ESPECIFICACIONES TECNICAS
1- Cartel de Obra.
EL CONTRATISTA deberá contar con un letrero de 2.00 x 1.50 mts en la obra.
Este letrero lo colocara el contratista en el lugar indicado por el fiscal de obras dentro de los diez días de iniciada la obra; permanecerá en la obra o en el lugar indicado hasta que el fiscal de obras lo estime conveniente. El letrero será de chapa negra n° 24 con armazón de hierro galvanizado y pintado con esmalte sintético.
La altura a la que debe ser colocado el letrero será de 2.00 mts, contando desde el nivel natural del terreno hasta la parte inferior del letrero.
2- Replanteo y marcación.
Corresponde al contratista realizar el replanteo de la obra, así como el levantamiento plani- altimetrico, correspondiente al tramo adjudicado. El mismo será realizado con un equipo de topografía y el costo deberá ser incluido en la oferta del tramo.
El contratista deberá informarse, en el terreno, sobre las cantidades de servicios a ejecutar, teniendo en cuenta que las cantidades previstas son solamente estimativas, en consecuencia, toda la diferencia en más o en menos no dará derecho al contratista de reclamación alguna. Así también el contratista deberá mantener permanentemente en obra, a disposición de la fiscalización, en perfecto estado de conservación:
3. Perfilado de terreno
Excavación en la zona a intervenir.
El alcance de los servicios de preparación del terreno ya sean cortes o perfilados deberán
estar incluidos en rubros o ítems de calzada hasta un espesor de 0.30 mts variables. Se debe eliminar totalmente la camada de suelo vegetal, basura o materia orgánica, para asegurar una buena capacidad portante. La subrasante debe ser compactada con rodillo, pata de cabra en camadas de 20 cmts de espesor como máximo, haciendo pasadas previas con escarificador o rastras de discos en caso necesario. Para caminos ya existentes que presenten buena capacidad portante se puede con acuerdo de la fiscalización proceder directamente a perfilar con motoniveladora la subrasante, dándole una pendiente lateral de 1%.
4. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO RIGIDO DE H° SIMPLE DE PROMEDIO 13,5 CMTS, FCK 180KG/CMT2, ANCHO 7,40 MTS, SEGÚN PLANO DE DETALLE
Este trabajo consiste en la provisión, colocación, terminación y curado del hormigón, así como las dimensiones mostradas en los planos aprobados por la fiscalización. El hormigón consistirá de cemento portland, agregado fino, agregado grueso, aditivos, cuando se lo requiera y agua mezclados en la proporción especificada y aprobada. El contratista deberá dosificar y ser responsable del desempeño de todas las mezclas de hormigón empleadas en la obra. Las dosificaciones de la mezcla seleccionadas deberán producir un hormigón suficientemente trabajable y de fácil acabado para el uso contratado. La temperatura de la mezcla de hormigón inmediatamente antes de ser colocada deberá estar entre 10° C y 33°
C. En el caso de lluvia, la colocación de hormigón no deberá ser iniciada o deberá ser suspendida a menos que se disponga de protecciones adecuadas para proteger de daños la superficie o de corrientes de agua perjudiciales o de lavados de la superficie de hormigón. Cuando la temperatura ambiente es superior a 33° C, los encofrados y toda la superficie que estará en contacto con la mezcla deberán ser enfriados por debajo de los 33° C mediante el rociado con agua u otro método aprobado. Todo hormigón recientemente colocado deberá ser curado con el objeto de evitar la pérdida de agua. Deberá utilizar el método del agua, que consiste en que la superficie del hormigón deberá mantenerse continuamente mojada por un periodo mínimo de diez días. Una vez cargado mediante, rociamiento a través de cisterna con la que la empresa deberá contar, (cisterna con capacidad mínima de 5.000 lts).
Los encofrados deberán ser colocados y mantenidos fieles a las dimensiones, alineamientos y niveles de estructuras y durante la colocación del hormigón. Los encofrados no deberán ser removidos hasta que el hormigón tenga la resistencia suficiente para evitar daños a la superficie.
Después de la colocación del hormigón, antes de descalzar la cimbra o removidos los encofrados, deberán transcurrir veinte días. La empresa adjudicada deberá contar obligatoriamente con una regla vibradora, para la carga del hormigón, la cual será fiscalizada por el FISCAL DE OBRAS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LAZARO. No se permitirá el uso de PIEDRAS TRITURADAS PRODUCIDA POR LA INC, por lo tanto, la piedra triturada a ser utilizada debe ser la que corresponda a la naturaleza de la obra (DE PRIMERA CALIDAD) y deben contarse limpia de toda sustancia ajena, como arenillas, tierras, etc.
5. Limpieza y retiro de tierra y escombros
Comprende todos los trabajos necesarios para dejar los tramos de calles, los lugares de ejecución del pavimento, perfectamente limpios y reparados. El contratista deberá retirar todo el resto del material sobrante del lugar. Las obras auxiliares construidas por el CONTRATISTA serán desmanteladas y retiradas del lugar de trabajo una vez culminada la obra.
Retiro de escombros.
El contratista deberá retirar todo tipo de escombros, ocasionado durante la ejecución de la obra, limpieza del sitio en su totalidad, sin dejar ningún tipo de restos que obstaculicen la circulación del transeúnte
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 “ACCESIBILIDAD – Subcomité Accesibilidad al Medio Físico”, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo “Marco Legal/Documentos de Interés”, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las Contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en las Contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a las Contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia a las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 “Accesibilidad”, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
No aplica.
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado : Joaquina Azuaga Ramirez, Intendenta Municipal, Municipalidad de San Lazaro
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: Ante la necesidad de mejorar los tramos que no cuentan con pavimentacion en la zona para el crecimiento y desarrollo de la localidad de Vallemi a fin de potenciar el acceso a la ciudad.
Justificar la planificación. Se trata de una necesidad temporal
Justificar las especificaciones técnicas establecidas. Las mismas fueron realizadas por la Dirección de Obras de acuerdo al relevamiento de datos in situ.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Se adjuntan al presente Pliego de Bases y Condiciones.
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente: La obra será ejecutada en la Avda. Eusebio Ayala de la localidad de Vallemi, Distrito de San Lazaro, Dpto. de Concepcion.-. El plazo de la ejecucion de la Obra es de (90) noventa dias computados desde la fecha de recepcion por parte del contratista de la Orden de Inicio de Obras. El plazo de Recepción Provisoria es de 90 (noventa) días calendario computados desde la fecha de recepcion por parte del contratista de la Orden de Inicio de Obras. El plazo de Recepción Definitiva es de 5 (cinco) días calendario desde la fecha de la firma del Recepción Provisoria
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
No aplica.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado 1 |
Certificado de Obra |
Julio/2023 |
Certificado 2 |
Certificado de Obra |
Agosto/2023 |
Certificado 3 |
Certificado de Obra |
Setiembre/2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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