Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

A. REQUISITOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS

1. BENEFICIARIOS:

Cantidad mínima: 1.121

Cantidad máxima: 2.242

 

2. COBERTURA PARA EL NÚCLEO FAMILIAR Y LOS FUNCIONARIOS CASADOS ENTRE SI: (TODOS LOS GRUPOS DEBERAN TENER EL MISMO COSTO)

a. NÚCLEO FAMILIAR - TITULAR SOLTERO/A CASADO/A DIVORCIADO/A Y VIUDO/A:

Serán tomados como miembros del núcleo familiar al titular, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por unión concubinaria, para la inscripción será obligatoria la presentación de la documentación respaldatoria), sus hijos/as hasta 3 (tres hijos) solteros hasta el día que cumplan 20 años. Los hijos con discapacidad sin límites de edad. Las discapacidades serán determinadas a través del Certificado expedido por la Secretaria Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).

 

Las incorporaciones de beneficiarios del Grupo Familiar durante la vigencia del contrato solo podrán ser realizadas por el titular, esto durante los primeros 90 días desde la firma del contrato entre la institución y la empresa adjudicada.

 

b. NÚCLEO FAMILIAR, CONFORMADOS POR FUNCIONARIOS CASADOS ENTRE SI.

En caso de existir algún funcionario/a casado/a también con funcionario/a de la Institución, incluyendo al otro funcionario/a al núcleo familiar, ambos funcionarios serán tomados como titular cada uno. Este grupo estará conformado por: su cónyuge ya sea por matrimonio formal o por unión concubinaria, para la inscripción será obligatoria la presentación de la documentación respaldatoria, sus hijos/as (hasta un máximo de 3 (tres) solteros hasta el día que cumplan 20 años. Los hijos condiscapacidad sin límites de edad.

Las discapacidades serán determinadas a través del Certificado expedido por la Secretaria Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).

ADHERENTES CON COSTO Y A CUENTA EXCLUSIVA DEL TITULAR PARA AQUELLOS BENEFICIARIOS QUE NO SE ENCUENTREN INCLUIDOS EN EL GRUPO DETALLADO ANTERIORMENTE:

a. Adultos mayores hasta el día que cumplan 66 años de edad (padres) del Titular, con una prima igual al 40% del costo establecido para el titular de este contrato, el 60% será abonado por cada adherente incorporado (padre o madre).

b. Los hijos solteros del titular a partir de 20 años de edad deberán abonar una prima igual al 40% del costo establecido para el titular de este contrato, el 40% será abonado por cada adherente incorporado. Mismo importe de prima deberán abonar los hijos solteros que superen la cantidad permitida para el grupo familiar sin costo (a partir del cuarto hijo en adelante).

c. Los Adherentes con costo, deberán permanecer en esta condición hasta la terminación del Contrato, a cuyo efecto, el titular suscribirá una carta de compromiso, en la que deberá constar los datos personales (nombre, apellido, domicilio particular, número telefónico, parentesco con el titular, etc.).

d. Las incorporaciones de beneficiarios adherentes durante la vigencia del contrato solo podrán ser realizadas por el titular, esto durante los primeros 90 días desde la firma del contrato entre la institución y la empresa adjudicada.

e. Para acceder a estos beneficios, el titular del servicio, deberá acercar una constancia de trabajo, tanto suya como de su cónyuge.

 

3. OBSERVACIONES GENERALES:

a. En todos los casos, el recién nacido será considerado como parte del núcleo familiar de forma inmediata y automática, y contará con el 100% de las coberturas contempladas para el beneficiario.

b. La opción de incluir adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y los costos serán abonados por el titular en forma directa a la prestadora de servicios, ya sea por débito automático o efectivo (A definir entre el titular y la prestadora de servicios).

c. Los adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.

d. La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago de dos meses, en forma automática.

e. No se aplicará ninguna norma interna para los adherentes que menoscaben la cobertura en el presente contrato con excepción de la cobertura de maternidad, que es exclusiva para la titular o conyugue/concubina del titular u otras limitaciones establecidas en el presente contrato.

f. En caso de que exista una duda en cuanto a la interpretación del contrato se optará siempre por la interpretación más favorable al funcionario.

g. En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Legislación Vigente durante la vigencia del Contrato, el Ministerio de la Defensa Pública, comunicará dicha situación a la prestadora de servicios.

h. El Ministerio de la Defensa Pública solo tiene compromiso contractual de pago por los titulares y sus grupos familiares, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular y su núcleo familiar a cargo de la contratada y el usuario.

i. Las incorporaciones de nuevos titulares deberá ser realizada por la contratante dentro de los primeros 10 (diez) días de cada mes para su incorporación al servicio. Las comunicaciones de las inclusiones de los titulares serán realizadas por el Ministerio de la Defensa Pública, la cobertura de los servicios será inmediata una vez entregados los carnets al Titular y sus beneficiarios y/o adherentes. El plazo máximo de entrega de los carnets es de 10 días corridos.

j. El Ministerio de la Defensa Pública, se compromete a realizar las comunicaciones de altas por nombramientos, o bajas (por renuncia, despido, retiro voluntario, fallecimiento, etc.) de los de titulares. Las bajas deberán ser comunicadas como máximo dentro del primer día hábil del inicio de cada mes para que no se compute al titular dentro de ese mes como beneficiario.

k. Los funcionarios que formen parte del presente contrato, y que hayan accedido al beneficio jubilatorio durante la vigencia del presente contrato, podrán realizar las gestiones necesarias para mantener la relación contractual con la prestadora del servicio médico, con los mismos beneficios y prestaciones, haciéndose cargo el Funcionario Jubilado del pago del canon mensual, en un plano de igualdad conforme a lo establecido para los titulares del presente contrato, manteniendo el mismo costo para el funcionario jubilado.

l. Con relación a su núcleo familiar, también podrán realizar gestiones para que los mismos continúen con el seguro, con los mismos beneficios y prestaciones, pero con un costo establecido por la prestadora, haciéndose cargo el funcionario jubilado del pago mensual. La prestadora se encuentra obligada a atender la solicitud del Funcionario Jubilado y a su núcleo familiar; en caso de que el funcionario jubilado desea proseguir con el seguro bajo su absoluta responsabilidad, quedando la convocante ajena a este acuerdo.

ll. Para los efectos del contrato se entenderá que el funcionario pasa a la categoría de jubilado desde el momento que presenta ante el Ministerio de la Defensa Pública su carta de renuncia para fines de jubilación y la contraseña de haber iniciado los trámites en el Ministerio de Hacienda.

El Ministerio de la Defensa Pública comunicará esta circunstancia a la prestadora.

Es responsabilidad exclusiva del funcionario jubilado realizar los trámites ante la prestadora para la mantención de sus beneficios dentro de los 30 días de haber presentado ante el Ministerio de la Defensa Pública su carta de renuncia para fines de jubilación y la contraseña de haber iniciado los trámites en el Ministerio de Hacienda

En ningún caso, el Ministerio de la Defensa Pública se hará responsable del pago que derive de la relación contractual de los funcionarios jubilados y su núcleo familiar.

Los funcionarios jubilados que decidan mantener la relación contractual deberán firmar un contrato individual con la prestadora. El mencionado contrato individual tendrá los mismos plazos que el establecido en el presente.

 

4. COBERTURA:

a. Nacional

 

5. VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:

a. Todos los servicios, a la firma del contrato, serán prestados de forma inmediata a todas las personas que forman parte de la nómina inicial del presente contrato. Respecto a los adherentes que sean incluidos dentro del plazo de 90 (noventa) días calendario posterior a la inscripción del funcionario titular, se acogerán inmediatamente a todos los beneficios inherentes a la prestación de los servicios contratados. Para los titulares que ingresen con posterioridad a la entrega de la planilla inicial, también se dará la inmediatez de la prestación de los servicios una vez se haga efectiva su incorporación.

 

6. IDENTIFICACIÓN

a. La prestadora de servicios: proveerá a todos los beneficiarios de los carnets identificadores (sin costo alguno para la convocante; el titular y sus adherentes), copia en formato digital del contrato sustento del listado de profesionales médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicaciones de especialidad, consultores y teléfonos aclarados dentro del plazo de 60 (sesenta) días calendario luego de la firma del contrato. Los beneficiarios del presente contrato antes de la entrega de los carnets podrán empezar a utilizar los servicios con la presentación de la cedula de identidad.

Se arbitrarán los medios necesarios para habilitar en la página web del Ministerio de la Defensa Pública el listado de prestadores y clínicas habilitadas (esto a cargo de la Convocante).

La prestadora dispone de un plazo de 10 (diez) días corridos para entregar a la contratante, los carnets identificadores, para cada uno de los beneficiarios que integren la nómina inicial.

b. Dichos carnets identificadores y/o cedula de identidad, serán válidos para su utilización en todos los sanatorios ofertados dentro del territorio nacional, sin necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria, salvo las visaciones requeridas.

c. En caso de pérdida o extravío del carnet identificatorio, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa Aseguradora, quien deberá proporcionar un carnet nuevo, quedando el costo de la reimpresión del carnet a cargo del beneficiario.

En caso de extravío el beneficiario podrá consultar con su cedula de identidad en tanto se re imprima su carnet correspondiente.

 

7. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESTACIÓN:

a. Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos depósito de dinero, hasta el momento en que se haya excedido íntegramente en la cobertura o que la estimación de los gastos supere los limites cubiertos por el pliego de bases y condiciones. Además, de cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad (tales como filmaciones, toma fotográfica u otros similares) o cualquier disposición interna que mengüe los derechos reconocidos en el presente instrumento, sin su consentimiento expreso.

b. Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, propuestos por la prestadora de servicios serán brindados bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario (titular, miembro del núcleo familiar y/o adherente).

c. Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.

d. Los sanatorios en convenio en todo momento y cuando así lo requiera cada beneficiario, entregará en un plazo de 48 Hs. el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos imputados. -

e. Se contempla como propio de cada servicio (internaciones, parto, terapia intensiva e intermedia, quirófano, ambulancias.) la provisión sin costo para el beneficiario de oxígeno en todas sus aplicaciones dentro de los límites del contrato.

f. La provisión de materiales desechables y de uso personal será dentro de los límites del contrato. Los insumos propios del servicio de habitación, como por ejemplo jabones, papel higiénico, provisión de sábanas, toallas, serán propios del servicio y a cargo de la prestadora, sin costo para el beneficiario dentro de los límites del contrato.

g. En el supuesto de que la prestadora de servicios presentare mejoras sobre las condiciones exigidas en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, que tienen el carácter de mínimas, deberán detallarlas en hoja anexa, las cuales será de carácter obligatorio en caso de ser adjudicados y posterior ejecución del contrato, estas mejoras en las prestaciones establecidas en las especificaciones técnicas, no implicaran desembolsos por parte de la contratante y tampoco será de obligatorio cumplimiento la presentación de la mismas, no teniendo éstas ningún tipo de efecto para la evaluación de las ofertas.

