El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
A. REQUISITOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
1. BENEFICIARIOS:
Cantidad mínima: 1.121
Cantidad máxima: 2.242
2. COBERTURA PARA EL NÚCLEO FAMILIAR Y LOS FUNCIONARIOS CASADOS ENTRE SI: (TODOS LOS GRUPOS DEBERAN TENER EL MISMO COSTO)
a. NÚCLEO FAMILIAR - TITULAR SOLTERO/A CASADO/A DIVORCIADO/A Y VIUDO/A:
Serán tomados como miembros del núcleo familiar al titular, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por unión concubinaria, para la inscripción será obligatoria la presentación de la documentación respaldatoria), sus hijos/as hasta 3 (tres hijos) solteros hasta el día que cumplan 20 años. Los hijos con discapacidad sin límites de edad. Las discapacidades serán determinadas a través del Certificado expedido por la Secretaria Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).
Las incorporaciones de beneficiarios del Grupo Familiar durante la vigencia del contrato solo podrán ser realizadas por el titular, esto durante los primeros 90 días desde la firma del contrato entre la institución y la empresa adjudicada.
b. NÚCLEO FAMILIAR, CONFORMADOS POR FUNCIONARIOS CASADOS ENTRE SI.
En caso de existir algún funcionario/a casado/a también con funcionario/a de la Institución, incluyendo al otro funcionario/a al núcleo familiar, ambos funcionarios serán tomados como titular cada uno. Este grupo estará conformado por: su cónyuge ya sea por matrimonio formal o por unión concubinaria, para la inscripción será obligatoria la presentación de la documentación respaldatoria, sus hijos/as (hasta un máximo de 3 (tres) solteros hasta el día que cumplan 20 años. Los hijos condiscapacidad sin límites de edad.
Las discapacidades serán determinadas a través del Certificado expedido por la Secretaria Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).
ADHERENTES CON COSTO Y A CUENTA EXCLUSIVA DEL TITULAR PARA AQUELLOS BENEFICIARIOS QUE NO SE ENCUENTREN INCLUIDOS EN EL GRUPO DETALLADO ANTERIORMENTE:
b. Los hijos solteros del titular a partir de 20 años de edad deberán abonar una prima igual al 40% del costo establecido para el titular de este contrato, el 40% será abonado por cada adherente incorporado. Mismo importe de prima deberán abonar los hijos solteros que superen la cantidad permitida para el grupo familiar sin costo (a partir del cuarto hijo en adelante).
c. Los Adherentes con costo, deberán permanecer en esta condición hasta la terminación del Contrato, a cuyo efecto, el titular suscribirá una carta de compromiso, en la que deberá constar los datos personales (nombre, apellido, domicilio particular, número telefónico, parentesco con el titular, etc.).
d. Las incorporaciones de beneficiarios adherentes durante la vigencia del contrato solo podrán ser realizadas por el titular, esto durante los primeros 90 días desde la firma del contrato entre la institución y la empresa adjudicada.
e. Para acceder a estos beneficios, el titular del servicio, deberá acercar una constancia de trabajo, tanto suya como de su cónyuge.
3. OBSERVACIONES GENERALES:
a. En todos los casos, el recién nacido será considerado como parte del núcleo familiar de forma inmediata y automática, y contará con el 100% de las coberturas contempladas para el beneficiario.
b. La opción de incluir adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y los costos serán abonados por el titular en forma directa a la prestadora de servicios, ya sea por débito automático o efectivo (A definir entre el titular y la prestadora de servicios).
c. Los adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
d. La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago de dos meses, en forma automática.
e. No se aplicará ninguna norma interna para los adherentes que menoscaben la cobertura en el presente contrato con excepción de la cobertura de maternidad, que es exclusiva para la titular o conyugue/concubina del titular u otras limitaciones establecidas en el presente contrato.
f. En caso de que exista una duda en cuanto a la interpretación del contrato se optará siempre por la interpretación más favorable al funcionario.
g. En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Legislación Vigente durante la vigencia del Contrato, el Ministerio de la Defensa Pública, comunicará dicha situación a la prestadora de servicios.
h. El Ministerio de la Defensa Pública solo tiene compromiso contractual de pago por los titulares y sus grupos familiares, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular y su núcleo familiar a cargo de la contratada y el usuario.
i. Las incorporaciones de nuevos titulares deberá ser realizada por la contratante dentro de los primeros 10 (diez) días de cada mes para su incorporación al servicio. Las comunicaciones de las inclusiones de los titulares serán realizadas por el Ministerio de la Defensa Pública, la cobertura de los servicios será inmediata una vez entregados los carnets al Titular y sus beneficiarios y/o adherentes. El plazo máximo de entrega de los carnets es de 10 días corridos.
j. El Ministerio de la Defensa Pública, se compromete a realizar las comunicaciones de altas por nombramientos, o bajas (por renuncia, despido, retiro voluntario, fallecimiento, etc.) de los de titulares. Las bajas deberán ser comunicadas como máximo dentro del primer día hábil del inicio de cada mes para que no se compute al titular dentro de ese mes como beneficiario.
k. Los funcionarios que formen parte del presente contrato, y que hayan accedido al beneficio jubilatorio durante la vigencia del presente contrato, podrán realizar las gestiones necesarias para mantener la relación contractual con la prestadora del servicio médico, con los mismos beneficios y prestaciones, haciéndose cargo el Funcionario Jubilado del pago del canon mensual, en un plano de igualdad conforme a lo establecido para los titulares del presente contrato, manteniendo el mismo costo para el funcionario jubilado.
l. Con relación a su núcleo familiar, también podrán realizar gestiones para que los mismos continúen con el seguro, con los mismos beneficios y prestaciones, pero con un costo establecido por la prestadora, haciéndose cargo el funcionario jubilado del pago mensual. La prestadora se encuentra obligada a atender la solicitud del Funcionario Jubilado y a su núcleo familiar; en caso de que el funcionario jubilado desea proseguir con el seguro bajo su absoluta responsabilidad, quedando la convocante ajena a este acuerdo.
ll. Para los efectos del contrato se entenderá que el funcionario pasa a la categoría de jubilado desde el momento que presenta ante el Ministerio de la Defensa Pública su carta de renuncia para fines de jubilación y la contraseña de haber iniciado los trámites en el Ministerio de Hacienda.
El Ministerio de la Defensa Pública comunicará esta circunstancia a la prestadora.
Es responsabilidad exclusiva del funcionario jubilado realizar los trámites ante la prestadora para la mantención de sus beneficios dentro de los 30 días de haber presentado ante el Ministerio de la Defensa Pública su carta de renuncia para fines de jubilación y la contraseña de haber iniciado los trámites en el Ministerio de Hacienda
En ningún caso, el Ministerio de la Defensa Pública se hará responsable del pago que derive de la relación contractual de los funcionarios jubilados y su núcleo familiar.
Los funcionarios jubilados que decidan mantener la relación contractual deberán firmar un contrato individual con la prestadora. El mencionado contrato individual tendrá los mismos plazos que el establecido en el presente.
4. COBERTURA:
a. Nacional
5. VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
a. Todos los servicios, a la firma del contrato, serán prestados de forma inmediata a todas las personas que forman parte de la nómina inicial del presente contrato. Respecto a los adherentes que sean incluidos dentro del plazo de 90 (noventa) días calendario posterior a la inscripción del funcionario titular, se acogerán inmediatamente a todos los beneficios inherentes a la prestación de los servicios contratados. Para los titulares que ingresen con posterioridad a la entrega de la planilla inicial, también se dará la inmediatez de la prestación de los servicios una vez se haga efectiva su incorporación.
6. IDENTIFICACIÓN
a. La prestadora de servicios: proveerá a todos los beneficiarios de los carnets identificadores (sin costo alguno para la convocante; el titular y sus adherentes), copia en formato digital del contrato sustento del listado de profesionales médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicaciones de especialidad, consultores y teléfonos aclarados dentro del plazo de 60 (sesenta) días calendario luego de la firma del contrato. Los beneficiarios del presente contrato antes de la entrega de los carnets podrán empezar a utilizar los servicios con la presentación de la cedula de identidad.
Se arbitrarán los medios necesarios para habilitar en la página web del Ministerio de la Defensa Pública el listado de prestadores y clínicas habilitadas (esto a cargo de la Convocante).
La prestadora dispone de un plazo de 10 (diez) días corridos para entregar a la contratante, los carnets identificadores, para cada uno de los beneficiarios que integren la nómina inicial.
b. Dichos carnets identificadores y/o cedula de identidad, serán válidos para su utilización en todos los sanatorios ofertados dentro del territorio nacional, sin necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria, salvo las visaciones requeridas.
c. En caso de pérdida o extravío del carnet identificatorio, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa Aseguradora, quien deberá proporcionar un carnet nuevo, quedando el costo de la reimpresión del carnet a cargo del beneficiario.
En caso de extravío el beneficiario podrá consultar con su cedula de identidad en tanto se re imprima su carnet correspondiente.
7. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESTACIÓN:
a. Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos depósito de dinero, hasta el momento en que se haya excedido íntegramente en la cobertura o que la estimación de los gastos supere los limites cubiertos por el pliego de bases y condiciones. Además, de cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad (tales como filmaciones, toma fotográfica u otros similares) o cualquier disposición interna que mengüe los derechos reconocidos en el presente instrumento, sin su consentimiento expreso.
b. Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, propuestos por la prestadora de servicios serán brindados bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario (titular, miembro del núcleo familiar y/o adherente).
c. Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
d. Los sanatorios en convenio en todo momento y cuando así lo requiera cada beneficiario, entregará en un plazo de 48 Hs. el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos imputados. -
e. Se contempla como propio de cada servicio (internaciones, parto, terapia intensiva e intermedia, quirófano, ambulancias.) la provisión sin costo para el beneficiario de oxígeno en todas sus aplicaciones dentro de los límites del contrato.
f. La provisión de materiales desechables y de uso personal será dentro de los límites del contrato. Los insumos propios del servicio de habitación, como por ejemplo jabones, papel higiénico, provisión de sábanas, toallas, serán propios del servicio y a cargo de la prestadora, sin costo para el beneficiario dentro de los límites del contrato.
g. En el supuesto de que la prestadora de servicios presentare mejoras sobre las condiciones exigidas en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, que tienen el carácter de mínimas, deberán detallarlas en hoja anexa, las cuales será de carácter obligatorio en caso de ser adjudicados y posterior ejecución del contrato, estas mejoras en las prestaciones establecidas en las especificaciones técnicas, no implicaran desembolsos por parte de la contratante y tampoco será de obligatorio cumplimiento la presentación de la mismas, no teniendo éstas ningún tipo de efecto para la evaluación de las ofertas.
h. La cobertura solicitada será para la totalidad de los funcionarios del Ministerio de la Defensa Pública y las mismas condiciones para el titular del núcleo familiar y adherentes (salvo las limitaciones propias establecidas en el presente contrato). En ningún caso podrá ser rechazado del seguro el titular o adherente, aduciendo enfermedades contraídas con anterioridad. Las coberturas deberán ser brindadas en su totalidad, dentro de los límites del contrato.
i. El Ministerio de la Defensa Pública facilitará mensualmente a la Prestadora la nómina de funcionarios.
j. Cada funcionario será responsable de la presentación de la documentación correspondiente para su inclusión, esta presentación, se dará en carácter de declaración jurada, en un formulario proveído por la prestadora del servicio, y previamente aprobado por la Administración del Contrato. En caso que los titulares y/o adherentes varíen en su estado civil, a los efectos de exclusión o inclusión de nuevos beneficiarios el titular será el único responsable de comunicar esta situación ante el Ministerio de la Defensa Pública a fin de regularizar este estado ante la prestadora.
k. Las sucesivas altas de funcionarios para la prestación del servicio, bastará con la comunicación escrita de las mismas, por parte del Ministerio de la Defensa Pública. Con la misma periodicidad se comunicarán las bajas de funcionarios que deberán descontarse en la parte que corresponda, del pago del servicio. Las incorporaciones de nuevos titulares deberán ser realizada por la contratante dentro de los primeros 10 (diez) días de cada mes para su incorporación al servicio. Las bajas deberán ser comunicadas como máximo dentro del primer día hábil del inicio de cada mes para que no se compute al titular dentro de ese mes como beneficiario.
l. Los siguientes estados clínicos y tratamientos como crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas, cirugías, u otros, están cubiertos, para el titular, sus beneficiarios y adherentes, conforme al ítem 26. COBERTURA PARA ENFERMEDADES- PATOLOGIAS CRÓNICAS.
ll. En caso de diferencias entre la prestadora y algún funcionario beneficiado por el contrato, las partes efectuaran un estudio del caso en conjunto con sus respectivas auditorias médicas.
m. La prestadora de servicios deberá mantener la capacidad y la calidad para satisfacer los servicios en cuanto a infraestructura y atención profesional, tanto para el Departamento Central como en el Interior de la República, en forma plena conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial en lo relacionado a la saturación en la atención de los beneficiarios, para los casos de consultas tanto en el área metropolitana como en el interior del país, las consultas deberán tener cobertura del 100% sin generar ningún tipo de sobrecostos para los beneficiarios en todos los casos sin límite en el número de consultas, salvo las limitaciones establecidas en el presente contrato.
La prestadora deberá habilitar un servicio de Call Center u otros medios electrónicos para: visaciones, coberturas y otros servicios requeridos por los beneficiarios, las 24 horas y durante los 7 días de la semana.
8. COBERTURA:
a. Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, del listado de Profesionales en Convenio, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores ofertados por el contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones, procedimientos ambulatorios y otros).
b. Se entenderá como cobertura "por evento", a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o de resorte quirúrgico en el transcurso de su internación, como así también sus complicaciones inmediatas.
c. Las cirugías no cubiertas conforme al listado de cirugías, no contaran con ningún tipo de cobertura desde el momento de ingreso a quirófano (ni servicios hospitalarios ni de diagnóstico).
d. Finalización de la cobertura:
En los casos de muerte cerebral, estado de coma y/o estado vegetativo de pacientes internados en la unidad de terapia intensiva / intermedia o en sala común, la cobertura del plan concluirá cuando se den las siguientes condiciones:
La muerte cerebral o encefálica es un estado en donde hay una pérdida total e irreversible de las funciones cerebrales (conciencia + funciones vegetativas).
El estado vegetativo persistente es una condición clínica en que la persona no da ningún signo evidente de conciencia de sí o del ambiente, y parece incapaz de interactuar con los demás o de reaccionar a estímulos adecuados.
El coma es un estado grave de pérdida de conciencia, constituye un síndrome en la expresión de un fuerte trastorno de las funciones cerebrales.
En estos casos quedará a cargo de familiares y/o responsables del paciente el traslado del mismo a otro centro asistencial o asumir todos los gastos médicos sanatoriales que represente mantenerlo internado en el sanatorio en estas condiciones.
9. ASISTENCIA MÉDICA:
ASISTENCIA MÉDICA POR ESPECIALISTAS: Todas las especialidades deberán contar con profesionales según el listado detallado en el ítem 11. ESPECIALIDADES, los mismos deberán contar con registro profesional vigente expedido por el MSP y BS en las diversas especialidades requeridas por los beneficiarios. Cualquier alteración de la lista de médicos, debido a inclusiones o exclusiones de profesionales, deberá ser comunicado por escrito a la CONTRATANTE. Cobertura inmediata en el consultorio, internaciones clínicas y servicios de urgencias en las especialidades indicadas. Las consultas con médicos especialistas que no tienen relación con la aseguradora y por tanto no figuran en la guía de prestadores, tendrán una cobertura por reembolso de Guaraníes cien mil (100.000) una vez presentada la factura expedida por el médico especialista consultado, la cual deberá contar con el RUC de la prestadora de servicios y deberá ser presentada en un plazo máximo de 15 días corridos desde la fecha de realización de la consulta, solo se procederá a realizar un reembolso por mes por grupo familiar, y exclusivamente para consultas eventuales y no tratamientos.
ESTUDIOS LABORATORIALES
Análisis laboratoriales s/el listado del anexo, cobertura de hasta 4 (cuatro) determinaciones laboratoriales por beneficiario por año de contrato, salvo las que indiquen una cantidad mayor o menor en el correspondiente anexo.
ESTUDIOS POR IMÁGENES (SEGÚN ANEXOS).
OTROS ESTUDIOS / PROCEDIMIENTOS
CIRUGIAS MENORES: A modo de definición, la cirugía menor comprende aquellos procedimientos quirúrgicos ambulatorios de corta duración, que se realizan en la piel o el tejido subcutáneo, bajo anestesia local y sin sedación. En los cuales no se espera complicaciones importantes; no requieren estar en ayunas ni tampoco de exámenes preoperatorios.
10. HONORARIOS PROFESIONALES:
a. Estarán cubiertos hasta el 100% (cien por ciento) todos los honorarios profesionales de especialidades y anestesistas que figuren en la Agenda de Profesionales ofertados, en consultorios e internaciones, cirugías, servicios de urgencias, tratamientos y procedimientos, procedimientos ambulatorios, controles de rutina y estudios propios de las especialidades que el profesional pueda brindar.
b. Las órdenes de internación programadas, deberán ser visadas previamente en las oficinas de la prestadora o a través del Call Center las 24hs y los 7 días de la semana.
c. Cirugía General: Las cirugías mencionadas a continuación tendrán cobertura de honorarios médicos, en forma taxativa:
1. Anatomía patológica (biopsias simples)
2. Apendicetomía
3. Biopsia de mama unilateral o bilateral u otro tipo de tejido (órgano del cuerpo)
4. Colecistectomía (abdomen abierto y video laparoscópica)
5. Drenaje absceso de pared abdominal (Anestesia incluida)
6. Drenaje absceso de pared abdominal (Anestesia incluida)
7. Drenaje de abscesos de cualquier localización, ya sea con anestesia local u otro tipo de anestesia indicada para el procedimiento
8. Extirpación de quiste de Bartolino
9. Laparotomía Exploradora
10. LITIASIS RENAL URETERAL POR CIRUGIA ABIERTA Y VIDEOLAPAROSCOPICA
11. LITIASIS RENAL URETERAL POR LITOTRICIA Y LASER
12. CAUTERIZACION DE CORNETE
13. SINUSOTOMIA SIMPLE BILATERAL Y UNILATERAL
14. Peritonitis Apendicular (u otro origen)
15. Apendicetomía
16. Polipectomía
17. Biopsias simples
18. Histerectomía sub total
19. Histerectomía total
20. Ooforectomia MIOMECTOMIA
21. Polipectomía (POLIPOS QUE SE ENCUENTREN EN CUALQUIER PARTE DEL CUERPO CON EL TIPO DE ANESTESIA INDICADA)
22. Legrado Biopsico
23. Legrado evacuador
24. Biopsia de mama unilateral
25. Biopsia de mama bilateral
26. Drenaje de Absceso
27. Adenoides
28. Adenoamigdalectomía
29. Amígdalas
30. Cauterización de Cornete
31. Sinusotomía Simple Unilateral
32. Sinusotomía Simple Bilateral
33. Turbinectomía
34. Colocación de Sonda Rectal
35. Reducción Incruenta de Fractura, CIRUGIAS Y TOILLETS CON COBERTURA DEL 100% DEL PROCEDIMIENTO, OSTEOSINTESIS a cargo del paciente. LA UTILIZACION DEL ARCO EN C Y DE TODOS LOS INTRUMENTALES QUE NECESITE EL TRAUMATOLOGO CON COBERTURA TOTAL, siempre que sean equipos arancelados por la sociedad.
