Ítem | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Cantidad |
1 | TRABAJOS PRELIMINARES: Marcacion y replanteo | Metros cuadrados | 4.003,47 |
2 | Desmonte de cañerías/ traslado de cañerias averiadas/ desmontes varios | Metros cuadrados | 2.742,1 |
3 | Cartel de obra | Unidad Medida Global | 1 |
4 | MOVIMIENETO DE SUELO: Preparación de terreno para caja de empedrado | Metros cuadrados | 2.796,94 |
5 | Relleno y compactación de suelo base | Metros cúbicos | 1.371,05 |
6 | Provisión y colocación de cordón cuneta prefabricado de hormigón 010*0,25*0,50 | Metro lineal | 739,2 |
7 | Provisión y colocación de cordón escondido prefabricado de hormigón | Metro lineal | 16 |
8 | EMPEDRADO: Pavimento tipo empedrado. Incluye colchón de arena (arena de rio 50%) | Metros cuadrados | 2.742,1 |
9 | Compactación manual en el proceso y a rodillo según especificaciones al final | Metros cuadrados | 2.742,1 |
10 | Ripiado final con ripio basáltico. Piedra VI | Metros cuadrados | 2.742,1 |
11 | LIMPIEZA DE OBRA Y TRBAJOS FINALES: Relleno lateral de contención de cordón | Metros cúbicos | 147,84 |
12 | Limpieza final, retiro de escombros y entrega de obra | Metros cuadrados | 2.742,1 |
13 | PONTILLON: Marcación y replanteo | Metros cuadrados | 14 |
14 | Excavación para cimiento | Metros cúbicos | 4,65 |
15 | Muro de piedra bruta colocada dosaje 1:3 (cemento - arena) | Metros cúbicos | 7,75 |
16 | Losa de H°A° dosif (1:2:3) | Metros cúbicos | 4 |
17 | Excavación y retiro de material | Metros cúbicos | 4,65 |
18 | Relleno suelo seleccionado | Metros cúbicos | 3,8 |
19 | Drenaje | Metro lineal | 4 |
20 | CANAL A CIELO ABIERTO DEE H°A°: Marcación y replanteo | Metros cuadrados | 2.260,64 |
21 | Excavación y retiro de material | Metros cúbicos | 260,64 |
22 | Relleno suelo seleccionado | Metros cúbicos | 78,12 |
23 | Canal de H°A° desarrollo segun planos | Metros cúbicos | 59,8 |
24 | Construcción de baden de H° de e15cm de espesor ancho 1m | Metros cúbicos | 3,29 |
25 | Excavación y retiro de material | Metros cúbicos | 3,29 |
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 “ACCESIBILIDAD – Subcomité Accesibilidad al Medio Físico”, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo “Marco Legal/Documentos de Interés”, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las Contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en las Contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a las Contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia a las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 “Accesibilidad”, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
Descripción NO APLICA |
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado. El Abg. José Luis Benítez Herebia,
Intendente Municipal.
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada. El trayecto objeto de la presente obra en tiempos de lluvia
resulta intransitable, el uso frecuente del mismo hace necesaria la ejecución de la obra la que posibilitara unir el tramo del Barrio Ynambuy-Universitario y la Ruta internacional N° 1 Mcal. Francisco Solano López.
Justificar la planificación. El llamado responde a una necesidad temporal.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas ha sido elaborado por profesionales luego del levantamiento de
datos del lugar por lo que responde a la necesidad efectiva del lugar.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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SE ACOMPAÑA EN ARCHIVO INDEPENDIENTE |
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Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
La obra deberá ejecutarse en un plazo no mayor de 120 (ciento veinte) días contados a partir del acta de inicio, en el Barrio Ynambuy, calle sin nombre que une los barrios Ynambuy (ruta N° 1 Mcal. Francisco Solano López) y la compañía Isla Tobati.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
NO APLICA
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Certificado 1 |
Certificado de Obra |
SETIEMBRE 2023 |
Certificado 2 |
Certificado de Obra |
OCTUBRE 2023 |
Certificado 3 |
Certificado de Obra |
NOVIEMBRE 2023 |
Certificado 4 |
Certificado de Obra |
DICIEMBRE 2023 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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