h. La cobertura solicitada será para la totalidad de los funcionarios del Ministerio de la Defensa Pública y las mismas condiciones para el titular del núcleo familiar y adherentes (salvo las limitaciones propias establecidas en el presente contrato). En ningún caso podrá ser rechazado del seguro el titular o adherente, aduciendo enfermedades contraídas con anterioridad. Las coberturas deberán ser brindadas en su totalidad, dentro de los límites del contrato.

i. El Ministerio de la Defensa Pública facilitará mensualmente a la Prestadora la nómina de funcionarios.

j. Cada funcionario será responsable de la presentación de la documentación correspondiente para su inclusión, esta presentación, se dará en carácter de declaración jurada, en un formulario proveído por la prestadora del servicio, y previamente aprobado por la Administración del Contrato. En caso que los titulares y/o adherentes varíen en su estado civil, a los efectos de exclusión o inclusión de nuevos beneficiarios el titular será el único responsable de comunicar esta situación ante el Ministerio de la Defensa Pública a fin de regularizar este estado ante la prestadora.

k. Las sucesivas altas de funcionarios para la prestación del servicio, bastará con la comunicación escrita de las mismas, por parte del Ministerio de la Defensa Pública. Con la misma periodicidad se comunicarán las bajas de funcionarios que deberán descontarse en la parte que corresponda, del pago del servicio. Las incorporaciones de nuevos titulares deberán ser realizada por la contratante dentro de los primeros 10 (diez) días de cada mes para su incorporación al servicio. Las bajas deberán ser comunicadas como máximo dentro del primer día hábil del inicio de cada mes para que no se compute al titular dentro de ese mes como beneficiario.

l. Los siguientes estados clínicos y tratamientos como crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas, cirugías, u otros, están cubiertos, para el titular, sus beneficiarios y adherentes, conforme al ítem 26. COBERTURA PARA ENFERMEDADES- PATOLOGIAS CRÓNICAS.

ll. En caso de diferencias entre la prestadora y algún funcionario beneficiado por el contrato, las partes efectuaran un estudio del caso en conjunto con sus respectivas auditorias médicas.

m. La prestadora de servicios deberá mantener la capacidad y la calidad para satisfacer los servicios en cuanto a infraestructura y atención profesional, tanto para el Departamento Central como en el Interior de la República, en forma plena conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial en lo relacionado a la saturación en la atención de los beneficiarios, para los casos de consultas tanto en el área metropolitana como en el interior del país, las consultas deberán tener cobertura del 100% sin generar ningún tipo de sobrecostos para los beneficiarios en todos los casos sin límite en el número de consultas, salvo las limitaciones establecidas en el presente contrato.

La prestadora deberá habilitar un servicio de Call Center u otros medios electrónicos para: visaciones, coberturas y otros servicios requeridos por los beneficiarios, las 24 horas y durante los 7 días de la semana.

 

8. COBERTURA:

a. Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, del listado de Profesionales en Convenio, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores ofertados por el contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones, procedimientos ambulatorios y otros).

b. Se entenderá como cobertura "por evento", a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o de resorte quirúrgico en el transcurso de su internación, como así también sus complicaciones inmediatas.

c. Las cirugías no cubiertas conforme al listado de cirugías, no contaran con ningún tipo de cobertura desde el momento de ingreso a quirófano (ni servicios hospitalarios ni de diagnóstico).

d. Finalización de la cobertura:

En los casos de muerte cerebral, estado de coma y/o estado vegetativo de pacientes internados en la unidad de terapia intensiva / intermedia o en sala común, la cobertura del plan concluirá cuando se den las siguientes condiciones:

  • Para determinar pacientes con muerte cerebral se aplicará el protocolo de muerte cerebral establecido el INAT:

La muerte cerebral o encefálica es un estado en donde hay una pérdida total e irreversible de las funciones cerebrales (conciencia + funciones vegetativas).

  • Pacientes en estado de coma y/o estado estafo vegetativo persistente, cuya condición supere las dos semanas sin lograr recuperación total de conciencia:

El estado vegetativo persistente es una condición clínica en que la persona no da ningún signo evidente de conciencia de sí o del ambiente, y parece incapaz de interactuar con los demás o de reaccionar a estímulos adecuados.

El coma es un estado grave de pérdida de conciencia, constituye un síndrome en la expresión de un fuerte trastorno de las funciones cerebrales.

En estos casos quedará a cargo de familiares y/o responsables del paciente el traslado del mismo a otro centro asistencial o asumir todos los gastos médicos sanatoriales que represente mantenerlo internado en el sanatorio en estas condiciones.

 

9. ASISTENCIA MÉDICA:

ASISTENCIA MÉDICA POR ESPECIALISTAS: Todas las especialidades deberán contar con profesionales según el listado detallado en el ítem 11. ESPECIALIDADES, los mismos deberán contar con registro profesional vigente expedido por el MSP y BS en las diversas especialidades requeridas por los beneficiarios. Cualquier alteración de la lista de médicos, debido a inclusiones o exclusiones de profesionales, deberá ser comunicado por escrito a la CONTRATANTE. Cobertura inmediata en el consultorio, internaciones clínicas y servicios de urgencias en las especialidades indicadas. Las consultas con médicos especialistas que no tienen relación con la aseguradora y por tanto no figuran en la guía de prestadores, tendrán una cobertura por reembolso de Guaraníes cien mil (100.000) una vez presentada la factura expedida por el médico especialista consultado, la cual deberá contar con el RUC de la prestadora de servicios y deberá ser presentada en un plazo máximo de 15 días corridos desde la fecha de realización de la consulta, solo se procederá a realizar un reembolso por mes por grupo familiar, y exclusivamente para consultas eventuales y no tratamientos.

 

ESTUDIOS LABORATORIALES

Análisis laboratoriales s/el listado del anexo, cobertura de hasta 4 (cuatro) determinaciones laboratoriales por beneficiario por año de contrato, salvo las que indiquen una cantidad mayor o menor en el correspondiente anexo.

 

ESTUDIOS POR IMÁGENES (SEGÚN ANEXOS).

  • Radiografías Simples (según anexo) hasta 20 (veinte) posiciones anatómicas por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Radiografías Contrastadas (según anexo) hasta 10 (diez) posiciones anatómicas por año de contrato por beneficiario por, 100% de cobertura.
  • Ecografía General, (incluido doppler) hasta 5 (cinco) posiciones anatómicas por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Ecocardiografía, hasta 2 (dos) estudios por año de contrato por beneficiario 100% de cobertura.
  • Ecografía Ginecológica hasta 2 estudios por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Ecografía Obstétrica hasta 6 (seis) estudios de embarazo, incluyendo 2 (dos) ecografías obstétricas con Doppler, exclusivo para titular o cónyuge del titular.
  • Perfil Biofísico fetal hasta 3 (tres) por embarazo, exclusivo para titular o cónyuge del titular.
  • Mamografía, cobertura del 100% hasta 2 (dos) estudios por año de contrato, para cada beneficiaria.
  • Tomografía, hasta 2 (dos) posiciones anatómicas por año de contrato por beneficiario, con o sin contraste, 100% de cobertura del estudio, contraste hasta Gs 250.000 por estudio.
  • Resonancia Magnética, hasta 2 (dos) posiciones anatómicas por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Medicina Nuclear, hasta 2 (dos) posiciones anatómicas por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Electrocardiograma hasta 4 (cuatro) estudios por año de contrato por beneficiario 100% de cobertura. Ergometría hasta 2 (dos) estudios por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Holter/Mapa hasta 2 (dos) estudios por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.

 

OTROS ESTUDIOS / PROCEDIMIENTOS

  • Endoscopia Digestiva (Gastroscopia, Colonoscopia) hasta 2 (dos de cada estudio) estudios por año por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Endoscopia Terapéutica (ver anexo) hasta 2 (dos) procedimientos por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Broncoscopia Diagnóstica y Terapéutica, hasta 1 (un) procedimiento por año de contrato por beneficiario 100% de cobertura.
  • Cistoscopia, hasta 1 (un) procedimiento por año de contrato por beneficiario 100% de cobertura.
  • Espirómetro, hasta 2 (dos) estudios por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • Sustancia de Contraste, hasta Gs 250.000 por estudio por beneficiario.
  • Electroencefalograma/Video Electroencefalograma, hasta 2 (dos) procedimientos por año de contrato por beneficiario
  • Electromiografía, hasta 1 (un) procedimiento por año de contrato por beneficiario, 100% de cobertura.
  • PAP Y COLPOSCOPIA cobertura hasta 2 (dos) por año de contrato por beneficiario.

CIRUGIAS MENORES: A modo de definición, la cirugía menor comprende aquellos procedimientos quirúrgicos ambulatorios de corta duración, que se realizan en la piel o el tejido subcutáneo, bajo anestesia local y sin sedación. En los cuales no se espera complicaciones importantes; no requieren estar en ayunas ni tampoco de exámenes preoperatorios.

  • Lipomas, NEVUS, VERRUGAS hasta 10 (diez) lesiones por año de contrato por beneficiario.
  • Quistes epidérmicos (o sebáceos) hasta 10 (diez) lesiones por año de contrato por beneficiario.
  • Uñas encarnadas (u onicocriptosis)
  • Cuerpos extraños subcutáneos
  • Implantes de pellets subcutáneos de disulfiram.
  • Complicaciones de la hidrosadenitis
  • Extracción de mamas accesorias
  • Curaciones de heridas hasta tres (3) curaciones con cobertura del 100% para cada asegurado por año de contrato.

 

 

10. HONORARIOS PROFESIONALES:

a. Estarán cubiertos hasta el 100% (cien por ciento) todos los honorarios profesionales de especialidades y anestesistas que figuren en la Agenda de Profesionales ofertados, en consultorios e internaciones, cirugías, servicios de urgencias, tratamientos y procedimientos, procedimientos ambulatorios, controles de rutina y estudios propios de las especialidades que el profesional pueda brindar.

b. Las órdenes de internación programadas, deberán ser visadas previamente en las oficinas de la prestadora o a través del Call Center las 24hs y los 7 días de la semana.

c. Cirugía General: Las cirugías mencionadas a continuación tendrán cobertura de honorarios médicos, en forma taxativa:

1. Anatomía patológica (biopsias simples)

2. Apendicetomía

3. Biopsia de mama unilateral o bilateral u otro tipo de tejido (órgano del cuerpo)

4. Colecistectomía (abdomen abierto y video laparoscópica)

5. Drenaje absceso de pared abdominal (Anestesia incluida)

6. Drenaje absceso de pared abdominal (Anestesia incluida)

7. Drenaje de abscesos de cualquier localización, ya sea con anestesia local u otro tipo de anestesia indicada para el procedimiento

8. Extirpación de quiste de Bartolino

9. Laparotomía Exploradora

10. LITIASIS RENAL URETERAL POR CIRUGIA ABIERTA Y VIDEOLAPAROSCOPICA

11. LITIASIS RENAL URETERAL POR LITOTRICIA Y LASER

12. CAUTERIZACION DE CORNETE

13. SINUSOTOMIA SIMPLE BILATERAL Y UNILATERAL

14. Peritonitis Apendicular (u otro origen)

15. Apendicetomía

16. Polipectomía

17. Biopsias simples

18. Histerectomía sub total

19. Histerectomía total

20. Ooforectomia MIOMECTOMIA

21. Polipectomía (POLIPOS QUE SE ENCUENTREN EN CUALQUIER PARTE DEL CUERPO CON EL TIPO DE ANESTESIA INDICADA)

22. Legrado Biopsico

23. Legrado evacuador

24. Biopsia de mama unilateral

25. Biopsia de mama bilateral

26. Drenaje de Absceso

27. Adenoides

28. Adenoamigdalectomía

29. Amígdalas

30. Cauterización de Cornete

31. Sinusotomía Simple Unilateral

32. Sinusotomía Simple Bilateral

33. Turbinectomía

34. Colocación de Sonda Rectal

35. Reducción Incruenta de Fractura, CIRUGIAS Y TOILLETS CON COBERTURA DEL 100% DEL PROCEDIMIENTO, OSTEOSINTESIS a cargo del paciente. LA UTILIZACION DEL ARCO EN C Y DE TODOS LOS INTRUMENTALES QUE NECESITE EL TRAUMATOLOGO CON COBERTURA TOTAL, siempre que sean equipos arancelados por la sociedad.