36. Litiasis Renal Uretral por Kripton y laser
37. Litiasis Renal Uretral por Cirugía Abierta
38. Sondaje Vesical
39. Drenaje de Absceso Escrotal
40. Colecistectomía
41. RTU de próstata.
42. COLPORRAFIAS ANTERIOR Y POSTERIOR CON O SIN MALLA
43. CONIZACION
44. Meniscectomía
45. Ligamento Cruzado
46. Histeroscopia Diagnóstica y Terapéutica,
47. Quiste de ovarios
d. Presencia del Hemoterapeuta en la sala de operaciones.
e. Presencia del Clínico o Pediatra en la sala de operaciones a solicitud del Cirujano, y/o cualquier otro especialista requerido por el cirujano y/o médico tratante, 100% cobertura. (Incluir el equipo médico necesario para cada cirugía)
f. Transfusiones sanguíneas. Hasta un máximo de 10 (diez) sesiones por año de contrato, a partir de la siguiente sesión se tendrá un arancel preferencial.
g. Anatomía Patológica, incluye biopsias extemporáneas; e inmunohistoquimica
h. También deben estar incluidas las inspecciones médicas con los estudios correspondientes en general solicitadas por Instituciones de enseñanza para la realización de actividades físicas.
i. El beneficiario titular y su NÚCLEO FAMILIAR/INDIVIDUAL y/o adherente, podrán eventualmente consultar con un profesional que no se encuentre en el listado de profesionales del contratista seguro y sanatorios en convenio, no más de 1 (una) vez por mes, por grupo familiar, y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta G. 100.000.-(GUARANÍES CIEN MIL) por consulta (solo consultas eventuales, no tratamientos). Esta solicitud de reembolso por parte del beneficiario, podrá efectuarlo hasta 15 días posteriores de la consulta, presentando la factura original emitida por el medico a nombre de LA PRESTADORA de servicios y consignado el nombre del paciente y el pago o reembolso se realizará en un plazo máximo de (20) veinte días posteriores a la solicitud de reembolso. El trámite de reembolso deberá ser realizado por el titular y/o persona autorizada por el mismo.
j. Los honorarios y otros requerimientos médicos en cirugías de malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia, hipertrofia de clítoris, extrofiaepispadia, estrechez de píloro, cataratas, estrabismo, Cirugía cardiovascular, y/o cualquier otra malformación, para los beneficiarios nacidos durante la vigencia de este contrato, estará cubierto el 50% por la aseguradora.
k. Cobertura de Uso de equipos, cobertura 100% conforme al ítem 19. OTROS SERVICIOS, CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS, punto B, para las cirugías citadas en este apartado (equipos arancelados por las sociedades científicas). Instrumentales o equipos propios de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica reconocida del Paraguay, a cargo del paciente.
11. ESPECIALIDADES:
a. Todas las especialidades deberán contar con profesionales según el listado que se detalla más abajo, los mismos deberán contar con registro profesional vigente expedido por el Ministerio de Salud Pública en las diversas especialidades requeridas. Cualquier alteración de la lista de médicos, debido a inclusiones o exclusiones de profesionales, deberá ser comunicada por escrito a la Contratante.
b. La Prestadora deberá garantizar la atención permanente del Plantel Medico adherido a ella.
c. La prestadora podrá contratar a los profesionales solicitados por la Contratante a satisfacción de los titulares, siempre y cuando medie consentimiento escrito de estos profesionales (médicos), durante la vigencia del contrato y que la estructura de costos de la presente licitación lo permita.
12. COBERTURA TOTAL:
El beneficiario gozará de cobertura para las prestaciones médicas establecidas y descriptas a:
a. Las consultas serán realizadas en el consultorio privado del médico elegido por el Beneficiario, de la Agenda de Profesionales en Convenio, en los días y horarios por ellos establecidos.
b. El beneficiario deberá convenir con el médico el día y la hora en que deberá concurrir al consultorio y en ningún caso solicitaran cobro de consulta. Estudios, procedimientos y controles, los cuales están garantizados con la cobertura del contrato. Salvo los casos de Especialistas que figuren dentro de la lista de prestadores con arancel preferencial, lo que deberá ser debidamente aclarado por la empresa prestadora.
c. Todos los profesionales habilitados en la guía médica, cuentan con planillas de control de consultas y procedimientos en los cuales los beneficiarios están obligados a firmar dichas planillas en prueba de conformidad de haber recibido la prestación correspondiente.
d. Todos los profesionales deberán estar habilitados para consultas, tratamientos y cirugías.
e. Los casos congénitos no serán cubiertos por la contratista, salvo los nacidos durante la vigencia del contrato. Si, deben ser cubiertos todos los casos adquiridos durante la vigencia del presente contrato.
13. INTERNACIONES, COBERTURA TOTAL
a. Con cobertura inmediata y total hasta 15 (quince) días por evento por beneficiario, en los Centros Asistenciales solicitados en el cuadro de centros asistenciales mínimos, donde de la cantidad solicitada en la localidad de Asunción y/o Gran Asunción, 3 (tres) centros asistenciales deben contar con la categoría de Nivel 3 otorgada por la Superintendencia de Salud. Los mismos deberán estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, los cuales serán utilizados a libre elección del beneficiario y/o del médico tratante. y conforme a los centros asistenciales requeridos en el cuadro de centros asistenciales. En el caso que no existan salas para internación disponibles en los centros en convenio LA ASEGURADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel.
b. Los sanatorios deberán contar con habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta del paciente, ambiente climatizado, cama para el acompañante, colchón de agua o aire en caso necesario, atención médica (con profesionales que sean del plantel a cargo de la Aseguradora) y de enfermería.
c. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, fisioterapia de cualquier naturaleza (conforme a los límites del presente contrato), alimentación oral del paciente por cualquier vía, dietas especiales, alimentación enteral, incluyendo preparado y asistencia de nutricionista, conforme a la indicación del médico tratante, todas las interconsultas con otros especialistas y las visitas del médico tratante y cualquier otro tipo de tratamiento necesario hasta el alta del paciente. En los casos que el paciente necesite alimentación parenteral, esta estará incluida en la cobertura de medicamentos hasta el 50%, quedando el restante porcentaje a cargo del beneficiario. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el beneficiario, su núcleo familiar o beneficiarios adherentes deban internarse. Los límites establecidos con relación a los montos de medicamentos, descartables, oxigeno y/o desechables se considerarán por cada evento y no serán acumulables. Los alimentos enterales y parentales requeridos por evento serán incluidos en la cobertura por medicamento.
d. Desde el primer día de internación, el sanatorio deberá proveer al núcleo familiar previa solicitud, cada 48 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
e. En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, el sanatorio deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al núcleo familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para el beneficiario, su núcleo familiar y adherentes, esto deberá incluir los honorarios del médico transfusionista, la cantidad de transfusiones, estará supeditada a lo establecido en el punto 10 Inc. I)
f. Costo alguno para cobertura de medicamentos por valor de dos millones de Guaraníes (Gs. 2.000.000.-), por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos y cesáreas, para el beneficiario titular, su núcleo familiar/individual.
Materiales descartables y/o desechables utilizados por valor de dos millones de guaraníes (G. 2.000.000), por evento, siempre que guarde relación al episodio tratado o cualquier afección adquirida durante la internación, cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluyendo oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud e inmuno terapia. Se tendrá en cuenta para la cobertura de medicamentos, descartables y/o desechables desde el día de ingreso en este servicio.
g. Los precios de los medicamentos, no podrán ser superiores a lo fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Los precios de los materiales descartables, desechables y cubiertos no podrán ser superiores que en las farmacias de plaza o comercio del ramo.
h. La internación y cirugías de malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia, hipertrofia de clítoris, extrofia-epispadia, Estrechez de píloro, cataratas, estrabismo y cualquier otra malformación, para beneficiarios nacidos durante la vigencia de este contrato contarán con cobertura del 100%, seguimiento con arancel preferencial según lo estipulado en el pliego de bases y condiciones.
i. Si el Beneficiario requiere por su condición, internación en la Unidad de Terapia Intensiva adultos o pediátrica, la cobertura incluye la unidad cama y sus correspondientes equipos (monitor, desfibrilador, saturómetro, respirador, electrocardiógrafo y cualquier otro elemento que se necesite durante la internación ), honorarios del Médico Terapista y de los especialistas en convenio que el médico terapista considere necesario, dieta del paciente, médico y enfermera de guardia de la Unidad, análisis de laboratorio, radiología, estudios diagnósticos especializados y demás equipos e instrumentales propios de los Sanatorios en convenio, en caso de no tener convenios médicos en interconsultas, la prestadora de servicio podrá cubrir hasta 5 interconsultas por internación conforme a los aranceles de la sociedad científica del especialista, en caso de diferencia la misma quedará a cargo del paciente.
j. Unidad de Terapia Intensiva Materno Infantil pediatría, neonatología y adultos.
k. En el supuesto que el servicio médico contratado no disponga de habitaciones libres, o que el médico tratante precisare que la internación sea en otro Centro, se procederá a la derivación del Beneficiario previa autorización de la Empresa, a otro Centro en convenio.
l. Son parte de la cobertura sanatorial el uso de los siguientes equipos: Incubadora de transporte, Bomba de Contrapulsación, Máquina de Anestesia, equipo de video laparoscopía, equipo de artroscopia, Arco en C, Microscopio, equipo de video endoscopía, equipo de Hemodinamia, respirador.
14. MATERNIDAD.
a. La cobertura contempla:
b. El recién nacido será considerado como parte del núcleo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el beneficiario.
c. Los niños nacidos en forma prematura, antes de las 37 semanas de gestación, tendrán una cobertura total en internaciones clínicas o de terapia intensiva, conforme a los límites del contrato este contrato incluyendo luminoterapia, carpa de oxígeno e incubadora, Serán también cubiertos los honorarios de visita del médico tratante, terapista y servicios de enfermería. Cobertura del 100% en el equipo médico instrumental o humano que se necesite para el RN (19. OTROS SERVICIOS, CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS, punto B).
