Entre la Municipalidad de San Juan Nepomuceno, domiciliada en las calles Mcal. estigarribia e/ Pa'i Fariña y Curupayty, Departamento de Caazapá, República del Paraguay, representada para este acto por el Sr. Oscar Derlis Molinas Ruíz, Intendente Municipal con Cédula de Identidad N° ________, asistido para este acto por el Secretario General, Lic. Florencio Medina con Cédula de Identidad N° _________, quien concurre a efectos de refrendar la firma del primero quienes denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con cédula de identidad N° ________________,según Poder Especial otorgado por_________________________, denominada en adelante la CONTRATISTA, identificadas en conjunto como "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente "CONSTRUCCION DE AULAS Y SSHH EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DISTRITO DE SAN JUAN NEPOMUCENO - PLURIANUAL, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
CONSTRUCCION DE AULAS Y SSHH EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DISTRITO DE SAN JUAN NEPOMUCENO - PLURIANUAL
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 434.822
Otra consideracion Presupuestaria: el presente contrato tiene el caracter de Plurianual y el crédito presupuestario correspondiente al ejercicio fiscal 2024 quedará condicionado a la probacion del Presupuesto Municipal año 2024.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de LCO N° 02/2023, convocado por la MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN NEPOMUCENO. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______.
El plazo de vigencia del presente Contrato será desde la firma hasta el cumplimiento total de las obligaciones con el otorgamiento de la recepción definitiva de las obras.
Obs.: la validez de la contratación quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 14 de la Ley N° 2051/03.
El Banco y Número de Cuenta, del Contratista/Proveedor, en el que se realizará el pago, vía acreditación en cuenta Bancaria es ______________
Los servicios deberán ser prestados dentro de los plazos establecidos en el Pliego de bases y condiciones.
LUGARES:
Escuela Básica N° 4239 Fulgencio Yegros, ubicada en la compañía Colonias Unidas, distrito de San Juan Nepomuceno.
Escuela Básica N° 14015 San Blás, ubicada en la compañía Ciervo Cua, distrito de San Juan Nepomuceno.
Escuela Básica N° 2999 María Auxiliadora, ubicada en la compañía Ñumi, distrito de San Juan Nepomuceno.
Escuela Básica N° 4238 Virgen de Fátima, ubicada en la compañía San Carlos, Distrito de San Juan Nepomuceno.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
Departamento de Administración y Finanzas.
El programa de ejecución de los trabajos es el establecido en la oferta, conforme con las Condiciones Contractuales.
El porcentaje, número y fechas de entrega de anticipos y amortizaciones son los determinados en las Condiciones Contractuales.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en el pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 “De Contrataciones Públicas”, modificado por Ley N° 6716/2021.
LOTE 1 - Escuela Básica N° 4239 Fulgencio Yegros, ubicada en la compañía Colonias Unidas, distrito de San Juan Nepomuceno. OBRA: Construcción de un sanitario sexado de 4,40 x 6,15 con techo de tejas.
LOTE 2 - Escuela Básica N° 14015 San Blás, ubicada en la compañía Ciervo Cua, distrito de San Juan Nepomuceno. OBRA: Construcción de un sanitario sexado de 4,40 x 6,15 con techo de tejas.
LOTE 3 - Escuela Básica N° 2999 María Auxiliadora, ubicada en la compañía Ñumi, distrito de San Juan Nepomuceno. OBRA: Construcción de un sanitario sexado de 4,40 x 6,15 con techo de tejas.
LOTE 4 - Escuela Básica N° 4238 Virgen de Fátima, ubicada en la compañía San Carlos, Distrito de San Juan Nepomuceno. OBRA: Construcción de un Bloque de tres aulas de 5,80 x 6,80 con techo de tejas.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme con las reglas establecidas en la Ley N° 2051/03 y en las Condiciones Contractuales.
Para la ejecución del laudo arbitral o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las Partes establecen la competencia de los tribunales de la ciudad de Asunción, República del Paraguay.
En prueba de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Juan Nepomuceno, República del Paraguay, a los _________ días del mes de ___________ de 2023.
Firmado por ________________________________________ (en nombre de la Contratante)
Firmado por ________________________________________ (en nombre de la Contratante)
Firmado por _________________________________________ (en nombre de la Contratista)