36. Litiasis Renal Uretral por Kripton y laser

37. Litiasis Renal Uretral por Cirugía Abierta

38. Sondaje Vesical

39. Drenaje de Absceso Escrotal

40. Colecistectomía

41. RTU de próstata.

42. COLPORRAFIAS ANTERIOR Y POSTERIOR CON O SIN MALLA

43. CONIZACION

44. Meniscectomía

45. Ligamento Cruzado

46. Histeroscopia Diagnóstica y Terapéutica,

47. Quiste de ovarios

d. Presencia del Hemoterapeuta en la sala de operaciones.

e. Presencia del Clínico o Pediatra en la sala de operaciones a solicitud del Cirujano, y/o cualquier otro especialista requerido por el cirujano y/o médico tratante, 100% cobertura. (Incluir el equipo médico necesario para cada cirugía)

f. Transfusiones sanguíneas. Hasta un máximo de 10 (diez) sesiones por año de contrato, a partir de la siguiente sesión se tendrá un arancel preferencial.

g. Anatomía Patológica, incluye biopsias extemporáneas; e inmunohistoquimica

h. También deben estar incluidas las inspecciones médicas con los estudios correspondientes en general solicitadas por Instituciones de enseñanza para la realización de actividades físicas.

i. El beneficiario titular y su NÚCLEO FAMILIAR/INDIVIDUAL y/o adherente, podrán eventualmente consultar con un profesional que no se encuentre en el listado de profesionales del contratista seguro y sanatorios en convenio, no más de 1 (una) vez por mes, por grupo familiar, y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta G. 100.000.-(GUARANÍES CIEN MIL) por consulta (solo consultas eventuales, no tratamientos). Esta solicitud de reembolso por parte del beneficiario, podrá efectuarlo hasta 15 días posteriores de la consulta, presentando la factura original emitida por el medico a nombre de LA PRESTADORA de servicios y consignado el nombre del paciente y el pago o reembolso se realizará en un plazo máximo de (20) veinte días posteriores a la solicitud de reembolso. El trámite de reembolso deberá ser realizado por el titular y/o persona autorizada por el mismo.

j. Los honorarios y otros requerimientos médicos en cirugías de malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia, hipertrofia de clítoris, extrofiaepispadia, estrechez de píloro, cataratas, estrabismo, Cirugía cardiovascular, y/o cualquier otra malformación, para los beneficiarios nacidos durante la vigencia de este contrato, estará cubierto el 50% por la aseguradora.

k. Cobertura de Uso de equipos, cobertura 100% conforme al ítem 19. OTROS SERVICIOS, CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS, punto B, para las cirugías citadas en este apartado (equipos arancelados por las sociedades científicas). Instrumentales o equipos propios de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica reconocida del Paraguay, a cargo del paciente.

 

11. ESPECIALIDADES:

a. Todas las especialidades deberán contar con profesionales según el listado que se detalla más abajo, los mismos deberán contar con registro profesional vigente expedido por el Ministerio de Salud Pública en las diversas especialidades requeridas. Cualquier alteración de la lista de médicos, debido a inclusiones o exclusiones de profesionales, deberá ser comunicada por escrito a la Contratante.

  1. Alergia.
  2. Anatomía patológica.
  3. Anestesiología.
  4. Cardiología Clínica (adulto y pediátrico).
  5. Clínica Médica o Medicina Interna o Medicina Familiar.
  6. Cirugía general: Menor y mayor, conforme el listado de Cirugías, incluyendo Cirugías Video Laparoscópicas.
  7. Cirugía Cardiaca (incluye Cirugías de Tórax)
  8. Cirugía de Cabeza y Cuello.
  9. Cirugía Pediátrica.
  10. Cirugía Oncológica.
  11. Cirugía Plástica Reparadora.
  12. Coloproctología o Proctología.
  13. Dermatología.
  14. Endocrinología y/o Diabetología.
  15. Flebología.
  16. Fonoaudiología: de hasta 2 (dos) consultas/tratamientos por beneficiario por año de contrato.
  17. Fisioterapia (incluye Kinesioterapia, Rehabilitación e Hidroterapia): hasta 5 (cinco) sesiones por beneficiario y por año de contrato.
  18. Gastroenterología, incluyendo Hepatología (adulto y pediátrico).
  19. Geriatría.
  20. Ginecología.
  21. Hematología y Hemoterapia: Transfusiones de hasta 10 (diez) transfusiones por año de contrato. No incluye material ni estudio serológico por unidad transfundida.
  22. Infectología.
  23. Mastología.
  24. Nefrología.
  25. Neumología.
  26. Neurología.
  27. Neurocirugía.
  28. Nutrición: de hasta 2 (dos) consultas/tratamientos por beneficiario por año de contrato.
  29. Oftalmología: (incluye ejercicios ortópticos de hasta 5 (cinco) sesiones por beneficiario por año de contrato, curva de presión, dilatación de pupila y fondo de ojo).
  30. Otorrinolaringología.
  31. Oncología Clínica (según ítem de Alta complejidad).
  32. Pediatría. La aplicación de vacunas será sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en sala de vacunación indicada por la Prestadora de Servicios.
  33. Psicología: de hasta 2 (dos) consultas/tratamientos por beneficiario por año de contrato.
  34. Psiquiatría: de hasta 5 (cinco) consultas/tratamientos por beneficiario por año de contrato.
  35. Reumatología.
  36. Traumatología (incluye Traumatología Ortopédica).
  37. Urología.

b. La Prestadora deberá garantizar la atención permanente del Plantel Medico adherido a ella.

c. La prestadora podrá contratar a los profesionales solicitados por la Contratante a satisfacción de los titulares, siempre y cuando medie consentimiento escrito de estos profesionales (médicos), durante la vigencia del contrato y que la estructura de costos de la presente licitación lo permita.

 

12. COBERTURA TOTAL:

El beneficiario gozará de cobertura para las prestaciones médicas establecidas y descriptas a:

a. Las consultas serán realizadas en el consultorio privado del médico elegido por el Beneficiario, de la Agenda de Profesionales en Convenio, en los días y horarios por ellos establecidos.

b. El beneficiario deberá convenir con el médico el día y la hora en que deberá concurrir al consultorio y en ningún caso solicitaran cobro de consulta. Estudios, procedimientos y controles, los cuales están garantizados con la cobertura del contrato. Salvo los casos de Especialistas que figuren dentro de la lista de prestadores con arancel preferencial, lo que deberá ser debidamente aclarado por la empresa prestadora.

c. Todos los profesionales habilitados en la guía médica, cuentan con planillas de control de consultas y procedimientos en los cuales los beneficiarios están obligados a firmar dichas planillas en prueba de conformidad de haber recibido la prestación correspondiente.

d. Todos los profesionales deberán estar habilitados para consultas, tratamientos y cirugías.

e. Los casos congénitos no serán cubiertos por la contratista, salvo los nacidos durante la vigencia del contrato. Si, deben ser cubiertos todos los casos adquiridos durante la vigencia del presente contrato.

 

13. INTERNACIONES, COBERTURA TOTAL

a. Con cobertura inmediata y total hasta 15 (quince) días por evento por beneficiario, en los Centros Asistenciales solicitados en el cuadro de centros asistenciales mínimos, donde de la cantidad solicitada en la localidad de Asunción y/o Gran Asunción, 3 (tres) centros asistenciales deben contar con la categoría de Nivel 3 otorgada por la Superintendencia de Salud. Los mismos deberán estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, los cuales serán utilizados a libre elección del beneficiario y/o del médico tratante. y conforme a los centros asistenciales requeridos en el cuadro de centros asistenciales. En el caso que no existan salas para internación disponibles en los centros en convenio LA ASEGURADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel.

b. Los sanatorios deberán contar con habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta del paciente, ambiente climatizado, cama para el acompañante, colchón de agua o aire en caso necesario, atención médica (con profesionales que sean del plantel a cargo de la Aseguradora) y de enfermería.

c. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, fisioterapia de cualquier naturaleza (conforme a los límites del presente contrato), alimentación oral del paciente por cualquier vía, dietas especiales, alimentación enteral, incluyendo preparado y asistencia de nutricionista, conforme a la indicación del médico tratante, todas las interconsultas con otros especialistas y las visitas del médico tratante y cualquier otro tipo de tratamiento necesario hasta el alta del paciente. En los casos que el paciente necesite alimentación parenteral, esta estará incluida en la cobertura de medicamentos hasta el 50%, quedando el restante porcentaje a cargo del beneficiario. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el beneficiario, su núcleo familiar o beneficiarios adherentes deban internarse. Los límites establecidos con relación a los montos de medicamentos, descartables, oxigeno y/o desechables se considerarán por cada evento y no serán acumulables. Los alimentos enterales y parentales requeridos por evento serán incluidos en la cobertura por medicamento.

d. Desde el primer día de internación, el sanatorio deberá proveer al núcleo familiar previa solicitud, cada 48 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

e. En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, el sanatorio deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al núcleo familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para el beneficiario, su núcleo familiar y adherentes, esto deberá incluir los honorarios del médico transfusionista, la cantidad de transfusiones, estará supeditada a lo establecido en el punto 10 Inc. I)

f. Costo alguno para cobertura de medicamentos por valor de dos millones de Guaraníes (Gs. 2.000.000.-), por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos y cesáreas, para el beneficiario titular, su núcleo familiar/individual.