15. TERAPIA INTENSIVA ADULTOS/NIÑOS:
a. Con cobertura del 100% hasta 10 (diez) días por evento, por cada titular, beneficiario y/o Adherente en: pensión sanatorial, honorarios profesionales, servicio de enfermería, alimentación del paciente por cualquier vía, incluyendo preparado y asistencia de nutricionista conforme a la indicación del médico tratante, oxigeno terapia, equipos propios O cualquier equipo médico necesario de la Unidad de Terapia Intensiva con colchones de agua y aire, fisioterapia de cualquier naturaleza, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos y los descartables, desechables y medicamentos en general. Durante este tiempo no se requerirá garantía o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al beneficiario, cuando el servicio corresponde a internación de Terapia Intensiva y sea realizado en los centros designados por la prestadora de servicios, antes de agotar las coberturas establecidas o que la estimación de los gastos supere los limites cubiertos por el pliego de bases y condiciones.
b. Cobertura de medicamentos hasta Gs. 2 millones (dos millones), y de oxígeno, descartables y/o desechables hasta Gs.2.000.000.- (Guaraníes dos millones). Se tendrá en cuenta para la cobertura de medicamentos, descartables y/o desechables desde el día de ingreso en este servicio.
b. En caso de exceder las coberturas establecidas en el contrato, que generen deudas a los titulares, su núcleo familiar y/o adherente, el Sanatorio podrá solicitar aval y pagos periódicos. En ningún caso el Ministerio de la Defensa Pública será garante ni responsable de las deudas contraídas por el servicio prestado en forma particular por los titulares, adherentes y beneficiarios.
d. En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, el sanatorio deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al núcleo familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para el beneficiario, su núcleo familiar y adherentes, esto deberá incluir los honorarios del médico transfusionista, la cantidad de transfusiones, estará supeditada a lo establecido en el punto 10 Inc.) i.
e. En el caso que no existan camas de terapia intensiva disponibles en los centros en convenio la prestadora del servicio deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel, a cargo de la prestadora del servicio.
16. SERVICIOS DE URGENCIAS
a. La COBERTURA TOTAL incluye: honorarios del médico de guardia y el médico con el que necesite interconsulta en caso de que el médico de guardia lo considere necesario, servicio de enfermería, derechos de sala de procedimiento/quirófano, estudios diagnósticos derivados de la consulta, radiólogo y ecógrafo permanente, todos los medios auxiliares de diagnóstico permanente y medicamentos, descartables y desechables hasta la suma de Gs. 500.000 que guarden relación con el evento.
c. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, hasta el alta del paciente.
d. Servicio de ambulancias para traslado de pacientes al sanatorio, 24 horas en Asunción y Departamento Central.
Tendrán un arancel preferencial el traslado del paciente desde el interior del país a la capital departamental más próxima o hasta Asunción, en caso de eventos de alta complejidad o en casos de emergencias que no puedan ser solucionados en alguna localidad del interior.
e. En el servicio médico deberán estar disponible las 24 horas los médicos de guardia en las especialidades de: Clínica Médica; Cirugía General; Pediatría; Gineco-obstetricia.
g. Si el médico de guardia considera necesaria la participación de otros profesionales, se deberá solicitar la concurrencia de profesionales en convenio, con cobertura total para el beneficiario.
h. Los procedimientos médicos definidos como ambulatorios, y que por su baja complejidad no conlleven a la internación del paciente, estarán cubiertos en su totalidad, siendo la cobertura la misma que la establecida para los tratamientos en urgencias.
17. ESTUDIOS DIAGNOSTICOS:
a. Laboratorio: la cobertura incluye atención de urgencias 24 horas, en Laboratorios, siendo necesaria la visación de la orden expedida por el médico tratante para la emisión de la cobertura. La prestadora deberá contar con un call center en la cual se podrá realizar dicha visación durante las 24 hs los 7 días a la semana. La visación de la orden de estudios, solo podrá obviarse en casos de suma urgencia.
b. Radiología simple: en el servicio médico contratado e Institutos en convenio, atención 24 horas con recargo por urgencias y/o fuera de horario.
c. Estudios Diagnósticos Especializados: La cobertura contemplara los medicamentos y contrastes utilizados hasta Gs. 250.000 por estudio.
d. Ecografías Medicina Interna: servicio médico e Institutos en convenio, cobertura total según el Anexo y los topes correspondientes.
e. Estudios Perinatales: el servicio médico e Institutos en convenio, cobertura total según el Anexo y los topes correspondientes.
f. Las visaciones se pueden realizar vía mail, o directamente en las oficinas del servicio médico. Los estudios a ser realizados en los Centros que requieren visación previa.
18. TRATAMIENTOS DE FISIOTERAPIA
a. Estarán incluidos todos los tratamientos de fisioterapia, y sus ramas auxiliares, así como la hidroterapia hasta 5 sesiones por año de contrato por beneficiario con cobertura total.
b. Las órdenes emitidas por el médico tratante deberán ser visadas previamente.
19. OTROS SERVICIOS, CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS:
a. Deben tener cobertura total los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas citadas en el presente contrato, así como costos de internaciones y servicios de enfermería para todos los eventos.
b. Uso de equipos en general en caso de estudios para diagnósticos, y/o tratamientos incluyendo la utilización de Rayos X, Ecógrafo, Colchones de aire agua, Carpa de Oxígeno, Cuna Térmica, Tomógrafo, Electrocardiógrafo, Ecocardiógrafo, Bomba de contrapulsación intraaórtica, Saturador de Oxígeno, Equipo de Video endoscopia, Equipo de Video laparoscopia, Equipo de artroscopia, , Monitor Fetal, Bomba de infusión, Radiología simple y contrastada, Estudios de medicina nuclear, Anatomía Patológica, incluye Biopsia extemporánea Gastos de traslados de equipos y recargos por fuera de hora, Litotriptor, Incubadora de transporte, Equipo de gastocardíaco, equipo de MAPA, Equipo de Ciclo Ergómetro, Equipo de Holter las 24 Horas, así como todos demás requerimientos en materia de equipamientos que los profesionales tratantes consideren necesarios y que se encuentren arancelados por la sociedad científica correspondiente a la especialidad (equipos propios de los profesionales o no arancelados por la sociedad científica correspondiente serán a cargo del paciente).,
c. Nebulizaciones incluyendo servicio y medicamentos.
d. Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, (Hemograma, Glicemia, Colesterol Total, Ac. Úrico, Urea, Creatinina, V.D.R.L, Orina Completa) rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, Ecografía Mamaria (mujeres menores de 40 años) Mamografía (mujeres mayores de 40 años), tendrá una cobertura total sin costo para el titular beneficiario Y/O Adherentes y medicamentos y descartables en un 100%, y estudios y control prostático para los hombres.
e. Presencia de Trasfusionista (honorarios) Hemoterapia que incluirá Serología, hasta 10 sesiones por año de contrato.
f. Endocrinología, incluye consultas y tratamientos, con profesionales en convenio con la prestadora con cobertura total.
g. Monitoreo cardiológico intraoperatorio. A solicitud del cirujano tratante, con arancel preferencial.
h. Extirpación de Nevus, con cobertura total hasta 10 (diez) lesiones por año de contrato por beneficiario.
i. Honorarios por Diálisis y hemodiálisis en los casos agudos (hasta diez por evento).
j. Materiales de osteosíntesis en general, cargo paciente.
k. Test del piecito. (completo AMPLIADO)
l. Cirugía Oftalmológica, extracción de cuerpos extraños, cataratas y todos los materiales necesarios (lente intraocular, equipos y sustancias viscoelásticas a cargo del paciente). (incluye ejercicios ortópticos, (en número de 5 (cinco) sesiones por año de contrato, curvas de presión, dilatación de pupila y fondo de ojo), con cobertura total.
m. Consulta con psiquiatras hasta 5 consultas/ sesiones, por beneficiario por año de contrato.
n. Medicina nuclear, hasta 2 posiciones anatómicas por año de contrato por beneficiario.
20. CENTROS ASISTENCIALES
A. En Asunción y/o Gran Asunción
a. De la cantidad indicada en el cuadro de centros asistenciales mínimos, en la localidad de Asunción y/o Gran Asunción, por lo menos 3 (tres) sanatorios deben contar con la categoría del Nivel 3 (tres), otorgada por la Superintendencia de Salud.
b. De la cantidad indicada en el cuadro de centros asistenciales mínimos, como minino se debe ofertar un (1) centro asistencial con el servicio UTI Pediátrico o Neonatal, en la ciudad de Asunción y/ o Gran Asunción.
c. Con respecto a los Centros de Diagnósticos, en la localidad de Asunción, la Prestadora de Servicios debe contar con: tres (3) laboratorios y al menos un (1) Centro de Imágenes, localizado en Asunción y/o Gran Asunción.
d. De no contarse con el Centro Especializado (UTI), la Prestadora se hará cargo de la internación del paciente en la Unidad de Terapia más próxima habilitada por la Prestadora y dará una cobertura conforme al apartado de terapia Intensiva del presente contrato. Si estos Centros cuentan con servicios de fisioterapia y rehabilitación deberán estar habilitados para la prestación del servicio respectivo a los beneficiarios.
e. En el caso que no existan camas para internación disponibles en los centros en convenio LA PRESTADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario) a otro centro asistencial en convenio para la atención del paciente dentro de las limitaciones del pliego de bases y condiciones.
f. LA PRESTADORA, deberá presentar una declaración jurada donde conste que quedan habilitados para los efectos de la cobertura, todos los profesionales, sanatorios, laboratorios y plantel médico de la lista de sanatorios provista por LA PRESTADORA, tanto para Asunción, Departamento Central e Interior del País.
B. EN DEPARTAMENTO CENTRAL E INTERIOR DEL PAÍS
a. Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, urgencias y de emergencias 24 horas, en las ciudades citadas en el cuadro de Centros Asistenciales.
b. De no contarse con el Centro Especializado (UTI), se hará el traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia más próxima habilitada por la Prestadora, a cargo del beneficiario.
c. En el caso que no existan camas para internación disponibles en los centros en convenio LA PRESTADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel con cargo a LA ASEGURADORA.
