener los siguientes detalles:
1. Fecha de entrega
2. Numero de Cointrato
3. Detalle y cantidad de bienes entregados
4. Marca y procedencia
5. Firma y aclaración de los responsables de la recepción
6. Jefe del Dpto. de Adquisición y Suministros
7. Familiar del paciente o encargado del Servicio
LOS DOCUMENTOS ORIGINALES QUEDARAN EN PODER DE LA CONVOCANTE YN UNA COPIA DE LOS MISMOS CON EL PROVEEDOR
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión |
CONTRATO |
Los plazos de la entrega serán de un (1) dia habil a partir de la recpeción de la orden de compra por parte del adjudicado. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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