Materiales descartables y/o desechables utilizados por valor de dos millones de guaraníes (G. 2.000.000), por evento, siempre que guarde relación al episodio tratado o cualquier afección adquirida durante la internación, cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluyendo oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud e inmuno terapia. Se tendrá en cuenta para la cobertura de medicamentos, descartables y/o desechables desde el día de ingreso en este servicio.

g. Los precios de los medicamentos, no podrán ser superiores a lo fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Los precios de los materiales descartables, desechables y cubiertos no podrán ser superiores que en las farmacias de plaza o comercio del ramo.

h. La internación y cirugías de malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia, hipertrofia de clítoris, extrofia-epispadia, Estrechez de píloro, cataratas, estrabismo y cualquier otra malformación, para beneficiarios nacidos durante la vigencia de este contrato contarán con cobertura del 100%, seguimiento con arancel preferencial según lo estipulado en el pliego de bases y condiciones.

i. Si el Beneficiario requiere por su condición, internación en la Unidad de Terapia Intensiva adultos o pediátrica, la cobertura incluye la unidad cama y sus correspondientes equipos (monitor, desfibrilador, saturómetro, respirador, electrocardiógrafo y cualquier otro elemento que se necesite durante la internación ), honorarios del Médico Terapista y de los especialistas en convenio que el médico terapista considere necesario, dieta del paciente, médico y enfermera de guardia de la Unidad, análisis de laboratorio, radiología, estudios diagnósticos especializados y demás equipos e instrumentales propios de los Sanatorios en convenio, en caso de no tener convenios médicos en interconsultas, la prestadora de servicio podrá cubrir hasta 5 interconsultas por internación conforme a los aranceles de la sociedad científica del especialista, en caso de diferencia la misma quedará a cargo del paciente.

j. Unidad de Terapia Intensiva Materno Infantil pediatría, neonatología y adultos.

k. En el supuesto que el servicio médico contratado no disponga de habitaciones libres, o que el médico tratante precisare que la internación sea en otro Centro, se procederá a la derivación del Beneficiario previa autorización de la Empresa, a otro Centro en convenio.

l. Son parte de la cobertura sanatorial el uso de los siguientes equipos: Incubadora de transporte, Bomba de Contrapulsación, Máquina de Anestesia, equipo de video laparoscopía, equipo de artroscopia, Arco en C, Microscopio, equipo de video endoscopía, equipo de Hemodinamia, respirador.

 

14. MATERNIDAD.

a. La cobertura contempla:

  • Controles previos al parto, ecografías, análisis, etc. (cobertura total).
  • Honorarios médicos: Ginecoobstetra, Pediatra, Anestesiólogo. En caso de Cesárea, ayudante, instrumentador, transfusionista, neonatólogo. (Cobertura total) o Internación de la madre, hasta el alta médica. (Cobertura total)
  • Internación en Nursery del recién nacido, hasta el alta médica.  Cobertura de Medicamentos Hasta GS. 2.000.000 (dos millones) y Materiales descartables y oxígeno Hasta Gs. 2 millones (dos millones), Derecho a Sala de Partos o Quirófano. (Cobertura total)
  • Las complicaciones del embarazo serán cubiertas conforme al ítem: 26. PREEXISTENCIAS COBERTURA PARA ENFERMEDADES- PATOLOGIAS CRÓNICAS.

b. El recién nacido será considerado como parte del núcleo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el beneficiario.

 

c. Los niños nacidos en forma prematura, antes de las 37 semanas de gestación, tendrán una cobertura total en internaciones clínicas o de terapia intensiva, conforme a los límites del contrato este contrato incluyendo luminoterapia, carpa de oxígeno e incubadora, Serán también cubiertos los honorarios de visita del médico tratante, terapista y servicios de enfermería. Cobertura del 100% en el equipo médico instrumental o humano que se necesite para el RN (19. OTROS SERVICIOS, CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS, punto B).

 

15. TERAPIA INTENSIVA ADULTOS/NIÑOS:

a. Con cobertura del 100% hasta 10 (diez) días por evento, por cada titular, beneficiario y/o Adherente en: pensión sanatorial, honorarios profesionales, servicio de enfermería, alimentación del paciente por cualquier vía, incluyendo preparado y asistencia de nutricionista conforme a la indicación del médico tratante, oxigeno terapia, equipos propios O cualquier equipo médico necesario de la Unidad de Terapia Intensiva con colchones de agua y aire, fisioterapia de cualquier naturaleza, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos y los descartables, desechables y medicamentos en general. Durante este tiempo no se requerirá garantía o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al beneficiario, cuando el servicio corresponde a internación de Terapia Intensiva y sea realizado en los centros designados por la prestadora de servicios, antes de agotar las coberturas establecidas o que la estimación de los gastos supere los limites cubiertos por el pliego de bases y condiciones.

b. Cobertura de medicamentos hasta Gs. 2 millones (dos millones), y de oxígeno, descartables y/o desechables hasta Gs.2.000.000.- (Guaraníes dos millones). Se tendrá en cuenta para la cobertura de medicamentos, descartables y/o desechables desde el día de ingreso en este servicio.

b. En caso de exceder las coberturas establecidas en el contrato, que generen deudas a los titulares, su núcleo familiar y/o adherente, el Sanatorio podrá solicitar aval y pagos periódicos. En ningún caso el Ministerio de la Defensa Pública será garante ni responsable de las deudas contraídas por el servicio prestado en forma particular por los titulares, adherentes y beneficiarios.

d. En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, el sanatorio deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al núcleo familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para el beneficiario, su núcleo familiar y adherentes, esto deberá incluir los honorarios del médico transfusionista, la cantidad de transfusiones, estará supeditada a lo establecido en el punto 10 Inc.) i.

e. En el caso que no existan camas de terapia intensiva disponibles en los centros en convenio la prestadora del servicio deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel, a cargo de la prestadora del servicio.

 

16. SERVICIOS DE URGENCIAS

a. La COBERTURA TOTAL incluye: honorarios del médico de guardia y el médico con el que necesite interconsulta en caso de que el médico de guardia lo considere necesario, servicio de enfermería, derechos de sala de procedimiento/quirófano, estudios diagnósticos derivados de la consulta, radiólogo y ecógrafo permanente, todos los medios auxiliares de diagnóstico permanente y medicamentos, descartables y desechables hasta la suma de Gs. 500.000 que guarden relación con el evento.

c. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, hasta el alta del paciente.

d. Servicio de ambulancias para traslado de pacientes al sanatorio, 24 horas en Asunción y Departamento Central.

Tendrán un arancel preferencial el traslado del paciente desde el interior del país a la capital departamental más próxima o hasta Asunción, en caso de eventos de alta complejidad o en casos de emergencias que no puedan ser solucionados en alguna localidad del interior.

e. En el servicio médico deberán estar disponible las 24 horas los médicos de guardia en las especialidades de: Clínica Médica; Cirugía General; Pediatría; Gineco-obstetricia.

g. Si el médico de guardia considera necesaria la participación de otros profesionales, se deberá solicitar la concurrencia de profesionales en convenio, con cobertura total para el beneficiario.

h. Los procedimientos médicos definidos como ambulatorios, y que por su baja complejidad no conlleven a la internación del paciente, estarán cubiertos en su totalidad, siendo la cobertura la misma que la establecida para los tratamientos en urgencias.

 

17. ESTUDIOS DIAGNOSTICOS:

a. Laboratorio: la cobertura incluye atención de urgencias 24 horas, en Laboratorios, siendo necesaria la visación de la orden expedida por el médico tratante para la emisión de la cobertura. La prestadora deberá contar con un call center en la cual se podrá realizar dicha visación durante las 24 hs los 7 días a la semana. La visación de la orden de estudios, solo podrá obviarse en casos de suma urgencia.

b. Radiología simple: en el servicio médico contratado e Institutos en convenio, atención 24 horas con recargo por urgencias y/o fuera de horario.

c. Estudios Diagnósticos Especializados: La cobertura contemplara los medicamentos y contrastes utilizados hasta Gs. 250.000 por estudio.

d. Ecografías Medicina Interna: servicio médico e Institutos en convenio, cobertura total según el Anexo y los topes correspondientes.

e. Estudios Perinatales: el servicio médico e Institutos en convenio, cobertura total según el  Anexo y los topes correspondientes. 

f. Las visaciones se pueden realizar vía mail, o directamente en las oficinas del servicio médico. Los estudios a ser realizados en los Centros que requieren visación previa.

 

18. TRATAMIENTOS DE FISIOTERAPIA

a. Estarán incluidos todos los tratamientos de fisioterapia, y sus ramas auxiliares, así como la hidroterapia hasta 5 sesiones por año de contrato por beneficiario con cobertura total.

b. Las órdenes emitidas por el médico tratante deberán ser visadas previamente.

 

19. OTROS SERVICIOS, CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS:

a. Deben tener cobertura total los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas citadas en el presente contrato, así como costos de internaciones y servicios de enfermería para todos los eventos.

b. Uso de equipos en general en caso de estudios para diagnósticos, y/o tratamientos incluyendo la utilización de Rayos X, Ecógrafo, Colchones de aire agua, Carpa de Oxígeno, Cuna Térmica, Tomógrafo, Electrocardiógrafo, Ecocardiógrafo, Bomba de contrapulsación intraaórtica, Saturador de Oxígeno, Equipo de Video endoscopia, Equipo de Video laparoscopia, Equipo de artroscopia, , Monitor Fetal, Bomba de infusión, Radiología simple y contrastada, Estudios de medicina nuclear, Anatomía Patológica, incluye Biopsia extemporánea Gastos de traslados de equipos y recargos por fuera de hora, Litotriptor, Incubadora de transporte, Equipo de gastocardíaco, equipo de MAPA, Equipo de Ciclo Ergómetro, Equipo de Holter las 24 Horas, así como todos demás requerimientos en materia de equipamientos que los profesionales tratantes consideren necesarios y que se encuentren arancelados por la sociedad científica correspondiente a la especialidad (equipos propios de los profesionales o no arancelados por la sociedad científica correspondiente serán a cargo del paciente).,

c. Nebulizaciones incluyendo servicio y medicamentos.

d. Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, (Hemograma, Glicemia, Colesterol Total, Ac. Úrico, Urea, Creatinina, V.D.R.L, Orina Completa) rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, Ecografía Mamaria (mujeres menores de 40 años) Mamografía (mujeres mayores de 40 años), tendrá una cobertura total sin costo para el titular beneficiario Y/O Adherentes y medicamentos y descartables en un 100%, y estudios y control prostático para los hombres.

e. Presencia de Trasfusionista (honorarios) Hemoterapia que incluirá Serología, hasta 10 sesiones por año de contrato.

f. Endocrinología, incluye consultas y tratamientos, con profesionales en convenio con la prestadora con cobertura total.

g. Monitoreo cardiológico intraoperatorio. A solicitud del cirujano tratante, con arancel preferencial.

h. Extirpación de Nevus, con cobertura total hasta 10 (diez) lesiones por año de contrato por beneficiario.

i. Honorarios por Diálisis y hemodiálisis en los casos agudos (hasta diez por evento).

j. Materiales de osteosíntesis en general, cargo paciente.

k. Test del piecito. (completo AMPLIADO)

l. Cirugía Oftalmológica, extracción de cuerpos extraños, cataratas y todos los materiales necesarios (lente intraocular, equipos y sustancias viscoelásticas a cargo del paciente). (incluye ejercicios ortópticos, (en número de 5 (cinco) sesiones por año de contrato, curvas de presión, dilatación de pupila y fondo de ojo), con cobertura total.

m. Consulta con psiquiatras hasta 5 consultas/ sesiones, por beneficiario por año de contrato.

n. Medicina nuclear, hasta 2 posiciones anatómicas por año de contrato por beneficiario.

