solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar el plazo de entrega de los días estimados para la recepción y entrega de todos los productos por parte del oferente adjudicado, pues encontramos confuso este punto en el PBC ya que solo se menciona lo siguiente “Junio 2023" y de modo a prever la correcta formulación de la oferta.
solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar el plazo de entrega de los días estimados para la recepción y entrega de todos los productos por parte del oferente adjudicado, pues encontramos confuso este punto en el PBC ya que solo se menciona lo siguiente “Junio 2023" y de modo a prever la correcta formulación de la oferta.
Con relación al plan de entrega, el mismo ha sido aclarado en la Adenda 1. Remitirse a la misma.
2
- Item 1:
En el SICP, dentro del PBC Ítem 1 PC DE ESCRITORIO Tipo II. Conforme a la plantilla indicada. El precio unitario estimado es de ₲ 6.405.000. Al respecto solicitamos se ajuste el precio del Ítem 1, considerando que debido al cambio en las especificaciones técnicas estándar emitidas por la MITIC por resolución N° 711/22 hacia una tecnología más moderna y avanzada, equiparable o superior a un equipo tipo 1 de las antiguas especificaciones técnicas, el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 8.500.000 GS. Adicionalmente, teniendo en cuenta que los costos de referencia de los equipos requeridos se han tomado de llamados realizados con las antiguas especificaciones técnicas y no están acordes a las nuevas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el SICP, dentro del PBC Ítem 1 PC DE ESCRITORIO Tipo II. Conforme a la plantilla indicada. El precio unitario estimado es de ₲ 6.405.000. Al respecto solicitamos se ajuste el precio del Ítem 1, considerando que debido al cambio en las especificaciones técnicas estándar emitidas por la MITIC por resolución N° 711/22 hacia una tecnología más moderna y avanzada, equiparable o superior a un equipo tipo 1 de las antiguas especificaciones técnicas, el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 8.500.000 GS. Adicionalmente, teniendo en cuenta que los costos de referencia de los equipos requeridos se han tomado de llamados realizados con las antiguas especificaciones técnicas y no están acordes a las nuevas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud en lo establecido dentro del artículo Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Indicamos a los potenciales oferentes, que el precio de referencial fue elaborado siguiendo los lineamientos de la Resolución DNCP N° 1890/2020 POR LA CUAL SE REGULA LA ESTIMACIÓN DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY 2051/03. Como tal responde a un precio referencial, un precio estimado para el bien requerido, y que se ajusta a la disponibilidad presupuestaria de esta Secretaría Ejecutiva.
Igualmente, los oferentes cuentan con la libertad de ofertar el precio que les resulte conveniente ajustándose a los margenes establecidos en la citada resolución con variaciones entre el 15 y 25%.
3
PLAN DE ENTREGA
En el PBC Plan de Entrega de Bienes dice: "Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: Junio 2023"
Solicitamos a la convocante indicar claramente en días calendario el plazo de entrega de los bienes, ya que no se puede estimar una fecha para la adjudicación aproximada teniendo en cuenta que los plazos licitatorios se pueden extender debido a adendas, protestas, etc.
En el PBC Plan de Entrega de Bienes dice: "Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: Junio 2023"
Solicitamos a la convocante indicar claramente en días calendario el plazo de entrega de los bienes, ya que no se puede estimar una fecha para la adjudicación aproximada teniendo en cuenta que los plazos licitatorios se pueden extender debido a adendas, protestas, etc.
Con relación al plan de entrega, el mismo ha sido aclarado en la Adenda 1. Remitirse a la misma.
4
REFERENCIAL
En el marco del SICP y el PBC, se solicita una revisión del precio referencial del Ítem 1 PC de escritorio Tipo II, de acuerdo con la plantilla establecida. El precio unitario estimado actual es de ₲ 6.405.000, pero se debe considerar que las especificaciones técnicas han cambiado y la MITIC ha emitido una resolución (N° 711/22) que exige una tecnología más avanzada y moderna, comparable o superior a la de un equipo tipo 1 según las especificaciones antiguas. En consecuencia, el precio referencial de un equipo como el que se requiere en el mercado actual es de alrededor de 9.000.000 GS. Además, los costos de referencia que se han utilizado para establecer el precio están basados en llamados con especificaciones antiguas y no son acordes con las nuevas EETT. Por lo tanto, los precios referenciales de la entidad están por debajo de los precios reales del mercado.
En el marco del SICP y el PBC, se solicita una revisión del precio referencial del Ítem 1 PC de escritorio Tipo II, de acuerdo con la plantilla establecida. El precio unitario estimado actual es de ₲ 6.405.000, pero se debe considerar que las especificaciones técnicas han cambiado y la MITIC ha emitido una resolución (N° 711/22) que exige una tecnología más avanzada y moderna, comparable o superior a la de un equipo tipo 1 según las especificaciones antiguas. En consecuencia, el precio referencial de un equipo como el que se requiere en el mercado actual es de alrededor de 9.000.000 GS. Además, los costos de referencia que se han utilizado para establecer el precio están basados en llamados con especificaciones antiguas y no son acordes con las nuevas EETT. Por lo tanto, los precios referenciales de la entidad están por debajo de los precios reales del mercado.