LOCALIDAD |
CANTIDAD |
AREA CAPITAL Y GRAN ASUNCIÓN |
|
ASUNCIÓN |
5 (CINCO) |
SAN LORENZO |
1 (UNO) |
MARIANO ROQUE ALONSO |
1 (UNO) |
FERNANDO DE LA MORA |
1 (UNO) |
LIMPIO |
1 (UNO) |
INTERIOR DEL PAIS |
|
DEPARTAMENTO DE CONCEPCIÓN |
|
CONCEPCIÓN |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO |
|
SAN PEDRO DEL YCUAMANDYJY |
1 (UNO) |
LIBERACIÓN |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE CORDILLERA |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE GUAIRA |
|
VILLARRICA |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE CAAGUAZU |
|
CORONEL OVIEDO |
1 (UNO) |
CAAGUAZU |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE CAAZAPA |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE ITAPUA |
|
ENCARNACIÓN |
2 (DOS) |
HOHENAU |
1 (UNO) |
MARIA AUXILIADORA |
1 (UNO) |
OBLIGADO |
1 (UNO) |
CAPITAN MIRANDA |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE MISIONES |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE PARAGUARI |
|
PARAGUARI |
1 (UNO) |
CARAPEGUA |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA |
|
CIUDAD DEL ESTE |
2 (DOS) |
SANTA RITA |
1 (UNO) |
HERNANDARIAS |
1 (UNO) |
PRESIDENTE FRANCO |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU |
|
PILAR |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE AMAMBAY |
|
PEDRO JUAN CABALLERO |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE CANINDEYÚ |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE PRESIDENTE HAYES |
|
VILLA HAYES |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE BOQUERON |
|
LOMA PLATA |
1 (UNO) |
21. OTRAS CONSIDERACIONES
a. Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro Centro Médico más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos, con cargo a la prestadora conforme a los costos internos que maneja la misma.
b. Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas, salvo casos excepcionales, para que la Prestadora se haga cargo del paciente y los gastos ocasionados, indicando su traslado o continuidad en dicho centro, conforme a las indicaciones del profesional tratante. Deberá incluir los servicios de ambulancias requeridos según el caso.
c. La prestadora de servicios brindará el servicio de ambulancia a través de al menos una (1) empresa de reconocida capacidad y solvencia para el traslado dispuesto por el médico tratante o visitador, dentro del Departamento Central e Interior del País, en caso que sea necesario la utilización del servicio de ambulancia para el núcleo familiar, beneficiarios para su ida a la capital, se tendrá hasta 1 (un) evento por año de contrato por núcleo familiar, siempre y cuando los casos de urgencias y/o emergencias no puedan ser atendidos en los centros asistenciales habilitados en la localidad respectiva. Las empresas deberán contar con unidades móviles habilitados en buen estado de funcionamiento, previstas de sistema de refrigeración y equipamientos básicos y de UTI en perfecto funcionamiento para traslados de alto y bajo riesgo. Además, la cobertura:
-Atención de urgencia y/o emergencia, cobertura total.
-Traslados al sanatorio derivado de la urgencia y/o emergencia, con cobertura total.
-Medicamentos y descartables utilizados en la urgencia/emergencia hasta Gs. 300.000.
22. MEDICOS CONSULTORES Y/ O INTERCONSULTAS
a. Con especialistas a pedido del paciente, o del médico tratante hasta 5 (cinco) consultas/ visitas por evento, demás consultas con arancel preferencial, con médicos que no pertenezcan al plantel y para médicos del plantel sin límite de consultas y sin costo para el beneficiario, en caso de internaciones y/o tratamientos.
23. MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD HASTA GS. 5.000.000 (CINCO MILLONES) ítem con cobertura exclusiva para el titular, cobertura con arancel preferencial para los demás beneficiarios.
a. Cobertura de LA PRESTADORA en concepto de honorarios médicos, procedimientos y tratamientos.
b. Los medicamentos y materiales descartables y/o desechables.
c. Tratamiento de Quemaduras que superen el 30 % de la superficie corporal.
d. Cirugía cardiovascular en general congénitas (en niños nacidos bajo la vigencia del contrato) o adquiridas, incluye cardiología intervencionista.
e. Cirugía cardiovascular periférica.
f. Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro).
g. Angioplastias coronarias y periféricas.
h. Colocación de marcapasos. No incluye recambio.
24. MEDICINA POR IMÁGENES ítem 35
a. Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y/o desechables, sustancias de contraste de todo tipo de uso médico habitual, hasta el monto de la cobertura señalada en el punto OTROS ESTUDIOS/PROCEDIMIENTOS (250.000 mil), por estudio.
b. Debe contar con centros de diagnóstico de referencia en todo momento, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la contratante con 48 horas de anticipación.
c. Se deberá incluir los estudios detallados en el capítulo correspondiente.
25. LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS
a. Este servicio debe cubrir a los pacientes que concurren al laboratorio en forma programada, casos de urgencias las 24horas los 7 días de la semana. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y/o desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas.
b. Debe contar con tres (3) laboratorios en la localidad de Asunción, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 horas de anticipación.
c. Cobertura para estudios laboratoriales, de al menos 5 laboratorios en el interior del país.
d. La cobertura de cada determinación laboratorial será de hasta 4 (cuatro) por beneficiario por año de contrato, salvo las que cuenten con un tope diferente indicado en el anexo.
26. COBERTURA PARA ENFERMEDADES Y/O PATOLOGIAS CRÓNICAS:
-Internaciones, sean estas clínicas, terapia intensiva o intermedia: hasta cinco (5) días por año de contrato por beneficiario.
-Cobertura de medicamentos de hasta Gs. 2.000.000 (dos millones) y de descartables y oxigeno de hasta Gs. 2.000.000 (Guaraníes dos millones) por año de contrato por beneficiario, sea por internaciones clínicas, terapia o en conjunto, para el beneficiario.
-Los eventos quirúrgicos serán a cargo del beneficiario, salvo los contemplados en el Anexo de Cirugías.
-Medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos conforme al PBC.
27. EVENTOS SIN COBERTURA (CON ARANCELES PREFERENCIALES):
Se detallan a continuación:
Malformaciones congénitas (salvo cardiocirugía que tendrá cobertura establecida para medicina de alta complejidad) cobertura del 50%.
Los casos congénitos diagnosticados y que se encuentren en tratamiento antes del inicio de la vigencia y duración del contrato, tendrán cobertura preferencial por parte de la contratista.
Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por Instituciones oficiales o científicas.
Alergia y Test alérgicos. Inmunoterapia, vacunas especiales, medicamentos, descartables y desechables. La provisión y aplicación de inyecciones con flebólogos.
28. DESCUENTOS EN MEDICAMENTOS
a. Deben otorgar descuentos del 30% (treinta por ciento) en productos nacionales y de 18% (dieciocho por ciento) en productos extranjeros como mínimo en las farmacias cuya lista deberán presentar con la oferta.
29. CONSIDERACIONES GENERALES:
a. Todos los estudios deberán ser solicitados por un profesional médico.
b. Las órdenes de estudios de diagnóstico y tratamiento deberán contar con los siguientes requisitos: Apellido y Nombre del paciente, estudio solicitado, en relación con la patología investigada, salvo los exámenes de rutina y el chequeo médico anual, fecha de emisión, firma y sello del médico tratante.
c. Las visaciones de las órdenes de estudios de diagnóstico, son obligatorias, las cuales se deberán efectuar en la vía Call Center, en las oficinas de la Prestadora, vía mail, o correo electrónico, salvo las órdenes de estudios de carácter urgente.
d. Las órdenes de solicitud de estudios auxiliares de diagnóstico tendrán una validez de 30 (Treinta) días a partir de la fecha de expedición por parte del médico tratante; en caso de no contar con fecha de expedición la misma correrá a partir de la fecha de visación.
30. EXCLUSIONES Y RIESGOS NO CUBIERTOS:
a. Toxicomanía e intoxicaciones auto provocadas.
b. Lesiones que sobrevengan en estado de enajenamiento mental, ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes, alcaloides, alcoholismo con sus alteraciones agudas o secuelas crónicas.
c. Tratamiento de lesiones provocadas voluntariamente por el beneficiario o que sean consecuencia de tentativas de suicidio, revolución, subversión, tumultos populares, guerra declarada o no, conflictos laborales o por crímenes u otros delitos o infracciones.
d. Tratamientos homeopáticos y cualquier otra práctica considerada medicina natural.
e. Tratamientos y operaciones que se hallen en etapa experimental aun cuando sean reconocidos por instituciones oficiales o científicas o tratamientos que no se realicen en territorio Paraguayo.
f. Cirugías electivas y tratamientos de cirugía plástica o estética, salvo la inmediata o inicial que pudiera ser necesaria a raíz de un accidente.
g. Lesiones causadas por fenómenos naturales como: sismos, inundaciones o cualquier otra catástrofe.
h. Gastos extras dentro o fuera de internaciones no relacionadas con la atención médica del paciente, ejemplo: comunicaciones telefónicas, servicio de acompañante, boutique, enfermería privada, etc.
i. Internación y honorarios médicos por curas de adelgazamiento, de rejuvenecimiento, de reposo, de sueño, cámara hiperbárica.
j. Internaciones de pacientes psiquiátricos.
k. Pruebas relacionadas con Genética (Ej. Prueba de paternidad).
l. Cobertura internacional.
m. Accidentes y/o enfermedades, relacionados con la práctica de deportes de alto riesgo, ejemplo: ala delta, vale todo, paracaidismo, automovilismo. Lesiones sufridas como consecuencia de la participación en competencias o demostraciones de pericia y/o velocidad de cualquier índole.
n. Materiales y medicamentos, que no sean proveídos por farmacias u otros centros en convenio, en la República del Paraguay.
o. Transporte aéreo de pacientes.
p. Epidemias, pandemias, endemias y/o relacionadas, declaradas oficialmente o no, no tendrán cobertura. Excepcionalmente, tendrán cobertura los casos de diagnosticados como SARS COVID-19 Positivo, hasta un límite de 2 (Dos días) de internación y de hasta G. 2.000.000 (Guaraníes Dos Millones) para medicamentos, descartables y oxígeno, por titular por vigencia de contrato. Adicionalmente, en éstos casos, tendrá cobertura la realización de estudios de diagnósticos conforme a las limitaciones establecidas en el presente pliego de bases y condiciones.
q. Cualquier gasto relacionado a tratamientos, procedimientos y/o cirugías odontológicas de cualquier clase, cirugía maxilofacial electiva aguda o crónica.
r. Instrumentales o equipos propios de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica reconocida del Paraguay.
s. Casos de internaciones que conforme a los protocolos establecidos por el MSP y BS no se encuentren medicamente justificados.
t. Tratamiento médico quirúrgico con fines de esterilidad, infertilidad, fecundación in vitro y procreación. Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
u. Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA y enfermedades infectocontagiosas y de transmisión sexual.
v. Materiales/insumos y/o medicamentos no considerados en la cobertura, tales como; contrastes, plasma, sangre y sus derivados, isotopos radioactivos, clips, trocares, preparados nutrición enteral y/o parenteral, marcapasos, material de osteosíntesis, gafas, lentes intraoculares, biomateriales, vacunas, stent, balón, prótesis de cualquier tipo, aparatos ortopédicos, sangre y/o sus derivados, lentes de contacto, cristales, lentes intraoculares, gastos de acompañantes en las internaciones.