 

20. CENTROS ASISTENCIALES

A. En Asunción y/o Gran Asunción

a. De la cantidad indicada en el cuadro de centros asistenciales mínimos, en la localidad de Asunción y/o Gran Asunción, por lo menos 3 (tres) sanatorios deben contar con la categoría del Nivel 3 (tres), otorgada por la Superintendencia de Salud.

b. De la cantidad indicada en el cuadro de centros asistenciales mínimos, como minino se debe ofertar un (1) centro asistencial con el servicio UTI Pediátrico o Neonatal, en la ciudad de Asunción y/ o Gran Asunción.

c. Con respecto a los Centros de Diagnósticos, en la localidad de Asunción, la Prestadora de Servicios debe contar con: tres (3) laboratorios y al menos un (1) Centro de Imágenes, localizado en Asunción y/o Gran Asunción.

d. De no contarse con el Centro Especializado (UTI), la Prestadora se hará cargo de la internación del paciente en la Unidad de Terapia más próxima habilitada por la Prestadora y dará una cobertura conforme al apartado de terapia Intensiva del presente contrato. Si estos Centros cuentan con servicios de fisioterapia y rehabilitación deberán estar habilitados para la prestación del servicio respectivo a los beneficiarios.

e. En el caso que no existan camas para internación disponibles en los centros en convenio LA PRESTADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario) a otro centro asistencial en convenio para la atención del paciente dentro de las limitaciones del pliego de bases y condiciones.

f. LA PRESTADORA, deberá presentar una declaración jurada donde conste que quedan habilitados para los efectos de la cobertura, todos los profesionales, sanatorios, laboratorios y plantel médico de la lista de sanatorios provista por LA PRESTADORA, tanto para Asunción, Departamento Central e Interior del País.

 

B. EN DEPARTAMENTO CENTRAL E INTERIOR DEL PAÍS

a. Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, urgencias y de emergencias 24 horas, en las ciudades citadas en el cuadro de Centros Asistenciales.

b. De no contarse con el Centro Especializado (UTI), se hará el traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia más próxima habilitada por la Prestadora, a cargo del beneficiario.

c. En el caso que no existan camas para internación disponibles en los centros en convenio LA PRESTADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel con cargo a LA ASEGURADORA.

 

LOCALIDAD

CANTIDAD

AREA CAPITAL Y GRAN ASUNCIÓN

ASUNCIÓN

5 (CINCO)

SAN LORENZO

1 (UNO)

MARIANO ROQUE ALONSO

1 (UNO)

FERNANDO DE LA MORA

1 (UNO)

LIMPIO

1 (UNO)

INTERIOR DEL PAIS

DEPARTAMENTO DE CONCEPCIÓN

 

CONCEPCIÓN

1 (UNO) 

DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO

 

SAN PEDRO DEL YCUAMANDYJY

1 (UNO)

LIBERACIÓN

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CORDILLERA

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE GUAIRA

 

VILLARRICA

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CAAGUAZU

 

CORONEL OVIEDO

1 (UNO)

CAAGUAZU

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CAAZAPA

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE ITAPUA

 

ENCARNACIÓN

2 (DOS)

HOHENAU

1 (UNO)

MARIA AUXILIADORA

1 (UNO)

OBLIGADO

1 (UNO)

CAPITAN MIRANDA

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE MISIONES

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE PARAGUARI

 

PARAGUARI

1 (UNO)

CARAPEGUA

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA

 

CIUDAD DEL ESTE

2 (DOS)

SANTA RITA

1 (UNO)

HERNANDARIAS

1 (UNO)

PRESIDENTE FRANCO

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU

 

PILAR

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE AMAMBAY

 

PEDRO JUAN CABALLERO

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE CANINDEYÚ

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE PRESIDENTE HAYES

 

VILLA HAYES

1 (UNO)

DEPARTAMENTO DE BOQUERON

 

LOMA PLATA

1 (UNO)

 

 

21. OTRAS CONSIDERACIONES

a. Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro Centro Médico más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos, con cargo a la prestadora conforme a los costos internos que maneja la misma.

b. Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas, salvo casos excepcionales, para que la Prestadora se haga cargo del paciente y los gastos ocasionados, indicando su traslado o continuidad en dicho centro, conforme a las indicaciones del profesional tratante. Deberá incluir los servicios de ambulancias requeridos según el caso.

c. La prestadora de servicios brindará el servicio de ambulancia a través de al menos una (1) empresa de reconocida capacidad y solvencia para el traslado dispuesto por el médico tratante o visitador, dentro del Departamento Central e Interior del País, en caso que sea necesario la utilización del servicio de ambulancia para el núcleo familiar, beneficiarios para su ida a la capital, se tendrá hasta 1 (un) evento por año de contrato por núcleo familiar, siempre y cuando los casos de urgencias y/o emergencias no puedan ser atendidos en los centros asistenciales habilitados en la localidad respectiva. Las empresas deberán contar con unidades móviles habilitados en buen estado de funcionamiento, previstas de sistema de refrigeración y equipamientos básicos y de UTI en perfecto funcionamiento para traslados de alto y bajo riesgo. Además, la cobertura:

-Atención de urgencia y/o emergencia, cobertura total.

-Traslados al sanatorio derivado de la urgencia y/o emergencia, con cobertura total.

-Medicamentos y descartables utilizados en la urgencia/emergencia hasta Gs. 300.000.

 

22. MEDICOS CONSULTORES Y/ O INTERCONSULTAS

a. Con especialistas a pedido del paciente, o del médico tratante hasta 5 (cinco) consultas/ visitas por evento, demás consultas con arancel preferencial, con médicos que no pertenezcan al plantel y para médicos del plantel sin límite de consultas y sin costo para el beneficiario, en caso de internaciones y/o tratamientos.

 

23. MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD HASTA GS. 5.000.000 (CINCO MILLONES) ítem con cobertura exclusiva para el titular, cobertura con arancel preferencial para los demás beneficiarios.

a. Cobertura de LA PRESTADORA en concepto de honorarios médicos, procedimientos y tratamientos.

b. Los medicamentos y materiales descartables y/o desechables.

c. Tratamiento de Quemaduras que superen el 30 % de la superficie corporal.

d. Cirugía cardiovascular en general congénitas (en niños nacidos bajo la vigencia del contrato) o adquiridas, incluye cardiología intervencionista.

e. Cirugía cardiovascular periférica.

f. Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro).

g. Angioplastias coronarias y periféricas.

h. Colocación de marcapasos. No incluye recambio.

 

24. MEDICINA POR IMÁGENES ítem 35

a. Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y/o desechables, sustancias de contraste de todo tipo de uso médico habitual, hasta el monto de la cobertura señalada en el punto OTROS ESTUDIOS/PROCEDIMIENTOS (250.000 mil), por estudio.

b. Debe contar con centros de diagnóstico de referencia en todo momento, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la contratante con 48 horas de anticipación.

c. Se deberá incluir los estudios detallados en el capítulo correspondiente.

 

25. LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS

a. Este servicio debe cubrir a los pacientes que concurren al laboratorio en forma programada, casos de urgencias las 24horas los 7 días de la semana. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y/o desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas.

b. Debe contar con tres (3) laboratorios en la localidad de Asunción, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 horas de anticipación.

c. Cobertura para estudios laboratoriales, de al menos 5 laboratorios en el interior del país.

d. La cobertura de cada determinación laboratorial será de hasta 4 (cuatro) por beneficiario por año de contrato, salvo las que cuenten con un tope diferente indicado en el anexo.

 

26. COBERTURA PARA ENFERMEDADES Y/O PATOLOGIAS CRÓNICAS:

Se contempla que la cobertura de enfermedades- patologías crónicas será brindada conforme a las siguientes condiciones:

-Internaciones, sean estas clínicas, terapia intensiva o intermedia: hasta cinco (5) días por año de contrato por beneficiario.

-Cobertura de medicamentos de hasta Gs. 2.000.000 (dos millones) y de descartables y oxigeno de hasta Gs. 2.000.000 (Guaraníes dos millones) por año de contrato por beneficiario, sea por internaciones clínicas, terapia o en conjunto, para el beneficiario.

-Los eventos quirúrgicos serán a cargo del beneficiario, salvo los contemplados en el Anexo de Cirugías.

-Medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos conforme al PBC.

 

 

27. EVENTOS SIN COBERTURA (CON ARANCELES PREFERENCIALES):

Se detallan a continuación:

Malformaciones congénitas (salvo cardiocirugía que tendrá cobertura establecida para medicina de alta complejidad) cobertura del 50%.

Los casos congénitos diagnosticados y que se encuentren en tratamiento antes del inicio de la vigencia y duración del contrato, tendrán cobertura preferencial por parte de la contratista.

Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por Instituciones oficiales o científicas.

Alergia y Test alérgicos. Inmunoterapia, vacunas especiales, medicamentos, descartables y desechables. La provisión y aplicación de inyecciones con flebólogos.

 

28. DESCUENTOS EN MEDICAMENTOS

a. Deben otorgar descuentos del 30% (treinta por ciento) en productos nacionales y de 18% (dieciocho por ciento) en productos extranjeros como mínimo en las farmacias cuya lista deberán presentar con la oferta.

 

 

29. CONSIDERACIONES GENERALES:

a. Todos los estudios deberán ser solicitados por un profesional médico.

b. Las órdenes de estudios de diagnóstico y tratamiento deberán contar con los siguientes requisitos: Apellido y Nombre del paciente, estudio solicitado, en relación con la patología investigada, salvo los exámenes de rutina y el chequeo médico anual, fecha de emisión, firma y sello del médico tratante.

c. Las visaciones de las órdenes de estudios de diagnóstico, son obligatorias, las cuales se deberán efectuar en la vía Call Center, en las oficinas de la Prestadora, vía mail, o correo electrónico, salvo las órdenes de estudios de carácter urgente.

d. Las órdenes de solicitud de estudios auxiliares de diagnóstico tendrán una validez de 30 (Treinta) días a partir de la fecha de expedición por parte del médico tratante; en caso de no contar con fecha de expedición la misma correrá a partir de la fecha de visación.

