Consideraciones generales

Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.

La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.

Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.

Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.

La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:

  1. Los riesgos a asegurar, incluyendo una descripción clara de los bienes, personas y/o locales, que serán asegurados y de las demás medidas de seguridad con que cuentan para mitigar los riesgos;
  2. El monto del capital o de los capitales a ser asegurados;
  3. La vigencia de cobertura solicitada (se determinará desde una fecha y hora de inicio hasta una fecha y hora de finalización).
  4. Tipo de cobertura que requiere (en cuanto corresponda a prorrata, o a primer riesgo absoluto).
  5. Base ocurrencia o base reclamo (en éste último caso se debe definir claramente el periodo de retroactividad de todo el contrato o de cada cobertura si es el caso).
  6. Formas de coparticipación que ofrece: limites globales de cobertura, franquicias, carencias, exclusiones toleradas.

Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme a la carta de invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la carta de invitación”.

La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.

Capital de cobertura

Contratación de Póliza de Seguro contra Todo Riesgo para Equipo de Laboratorio Ultrafreezer, correspondiente al Laboratorio del Proyecto LABO 16-17 CONACYT/IPTA, situado en el Centro de Investigación de Capitán Miranda IPTA, en la ciudad de Capitán Miranda, Departamento de Itapúa..

 

Ítem

Código de Catálogo

Bienes Asegurados

Tipo de Cobertura

Suma Asegurada

Franquicia

Cantidad
Meses

1

84131512-9999

Seguro de Equipo de Laboratorio Ultrafrezzer  para laboratorio marca THERMO, Procedencia USA, con sus respectivos accesorios. Proyecto CONACYT IPTA LABO 16-17

Incendio y Accidente,               Robo pérdida y/o hurto. Daños por Tumulto y/o Alboroto Popular y/o Huelga

Gs. 188.000.000.-

Sin Franquicia

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Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

  1. GENERALIDADES
    1. Estas Especificaciones Técnicas establecen las condiciones mínimas que deben reunir las Compañías de Seguros y las Pólizas de Seguros que son objeto del presente llamado.

 

    1. Las Compañías de Aseguradoras deberán obligatoriamente acreditar el Fondo de Garantía requerido y autorizado a operar en los ramos elementales y patrimoniales certificados por la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay y determinado en el Pliego de Bases y Condiciones.

 

    1. Podrán presentarse ofertas de coaseguradoras, debiendo presentar una nota aclarando esta modalidad, como asimismo la designación de la Empresa Líder, conforme se establece en los documentos de la Licitación.

 

    1. Los Oferentes no podrán aprovecharse de ningún error aparente u omisión que hubiere en las Especificaciones Técnicas. Si los oferentes descubrieren alguno o tuvieren alguna discrepancia, consultarán al IPTA para que ésta lo interprete o dilucide.

 

  1. CONDICIONES GENERALES DE LAS PÓLIZAS DE SEGUROS

 

    1. En caso de siniestros, el asegurador indemnizará al IPTA dentro de los quince (15) días de haberse fijado el monto de la indemnización, computados desde el vencimiento del plazo establecido por la Ley al Asegurador para pronunciarse sobre derechos del Asegurado.

 

    1. El pago de la indemnización, por parte del Asegurador no estará subordinado a un reconocimiento, transacción o sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin perjuicio de la aplicación, de las disposiciones legales sobre cuestiones pre-judiciales.

 

    1. Todo siniestro será comunicado al Asegurador dentro del plazo de tres (3) días, contados desde el momento en que la Dirección General de Administración y Finanzas, tome conocimiento del mismo. La comunicación podrá ser efectuada por carta certificada, telegrama colacionado, telex, fax, carta entregada directamente en oficinas del Asegurador o por cualquier otro medio escrito idóneo.

 

    1. El IPTA queda facultada a llevar a cabo todas las diligencias, arreglos o transacciones encaminadas a una recuperación inmediata, total o parcial, de cualquier pérdida o daño.

 

  1. VIGENCIA DE COBERTURA

 

    1. El plazo de vigencia de la cobertura de seguros será de un (24) Meses, contados desde la suscripción del contrato del presente llamado.

 

  1. SEGUROS A CONTRATAR

 

    1. El Seguro de Todo Riesgo Operativo deberá asegurar todo bien mueble (Equipo de Ultrafreezer) del asegurado, o bienes de terceros bajo cuidado, custodia o control del mismo, mientras dichos bienes se hallen dentro de los predios del asegurado, contra toda pérdida o daño físico directo ocurridos durante el periodo de vigencia de la Póliza.

 

    1. El oferente deberá presentar con su oferta una proforma de la Póliza de Todo Riesgo Operativo (Condiciones Generales y Particulares) a emitirse para los bienes y valores licitados.