31. ESTUDIOS DIAGNOSTICOS
a. RADIODIAGNOSTICO
Abdomen simple
Abdomen simple 2 posiciones
Antebrazo 1 posición
Antebrazo 2 posiciones
Antebrazo 3 posiciones
Antebrazo 4 posiciones
Árbol Urinario simple Brazo 1 posición
Brazo 2 posiciones
Brazo 3 posiciones
Brazo 4 posiciones
Boncografía 2 lados
Broncografía cada lado
Cadera o pelvis 1 posición
Cadera o pelvis 2 posiciones
Cadera o pelvis 3 posiciones
Cadera o pelvis 4 posiciones
Cavum
Cavum 2 posiciones Cavum contrastado
Cistografía
Clavícula 1 posición
Clavícula 2 posiciones
Clavícula 3 posiciones
Clavícula 4 posiciones
Codo 1 posición
Codo 2 posiciones
Codo 3 posiciones
Codo 4 posiciones
Colangiografía Endovenosa-Biligrafina
Colangiografía operatoria
Colangiografía post-operatoria
Colangiog. Retrógrada c/ Papilotomía
Colangiografía Retrógrada Simple
Colecistografía oral
Colon doble contraste
Colon enema opaca
Columna Cervical 1 posición
Columna Cervical 2 posiciones
Columna Cervical 3 posiciones
Columna Cervical 4 posiciones
Columna Cervical 5 posiciones
Columna Cervical 6 posiciones
Columna Cervico Dorsal 3 posiciones
Columna Dorsal o Lumbar 1 posición
Columna Dorsal o Lumbar 2 posiciones
Columna Dorsal o Lumbar 3 posiciones
Columna Dorsal o Lumbar 4 posiciones
Columna Dorsal o Lumbar 5 posiciones
Columna Dorsal o Lumbar 6 posiciones
Columna Dorsal o Lumbar 7 posiciones
Columna Dorsal o Lumbar 8 posiciones
Columna Dorsal o Lumbar 12 posiciones Columna Dorsolumbar 3 posiciones
Columna Panorámica (Espinografía) 1 posic.
Columna Panorámica (Espinografía) 2 posic.
Costilla 1 posición
Costilla 2 posiciones
Costilla 3 posiciones
Costilla 4 posiciones
Cráneo 1 posición
Cráneo 2 posiciones
Cráneo 3 posiciones
Cráneo 4 posiciones
Cráneo 5 posiciones
Cráneo 6 posiciones
Cráneo para Ortodoncia
Cráneo para Ortodoncia y Ortopantomografía
Dedo 2 posiciones
Dental 1 placa
Dental 2 placas
Dental 3 placas
Dental 4 placas Dental Oclusal
Dental Seriada Esófago
Esternón 1 posición
Esternón 2 posiciones
Estómago y Duodeno (doble contraste)
Fistulografía H/2 placas
Histerosalpingografía Hombro 1 posición
Hombro 2 posiciones
Hombro 3 posiciones
Hombro 4 posiciones
Intestino Delgado o Tránsito Intestinal
Laringografía Contrastada
Linfografía cada lado
Linfografía dos lados Mano 1 posición
Mano 2 posiciones
Mano 3 posiciones
Mano 4 posiciones
Mano 6 posiciones
Mastoide 1 posición
Mastoide 2 posiciones
Mastoide 4 posiciones
Mastoide 6 posiciones
Maxilar inferior 1 posición
Maxilar inferior 2 posiciones
Mielografía
Muñeca 1 posición
Muñeca 2 posiciones
Muñeca 3 posiciones
Muñeca 4 posiciones
Muñeca 6 posiciones
Muslo o fémur 1 posición
Muslo o fémur 2 posiciones
Muslo o fémur 4 posiciones
Orbita 1 posición
Orbita 2 posiciones
Orbita 3 posiciones
Ortopantomografía
Pie 1 posición
Pie 2 posiciones
Pie 3 posiciones
Pie 4 posiciones
Pielografía ascendente
Pielografía Endovenosa o Riñón Cont. Min.
Pielografía Endovenosa o Riñón Contrastado
Pierna 1 posición
Pierna 2 posiciones
Pierna 3 posiciones
Pierna 4 posiciones
Rodilla 1 posición
Rodilla 2 posiciones
Rodilla 3 posiciones
Rodilla 4 posiciones
Rodilla 6 posiciones
Rodilla 10 posiciones
Saco Lagrimal 1 lado
Saco Lagrimal 2 lados
Sacro-Coxis 1 posición Sacro-Coxis 2 posiciones Scopía con T.V.
Senos faciales 1 posición
Senos faciales 2 posiciones
Senos faciales 3 posiciones
Sialografía 1 lado
Sialografìa 2 lados
Tobillo 1 posición
Tobillo 2 posiciones
Tobillo 3 posiciones
Tobillo 4 posiciones
Tomografía de Laringe o rodilla/tobillo
Tomografía de Tórax o Abdomen
Tórax 1 posición
Tórax 2 posiciones
Tórax 3 posiciones
Tórax 4 posiciones
Tránsito Intestinal o Intestino Delgado
Uretrocistografía
Urograma de Excresión
Vesícula simple
b. ECOGRAFIAS
Ecografía doppler de Mamas, con arancel preferencial.
Ecografía doppler de Miembros, con arancel preferencial.
Ecografía doppler de Tiroides, con arancel preferencial.
Ecografía doppler Gíneo-Transvaginal, con arancel preferencial.
Ecografía dopplerTransrectal, con arancel preferencial.
Ecografía doppler Renal, con arancel preferencial.
Ecografía doppler Hepática, con arancel preferencial.
Ecografía doppler Aorta Abdominal, con arancel preferencial.
Ecografía doppler Aorta Cava, con arancel preferencial.
Ecografía doppler Vasos cuello, con arancel preferencial.
Ecografía doppler Testicular, con arancel preferencial.
Ecografía de caderas
Ecografía Osteoarticular
Ecografía Músculo Tendinosa
Ecografía Pilórica
Ecografía de Partes Blandas
Ecografía Pediátrica
Ecografía Pélvica
Ecografía Submaxilar
Ecografía Carótida
Ecografía Vésico-Prostática
Doppler Color Carotidea y Vertebral
Doppler Color Perifer. o Carotideo o Verteb
Ecografía Abdominal Total o Completa
Ecografía de Cráneo
Ecografía de Mamas
Ecografía de Miembros
Ecografía de Tiroides
Ecografía de Tórax
Ecografía de Vejíga
Ecografía Ginecológica y Obstétrica
Ecografía Intracavitaria con Residuo
Ecografía Intraoperatoria
Ecografía Oftálmica
Ecografía Pancreática
Ecografía Prostática Intracavitaria
Ecografía Prostática Vía Supra Púbica
Ecografía Renal
Ecografía Testicular
Ecografía Transvaginal
Monitoreo Ovulatorio
Punciones con control Ecográfico
Ecografía Vesical
c. SALUD FETAL
Amniocentesis
FlujometríaDoppler
Cardiotocografía o Monitoreo Fetal
Doppler Fetal
Ecocardiografía Fetal
Ecografía Morfológica
Ecografía Morfológica (Marcadores Cromosómicos)
Ecografía Transnucal
Perfil Biofísico Fetal
Screening de Aneuploidias
Ultrasonografía de 2º nivel
Vellosidades Coriales
d. INVESTIGACIONES MAMARIAS
Galactografía cada lado
Mama (pieza operatoria)
Mama (Reperage p/Biopsia)
Mamografía 1 lado
Mamografía 2 lados Neumocistografía
Punción Biópsica (Core)
Punción Citológica
e. TOMOGRAFIA COMPUTADA (T.A.C.) O MULTISLICE (TCMS) -Biopsias Percutaneas bajo T.A.C.
Drenaje Percutaneo bajo T.A.C.
Punción de Quistes bajo T.A.C.
Tomografía Computada Multidetector
Tomografía Computada Abdomen Total
Tomografía Computada con Mielografía
Tomografía Computada de Columna Cervical
Tomografía Computada de Columna Dorsal
Tomografía Computada de Columna Lumbar
Tomografía Computada de Cráneo o Cara u Oídos u Orbitas ocular, ortopantomografia
Tomografía Computada de Miembros
Tomografía Computada de Pelvis
Tomografía Computada de Tórax
Tomografía Computada de Senos Paranasales
Tomografía Computada de Pequeñas Partes
Tomografía Computada de Pelvis
Tomografía Computada de Tórax
Tomografía Computada de Ventana Ósea
Tomografía Computada de ATM
Angio-Tomografía
f. ESTUDIOS CARDIACOS
Ecocardiograma con Doppler color
Ecocard. con Doppler Bidimensional Pre-Natal
Ecocardiograma con Doppler Bidimensional
Ecocardiograma Pediátrico con Doppler color
Ecocardiograma con Transductor Transesofágico
Eco Stress / Eco Esfuerzo
Eco Stress Cardiaco con Dubutamina
Electrocardiograma Ergometría
Doppler Color Carotídeo y Vertebral
Doppler Color Carotídeo o Vertebral
Holter 24 horas
MAPA (monitoreo de la P.A.)