 

30. EXCLUSIONES Y RIESGOS NO CUBIERTOS:

a. Toxicomanía e intoxicaciones auto provocadas.

b. Lesiones que sobrevengan en estado de enajenamiento mental, ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes, alcaloides, alcoholismo con sus alteraciones agudas o secuelas crónicas.

c. Tratamiento de lesiones provocadas voluntariamente por el beneficiario o que sean consecuencia de tentativas de suicidio, revolución, subversión, tumultos populares, guerra declarada o no, conflictos laborales o por crímenes u otros delitos o infracciones.

d. Tratamientos homeopáticos y cualquier otra práctica considerada medicina natural.

e. Tratamientos y operaciones que se hallen en etapa experimental aun cuando sean reconocidos por instituciones oficiales o científicas o tratamientos que no se realicen en territorio Paraguayo.

f. Cirugías electivas y tratamientos de cirugía plástica o estética, salvo la inmediata o inicial que pudiera ser necesaria a raíz de un accidente.

g. Lesiones causadas por fenómenos naturales como: sismos, inundaciones o cualquier otra catástrofe.

h. Gastos extras dentro o fuera de internaciones no relacionadas con la atención médica del paciente, ejemplo: comunicaciones telefónicas, servicio de acompañante, boutique, enfermería privada, etc.

i. Internación y honorarios médicos por curas de adelgazamiento, de rejuvenecimiento, de reposo, de sueño, cámara hiperbárica.

j. Internaciones de pacientes psiquiátricos.

k. Pruebas relacionadas con Genética (Ej. Prueba de paternidad).

l. Cobertura internacional.

m. Accidentes y/o enfermedades, relacionados con la práctica de deportes de alto riesgo, ejemplo: ala delta, vale todo, paracaidismo, automovilismo. Lesiones sufridas como consecuencia de la participación en competencias o demostraciones de pericia y/o velocidad de cualquier índole.

n. Materiales y medicamentos, que no sean proveídos por farmacias u otros centros en convenio, en la República del Paraguay.

o. Transporte aéreo de pacientes.

p. Epidemias, pandemias, endemias y/o relacionadas, declaradas oficialmente o no, no tendrán cobertura. Excepcionalmente, tendrán cobertura los casos de diagnosticados como SARS COVID-19 Positivo, hasta un límite de 2 (Dos días) de internación y de hasta G. 2.000.000 (Guaraníes Dos Millones) para medicamentos, descartables y oxígeno, por titular por vigencia de contrato. Adicionalmente, en éstos casos, tendrá cobertura la realización de estudios de diagnósticos conforme a las limitaciones establecidas en el presente pliego de bases y condiciones.

q. Cualquier gasto relacionado a tratamientos, procedimientos y/o cirugías odontológicas de cualquier clase, cirugía maxilofacial electiva aguda o crónica.

r. Instrumentales o equipos propios de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica reconocida del Paraguay.

s. Casos de internaciones que conforme a los protocolos establecidos por el MSP y BS no se encuentren medicamente justificados.  

t. Tratamiento médico quirúrgico con fines de esterilidad, infertilidad, fecundación in vitro y procreación. Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.

u. Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA y enfermedades infectocontagiosas y de transmisión sexual.

v. Materiales/insumos y/o medicamentos no considerados en la cobertura, tales como; contrastes, plasma, sangre y sus derivados, isotopos radioactivos, clips, trocares, preparados nutrición enteral y/o parenteral, marcapasos, material de osteosíntesis, gafas, lentes intraoculares, biomateriales, vacunas, stent, balón, prótesis de cualquier tipo, aparatos ortopédicos, sangre y/o sus derivados, lentes de contacto, cristales, lentes intraoculares, gastos de acompañantes en las internaciones.

 

 

31. ESTUDIOS DIAGNOSTICOS

a. RADIODIAGNOSTICO

Abdomen simple

Abdomen simple 2 posiciones

Antebrazo 1 posición

Antebrazo 2 posiciones

Antebrazo 3 posiciones

Antebrazo 4 posiciones

Árbol Urinario simple Brazo 1 posición

Brazo 2 posiciones

Brazo 3 posiciones

Brazo 4 posiciones

Boncografía 2 lados

Broncografía cada lado

Cadera o pelvis 1 posición

Cadera o pelvis 2 posiciones

Cadera o pelvis 3 posiciones

Cadera o pelvis 4 posiciones

Cavum

Cavum 2 posiciones Cavum contrastado

Cistografía

Clavícula 1 posición

Clavícula 2 posiciones

Clavícula 3 posiciones

Clavícula 4 posiciones

Codo 1 posición

Codo 2 posiciones

Codo 3 posiciones

Codo 4 posiciones

Colangiografía Endovenosa-Biligrafina

Colangiografía operatoria

Colangiografía post-operatoria

Colangiog. Retrógrada c/ Papilotomía

Colangiografía Retrógrada Simple

Colecistografía oral

Colon doble contraste

Colon enema opaca

Columna Cervical 1 posición

Columna Cervical 2 posiciones

Columna Cervical 3 posiciones

Columna Cervical 4 posiciones

Columna Cervical 5 posiciones

Columna Cervical 6 posiciones

Columna Cervico Dorsal 3 posiciones

Columna Dorsal o Lumbar 1 posición

Columna Dorsal o Lumbar 2 posiciones

Columna Dorsal o Lumbar 3 posiciones

Columna Dorsal o Lumbar 4 posiciones

Columna Dorsal o Lumbar 5 posiciones

Columna Dorsal o Lumbar 6 posiciones

Columna Dorsal o Lumbar 7 posiciones

Columna Dorsal o Lumbar 8 posiciones

Columna Dorsal o Lumbar 12 posiciones Columna Dorsolumbar 3 posiciones

Columna Panorámica (Espinografía) 1 posic.

Columna Panorámica (Espinografía) 2 posic.

Costilla 1 posición

Costilla 2 posiciones

Costilla 3 posiciones

Costilla 4 posiciones

Cráneo 1 posición

Cráneo 2 posiciones

Cráneo 3 posiciones

Cráneo 4 posiciones

Cráneo 5 posiciones

Cráneo 6 posiciones

Cráneo para Ortodoncia

Cráneo para Ortodoncia y Ortopantomografía

Dedo 2 posiciones

Dental 1 placa

Dental 2 placas

Dental 3 placas

Dental 4 placas Dental Oclusal

Dental Seriada Esófago

Esternón 1 posición

Esternón 2 posiciones

Estómago y Duodeno (doble contraste)

Fistulografía H/2 placas

Histerosalpingografía Hombro 1 posición

Hombro 2 posiciones

Hombro 3 posiciones

Hombro 4 posiciones

Intestino Delgado o Tránsito Intestinal

Laringografía Contrastada

Linfografía cada lado

Linfografía dos lados Mano 1 posición

Mano 2 posiciones

Mano 3 posiciones

Mano 4 posiciones

Mano 6 posiciones

Mastoide 1 posición

Mastoide 2 posiciones

Mastoide 4 posiciones

Mastoide 6 posiciones

Maxilar inferior 1 posición

Maxilar inferior 2 posiciones

Mielografía

Muñeca 1 posición

Muñeca 2 posiciones

Muñeca 3 posiciones

Muñeca 4 posiciones

Muñeca 6 posiciones

Muslo o fémur 1 posición

Muslo o fémur 2 posiciones

Muslo o fémur 4 posiciones

Orbita 1 posición

Orbita 2 posiciones

Orbita 3 posiciones

Ortopantomografía

Pie 1 posición

Pie 2 posiciones

Pie 3 posiciones

Pie 4 posiciones

Pielografía ascendente

Pielografía Endovenosa o Riñón Cont. Min.

Pielografía Endovenosa o Riñón Contrastado

Pierna 1 posición

Pierna 2 posiciones

Pierna 3 posiciones

Pierna 4 posiciones

Rodilla 1 posición

Rodilla 2 posiciones

Rodilla 3 posiciones

Rodilla 4 posiciones

Rodilla 6 posiciones

Rodilla 10 posiciones

Saco Lagrimal 1 lado

Saco Lagrimal 2 lados

Sacro-Coxis 1 posición Sacro-Coxis 2 posiciones Scopía con T.V.

Senos faciales 1 posición

Senos faciales 2 posiciones

Senos faciales 3 posiciones

Sialografía 1 lado

Sialografìa 2 lados

Tobillo 1 posición

Tobillo 2 posiciones

Tobillo 3 posiciones

Tobillo 4 posiciones

Tomografía de Laringe o rodilla/tobillo

Tomografía de Tórax o Abdomen

Tórax 1 posición

Tórax 2 posiciones

Tórax 3 posiciones

Tórax 4 posiciones

Tránsito Intestinal o Intestino Delgado

Uretrocistografía

Urograma de Excresión

Vesícula simple

 

b. ECOGRAFIAS

Ecografía doppler de Mamas, con arancel preferencial.

Ecografía doppler de Miembros, con arancel preferencial.

Ecografía doppler de Tiroides, con arancel preferencial.

Ecografía doppler Gíneo-Transvaginal, con arancel preferencial.

Ecografía dopplerTransrectal, con arancel preferencial.

Ecografía doppler Renal, con arancel preferencial.

Ecografía doppler Hepática, con arancel preferencial.

Ecografía doppler Aorta Abdominal, con arancel preferencial.

Ecografía doppler Aorta Cava, con arancel preferencial.

Ecografía doppler Vasos cuello, con arancel preferencial.

Ecografía doppler Testicular, con arancel preferencial.

Ecografía de caderas

Ecografía Osteoarticular

Ecografía Músculo Tendinosa

Ecografía Pilórica

Ecografía de Partes Blandas

Ecografía Pediátrica

Ecografía Pélvica

Ecografía Submaxilar

Ecografía Carótida

Ecografía Vésico-Prostática

Doppler Color Carotidea y Vertebral

Doppler Color Perifer. o Carotideo o Verteb

Ecografía Abdominal Total o Completa

Ecografía de Cráneo

Ecografía de Mamas

Ecografía de Miembros

Ecografía de Tiroides

Ecografía de Tórax

Ecografía de Vejíga

Ecografía Ginecológica y Obstétrica

Ecografía Intracavitaria con Residuo

Ecografía Intraoperatoria

Ecografía Oftálmica

Ecografía Pancreática

Ecografía Prostática Intracavitaria

Ecografía Prostática Vía Supra Púbica

Ecografía Renal

Ecografía Testicular

Ecografía Transvaginal

Monitoreo Ovulatorio

Punciones con control Ecográfico

Ecografía Vesical

 

c. SALUD FETAL

Amniocentesis

FlujometríaDoppler

Cardiotocografía o Monitoreo Fetal

Doppler Fetal

Ecocardiografía Fetal

Ecografía Morfológica

Ecografía Morfológica (Marcadores Cromosómicos)

Ecografía Transnucal

Perfil Biofísico Fetal

Screening de Aneuploidias

Ultrasonografía de 2º nivel

Vellosidades Coriales

 

d. INVESTIGACIONES MAMARIAS

Galactografía cada lado

Mama (pieza operatoria)

Mama (Reperage p/Biopsia)

Mamografía 1 lado

Mamografía 2 lados Neumocistografía

Punción Biópsica (Core)

Punción Citológica

 

e. TOMOGRAFIA COMPUTADA (T.A.C.)  O MULTISLICE (TCMS) -Biopsias Percutaneas bajo T.A.C.

Drenaje Percutaneo bajo T.A.C.

Punción de Quistes bajo T.A.C.

Tomografía Computada Multidetector

Tomografía Computada Abdomen Total

Tomografía Computada con Mielografía

Tomografía Computada de Columna Cervical

Tomografía Computada de Columna Dorsal

Tomografía Computada de Columna Lumbar

Tomografía Computada de Cráneo o Cara u Oídos u Orbitas ocular, ortopantomografia

Tomografía Computada de Miembros

Tomografía Computada de Pelvis

Tomografía Computada de Tórax

Tomografía Computada de Senos Paranasales

Tomografía Computada de Pequeñas Partes

Tomografía Computada de Pelvis

Tomografía Computada de Tórax

Tomografía Computada de Ventana Ósea

Tomografía Computada de ATM

Angio-Tomografía

 

f. ESTUDIOS CARDIACOS

Ecocardiograma con Doppler color

Ecocard. con Doppler Bidimensional Pre-Natal

Ecocardiograma con Doppler Bidimensional

Ecocardiograma Pediátrico con Doppler color

Ecocardiograma con Transductor Transesofágico

Eco Stress / Eco Esfuerzo

Eco Stress Cardiaco con Dubutamina

Electrocardiograma Ergometría

Doppler Color Carotídeo y Vertebral

Doppler Color Carotídeo o Vertebral

Holter 24 horas

MAPA (monitoreo de la P.A.)