 

    1. Cobertura. El Seguro de Todo Riesgo Operativo, sin ser taxativo deberá cubrir todo inmueble y/o mueble (incluyendo mejoras y refacciones) del asegurado, o bienes de terceros bajo cuidado o control del mismo, mientras dichos bienes se hallan dentro de los predios del asegurado, contra toda pérdida o daño físico directo ocurridos durante la vigencia de la Póliza y proveniente de:

 

  • Incendio, rayo, explosión, corto circuito
  • Incendio causado por tumulto o alboroto popular y/o huelga que revista tales caracteres
  • Daños materiales causados por tumulto o alboroto popular y/o huelga que revista tales caracteres
  • Daños por huracán, granizo, vendaval, ciclón o tornado
  • Huelga y/o alboroto popular
  • Daños materiales por impacto de vehículos terrestres
  • Daños materiales por impacto de aeronaves y/o sus partes componentes
  • Daños por humo
  • Daños por agua a causa del incendio
  • Deficiencias de climatización
  • Rotura de Vidrios
  • Responsabilidad Civil
  • Robo/hurto
  • Pérdida de beneficios
  • Seguros Técnicos

                                                                                                            

VALORES A RIESGO:

 

  • Casco: Incendio, Accidente y Robo

 

INCENDIO Y ACCIDENTES: El asegurador se obligará a indemnizar hasta el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del Edificio, daños materiales parciales o totales ocasionados al Edificio por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, daños por temporales y/o granizo, o cualquier otro agente externo y ajeno al Edificio.

ROBO Y/O HURTO: El asegurador se obligará a indemnizar el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida total de todo lo contenido dentro del Edificio por robo y/o hurto, objeto de éste seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al Edificio asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, mediante denuncia formulada ante la autoridad policial.

DAÑOS POR TUMULTO Y/O ALBOROTO POPULAR Y/O HUELGA: El asegurador se obligará a indemnizar el 100 % del valor de la suma asegurada, cuando éstos hayan sido causados directamente por personas que tomen parte de un tumulto, alboroto popular o huelga que revista tales caracteres, como así también por personas que tomen parte en disturbios obreros o por la acción de cualquier autoridad legalmente constituida para reprimir o defenderse de cualquiera de éstos hechos.

 

Obs.: El asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor establecido en todos los eventuales eventos que se podrían presentar.

 

LA COBERTURA DEBE INCLUIR:

La Cobertura deberá contemplar el reemplazo total de un nuevo equipo o sustitución parcial y/o total de todos las partes componentes del equipo de laboratorio ultrafreezer; cubierta en casos de: robo, hurto, incendios, inundaciones, sabotaje intencional, roturas parcial o total, actos vandálicos, negligencia, imprudencia o impericia de terceros, casos fortuitos o de fuerza mayor, etc., ya sea que los bienes están operando o en reposo, o hayan sido desmontados con el propósito de ser
limpiados o reparados o mientras están ejecutando sus operaciones, o durante el remontaje subsiguiente.

 

Hasta el 100% del capital asegurado de acuerdo al listado descriptivo del equipo de laboratorio y otros.

 

  1. EJECUCIÓN DE LAS PÓLIZAS:

La ejecución de las Pólizas será dentro de los 30 (treinta) días calendarios posteriores a la notificación del hecho acaecido y a las documentaciones exigibles de acuerdo a las Leyes.

 

  1. COBERTURA:

La medida de la prestación será a primer riesgo absoluto, sin Franquicia.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Lic. Patricia Rodriguez, Directora del Proyecto CONACYT LABO 16-17 del IPTA
  • Con el fin de cumplir con lo establecido en el Contrato IB Pública Nº 14/2018, CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA PROPIEDAD Y USO COMPARTIDO DEL EQUIPAMIENTO 1.2.1es responsabilidad de la Institución Beneficiaria contar con una póliza de seguro contra todo riesgo, además de lo establecido en la Guía de Ejecución del Proyecto apartado 5.5.4. Mantenimiento, Garantías y Seguros, inciso iii. Costo financiero de la póliza de seguro contra robo, pérdida, incendio y daños del equipo adquirido.
  • Estas Especificaciones Técnicas establecen las condiciones mínimas que deben reunir las Compañías de Seguros y las Pólizas de Seguros que son objeto del presente llamado.

Inspecciones y Pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

 

No aplica

Planos o diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

 

NO APLICA

Capacitación

La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.

Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).

Indicadores de cumplimiento de contrato

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Acta de Recepción

Acta de Recepción

ABRIL  2023 La validez de la contratación quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 14 de la Ley N° 2051/03]

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3.Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación a presentar acompañando la póliza emitida

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la emisión de la póliza.

       2. Documentos. Empresas coaseguradoras.

  • Cada empresa integrante del coaseguro deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en el apartado precedente.
  • Contrato de coaseguro cumpliendo las disposiciones establecidas en la reglamentación emitida por la Superintendencia de Seguros relativa a las operaciones en coaseguros. El contrato debe estar formalizado por instrumento privado con certificación de firmas por escribano público.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.