g. ESTUDIOS DE CITOLOGIA
Aspirado Endometrial
PAP de cuello
Colposcopía
PAP de Cuello + Colposcopía
PAP de Endometrio
PAP de Mama
Cepillado Endometrial
Ciclo Hormonal seriado
PAP de Punción de Mamaicitante:
h. DENSITOMETRIA OSEA 52
Análisis Mineral Oseo de cuerpo entero
Columna
Cuello de fémur
Muñeca
i. RESONANCIA MAGNETICA (RMI)
RMI de Abdomen
RMI de Articulación Témporo Maxilar (ATM)
RMI de Cadera
RMI de Codo
RMI de Columna por segmento
RMI de dos Columnas
RMI de Encéfalo
RMI de Mediastino
RMI de Muñeca
RMI de Partes Blandas
RMI de Pelvis
RMI de Pie
RMI de Rodilla
RMI de Tobillo
RMI de tres Columnas
RMI de Cráneo o Silla Turca o cara u orbitas ocularo u oído y senos paranasales)
RMI de Columna Total
RMI de Hombro
RMI de Brazo
RMI de Muslo/Pierna Angioresonancia
Colangioresonancia
k. MEDICINA NUCLEAR
Centellografía Tiroidea
Centellografía Osea (simple y de tres fases)
Centellografía Divertículo de Meckel
Centellografía Glándula Salivar
Centellografía Paratiroides
Centellografía Renal
Centellografía Sangrado Intestinal
Centellografía Testicular
Estudio con Galio 67 (Hasta el 50% de cobertura)
Médula Osea
Perfusión Miocárdica Talio c/reinyección-Spect (Hasta el 50% de cobertura)
Perfusión Miocárdica Talio Dipiridamol-Spect (Hasta el 50% de cobertura) Perfusión Miocárdica Talio-Spect (Hasta el 50% de cobertura)
32. GASTROENTEROLOGIA / COLOPROCTOLOGIA
a. Estudios Endoscópicos:
Anoscopía
Endoscopia Digestiva Alta
Rectosigmoidoscopía Flexible
Colonoscopía
Laparoscopía
b. Procedimientos Terapéuticos:
Extracción de Cuerpo Extraño
Polipectomía Alta Baja
Esfinterotomía o Papilotomía Endoscópica
Dilataciones Esofágicas
Esclerosis de Lesiones Sangrantes o Várices Esofágicas
Gastrostomía Endoscópica Percutanea-PEG
33. NEUMOLOGIA
Espirometría
Broncoscopía
Broncoscopía con Biopsia Transbronquial
Broncoscopía con Biopsia Endobronquial
Broncoscopía con Lavado Broncoalveolar
Faringo-Laringoscopía Punción Pleural Diagnóstica
Punción Pleural Evacuadora
Biopsia Pleural
Punción Pulmonar Transtorácica
34. NEUROFISIOLOGIA
Electroencefalograma
Video-Electroencefalografia de hasta 1hr
Electromiografia 2 miembros
Electromiografía 4 miembros
Potenciales Evocados Auditivos
Potenciales Evocados Visuales
Ecoencefalografía Transfontanelar
Procedimientos:
Infiltración Tronco Nervioso (Túnel Carpiano)
35. OFTALMOLOGÍA:
Estudios Campimetría Computarizada
Curva de Presión Intraocular
Ecobiometría
Estudio de Glaucoma
Mapeamiento de Retina
Tomografía de Nervio Optico
Tonometría
Papilografía
36. OTORRINOLARINGOLOGIA
Acufenometría
Audiometría
Emisiones otoacústicas
Endoscopía Nasal Impedanciometría
Laringofibroscopía
Rinofibroscopía
Timpanometría
Lavado de oidos
37. ANALISIS DE LABORATORIO hasta 4 (cuatro) determinaciones por beneficiario por año de contrato, conforme al siguiente listado:
% de Saturación de Hierro
17 Beta Estradiol
17 Cestosteroides
17 Hidroxicorticosteroides
17 OH Progesterona
5 Hidroxi-Indol Acético
Acido Acetil Salicílico
Ácido Cítrico (o)
Ácido Cítrico (semen)
AcidoFenil Pirúvico (Fenilcetonuria)
Ácido Fólico
Acido Hipúrico
Ácido Láctico
AcidoMetilhipúrico
Acido Pirúvico
Ácido Úrico
Ácido Úrico (o)
AcidoValpróico
AcidoVanilMandélico
ACTH
ADA
Adenovirus IgG/IgM Adenovirus-AG
Aglutinina Anti A
Aglutinina Anti B
Agua - Análisis Bacteriológico
Agua - Est. Físico Químico y Bacteriológico
Alatop
AMH (HORMONA ANTIMULERIANA Y DERIVADOS)
Anti CardiolipinaIgG
Anti CardiolipinaIgM
Anti CCP
Anti DNA
Anti LA
Anti RNP
Anti RO
Anti SM
Anti TrypanosomaIgG
Calcio
Calcio (o)
Calcio Iónico
Calcitonina
Cálculo Urinario
Campylobacter - cultivo
Carbamazepina
Carboxihemoglobina
Cariotipo
Catecolamina
C3
C4
Ca12.5
Ca15.3 Ca 19. CD4
CD8
CEA
CEA 19.9
Células LE
Celuloplasmina
Centrómero
Cetonemia
Cetonuria
CH100 (Complemento Hemolítico)
Chagas - Ac
Chagas IgG Chagas IgM
Chamyldias Secreción Conjuntival
Chlamydias Ac. IgG
Chlamydias Ac. IgM
Chlamydias Orina
Chlamydias Pneumoniae (secreción nasal)
Chlamydias Secreción Genital
CIM (Concentración Inhibitoria Mínima)
Citomegalovirus Color Giemsa
Citrato
ESTRIOL
ESTRADIOL
FSH
LH
PG
PROLACTINA
VIT D3
TEST DE H. PYLORI
Herpes Ac
HEV-Ac (Antic. Hepatitis E)
Hidatosis (ant. Antihidatídico)
Hierro
Hierro Hepático (determinación cuantitativa)
Hierro Sérico HistoplasminaIntraderm.
Histoplasmosis
HIV - P24 HLA-27
Homocistina en orina
Homocysteina
Hongo - Cultivo e Identificación
Hongos - Examen en Fresco
Hormona de Crecimiento
HTLV1 - 2
Identificación de Parásitos
IgA
IgA Secretoria en Saliva
IgD
IgE Total
IgG
IgM
IndicesHematimétricos
Indices de Riesgo
Influenza A (sec. Nasal)
Influenza A IgG
Influenza A IgM
Influenza B (sec. Nasal) Influenza B IgG
Influenza B IgM
Inmunoelectroforesis
Inmunoglobulinas
Inmunoglobulinas en LCR
Insulina
Insulinemia
Anti TrypanosomaIgM Antibiograma para Anaerobios y Aerobios Antic. Anti DNA
Antic. Anti HIV
Antic. Anti Listeria
Antic. Anti MúsculoLiso
Antic. Anti Rubeola - IgG
Antic. Anti Rubeola - IgM Antic. Anti SCL-70
Antic. Anti ToxoplasmaIgG
Antic. Anti Toxoplasma IgM
Antic. AntiendomisioIgA
Antic. AntiendomisioIgG
Antic. AntigliadinaIgA
Antic. AntigliadinaIgG
Antic. Antimicrosomales
Antic. Antimitocondriales
Antic. Antinucleares (ANA)
Antic. Antireticulina
Antic. Antitiroglobulinas Antic. Antitiroideos
Antic. JO 1
Anticoagulante Lúpico
Anticuerpos Irregulares
Anti-GBM IgG Anti-GBM IgM
Antígeno para Cryptococcus Cobre CoccidiodinaIntraderm.
Colesterol HDL
Colesterol LDL
Colesterol Total
Colesterol VLDL
Colinesterasa
Coloración de Giemsa
Coloración de Gram
Coloración de Kinyoun
Coloración de Tinta China
Coloración de Ziehl Neelsen
Complemento Hemolítico (CH50) Concent. de Hemoglobina Corpuscular Med.
Coombs Directo
Coombs Indirecto
Coombs Indirecto Cuantitativo
Coprocultivo
Coprofuncional
Coproporfirinas
Cortisol
Cortisol AM
Clearence de Creatinina
Clearence de Urea
Cloro
Cloruros
Cloruros (o)
Cloruros LCR
Clostridium Difficile Clotest
CMV - IgG
CMV - IgM
CO2 Total
Cristosporidyum
Cuerpos Cetónicos
Cuerpos Cetónicos (o)
Cultivo de Anaerobiosis
Cultivo de Listeria Cultivo en Aerobiosis Cultivo para B.A.A.R.
Cultivo para Gérmenes Comunes
Curva de Glucosa (3 horas)
Curva de Glucosa (4 horas)
Curva de Glucosa (5 horas)
Curva de Glucosa embarazo Dehidrostestosterona
Detección de cristales
Dhea SO4
Digitoxina
Digoxina
Dimero D
Dimero D cuantitativo
Dopamina
Dopamina (o)
Dosaje de NTX
Dosaje de Renina
Dosaje para Digitálicos EBV - EA
EBV - VCA IgG
EBV - VCA IgM Eco-Virus IgG Eco-Virus IgM
Efedrina
Electroforesis de Hemoglobina
Electroforesis de Lipoproteínas
Electroforesis de Proteínas
Electroforesis de Proteínas (LCR)
Electrolitos
Electrolitos (o)
Enzimas Cardiacas
Eritrosedimentación
Fosfatasa Alcalina
Fosfolípidos
L.C.R. - Cultivo y Antibiograma
L.D.H. ESTUDIOS LABORA
L.H.
Látex en L.C.R.
Látex en Líquido Pleural
Látex en orina
Látex para LegionellaPneumofila
Látex para Streptococcus Grupo A
Látex para Streptococcus Grupo B
Lavado Bronco Alveolar - Cultivo y ATB.
Lavado Gástrico Parásitos
LDL - Colesterol LeishmaniaIgG LeishmaniaIgM
Leptospirosis
Lesión de Piel - Cultivo para Hongos
Lesión Genital - Campo Oscuro
Lesión Genital - Coloración de
Fontana
Lesión Genital - Coloración de Gram
Linfa Cutánea Col. De Ziehl Lipasa
Lípidos Totales
Líquido Amniótico - Cultivo y Antibiograma
Líquido Articular - Cristales
Líquido Articular - Cultivo y Antibiograma
Líquido Articular Citoquímico
Líquido Ascítico - Cristales
Líquido Ascítico - Cultivo y Antibiograma
Líquido Cefalorraquideo Citoquímico
Líquido Gástrico - Cultivo y Antibiograma
Líquido Gastroduodenal Parásitos
Líquido Peritoneal - Cultivo y
Antibiograma
Líquido Pleural - Cultivo y Antibiograma
Líquido Pleural Citoquímico
Litio
Magnesio
Magnesio (o)
Magnesio Eritrocitario
Mar Test IgG
Metahemoglobina
Metanefrinas
Metotrexate
Micoplasma Pneumoniae IgM
Cortisol Plasmático
Cortisol PM
Cortisol Urinario
CoxiellaBurnettiIgG CoxiellaBurnettiIgM
Coxsackie A IgG
Coxsaquie A IgM Coxsaquie B IgG
Coxsaquie B IgM
Crasis Sanguínea Completa
Creatinina
Creatinina (o)
Crioaglutininas
Crioglobulinas
Criptococcus
Esperma Cultivo y Antiobiograma
Espermograma Esputo - Coloración de Ziehl Esputo - Cultivo para B.A.A.R.
