Se ha realizado la verificación del precio referencial del llamado, considerando que el precio que actualmente se viene pagando no se encuentra acorde a los costos actuales tanto en Salario Mínimo Legal vigente, cargas sociales, fiscales, tributarias y retenciones, teniendo en cuenta que en el mes de julio/2023 el Salario Mínimo Legal tuvo un reajuste del 5.1%, sumado a esto la constante variación mensual del IPC y una inflación acumulada, sumados a estos las variaciones de precios de los productos importados por la fluctuación del dólar, todos estos factores han tenido un impacto afectando directamente a los costos de los componentes que hacen posible la prestación del servicio requerido (Mano de Obra, productos, materiales, insumos de limpieza, transporte logística combustible, entre otros).
Conforme se puede observar en los antecedentes para la estimación de costos, los precios utilizados corresponden a precios ofertados en llamados anteriores, no así a precios actuales, por lo tanto, solicitamos el aumento del precio referencial vigente, de tal forma a que las cotizaciones puedan contemplar todas las asignaciones de observancia obligatoria y las especificaciones técnicas y no se conviertan en ofertas temerarias e insolventes a la hora de la ejecución del contrato.
Se ha realizado la verificación del precio referencial del llamado, considerando que el precio que actualmente se viene pagando no se encuentra acorde a los costos actuales tanto en Salario Mínimo Legal vigente, cargas sociales, fiscales, tributarias y retenciones, teniendo en cuenta que en el mes de julio/2023 el Salario Mínimo Legal tuvo un reajuste del 5.1%, sumado a esto la constante variación mensual del IPC y una inflación acumulada, sumados a estos las variaciones de precios de los productos importados por la fluctuación del dólar, todos estos factores han tenido un impacto afectando directamente a los costos de los componentes que hacen posible la prestación del servicio requerido (Mano de Obra, productos, materiales, insumos de limpieza, transporte logística combustible, entre otros).
Conforme se puede observar en los antecedentes para la estimación de costos, los precios utilizados corresponden a precios ofertados en llamados anteriores, no así a precios actuales, por lo tanto, solicitamos el aumento del precio referencial vigente, de tal forma a que las cotizaciones puedan contemplar todas las asignaciones de observancia obligatoria y las especificaciones técnicas y no se conviertan en ofertas temerarias e insolventes a la hora de la ejecución del contrato.
Aclaración: se procede a la actualización del precio referencial establecido inicialmente.
Respuesta: Remitirse a la Adenda 2.
2
PRECIOS REFERENCIAL
Se ha realizado la verificación del precio referencial del llamado, considerando que el precio que actualmente se viene pagando no se encuentra acorde a los costos actuales tanto en Salario Mínimo Legal vigente, cargas sociales, fiscales, tributarias y retenciones, teniendo en cuenta que en el mes de julio/2023 el Salario Mínimo Legal tuvo un reajuste del 5.1%, sumado a esto la constante variación mensual del IPC y una inflación acumulada, sumados a estos las variaciones de precios de los productos importados por la fluctuación del dólar, todos estos factores han tenido un impacto afectando directamente a los costos de los componentes que hacen posible la prestación del servicio requerido (Mano de Obra, productos, materiales, insumos de limpieza, transporte logística combustible, entre otros).
Conforme se puede observar en los antecedentes para la estimación de costos, los precios utilizados corresponden a precios ofertados en llamados anteriores, no así a precios actuales, por lo tanto, solicitamos el aumento del precio referencial vigente, de tal forma a que las cotizaciones puedan contemplar todas las asignaciones de observancia obligatoria y las especificaciones técnicas y no se conviertan en ofertas temerarias e insolventes a la hora de la ejecución del contrato.
Se ha realizado la verificación del precio referencial del llamado, considerando que el precio que actualmente se viene pagando no se encuentra acorde a los costos actuales tanto en Salario Mínimo Legal vigente, cargas sociales, fiscales, tributarias y retenciones, teniendo en cuenta que en el mes de julio/2023 el Salario Mínimo Legal tuvo un reajuste del 5.1%, sumado a esto la constante variación mensual del IPC y una inflación acumulada, sumados a estos las variaciones de precios de los productos importados por la fluctuación del dólar, todos estos factores han tenido un impacto afectando directamente a los costos de los componentes que hacen posible la prestación del servicio requerido (Mano de Obra, productos, materiales, insumos de limpieza, transporte logística combustible, entre otros).
Conforme se puede observar en los antecedentes para la estimación de costos, los precios utilizados corresponden a precios ofertados en llamados anteriores, no así a precios actuales, por lo tanto, solicitamos el aumento del precio referencial vigente, de tal forma a que las cotizaciones puedan contemplar todas las asignaciones de observancia obligatoria y las especificaciones técnicas y no se conviertan en ofertas temerarias e insolventes a la hora de la ejecución del contrato.
Aclaración: se procede a la actualización del precio referencial establecido inicialmente.
Respuesta: Remitirse a la Adenda 2.
