Matriz de Evaluación - Reformulación de exigencias del llamado
Conforme a lo exigido en los incisos b), c), d) y e) del numeral 2 “PERFIL PROFESIONAL DEL CONSULTOR INDIVIDUAL” de la matriz de evaluación de la página 22 de la Carta de Invitación de la Contratación Directa 05/2023 – ID: 431356, considerando que se limita directamente la concurrencia de potenciales oferentes que poseen experiencia en el ámbito privado, se solicita a la Contratante la modificación de las bases concursales y de los criterios de evaluación para permitir la participación de profesionales que posean experiencia en el sector privado y no sólo únicamente en el sector público como exige desde el año 2016 al 2022, conforme a los antecedentes de llamados anteriores realizados desde el año 2016 al 2022, identificados con ID: 315.334, ID: 339.409, ID: 357.713, ID: 374.051, ID: 387.085 e ID: 408.044.
Así mismo, se solicita la modificación y reformulación de los criterios generales de evaluación para garantizar la concurrencia del mayor número de potenciales oferentes y evitar el direccionamiento del llamado a favor de un determinado profesional, para lo cual se debe considerar que en los años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 resultó adjudicado el mismo profesional abogado (Abog. Gabriel Orlando Solalinde Rodríguez), siendo incluso dicho el único oferente participante en los actos de apertura de los llamados anteriores identificados con ID: 315.334, ID: 339.409, ID: 357.713, ID: 374.051 y ID: 387.085.
13-06-2023
15-06-2023
Matriz de Evaluación - Reformulación de exigencias del llamado
Conforme a lo exigido en los incisos b), c), d) y e) del numeral 2 “PERFIL PROFESIONAL DEL CONSULTOR INDIVIDUAL” de la matriz de evaluación de la página 22 de la Carta de Invitación de la Contratación Directa 05/2023 – ID: 431356, considerando que se limita directamente la concurrencia de potenciales oferentes que poseen experiencia en el ámbito privado, se solicita a la Contratante la modificación de las bases concursales y de los criterios de evaluación para permitir la participación de profesionales que posean experiencia en el sector privado y no sólo únicamente en el sector público como exige desde el año 2016 al 2022, conforme a los antecedentes de llamados anteriores realizados desde el año 2016 al 2022, identificados con ID: 315.334, ID: 339.409, ID: 357.713, ID: 374.051, ID: 387.085 e ID: 408.044.
Así mismo, se solicita la modificación y reformulación de los criterios generales de evaluación para garantizar la concurrencia del mayor número de potenciales oferentes y evitar el direccionamiento del llamado a favor de un determinado profesional, para lo cual se debe considerar que en los años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 resultó adjudicado el mismo profesional abogado (Abog. Gabriel Orlando Solalinde Rodríguez), siendo incluso dicho el único oferente participante en los actos de apertura de los llamados anteriores identificados con ID: 315.334, ID: 339.409, ID: 357.713, ID: 374.051 y ID: 387.085.
Los criterios de evaluación y requisitos establecidos en la Carta de Invitación se justifican en la importancia, complejidad y cantidad de procesos de contratación pública que lleva adelante la Justicia Electoral en base a las distintas necesidades institucionales; complejas consultas; situaciones que deben ser resueltas con la inmediatez y responsabilidad que asegure a la Institución un correcto procedimiento administrativo. En consecuencia, el profesional a ser contratado deberá resolver y asistir a la Institución por cuestiones vinculadas a la Administración Financiera Pública desde la perspectiva jurídica, lo cual es un complejo campo en el que la experiencia en el ámbito público garantiza soluciones más adecuadas.
Teniendo en cuenta las consideraciones mencionadas precedentemente, esta Convocante manifiesta que los requisitos establecidos en la MATRIZ DE EVALUACIÓN NO LIMITAN la participación de potenciales oferentes, éstas únicamente tienen por objeto una correcta satisfacción de la necesidad Institucional, buscando otorgar al Estado las mejores condiciones en la contratación.
Así también, esta Convocante considera pertinente mantener lo expresado en el punto en cuestión, en razón a que los términos del mismo fueron confeccionados de acuerdo a criterios necesarios para una correcta prestación de los Servicios de Consultoría Jurídica en Materia de Administración Financiera y Contrataciones Públicas. Por otro lado, resulta importante mencionar que estos requisitos no impiden que profesionales individuales puedan presentar oferta, al tener la Matriz de Evaluación diversas formas de demostrar la vinculación entre Profesionales e Instituciones a las que prestan servicios, existiendo una amplia gama de documentación que puede acreditar estas experiencias, dejando abierta la posibilidad a los oferentes de acreditarse con cualquier documento eficiente, fehaciente y comprobable
Por consiguiente, se solicita amablemente remitirse a lo establecido en la Carta de Invitación.