Esputo - Cultivo para Gérmenes
Comunes
Esputo - Eosinófilos - Mastocitos
Esputo - Frotis Esteatocritos
Estradiol
Estriol Libre
Estudio Capilar Investigación de
Hongos
Exceso de Base
Excreción de Creatinina
F.T.A. - ABS en L.C.R. IgG F.T.A. - ABS en L.C.R. IgM
F.T.A. - ABS IgG Ac.
F.T.A. - ABS IgM Ac.
Factor IX
Factor Reumatoídeo (Artritest)
Factor ReumatoídeoIsotiposIgA
Factor ReumatoídeoIsotiposIgG Factor ReumatoídeoIsotiposIgM
Factor V Leyden
Factor VIII
FenilAlanina
FenilCetonuria
Fenilhidantoína
Fenitoína
Fenobarbital
Fenoles
Ferritina
Fibrinógeno
Fibrinólisis
Fórmula Leucocitaria Diferencial
Fósforo
Fósforo (o)
Fragilidad de los Hematíes
Fragilidad Osmótica
Frotis de Sangre Periférica
Fructosamina
FSH
FSH Seriado
FT3
FT4
FTI
G.O.T.
G.P.T.
Gamma G.T.
Gamma Globulina
Gases Arterial y Venoso
Gastrina
Gentamicina
Globulina
Glucohemoglobina
Glucosa
Glucosa (o)
Glucosa Pre y Post Prandial
Glucosuria
Granulaciones Tóxicas
Gravindex
H.C.G. Sub Unidad Beta H.C.G. Sub Unidad Beta
Cuantitativa
Directa
Heces simple y seriada
Hepatitis Delta ac
Herpes - Secreción Genital
Herpes 1 IgG Herpes 1 IgM Herpes 2 IgG
Herpes 2 IgM Oxirius P.D.F.
P.P.D.
P.S.A. PAP
PAPP-A
Parainfluenza 1
Parainfluenza 2
Parainfluenza 3
ParainfluenzaIgG ParainfluenzaIgM
Parathormona
ParotiditisIgG
ParotiditisIgM
Parvovirus
Microalbuminuria
Mielocultivo Aerobios
Mielocultivo Anaerobios
Miyoplasma, cultivo e identificación
Monotest
Morfina (o)
Mucoproteínas
MycoplasmasHominis MyoplasmaPneumoniaeIgG N DNA Ds-Ac.
Neisseria
Nitrógeno Ureico
Orina Cultivo y Antibiograma
Orina 1er. Chorro Cultivo y
Antibiograma
Orina Chorro Medio Cultivo y Antibiog.
Osmolaridad urinaria
Osteocalcina
Oxalato
Perfil Renal Perfil Reumático pH pH - Heces pH - Orina Plaquetas Plasma Seminal Bioquímica
Plomo
PM-1
PneumocystitisCarinii
PneumoníaAtipica
PO2
Porfobilinógeno
Potasio
Potasio (o) Preparación de Células L.E.
Progesterona
Prolactina
Proteina C
Proteína C Reactiva
Proteína C Reactiva Cuantitativa
Proteina C Reactiva Ultrasensible
Proteína de Bence Jones
Proteina S
Proteínas - Relación A/G Proteínas Totales
Proteínas Totales (o)
Protoporfirina
Prueba Cruzada Mayor y Menor
Prueba de Concentración
Prueba de Dilución
Fosfatasa Acida Prostática
Fosfatasa Acida Total
Hamburger
Hanta Virus IgG Hanta Virus IgM
Haptoglobina
HAV - IgG (Antic. Hepatitis A)
HAV - IgM (Antic. Hepatitis A)
HBC - ac - IgG (Anti Core)
HBC - ac - IgM (Anti Core)
HBE - Ac HBE - Ag
HBS - Ac
HBS - Ag (Antígeno de Superficie-
Hepatitis B HCG Cuantitativo Tumoral (marc.
tumoral) HCG libre HCO3
HCV - Ac (Antic. Hepatitis C)
HDL - Colesterol
Heces - Benedict
Heces - Examen Parasitológico
Heces - Examen Parasitológico
Seriado
Heces - Flora Microbiana
Heces - Frotis
Heces - Hongos
Heces - Microscopía Funcional
Helicobacter Pylori IgG Helicobacter Pylori IgM
Hematocrito
Hemocultivo - Aerobios/Anaerobios
Hemoglobina
Hemoglobina Corpuscular Media Hemoglobina fetal
Hemoglobina Glicosilada
Hemograma
Hemoparásitos - Gota Gruesa
Hemoparásitos Observación
Perfil Gonadal
Perfil Hepático
Perfil Lipídico
Perfil Miocardio
Perfil Pre-Natal
Perfil Pre-Operatorio
Perfil Químico
Rast F76 Caseína
Rast F77 Betalactoglobulina
Rast., Abeja
Secresión Uretral - Cult. Gérm.Com.
PAS
PAS Libre
Paul Bunnel
Pco2
PCR Cardioespecífica
Péptido C
Perfil Marcadores Tumorales
Perfil Acido-Básico
Perfil de Coagulación
Perfil de la Funcion Adrenal
Perfil de las Anemias
Perfil de las Transfusiones
Perfil de Pancreatitis
Perfil de Tiroides
Perfil Electrolitico
Perfil ENA
Rast., Avispa con arancel preferencial.
Rast., Chocolate con arancel preferencial
Rast., Clara de Huevo con arancel preferencial
Rast., Epitelio de Gato con arancel preferencial
Rast., Epitelio de Perro con arancel preferencial
Rast., Frutilla con arancel preferencial
Rast., Leche de Vaca con arancel preferencial
Rast., Penicilina con arancel preferencial
Rast., Pescado con arancel preferencial
Rast., Polvo de Casa con arancel preferencial
Rast., Trigo con arancel preferencial
Razón PSA
Receptores Estrogénicos con arancel preferencial
Reacción de Huddleson
Reacción de Widal
Recuento de ADDIS
Recuento de Glóbulos Blancos
Recuento de Glóbulos Rojos
Recuento de Hamburger
Recuento de Plaquetas
Relación Calcio/Creatinina
Resistencia Osmótica Eritrocitaria
Reticulocitos
Retracción del Coágulo
Rotavirus
Salicilato
Sangre Oculta
Sarampión IgM
Secresión Faríngea - Cultivo y Antibiograma
Secresión Genital - Cultivo y Antibiograma
Secresión Nasal - Citología
Secresión Prostática - Frotis
Secresión Purulenta - Cultivo Prueba de Lazo
Prueba Tolerancia a la Lactosa
Punta de Catéter - Cultivo
Antibiograma
Quilomicrones
Raspado de Lengua Cultivo para Hongo
Rast F76 Alfalactoalbúmina y Gram con arancel preferencial
Secresión Vaginal pH
SecresiónVulvo Vaginal - Cultivo
Seecresión Nasal - Cultivo y Antibiograma
Serología para Papera IgG
Serología para Papera IgM
SHBG
SimsHunner
Sn
Sodio LABORATORIALES
Sodio (o)
Somatomedina C
SSA
SSB
Streptozima
Sub-clases IgG
SVG
Swin Up
T.P.
T3 Libre
T3 Total
T3 Uptake
T4 Libre
T4 Neonatal
T4 Total
T4 Uptake
Teofilina
Test de Absorción a la Xilosa
Test de APT
Test de Arborización
Test de Coombs Indirecto
Test de estimulación (LH-RH)
Test de estimulación con ACTH
Test de estimulación con Glucagon
Test de estimulación con HGH
Test de estimulación con
Metoclopramida
Varicela IgM
Virocitos Volumen Corpuscular
Medio
Virus Sinscicial Ag Virus SinscicialIgG y T-M
Secresión Uretral - Cultivo Thayer-Martin
Secresión Uretral - Frotis
Secresión Vaginal - Cultivo y Antibiograma
Secresión Vaginal - Examen Fresco
Test de estimulación con TRH con arancel preferencial
Test de Inhibición con Dexametasona
Test de O’Sullivan
Test de Quilomicrones
Test de Tzanck
Test del Sudor
Test para Dengue
Test para HIV
Testosterona Libre
Testosterona Total
TrypanosomaIgM
Antibiog.
Secresión Traqueal - Cultivo y Antibiograma
Tine Test
Tipificación
Tipificación del Donante y Receptor
Toxina para ClostridiumDifficile
Transaminasa
Transferrina
Transglutaminasa Tisular
Trigliceridos
Troponina I
Troponina T
TrypanosomaIgG
Ulcera Genital - Cultivo y Antibiograma
TSH
TSH Neonatal
Urea
Urea (o)
Ureplasma
Urobilina - Urobilinógeno Uroporfirina V.D.R.L.
V.D.R.L. Cuantitativa
V.D.R.L. en L.C.R.
Virus SinscicialIgM
Vitamina B-12
Vitamina B6
VLDL Colesterol
Volumen Corpuscular Medio
Waler Rose
Yersenia Cultivo
Zinc
Instructivo para la Cotización para ambos ítems
El siguiente ejemplo es la forma de cotización que se realizará para el llenado de la lista de precio. Aclaración: El monto del precio por funcionario = Grupo Familiar es a modo de ejemplo.
Un funcionario= Grupo Familiar |
GS. 500.000 |
|
Cantidad de meses (periodo de cobertura) |
X 24 |
|
|
= GS 12.000.000 |
|
Cantidad máxima de funcionarios (grupo familiar) |
2242 |
|
Precio total de la oferta |
= GS. 26.904.000.000 |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No Aplica
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Seguro Médico |
1 |
Unidad |
En los lugares asignados por el Seguro Médicos |
Servicio inmediato de acuerdo a la necesidad del asegurado |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Orden de Servicio / Informe |
Orden de Servicio / Informe |
Mensual |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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