3
PRECIOS REFERENCIAL
Exigimos que el Precio Referencial sea adecuado por la Convocante y ajustado a lo que solicita el PBC, el precio referencial publicado está muy por debajo de los costos reales que exige este llamado, atendiendo la envergadura del Edificio del Ministerio y las sedes más las Cargas sociales (Reajuste del salario mínimo desde julio 2023 no se tuvo en cuenta), pagos de tributos, equipos, herramientas y maquinarias, Insumos y productos solicitados a ser entregado en forma mensual que haciendo la suma mal pronto supera los guaraníes 12.000.000 ( solo en insumos y productos) sin tener en cuenta las maquinarias y herramientas solicitadas a proveer. Solicitamos encarecidamente a la Convocante el AUMENTO del precio referencial vigente, de tal forma que las cotizaciones puedan contemplar todas las asignaciones de observancia obligatoria y las del EETT, a tal punto de que las OFERTAS PRESENTADAS NO SE CONVIERTAN EN TEMERARIAS E INSOLVENTES a la hora de la ejecución del contrato.
Exigimos que el Precio Referencial sea adecuado por la Convocante y ajustado a lo que solicita el PBC, el precio referencial publicado está muy por debajo de los costos reales que exige este llamado, atendiendo la envergadura del Edificio del Ministerio y las sedes más las Cargas sociales (Reajuste del salario mínimo desde julio 2023 no se tuvo en cuenta), pagos de tributos, equipos, herramientas y maquinarias, Insumos y productos solicitados a ser entregado en forma mensual que haciendo la suma mal pronto supera los guaraníes 12.000.000 ( solo en insumos y productos) sin tener en cuenta las maquinarias y herramientas solicitadas a proveer. Solicitamos encarecidamente a la Convocante el AUMENTO del precio referencial vigente, de tal forma que las cotizaciones puedan contemplar todas las asignaciones de observancia obligatoria y las del EETT, a tal punto de que las OFERTAS PRESENTADAS NO SE CONVIERTAN EN TEMERARIAS E INSOLVENTES a la hora de la ejecución del contrato.
Aclaración: se procede a la actualización del precio referencial establecido inicialmente.
Respuesta: Remitirse a la Adenda 2.
4
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Señores
UOC Ministerio de Industria y Comercio:
PRESENTE:
Por medio de la presente, solicitamos corroborar su PBC, en la sección de EE.TT-Resumen de las especificaciones técnicas - 3 Entregas Mensuales de insumos conforme al promedio: Del 1 al 5 de cada mes.
Limpia vidrio de 500 ml Aceite mineral, tensoactivos, solvente de petróleo, espesante, preservante, agua y esencia como mínimo. No deberá de contener tripolifosfato de sodio. Con pico dosificador.
Dicha descripción de componentes no corresponde al producto Limpia Vidrios, por lo que seria muy difícil conseguir los registros para sustentar los componentes del producto, que dependiendo de la marca de manera estándar suelen estar compuestos por:
alcohol isopropílico, agua destilada, Lauril sulfato de sodio, colorante, fragancia.
Y por ende calificar dicho producto por vuestra parte.
Este punto nos hemos percatado se vienen repitiendo desde los llamados correpondiente a los Siguientes ID:
394895 - 2021
415668 - 2022
429435 - 2023
En el siguiente enlace que corresponde a la Tienda Virtual de la DNCP, podran verificar la descripción del lustra mueble.
https://tienda.dncp.gov.py/detergentes-y-limpiadores/5021-lustra-muebles-en-crema-200-ml.html
Por todo lo expuesto anteriormente, recomendamos se sirvan corroborar y corregir dicho punto.
Agradecemos la atención brindada.
Señores
UOC Ministerio de Industria y Comercio:
PRESENTE:
Por medio de la presente, solicitamos corroborar su PBC, en la sección de EE.TT-Resumen de las especificaciones técnicas - 3 Entregas Mensuales de insumos conforme al promedio: Del 1 al 5 de cada mes.
Limpia vidrio de 500 ml Aceite mineral, tensoactivos, solvente de petróleo, espesante, preservante, agua y esencia como mínimo. No deberá de contener tripolifosfato de sodio. Con pico dosificador.
Dicha descripción de componentes no corresponde al producto Limpia Vidrios, por lo que seria muy difícil conseguir los registros para sustentar los componentes del producto, que dependiendo de la marca de manera estándar suelen estar compuestos por:
alcohol isopropílico, agua destilada, Lauril sulfato de sodio, colorante, fragancia.
Y por ende calificar dicho producto por vuestra parte.
Este punto nos hemos percatado se vienen repitiendo desde los llamados correpondiente a los Siguientes ID:
394895 - 2021
415668 - 2022
429435 - 2023
En el siguiente enlace que corresponde a la Tienda Virtual de la DNCP, podran verificar la descripción del lustra mueble.
Aclaración: se procede a la actualización de las Especificaciones Técnicas del producto (limpia vidrios), conforme a los datos publicados en la tienda virtual.
Respuesta: remitirse a la Adenda 3.