Indicamos a los potenciales oferentes, que el precio de referencial fue elaborado siguiendo los lineamientos de la Resolución DNCP N° 1890/2020 POR LA CUAL SE REGULA LA ESTIMACIÓN DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY 2051/03. Como tal responde a un precio referencial, un precio estimado para el bien requerido, y que se ajusta a la disponibilidad presupuestaria de esta Secretaría Ejecutiva.
Igualmente, los oferentes cuentan con la libertad de ofertar el precio que les resulte conveniente ajustándose a los margenes establecidos en la citada resolución con variaciones entre el 15 y 25%.
5
Entrega de bienes
En el PBC, Plan de entrega de los bienes dice: “10 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra al proveedor” . Solicitamos a la institución que el plazo de entrega sea extendido a como mínimo 45 días corridos posteriores a la recepción de la orden de compra, considerando que los mismos deben ingresar a producción por las grandes marcas y esto conllevaría un tiempo mínimo de 30 días, a esto se le suma la logística e tramites de importación por lo tanto los 10 días hábiles imposibilita a contar con los equipos según los requisitos. De acceder a esta petición la institución contara con un mayor número de participantes dando posibilidad a presentar un buen precio para el estado.
En el PBC, Plan de entrega de los bienes dice: “10 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra al proveedor” . Solicitamos a la institución que el plazo de entrega sea extendido a como mínimo 45 días corridos posteriores a la recepción de la orden de compra, considerando que los mismos deben ingresar a producción por las grandes marcas y esto conllevaría un tiempo mínimo de 30 días, a esto se le suma la logística e tramites de importación por lo tanto los 10 días hábiles imposibilita a contar con los equipos según los requisitos. De acceder a esta petición la institución contara con un mayor número de participantes dando posibilidad a presentar un buen precio para el estado.
El plazo de entrega fue ajustado en la Adenda 2. Remitirse a la misma
6
PLAZO DE ENTREGA
Solicitamos a la convocante que el plazo de entrega sea ampliado a 20 días hábiles, ya que al ser de 10 días hábiles a partir de la emisión de la OC resulta imposible de cumplir. De mantenerse esto sólo los oferentes que cuenten con stock de estos productos podrán participar.
Solicitamos a la convocante que el plazo de entrega sea ampliado a 20 días hábiles, ya que al ser de 10 días hábiles a partir de la emisión de la OC resulta imposible de cumplir. De mantenerse esto sólo los oferentes que cuenten con stock de estos productos podrán participar.
El plazo de entrega fue ajustado en la Adenda 2. Remitirse a la misma
7
/* Plan de entrega de los bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección del Plan de entrega bienes, para el ítem 1 Computadoras tipo 2 Intermedia se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 10 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra al proveedor”
Al respecto, se solicita a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega, en al menos como mínimo 90 (noventa) días, considerando la gran cantidad de equipos solicitados y los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos específicos que no se fabrican en nuestro país, atendiendo además el hecho de la situación bélica entre Rusia y Ucrania que está alterando las condiciones internacionales globales, ocasiona sensibles retrasos en el proceso de producción y exportación/importación lo que estaría afectando en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial por parte de los fabricantes, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones - exportaciones y despachos aduaneros se vean significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene haciéndose eco.
En este estado de cosas, los altos costos logísticos de realizar el traslado de los equipos en un plazo menor a 90 días, contribuirá a elevar de sobremanera precios de las ofertas y a desalentar la mayor concurrencia de oferentes, dadas las dificultades para realizar la entrega en unos plazos tan estrechos como los del PBC. Por lo tanto, se debe considerar por razones de economía y eficiencia la posibilidad de ampliar los plazos, en atención a lo preceptuado en el Art. 4° de la ley 2051 inc. A) “principio de economía y eficiencia”.
Una modificación en este aspecto permitirá la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección del Plan de entrega bienes, para el ítem 1 Computadoras tipo 2 Intermedia se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 10 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra al proveedor”
Al respecto, se solicita a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega, en al menos como mínimo 90 (noventa) días, considerando la gran cantidad de equipos solicitados y los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos específicos que no se fabrican en nuestro país, atendiendo además el hecho de la situación bélica entre Rusia y Ucrania que está alterando las condiciones internacionales globales, ocasiona sensibles retrasos en el proceso de producción y exportación/importación lo que estaría afectando en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial por parte de los fabricantes, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones - exportaciones y despachos aduaneros se vean significativamente afectados hasta el día de hoy, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene haciéndose eco.
En este estado de cosas, los altos costos logísticos de realizar el traslado de los equipos en un plazo menor a 90 días, contribuirá a elevar de sobremanera precios de las ofertas y a desalentar la mayor concurrencia de oferentes, dadas las dificultades para realizar la entrega en unos plazos tan estrechos como los del PBC. Por lo tanto, se debe considerar por razones de economía y eficiencia la posibilidad de ampliar los plazos, en atención a lo preceptuado en el Art. 4° de la ley 2051 inc. A) “principio de economía y eficiencia”.
Una modificación en este aspecto permitirá la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.