El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ÍTEMS |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
CANTIDAD |
01 |
Servicio de Despacho Aduanero |
1 |
IMPORTACIÓN
Gastos (*)
EXPORTACIÓN
Gastos (*)
Gastos Administrativos
Flete interno desde la Dependencia remitente hasta la Aduana.
(*) Observaciones
OTROS PUNTOS A TENER EN CUENTA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS ADUANEROS
Para el momento de valoración de las ofertas presentadas; se deberá tener en cuenta la antigüedad, experiencia y contratos celebrados en el rubro del presente llamado. En cuanto a los Honorarios Profesionales del Despachante de Aduanas, debe ajustarse a la Legislación Vigente amparado por Ley Nº 220/93 Del Arancel Profesional de los Despachantes de Aduanas; según la siguiente escala:
LEY 220/93 HONORARIOS DEL DESPACHANTE
DE |
HASTA |
HONORARIO BÁSICO |
% ADICIONAL |
1 |
10.000.000.- |
50.000.- |
2% |
10.000.001 |
500.000.000.- |
250.000.- |
1% |
50.000.001 |
100.000.000.- |
750.000.- |
0,80% |
100.000.001 |
250.000.000.- |
1.550.000.- |
0,50% |
250.000.001 |
Y MAS |
2.800.000.- |
0,30% |
Los Despachos de Exportación gozaran de un 50% (cincuenta por ciento) de descuento.
PERFIL DE LA AGENCIA DE DESPACHO ADUANERO
Infraestructura, personal idóneo y soporte necesario en cuanto a sistemas de comunicación a través de equipos informáticos con disponibilidad de correo electrónico, incluso móvil, teléfonos, telefax y celulares, vehículos y disponibilidad de tiempo preferencial para satisfacer plenamente las necesidades del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
El Despachante, deberá facturar los honorarios por cada despacho de importación y/o exportación líquido.
Observación: Se sugiere tener en cuenta que habiendo una legislación especial que regula los honorarios de los profesionales a ser contratados, no sería licito solicitar descuentos en los Honorarios como parámetros para la adjudicación, ya que lesionarían el principio de igualdad y libre competencia consagrada en la Ley 2051/03; lo que significa un vicio sustancial y casual de anulación del procedimiento.
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La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Las Órdenes de Servicios serán emitidas por la UNIDAD DE LOGÍSTICA INTERNACIONAL, dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas, de acuerdo a la necesidad de cada Dependencias de Lunes a Viernes de 07:00 Hs. Hasta las 12:00 Hs., Avda. Silvio Pettirossi esq. Brasil, una vez recibida nota mediante la liquidación del despachante con las documentaciones respaldatorios.
Plazo de Entrega: según necesidad de la Convocante, las vacunas, medicamentos, insumos médicos, reactivos, equipos médicos, repuestos para equipos médicos, serán retiradas de aduanas en forma anticipada y en cuanto a las jeringas insumos se podrá optar la modalidad provisoria o en forma anticipada.
La falta de Entrega en el plazo y lugar establecido dará lugar a la aplicación de las Penalidades que se establezca en el presente llamado.
En caso de la no recepción del servicio en el plazo previsto, salvo motivos de fuerza mayor debidamente justificados, la Convocante procederá conforme a lo estipulado en las condiciones del contrato de adjudicación.
Observación: El plazo de entrega de los servicios será dentro de los 10 (diez) días hábiles de recibido la orden de compra/servicio.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
En un plazo de 10 días hábiles a partir de la recepción de la Orden de Compras por parte del proveedor.- |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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