 

g. ESTUDIOS DE CITOLOGIA

Aspirado Endometrial

PAP de cuello

Colposcopía

PAP de Cuello + Colposcopía

PAP de Endometrio

PAP de Mama

Cepillado Endometrial

Ciclo Hormonal seriado

PAP de Punción de Mamaicitante:

 

h. DENSITOMETRIA OSEA 52

Análisis Mineral Oseo de cuerpo entero

Columna

Cuello de fémur

Muñeca

 

i. RESONANCIA MAGNETICA (RMI)

RMI de Abdomen

RMI de Articulación Témporo Maxilar (ATM)

RMI de Cadera

RMI de Codo

RMI de Columna por segmento

RMI de dos Columnas

RMI de Encéfalo

RMI de Mediastino

RMI de Muñeca

RMI de Partes Blandas

RMI de Pelvis

RMI de Pie

RMI de Rodilla

RMI de Tobillo

RMI de tres Columnas

RMI de Cráneo o Silla Turca o cara u orbitas ocularo u oído y senos paranasales)

RMI de Columna Total

RMI de Hombro

RMI de Brazo

RMI de Muslo/Pierna Angioresonancia

Colangioresonancia

 

k. MEDICINA NUCLEAR

Centellografía Tiroidea

Centellografía Osea (simple y de tres fases)

Centellografía Divertículo de Meckel

Centellografía Glándula Salivar

Centellografía Paratiroides

Centellografía Renal

Centellografía Sangrado Intestinal

Centellografía Testicular

Estudio con Galio 67 (Hasta el 50% de cobertura)

Médula Osea

Perfusión Miocárdica Talio c/reinyección-Spect (Hasta el 50% de cobertura)

Perfusión Miocárdica Talio Dipiridamol-Spect (Hasta el 50% de cobertura) Perfusión Miocárdica Talio-Spect (Hasta el 50% de cobertura)

 

32. GASTROENTEROLOGIA / COLOPROCTOLOGIA

a. Estudios Endoscópicos:

Anoscopía

Endoscopia Digestiva Alta

Rectosigmoidoscopía Flexible

Colonoscopía

Laparoscopía

b. Procedimientos Terapéuticos:

Extracción de Cuerpo Extraño

Polipectomía Alta Baja

Esfinterotomía o Papilotomía Endoscópica

Dilataciones Esofágicas

Esclerosis de Lesiones Sangrantes o Várices Esofágicas

Gastrostomía Endoscópica Percutanea-PEG

 

33. NEUMOLOGIA

Espirometría

Broncoscopía

Broncoscopía con Biopsia Transbronquial

Broncoscopía con Biopsia Endobronquial

Broncoscopía con Lavado Broncoalveolar

Faringo-Laringoscopía Punción Pleural Diagnóstica

Punción Pleural Evacuadora

Biopsia Pleural

Punción Pulmonar Transtorácica

 

 

34. NEUROFISIOLOGIA

Electroencefalograma

Video-Electroencefalografia de hasta 1hr

Electromiografia 2 miembros

Electromiografía 4 miembros

Potenciales Evocados Auditivos

Potenciales Evocados Visuales

Ecoencefalografía Transfontanelar

Procedimientos:

Infiltración Tronco Nervioso (Túnel Carpiano)

 

35. OFTALMOLOGÍA:

Estudios Campimetría Computarizada

Curva de Presión Intraocular

Ecobiometría

Estudio de Glaucoma

Mapeamiento de Retina

Tomografía de Nervio Optico

Tonometría

Papilografía

 

36. OTORRINOLARINGOLOGIA

Acufenometría

Audiometría

Emisiones otoacústicas

Endoscopía Nasal Impedanciometría

Laringofibroscopía

Rinofibroscopía

Timpanometría

Lavado de oidos

 

37. ANALISIS DE LABORATORIO hasta 4 (cuatro) determinaciones por beneficiario por año de contrato, conforme al siguiente listado:

% de Saturación de Hierro

17 Beta Estradiol

17 Cestosteroides

17 Hidroxicorticosteroides

17 OH Progesterona

5 Hidroxi-Indol Acético

Acido Acetil Salicílico

Ácido Cítrico (o)

Ácido Cítrico (semen)

AcidoFenil Pirúvico (Fenilcetonuria)

Ácido Fólico

Acido Hipúrico

Ácido Láctico

AcidoMetilhipúrico

Acido Pirúvico

Ácido Úrico

Ácido Úrico (o)

AcidoValpróico

AcidoVanilMandélico

ACTH

ADA

Adenovirus IgG/IgM Adenovirus-AG

Aglutinina Anti A

Aglutinina Anti B

Agua - Análisis Bacteriológico

Agua - Est. Físico Químico y Bacteriológico

Alatop

AMH (HORMONA ANTIMULERIANA Y DERIVADOS)

Anti CardiolipinaIgG

Anti CardiolipinaIgM

Anti CCP

Anti DNA

Anti LA

Anti RNP

Anti RO

Anti SM

Anti TrypanosomaIgG

Calcio

Calcio (o)

Calcio Iónico

Calcitonina

Cálculo Urinario

Campylobacter - cultivo

Carbamazepina

Carboxihemoglobina

Cariotipo

Catecolamina

C3

C4

Ca12.5

Ca15.3 Ca 19. CD4

CD8

CEA

CEA 19.9

Células LE

Celuloplasmina

Centrómero

Cetonemia

Cetonuria

CH100 (Complemento Hemolítico)

Chagas - Ac

Chagas IgG Chagas IgM

Chamyldias Secreción Conjuntival

Chlamydias Ac. IgG

Chlamydias Ac. IgM

Chlamydias Orina

Chlamydias Pneumoniae (secreción nasal)

Chlamydias Secreción Genital

CIM (Concentración Inhibitoria Mínima)

Citomegalovirus Color Giemsa

Citrato

ESTRIOL

ESTRADIOL

FSH

LH

PG

PROLACTINA

VIT D3

TEST DE H. PYLORI

Herpes Ac

HEV-Ac (Antic. Hepatitis E)

Hidatosis (ant. Antihidatídico)

Hierro

Hierro Hepático (determinación cuantitativa)

Hierro Sérico HistoplasminaIntraderm.

Histoplasmosis

HIV - P24 HLA-27

Homocistina en orina

Homocysteina

Hongo - Cultivo e Identificación

Hongos - Examen en Fresco

Hormona de Crecimiento

HTLV1 - 2

Identificación de Parásitos

IgA

IgA Secretoria en Saliva

IgD

IgE Total

IgG

IgM

IndicesHematimétricos

Indices de Riesgo

Influenza A (sec. Nasal)

Influenza A IgG

Influenza A IgM

Influenza B (sec. Nasal) Influenza B IgG

Influenza B IgM

Inmunoelectroforesis

Inmunoglobulinas

Inmunoglobulinas en LCR

Insulina

Insulinemia

Anti TrypanosomaIgM Antibiograma para Anaerobios y Aerobios Antic. Anti DNA

Antic. Anti HIV

Antic. Anti Listeria

Antic. Anti MúsculoLiso

Antic. Anti Rubeola - IgG

Antic. Anti Rubeola - IgM Antic. Anti SCL-70

Antic. Anti ToxoplasmaIgG

Antic. Anti Toxoplasma IgM

Antic. AntiendomisioIgA

Antic. AntiendomisioIgG

Antic. AntigliadinaIgA

Antic. AntigliadinaIgG

Antic. Antimicrosomales

Antic. Antimitocondriales

Antic. Antinucleares (ANA)

Antic. Antireticulina

Antic. Antitiroglobulinas Antic. Antitiroideos

Antic. JO 1

Anticoagulante Lúpico

Anticuerpos Irregulares

Anti-GBM IgG Anti-GBM IgM

Antígeno para Cryptococcus Cobre CoccidiodinaIntraderm.

Colesterol HDL

Colesterol LDL

Colesterol Total

Colesterol VLDL

Colinesterasa

Coloración de Giemsa

Coloración de Gram

Coloración de Kinyoun

Coloración de Tinta China

Coloración de Ziehl Neelsen

Complemento Hemolítico (CH50) Concent. de Hemoglobina Corpuscular Med.

Coombs Directo

Coombs Indirecto

Coombs Indirecto Cuantitativo

Coprocultivo

Coprofuncional

Coproporfirinas

Cortisol

Cortisol AM

Clearence de Creatinina

Clearence de Urea

Cloro

Cloruros

Cloruros (o)

Cloruros LCR

Clostridium Difficile Clotest

CMV - IgG

CMV - IgM

CO2 Total

Cristosporidyum

Cuerpos Cetónicos

Cuerpos Cetónicos (o)

Cultivo de Anaerobiosis

Cultivo de Listeria Cultivo en Aerobiosis Cultivo para B.A.A.R.

Cultivo para Gérmenes Comunes

Curva de Glucosa (3 horas)

Curva de Glucosa (4 horas)

Curva de Glucosa (5 horas)

Curva de Glucosa embarazo Dehidrostestosterona

Detección de cristales

Dhea SO4

Digitoxina

Digoxina

Dimero D

Dimero D cuantitativo

Dopamina

Dopamina (o)

Dosaje de NTX

Dosaje de Renina

Dosaje para Digitálicos EBV - EA

EBV - VCA IgG

EBV - VCA IgM Eco-Virus IgG Eco-Virus IgM

Efedrina

Electroforesis de Hemoglobina

Electroforesis de Lipoproteínas

Electroforesis de Proteínas

Electroforesis de Proteínas (LCR)

Electrolitos

Electrolitos (o)

Enzimas Cardiacas

Eritrosedimentación

Fosfatasa Alcalina

Fosfolípidos

L.C.R. - Cultivo y Antibiograma

L.D.H. ESTUDIOS LABORA

L.H.

Látex en L.C.R.

Látex en Líquido Pleural

Látex en orina

Látex para LegionellaPneumofila

Látex para Streptococcus Grupo A

Látex para Streptococcus Grupo B

Lavado Bronco Alveolar - Cultivo y ATB.

Lavado Gástrico Parásitos

LDL - Colesterol LeishmaniaIgG LeishmaniaIgM

Leptospirosis

Lesión de Piel - Cultivo para Hongos

Lesión Genital - Campo Oscuro

Lesión Genital - Coloración de

Fontana

Lesión Genital - Coloración de Gram

Linfa Cutánea Col. De Ziehl Lipasa

Lípidos Totales

Líquido Amniótico - Cultivo y Antibiograma

Líquido Articular - Cristales

Líquido Articular - Cultivo y Antibiograma

Líquido Articular Citoquímico

Líquido Ascítico - Cristales

Líquido Ascítico - Cultivo y Antibiograma

Líquido Cefalorraquideo Citoquímico

Líquido Gástrico - Cultivo y Antibiograma

Líquido Gastroduodenal Parásitos

Líquido Peritoneal - Cultivo y

Antibiograma

Líquido Pleural - Cultivo y Antibiograma

Líquido Pleural Citoquímico

Litio

Magnesio

Magnesio (o)

Magnesio Eritrocitario

Mar Test IgG

Metahemoglobina

Metanefrinas

Metotrexate

Micoplasma Pneumoniae IgM

Cortisol Plasmático

Cortisol PM

Cortisol Urinario

CoxiellaBurnettiIgG CoxiellaBurnettiIgM

Coxsackie A IgG

Coxsaquie A IgM Coxsaquie B IgG

Coxsaquie B IgM

Crasis Sanguínea Completa

Creatinina

Creatinina (o)

Crioaglutininas

Crioglobulinas

Criptococcus

Esperma Cultivo y Antiobiograma

Espermograma Esputo - Coloración de Ziehl Esputo - Cultivo para B.A.A.R.

Esputo - Cultivo para Gérmenes

Comunes

Esputo - Eosinófilos - Mastocitos

Esputo - Frotis Esteatocritos

Estradiol

Estriol Libre

Estudio Capilar Investigación de

Hongos

Exceso de Base

Excreción de Creatinina

F.T.A. - ABS en L.C.R. IgG F.T.A. - ABS en L.C.R. IgM

F.T.A. - ABS IgG Ac.

F.T.A. - ABS IgM Ac.

Factor IX

Factor Reumatoídeo (Artritest)

Factor ReumatoídeoIsotiposIgA

Factor ReumatoídeoIsotiposIgG Factor ReumatoídeoIsotiposIgM

Factor V Leyden

Factor VIII

FenilAlanina

FenilCetonuria

Fenilhidantoína

Fenitoína

Fenobarbital

Fenoles

Ferritina

Fibrinógeno

Fibrinólisis

Fórmula Leucocitaria Diferencial

Fósforo

Fósforo (o)

Fragilidad de los Hematíes

Fragilidad Osmótica

Frotis de Sangre Periférica

Fructosamina

FSH

FSH Seriado

FT3

FT4

FTI

G.O.T.

G.P.T.

Gamma G.T.

Gamma Globulina

Gases Arterial y Venoso

Gastrina

Gentamicina

Globulina

Glucohemoglobina

Glucosa

Glucosa (o)

Glucosa Pre y Post Prandial

Glucosuria

Granulaciones Tóxicas

Gravindex

H.C.G. Sub Unidad Beta H.C.G. Sub Unidad Beta

Cuantitativa

Directa

Heces simple y seriada

Hepatitis Delta ac

Herpes - Secreción Genital

Herpes 1 IgG Herpes 1 IgM Herpes 2 IgG

Herpes 2 IgM Oxirius P.D.F.

P.P.D.

P.S.A. PAP

PAPP-A

Parainfluenza 1

Parainfluenza 2

Parainfluenza 3

ParainfluenzaIgG ParainfluenzaIgM

Parathormona

ParotiditisIgG

ParotiditisIgM

Parvovirus

Microalbuminuria

Mielocultivo Aerobios

Mielocultivo Anaerobios

Miyoplasma, cultivo e identificación

Monotest

Morfina (o)

Mucoproteínas

MycoplasmasHominis MyoplasmaPneumoniaeIgG N DNA Ds-Ac.

Neisseria

Nitrógeno Ureico

Orina Cultivo y Antibiograma

Orina 1er. Chorro Cultivo y

Antibiograma

Orina Chorro Medio Cultivo y Antibiog.

Osmolaridad urinaria

Osteocalcina

Oxalato

Perfil Renal Perfil Reumático pH pH - Heces pH - Orina Plaquetas Plasma Seminal Bioquímica

Plomo

PM-1

PneumocystitisCarinii

PneumoníaAtipica

PO2

Porfobilinógeno

Potasio

Potasio (o) Preparación de Células L.E.

Progesterona

Prolactina

Proteina C

Proteína C Reactiva

Proteína C Reactiva Cuantitativa

Proteina C Reactiva Ultrasensible

Proteína de Bence Jones

Proteina S

Proteínas - Relación A/G Proteínas Totales

Proteínas Totales (o)

Protoporfirina

Prueba Cruzada Mayor y Menor

Prueba de Concentración

Prueba de Dilución

Fosfatasa Acida Prostática

Fosfatasa Acida Total

Hamburger

Hanta Virus IgG Hanta Virus IgM

Haptoglobina

HAV - IgG (Antic. Hepatitis A)

HAV - IgM (Antic. Hepatitis A)

HBC - ac - IgG (Anti Core)

HBC - ac - IgM (Anti Core)

HBE - Ac HBE - Ag

HBS - Ac

HBS - Ag (Antígeno de Superficie-

Hepatitis B HCG Cuantitativo Tumoral (marc.

tumoral) HCG libre HCO3

HCV - Ac (Antic. Hepatitis C)

HDL - Colesterol

Heces - Benedict

Heces - Examen Parasitológico

Heces - Examen Parasitológico

Seriado

Heces - Flora Microbiana

Heces - Frotis

Heces - Hongos

Heces - Microscopía Funcional

Helicobacter Pylori IgG Helicobacter Pylori IgM

Hematocrito

Hemocultivo - Aerobios/Anaerobios

Hemoglobina

Hemoglobina Corpuscular Media Hemoglobina fetal

Hemoglobina Glicosilada

Hemograma

Hemoparásitos - Gota Gruesa

Hemoparásitos Observación

Perfil Gonadal

Perfil Hepático

Perfil Lipídico

Perfil Miocardio

Perfil Pre-Natal

Perfil Pre-Operatorio

Perfil Químico

Rast F76 Caseína

Rast F77 Betalactoglobulina

Rast., Abeja

Secresión Uretral - Cult. Gérm.Com.

PAS

PAS Libre

Paul Bunnel

Pco2

PCR Cardioespecífica

Péptido C

Perfil Marcadores Tumorales

Perfil Acido-Básico

Perfil de Coagulación

Perfil de la Funcion Adrenal

Perfil de las Anemias

Perfil de las Transfusiones

Perfil de Pancreatitis

Perfil de Tiroides

Perfil Electrolitico

Perfil ENA

Rast., Avispa con arancel preferencial.

Rast., Chocolate con arancel preferencial

Rast., Clara de Huevo con arancel preferencial

Rast., Epitelio de Gato con arancel preferencial

Rast., Epitelio de Perro con arancel preferencial

Rast., Frutilla con arancel preferencial

Rast., Leche de Vaca con arancel preferencial

Rast., Penicilina con arancel preferencial

Rast., Pescado con arancel preferencial

Rast., Polvo de Casa con arancel preferencial

Rast., Trigo con arancel preferencial

Razón PSA

Receptores Estrogénicos con arancel preferencial

Reacción de Huddleson

Reacción de Widal

Recuento de ADDIS

Recuento de Glóbulos Blancos

Recuento de Glóbulos Rojos

Recuento de Hamburger

Recuento de Plaquetas

Relación Calcio/Creatinina

Resistencia Osmótica Eritrocitaria

Reticulocitos

Retracción del Coágulo

Rotavirus

Salicilato

Sangre Oculta

Sarampión IgM

Secresión Faríngea - Cultivo y Antibiograma

Secresión Genital - Cultivo y Antibiograma

Secresión Nasal - Citología

Secresión Prostática - Frotis

Secresión Purulenta - Cultivo Prueba de Lazo

Prueba Tolerancia a la Lactosa

Punta de Catéter - Cultivo

Antibiograma

Quilomicrones

Raspado de Lengua Cultivo para Hongo

Rast F76 Alfalactoalbúmina y Gram con arancel preferencial

Secresión Vaginal pH

SecresiónVulvo Vaginal - Cultivo

Seecresión Nasal - Cultivo y Antibiograma

Serología para Papera IgG

Serología para Papera IgM

SHBG

SimsHunner

Sn

Sodio LABORATORIALES

Sodio (o)

Somatomedina C

SSA

SSB

Streptozima

Sub-clases IgG

SVG

Swin Up

T.P.

T3 Libre

T3 Total

T3 Uptake

T4 Libre

T4 Neonatal

T4 Total

T4 Uptake

Teofilina

Test de Absorción a la Xilosa

Test de APT

Test de Arborización

Test de Coombs Indirecto

Test de estimulación (LH-RH)

Test de estimulación con ACTH

Test de estimulación con Glucagon

Test de estimulación con HGH

Test de estimulación con

Metoclopramida

Varicela IgM

Virocitos Volumen Corpuscular

Medio

Virus Sinscicial Ag Virus SinscicialIgG y T-M

Secresión Uretral - Cultivo Thayer-Martin

Secresión Uretral - Frotis

Secresión Vaginal - Cultivo y Antibiograma

Secresión Vaginal - Examen Fresco

Test de estimulación con TRH con arancel preferencial

Test de Inhibición con Dexametasona

Test de O’Sullivan

Test de Quilomicrones

Test de Tzanck

Test del Sudor

Test para Dengue

Test para HIV

Testosterona Libre

Testosterona Total

TrypanosomaIgM

Antibiog.

Secresión Traqueal - Cultivo y Antibiograma

Tine Test

Tipificación

Tipificación del Donante y Receptor

Toxina para ClostridiumDifficile

Transaminasa

Transferrina

Transglutaminasa Tisular

Trigliceridos

Troponina I

Troponina T

TrypanosomaIgG

Ulcera Genital - Cultivo y Antibiograma

TSH

TSH Neonatal

Urea

Urea (o)

Ureplasma

Urobilina - Urobilinógeno Uroporfirina V.D.R.L.

V.D.R.L. Cuantitativa

V.D.R.L. en L.C.R.

Virus SinscicialIgM

Vitamina B-12

Vitamina B6

VLDL Colesterol

Volumen Corpuscular Medio

Waler Rose

Yersenia Cultivo

Zinc

 

Instructivo para la Cotización para ambos ítems

El siguiente ejemplo es la forma de cotización que se realizará para el llenado de la lista de precio. Aclaración: El monto del precio por funcionario = Grupo Familiar es a modo de ejemplo.

 

Un funcionario= Grupo Familiar

 

                            GS. 500.000

Cantidad de meses (periodo de cobertura)

X 24

Precio total por funcionario (grupo familiar) por 24 meses (Este es el Precio que se debe poner en la planilla en el campo de precio unitario)

 

        =     GS 12.000.000

Cantidad máxima de funcionarios (grupo familiar)

2242

Precio total de la oferta

         =    GS. 26.904.000.000

 

 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Lic. Lizza Mabel López Samaniego, Jefe de Departamento del Bienestar Personal
  • Contar con servicio de seguro médico para funcionarios de la institución.
  • Se trata de un llamado periódico
  • Las especificaciones establecidas, se realizaron de acuerdo a la necesidad de la Institución y de las localidades a ser cubiertas con frecuencia.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

No Aplica

Plan de entrega de los servicios

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

1

Seguro Médico

1

Unidad

En los lugares asignados por el Seguro Médicos

Servicio inmediato de acuerdo a la necesidad del asegurado

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Orden de Servicio / Informe

Orden de Servicio / Informe

Mensual

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del Consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del Consorcio constituido
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.